Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: recupero de nacionalidad española #504067
    lalo
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    @belurp

    Si pasan tres meses, y no te responden quiere decir que ESTA APROBADA, ya que la unica excepcion a la aprobacion por SILENCIO ADMINISTRATIVO es en el caso de haber contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España, o a la proyección de España en el exterior, en los demas casos esta aprobada.

    Los documentos originales y copias simples, osea una fotocopia de los mismos; alli el funcionario receptor los compulsa que no es sino un sello que deja dicho que se le presento un documento original y oficial y que la copia es igual y exacta al original; en eso te regresan el documento.

    La certificacion de nacimiento que debes llevar no es la argentina, es la literal de nacimiento española, la cual debes solicitar con anterioridad al viaje, en esa literal debes revisar que tenga el sello donde se deja constancia que perdiste la nacionalidad.

    Hay un foro, donde escriben funcionarios de los registros civiles españoles y alli te pueden ayudar.

    http://www.fororegistrocivil.es

    en respuesta a: recupero de nacionalidad española #503907
    lalo
    Miembro

    @belurp

    Lo que te da el consulado es informacion erronea, tu no vas a hacerte nacional por residencia (que es el vinculo que te dan) sino vas a recuperar la nacionalidad que poseias.

    Y para hacerte nacional por residencia es claro que debes residir durante los años que indique el codigo civil en españa y solo se hace en españa.

    Sobre el Pasaje, por supuesto que debe ser ida y vuelta ya no eres española, vas a recuperar la nacionalidad.

    A lo que te aprueben la solicitud de Residencia de larga duración, sales corriendo a cualquier registro civil para solicitar tu recuperacion de nacionalidad.

    en respuesta a: sin identidad en tu propio pais #502877
    lalo
    Miembro

    Ese asunto se podria resolver, por una accion contensioso administrativa, donde se haria un juicio para que el estado te otorge un nuevo numero de identificacion.

    Pero el asunto es que ademas de costoso es bastante largo.

    Asi que aunque no lo creas, es preferible primero intentar hacer el esfuerzo de ir a Ccs y tratar de resolverlo a traves del SAIME.

    en respuesta a: Emigrar de Venezuela a España en el 2016 #502876
    lalo
    Miembro

    @victoria

    El registro de matrimonio y por ende el libro de familia se puede realizar en España, ante un registro civil español.

    Siempre y cuando tengan apostillada toda la documentacion no es necesario que se realice en Venezuela.

    en respuesta a: Pasaje solo ida? #501424
    lalo
    Miembro

    @Cristal537

    Debe comprar el pasaje ida y vuelta, ya que tiene un visado por 90 dias y por ende tiene 90 dias de «permiso» para estar en la UE; luego si cumplen con los requisitos para solicitar (y la solicitan) la Tarjeta de Familiar de Ciudadano de la Union ya quedaria residente.

    Pero no es residente, tiene un permiso para estar en el pais por un tiempo determinado.

    @Chinook
    Sobre el pasaje, dependiendo del tipo de pasaje que soliciten es posible solicitar que la aerolinea reponga el tramo no utlizado descontandose la cantidad de dinero por concepto de multa o indemnizacion pertinente.

    ASi que la «perdida» no es del total del pasaje, puede llegar desde un 30% o incluso al 50% del costo del tramo no utlizado.

    en respuesta a: Como casarse en españa dos extranjeros? #501306
    lalo
    Miembro

    Debe dirigirse al Registro civil del lugar donde esta empadronado e iniciar el expediente de matrimonio.

    Y son exactamente los mismos requisitos que a un español que contrae matrimonio.

    Que inicie el expediente antes de que vayas, y envia toda tu documentacion por encomienda internacional (DHL, MRW, ZOOM) para que lo sustente, y a lo que este a fecha de matrimonio te vas

    en respuesta a: recupero de nacionalidad española #501044
    lalo
    Miembro

    @belurp.

    Si fueras ciudadano de un pais de la union, por derecho a libre transito no te haria falta un permiso de residencia; ahora bien en caso de que fueras un familiar con derecho a tarjeta de familiar de ciudadano de la Union tampoco; ya que esto es una residencia que no aplica para ciudadanos comunitarios (ya que tienen libre transito y residencia dentro de la UE) asi como tampoco si fueras un familiar de un ciudadano de la Union.

    Los familiares de los que hablan son los que aparecen aqui (ya que es mejor que los leas alli directamente a transrcibirlos aqui)

    http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/CiudadanosComunitarios/hoja103/index.html

    Pero en resumen son

    Padres que residan en europa y con nacionalidad de los paises europeos que sostienen economicamente a su hijos, hijos europeos que sostienen economicamente a sus padres; conyuge del ciudadano europeo o quien haga sus veces

    en respuesta a: LIBRO DE FAMILIA – DERECHOS? #500979
    lalo
    Miembro

    @karina

    Lo que te dicen en el Consulado es correcto, ya que aunque tienes derecho a solicitar la residencia; pero en este momento no la tienes.

    El empadronamiento no es un registro de residente.

    El NIE tampoco es un documento que acredite residencia.

    Y no creo que sea posible que una aerolinea te venda el pasaje solo de ida, ya que para ello deben solicitarte un documento que te acredite como residente en españa; y ese documento no lo tienes.

    Y aunque te reserven, en principio lo podrian hacer, no te permitiran ingresar al vuelo ya que NO eres residente, tienes derecho a solicitar la residencia; pero hasta ese momento no eres sino un extranjero no comunitario que acompaña a un ciudadano español.

    El derecho a residir, lo tienes; pero hasta que no se declare valido o que estas ejerciendo ese derecho no te pueden vender boletos con solo ida.

    en respuesta a: ¿Soy español de origen ? #500807
    lalo
    Miembro

    Tu padre el dia que naciste era español?

    Si no lo era, no naces de español, por tanto no eres español de origen.

    Si lo era, eres español de origen.

    Articulo 17 del Codigo Civil español.

    http://www.asesoriayempresas.es/legislacion/JURIDICO/25730/codigo-civil-libro-i-de-las-personas-articulos-17-a-332#T0001_00

    Y alli esta el asunto.

    Considerando que dices, que obtienes la nacionalidad por tu padre, y que el mismo la obtiene por una de las disposiciones de la Ley de Memoria Historica entonces puedo inferir que para la fecha de tu nacimiento tu padre no era español, y que para la fecha en que se hizo español de origen por opcion tu eras menor de edad.

    Ahora bien la pregunta a hacer, es el dia en que naces tu padre era o no español, si era español el dia de tu nacimiento eres de origen y no hay error alguno; si el dia de tu nacimiento no lo era, eres de opcion por tanto hay un error en el registro.

    Y eso puede ser un error del consulado, pero da igual, con solo esperar hasta el 2021 el registro quedara asentado como español de origen por posesion de estado; articulo 18 del codigo civil.

    en respuesta a: ¿Soy español de origen ? #500795
    lalo
    Miembro

    Eres español por opción.

    No naciste de español, obtienes la nacionalidad por haber estado bajo la patria potestad de un español.

    en respuesta a: NO REGISTRES EL MATRIMONIO EN CCS #500695
    lalo
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    @Morita

    Copia Certificada y apostillada del matrimonio Venezolano, dirigirse a un registro civil competente en el domicilio en españa o directamente al Registro Civil Central en Madrid; literal de nacimiento del conyuge español (la española), el DNI, Copia Certificada y apostillada de tu partida de nacimiento, constancia de empadronamiento en españa, rellenar la hoja de declaracion de datos.

    Los requisitos aqui

    http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/servicios-ciudadano/tramites-gestiones-personales/inscripcion-matrimonio?param1=1

    La hoja de declaracion de datos, la cual puedes descargar y rellenar en la computadora en:

    http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/1292428085043?blobheader=application%2Fpdf&blobheadername1=Content-Disposition&blobheadervalue1=attachment%3B+filename%3DHoja_declaratoria_de_datos.PDF

    en respuesta a: NO REGISTRES EL MATRIMONIO EN CCS #500572
    lalo
    Miembro

    @ jesus altuve

    Tiene que estar tu esposa contigo o en España.

    REQUISITOS

    Acompañar o reunirse con un ciudadano de la Unión u otro Estado parte del Espacio Económico Europeo, con derecho a residencia por un período superior a tres meses, por ser trabajador por cuenta ajena o propia, tener seguro de enfermedad y medios económicos suficientes para la unidad familiar, o ser estudiante con seguro de enfermedad y recursos suficientes para la unidad familiar.

    http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/CiudadanosComunitarios/hoja103/index.html

    Y ella debe inscribirse primero como Europea en España

    http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/CiudadanosComunitarios/hoja102/index.html

    Luego que se inscriba como residente en España, es que puedes solicitar que se te otorge la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE.

    Un documento emitido por Italia y que cumpla con los requisitos de la UE no es necesario que sea apostillado siempre y cuando sean formularios estandares de la UE.

    Cuando se trate de formularios estándares de la Unión Europea no será necesaria ni su traducción, ni su legalización de conformidad con lo dispuesto en la normativa comunitaria que los ampara. Por ejemplo: modelos de asistencia sanitaria S1, E109, E 121…

    en respuesta a: Migrar de Argentina a España con mi familia. #500571
    lalo
    Miembro

    — La madre de mi pareja, no estamos casados aun, es Argentina y tiene la cuidadania española. Mi pareja vivio en Alicante durante 6 años con residencia,(2002 – 2008), nunca tramito los papeles para su cuidadania. (su ex mujer quiso volverse a Argentina y por esa razon no se la hizo). A traves de ella se podran consiguir papeles ?

    Depende, si la madre de tu pareja es española de origen, podria obtener una autorizacion de residencia inicial; sino no.

    http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja037/index.html

    Pero como indicas que vivio en Alicante durante 6 años, y tenia residencia es posible que pueda volver a solicitarla bajo lo siguiente

    http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja050/index.html

    Los estudios para tus hijos, la salud, son gratuitas para los menores de edad, y si ambos trabajan y cotizan a la SS estaran amparados y por ende tendran acceso sanitario.

    Sobre el trabajo y si te contratan o no, ya depende de si tu profesion es regulada en españa, y por ser parte de medicina me parece que si, y si lo es entonces deberias homologar el grado academico.

    https://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/educacion/gestion-titulos/estudios-universitarios/titulos-extranjeros.html

    Sobre la ropa y comida ya eso depende de que llames accesible y si alcanza el sueldo para una familia de cuatro,tambien es muy relativo

    en respuesta a: Urgente! ( extrangeria,españa,inmigracion,viaje,expulcion,no #500472
    lalo
    Miembro

    No hay nada que nadie te haya dicho.

    Tienes el 50% de posibilidades de ingresar y eso depende del funcionario o funcionarios que te toque al ingreso al espacio de Schengen.

    Si logras ingresar al espacio de Schengen por cualquier signatario puedes viajar dentro de la union europea ya que los controles fronterizos no estan en funcionamiento, por decirlo de alguna manera.

    Por tanto si viajas desde lisboa a madrid por ave, o avion, en bus, carro, a pie; ya no te expulsan porque debido a que ingresaste legalmente al espacio schengen.

    Pero para ingresar a Francia, Portugal o cualquier otro pais del espacio schengen debes cumplir con los requisitos que estas naciones exigen para el ingreso de ciudadanos extracomunitarios.

    Aunque cambies el pasaporte eso no influye, ya que tus datos y señas particulares como Nacionalidad, edad, nombres y apellidos, y otros datos biometricos tales como tus huellas dactilares, color de ojos y otros ya estan en la base de datos de inmigracion la cual es cotejada con los datos que contiene el nuevo pasaporte.

    Asi que por ejemplo te hubieran colocado un sello rojo, aunque cambies el pasaporte seguirias con el mismo estado en los sistemas del espacio europeo.

    Que te hayas sobrepasado el limite de tiempo no creo que sea tan preocupante, lo preocupante es que si tomas un vuelo desde CCs a cualquier lugar de la Union corres un mayor riesgo, ya que para los paises comunitarios esos vuelos son considerados vuelos calientes.

    Al haber salido de Europa por voluntad propia, y no haber regresado antes de los seis meses te ayuda.

    Pero vuelvo y te repito eso es cuestion de suerte, y de lo que piense o no el funcionario de inmigracion; mas alla de eso nadie te podra decir nada.

    en respuesta a: RB #500456
    lalo
    Miembro

    Ministerio de Justicia del Reino de España

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