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  • en respuesta a: informacion de nacionalidad española #488541
    lalo
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    @paulamedi16

    Nadie te puede ayudar ya que con eso de que me falto un documento, es imposible de saber que papel fue el que te falto y que significancia tiene ese «documento».

    Ya que puede ser que seas española de origen, con lo cual no existe limitacion para obtene la nacionalidad.

    O trataste de ser española de opcion con lo cual deberias optar dentro de los dos años siguientes a tu mayoria de edad.

    Son dos casos muy distintos ya que uno se maneja por el articulo 17 del Codigo Civil español y el otro por el 20 del mismo codigo.

    Incluso si tu padre o madre tuvo la nacionalidad venezolana, dependiendo de la fecha (antes o despues de 1979) es muy factible que haya sido español toda su vida (articulo 10 de la constitucion de españa)

    En fin cada situacion es muy particular y sin datos certeros es muy poco probable que alguien te responda si puedes o no puedes hacer algo.

    Ya que si por ejemplo tu padre se nacionaliza venezolano, luego de 1979, el nunca dejo de ser español y por tanto tu eres española de origen y por eso tu no debes optar sino presentar tu documentacion para obtener la nacionalidad la cual no la pierdes por tiempo.

    El lapso para obtener de dos años, son para aquellos descendientes de españoles que antes de nacer no su ascendiente no lo era. Por ejemplo.

    Tu padre (o madre) se nacionaliza español y tu tenias 1 mes de nacida; alli eres de opcion.
    Tu padre (o madre) recupera la nacionalidad (mientras que no sea de iberoamerica) luego de tu nacimiento.

    En fin, todo depende de que «documento» y los hechos que dieron origen a el derecho a obstentar la nacionalidad lo que determina si tienes o no derecho a la misma.

    en respuesta a: informacion de nacionalidad española #488527
    lalo
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    @alexlepeu

    Simplemente, lo que te dice la persona que va a buscar tu literal (la que pediste del pasaporte) es que no existe alli una literal.

    Y la razon de que no existe en ese momento una literal que el dia anterior si existia, es que cada literal que sale del RCC debe ser firmada por el Jefe de Registro.

    Por tanto es muy posible, que debido a tu insistencia de pedir una un dia y la otra el dia siguiente lo que recibes es la informacion de los datos contenidos en el sistema que tu expediente fue enviado a MCBO para la realizacion de la jura.

    Sobre ir a CCS, aunque exista o no la literal debes ir; el Vice-consulado honorario en MCBO, no te va resolver mas alla de un venga el mes que viene ya sea que la literal exista o no ya que ellos no manejan ningun tipo de facultad registral mas alla de recibir documentos y enviarlos a CCS.

    Te repito para mi, fue que pediste la literal otra vez; y eso no se puede hacer ya que repito cada copia sale firmada y quien la firma es una sola persona quien tiene que tener al frente el original y los originales no estan en un libro son carpetas numeradas.

    Asi que imaginate que la persona que recibe la solicitud se dirige a la carpeta y no encuentra la literal; y aparece en el sistema que se envio la documentacion para la jura a MCBO; a lo cual infiere que al no estar inserta en esa carpeta significa que todavia no se ha recibido la jura.

    Por ende; lo que yo haria es escribir a ese mismo correo e indicar todo; desde que solicitaste la literal y te respondieron positivamente y que retiraras en x fecha y luego que solicitaste otra para el pasaporte (que no era necesaria y las cosas no se piden por no dejar) y te respondieron asi.

    Sea cual sea la respuesta del Registro Civil, primero iria a sufrir al Consulado de MCBO y le indicaria que segun (y llevale una impresion del correo) no le han enviado tu jura a caracas. Pero igualmente iria a CCS ya que es en el Registro Civil Consular donde te pueden dar informacion y en donde pueden resolver el enrredo ya que los Vice-consulados son voluntarios y no son funcionarios de España.

    Pero para mi, esa informacion contradictoria se debe a que tu literal para ese momento estaba esperando que sea confrontada con la copia y ser firmada por el Encargado del RCC, y por eso te dicen que aunque tienen tus datos no hay insercion debido a que no tienen la jura.

    Ya que ellos insertan, osea la ponen en la carpeta, cuando tu expediente contiene todos los datos; y cuando pides una literal ellos la sacan de la carpeta y la fotocopian y pasan la original y la copia para que un funcionario del RCC la firme compulsandola y en ese interin no va estar dentro de la carpeta.

    La literal de nacimiento para pasaporte solo funciona con menores de edad, e incapaces (retrasados mentales, personas con locura, bajo interdiccion judicial) que conste en marginal.

    La del DNI, solo la emiten una vez, y vale por seis meses; luego de eso no la vuelven a emitir y si pierde validez debe solicitarse una extension por parte del RCC llevando el original.

    Para que te quedes mas tranquilo y veas si es cierto. Escribeles a ese correo y echa el cuento, pidiendo explicacion de por que te dicen que tal fecha retires la literal y luego vuelves a pedir una para el pasaporte y te responden indicandote que no existe y ellos te daran la explicacion respectiva (coloca captura de pantalla para que vean que te han respondido).

    Pero repito para mi, es simplemente que el original no esta en la carpeta (libro) que debe estar y estaba en cola esperando confrontacion para la complusa de la copia.

    Y sobre ir o no a Caracas, cualquiera que sea la respuesta del RCC debes ir a Caracas, en MCBO no te van a resolver, ELLOS NO SON FUNCIONARIOS DEL REINO DE ESPAÑA; son ciudadanos españoles que COLABORAN con el consulado, Y REPITO UN VICECONSULADO HONORARIO EN MCBO, BARQUISIMETO, NO SON FUNCIONARIOS, NO SON EMBAJADORES, NO TRABAJAN PARA ESPAÑA, son ciudadanos que colaboran voluntariamente con el CONSULADO y pertenecen a CERE VENEZUELA que es la comision de españoles residentes en el extranjero.

    ASI QUE NINGUN CONSULADO HONORARIO O VICECONSULADO HONORARIO TE VA A RESOLVER, PORQUE ELLOS NO SON FUNCIONARIOS, ELLOS NO SON EL REGISTRO CIVIL CONSULAR, ELLOS NO TIENEN NADA QUE HACER MAS ALLA QUE RECIBIR TU DOCUMENTACION O SOLICITUDES Y ENVIARLAS A CARACAS.

    Asi que si fuera tu, escribiar a ese mismo correo del registro civil, indicando que pediste una literal x dia y te respondieron que la misma esta para su retiro el x de agosto; al dia siguiente pides una para solicitar pasaporte y te responden que no existe y que falta la jura, la cual ya hiciste en enero y que segun un primer correo los procedimientos con esa fecha ya fueron procesados.

    Con lo cual esperas respuesta que cosa ha ocurrido; si existe o no la literal y en caso de que la jura no se haya procesado si es posible hacer la misma en CCS.

    Pero para mi, es que solicitaste una un dia y la otra el otro; y el RCC no se esta dando abasto para la cantidad de solicitudes que esta recibiendo, incluso solo procesan dos literales; la primera sin requisito alguno (excepto DNI que debes llevar copia del pasaje en cualquier caso y que sea proximo a la solicitud) y la segunda que te piden la copia del Pasaje sea la razon que sea.

    Pero eso solo te lo puede responder es CARACAS, el Consulado General; no un viceconsulado en provincia porque repito ellos no son consules (embajadores, o algun tipo de funcionario diplomatico) son simplemente españoles que «colaboran» con el Consulado.

    lalo
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    @Chano

    Si tienes pasaporte español, eres español.

    Por tanto, el pasaporte venezolano es para salir de venezuela no para entrar a España.

    Tu eres ciudadano español, por tanto no es necesario presentar pasaje de regreso, ya que como ciudadano no te van a deportar, porque eres español; osea para la legislacion tu eres parte de ese pais.

    Asi que no entiendo para que compraste pasaje de retorno si como español no te hace falta a menos que vayas de turismo. Tu puedes entrar y salir de España las veces que quieras.

    El asunto de que el pasaporte tenga mas de seis meses de vigencia es para aquellos que no son españoles. Tu puedes entrar a España con tu pasaporte español vencido y si se te perdio, incluso puedes solicitar a la embajada un salvoconducto para que lo presentes en inmigracion al entrar al Reino.

    Osea tu sales con el venezolano, el cual debe estar vigente y llegas a españa y alli presentas el español el cual no importa siquiera que este vigente y sobre el venezolano con tal que te sirva para salir de Maiquetia ya no importa; porque eres español que vas a tu patria que es españa.

    Y al retorno a venezuela, bueno en teoria porque aqui la matraca es barbara, tu sales con tu pasaporte español vigente y te dejan entrar aunque el venezolano este caduco.

    A los ciudadanos, la mayoria de la naciones excepto cuba, no impiden que sus nacionales ingresen al pais. Y tu al tener el pasaporte español eres ciudadano de España.

    en respuesta a: informacion de nacionalidad española #486055
    lalo
    Miembro

    @alexlepeu

    Ve tranquilo a cita que el 24 de agosto ya esta lista tu literal de nacimiento.

    Ellos no te van a confirmar nada mas, ya te lo estan diciendo.

    Lo solitado fue procesado y proceda a retirarlo desde el X dia.

    Si no existiera inscripcion de nacimiento con los datos que enviaste simplemente ellos te responde con un «No existe inscripcion de nacimiento con los datos indicados en el Registro CIvil Consular»

    Asi que si te dicen que el 24 de agosto, ve el mismo 24 de agosto para ese mismo momento esta lista para que puedas acceder y realizar cualquier acto con ella dentro del Consulado General, en España o en la Union Europea.

    Ellos son muy escuetos y bastantes pedantes, para nuestra idiosincracia; asi que vete acostumbrando que eso es natural y no es algo que signifique maltrato, ellos son asi; al tiempo te daras cuenta. Pero aunque no lo creas es mas pedante el vigilante venezolano en la entrada del RC y los de la puerta del consulado que el propio policia español que custodia la zona de pasaporte en el edf.

    Asi que calmado y prepara todo para que solicites tu pasaporte del Reino.

    en respuesta a: informacion de nacionalidad española #485250
    lalo
    Miembro

    @alexlepeu

    Me falto, decirte, que seria bueno que preguntaras en el terminal privado de aeroexpresos ejecutivos en maracaibo (esta debajo del elevado de delicias via a el centro), si esta funcionando el terminal privado de la castellana.

    Ellos antiguamente, ya que hace tiempo que no viajo a CCS ni uso expresos ejecutivos, los autobuses de esa compañia te dejaban alli en la castellana a un par de cuadras del consulado general de españa.

    Cuestion que te digo como informacion, ya que no se la manera en que te vas a trasladar y para mi si siguen funcionando es la mejor opcion ya que te dejan a solo un par de minutos a pie de la sede del Consulado.

    en respuesta a: informacion de nacionalidad española #485200
    lalo
    Miembro

    @alexlepeu
    Si te respondieron que tu solicitud fue procesada y que esta lista para ser retirada; significa exactamente lo que dice, que existe el acta de nacimiento y que tu solicitud de literal ya se realizo y que te la van a entregar.

    Sino existiera te hubieran repondido no existe informacion de dicha solicitud o no existe acta de nacimiento con estos datos en el Registro Civil Consular.

    Por tanto, preparate para ir a CCS con los recaudos para solicitar el pasaporte, el cual inmediatamente lo puedes solicitar al retirar la literal.

    A esa literal, le sacas una copia, ellos no se quedan con la original ni te aceptan la original; cerca del CGEV puedes sacarle fotocopia.

    A modo de resumen y para que no vayas perdido.

    LLevas impreso el correo de respuesta del Registro Civil Consular, con una impresion de la solicitud que hiciste (osea el formato que llenaste en el pdf) y eso lo muestras al portero y le dices que vas a registro civil; te dan un numero.

    Al salir del RCC, bajas y le dices al portero que vas a sacar una copia y que luego subes a pasaporte, y le preguntas donde puedes sacar la copia; el te dira donde y te dara otro numero para volver a entrar.

    Subes al piso de pasaporte, y de una vez haces la cola en informacion alli te daran los documentos que debes rellenar, y cuanto es la tasa.

    Pagas la tasa, para lo cual haras otra cola al lado de informacion luego que te entregan los requisitos.

    En municipio de CERA, debes elegir el municipio electoral donde te vas a inscribir, para eso es mejor y lo que recomiendan es colocar el municipio de tu padre, o familiar que transmitio la nacionalidad sino deberas probar la razon por la cual eliges dicho municpio.

    De resto, felicitaciones, desde hace tiempo eres español; solo te falta el documento acredidativo de español que es el pasaporte; el cual dentro de unos 45 dias mas tardar debe llegar a CCS (no pidas que te lo envien a MCBO; que el consulado honorario no sirve para un cara.o) preferiblemente retiralo por CCS o en tal caso en el Viceconsulado de Barquisimeto y llamalos antes de deidir cualquier cosa. (busca la direccion y los datos en la web del Consulado de España)

    Te recomiendo el de Barquisimeto; ya que la poblacion de españoles residentes alli es mayor y mas activa que la del Zulia.

    Para finalizar esa literal no importa que sea para otros, ya que eres mayor de edad; si fueras menor de edad o incapaz (y que constara en marginal del acta de nacimiento) seria necesario que fuera exclusiva para el pasaporte.

    en respuesta a: informacion de nacionalidad española #484375
    lalo
    Miembro

    @alexlepeu

    Me gustaria comentarles mi caso para los que estamos tramitando nacionalidad…..mi caso es que en JULIO de 2016 someti la documentacion necesaria para obtener la nacionalidad española (por ser hijo de Español nacido en españa) ante el vice consulado de Maracaibo, en ENERO de 2017 me llaman para firmar una acta (LA 94) que es de jura de fidelidad y esas cosas….me dicen que estoy listo y que en un mes me deberia llegar el acta literal osea FEBRERO de 2017…..la cuestion es…hoy dia JULIO de 2017 aun no me llega nada y lo peor es que no me saben dar respuestas de nada ni del por que el funcionario del vice consulado solo se limita a encojer los hombros y decirme “vente el mes que viene”…escribi al Consulado General en caracas y me respondieron que “los tramites de la fecha indicada se encuentran listos” pero nada mas….aun cuando he solicitado numero de la literal u otro dato relevante.

    Si alguien puede darme alguna luz o algo les agradeceria

    Si tu literal, segun lo dice el consulado general de españa en venezuela te indica que tu inscripcion ya fue completada no es necesario que te den otro dato; ademas de que por ley no lo pueden dar y no por la ley de aqui de venezuela sino por la ley de proteccion de datos española.

    Gracias Takanodan, la verdad es q es desesperante el tema y mas aun cuando no te saben decir nada…el vice consulado de Maracaibo esta trabajando como aquella pelicula de cantinflas en que trabajaban de 09:30 a 10:00 am, y no es chiste es asi…escribi al consulado general de Caracas pero sus respuestas son muy escuetas…me dicen que solicite la literal por la pagina pero no me dan el numero de literal ni de inscripcion…total….peor que las instituciones aqui en venezuela…saludos

    Tal y como dice el consulado, debes pedir tu literal de nacimiento, ya que puede ser que el Consulado de Maracaibo no sirve y eso no es de ahora yo cuando opte por la nacionalidad hace ya unos cuantos años la atencion del Consulado honorario era pauperrima.

    Pero quitando eso; lo que debes hacer; y para lo cual no es necesario trasladarse hasta Caracas en un primer momento es hacerle la solicitud al Consulado General de España por correo electronico.

    Aqui en esta pagina te indican el correo electronico y datos a llenar

    http://www.exteriores.gob.es/Consulados/CARACAS/es/ServiciosConsulares/Paginas/CSCaracas/Solicitud-de-literal-de-nacimiento-.aspx

    Pero en resumida cuenta es descargar este formulario
    http://www.exteriores.gob.es/Consulados/CARACAS/es/ServiciosConsulares/Documents/Solicitud%20de%20literal%20de%20nacimiento%2c%20Mod%2057-b%2004-02-2017.pdf

    Rellenarlo, sin incluir los datos de numero de tomo ya que los desconoces.

    NO LO PIDAS PARA EL DNI, hazlo para sacar pasaporte u otros. REPITO NO MARQUES DNI. NO MARQUES LA OPCION DNI.

    Esa solicitud la envias por correo electronico a [email protected]; dentro de unos tres dias a lo sumo te responden indicandote que existe o no la literal y que la puedes retirar en caracas, con una impresion de el correo que te enviarion y la solicitud que hicistes.

    Tienes treinta dias antes que destruyan la copia de la literal; en ese viaje a CCS aprovechas y tramitas el pasaporte, el cual maximo tarda en llegar unos 45 dias, en valija.

    http://www.exteriores.gob.es/Consulados/CARACAS/es/ServiciosConsulares/Paginas/CSCaracas/Requisitos-pasaportes.aspx

    Cuando acompañe a mi hermano a CCS lo unico necesario fueron las tres fotografías recientes de frente, de 32×26 mm con fondo uniforme blanco y liso tomada de frente y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir la identificación del titular. La cara debe ocupar el 80% de la superficie total de la foto.

    Cédula de identidad (original y fotocopia recortada).

    La literal que vas a usar es la que te van a entregar; a esa le sacas una copia; que cerca del CGE hay donde sacarla; si tienes los demas recaudos seria bueno llevarlos por no dejar; pero al tener la literal con eso solo puedes sacar el pasaporte.

    La tasa la pagas en el mismo piso del pasaporte, alli es en efectivo y debito NO ACEPTAN TARJETAS DE CREDITO.

    Los documentos que te solicitan como declaracion explicativa del municipio e impreso de contacto los puedes llevar llenados y listos si quieres sino igualmente alli te los entregan (Yo preferi completarlos en la compu y antes de ir imprimirlos)

    Como resumen.

    Solicita la literal con el formato que aparece en la pagina; no es necesario que incluyas los datos tomo ni registro, lo envias por correo electronico a la direccion de correo del registro civil y esperas un par de dias; ellos te responden si esta procesada y lista para su retiro o si no existe literal con dichas caracteristicas.

    en respuesta a: REQUISITOS PARA BODA CIVIL EN MADRID #452022
    lalo
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    Me parece que la baja consular sería suficiente, eso si lleva copia y que te la compulsen en el expediente.

    A modo de información, te diré que las literales de cualquier tipo que están en el consulado de España en Venezuela, también la pueden solicitar ante el registro central en España por internet, correo o presencialmente.

    Aquí un enlace

    http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/servicios-ciudadano/tramites-gestiones-personales/certificadocertificacion

    Por último, cuando inicies el expediente de matrimonio, no aceptes nada hablado, todo por escrito y si ves maltrato o cualquier signo de discriminación pide la hoja de reclamaciones, para que veas :p

    en respuesta a: REQUISITOS PARA BODA CIVIL EN MADRID #452017
    lalo
    Miembro

    emigrantemaribulldog

    No te sirve, tu eres española, te vas a Casar como española por tanto todos tus documentos deben ser españoles; si fueres residente sin ciudadanía allí si te serviría pero apostillado o que te hayas optado a la nacionalidad española por residencia lo cual no creo que sea tu caso.

    Los de tu prometido, que es venezolano toda la documentación debe ser venezolana y apostillada, ya que el es el extranjero y reside en el extranjero.

    Por último, pide el número de telefax del registro civil donde estés haciendo el trámite, allí el consulado puede enviar los documentos y tienen la misma validez que en físico.

    A modo de acotación diré que el matrimonio es válido en España solamente, no en Venezuela hasta que lo apostille y lo envíe al registro consular de Venezuela en España.

    http://madrid.consulado.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=11:registro-de-matrimonio&catid=4:tramites&Itemid=19

    en respuesta a: REQUISITOS PARA BODA CIVIL EN MADRID #451865
    lalo
    Miembro

    También es posible casarse en Venezuela por poderes, aunque muchos funcionarios no conocen esa posibilidad, la misma está establecida en el código civil en el artículo 85.

    El poder sería hecho en el consulado de Venezuela en España y debe ser específico para casarse y con la identificación de con quién se va a contraer matrimonio.

    Es una posibilidad pero ya queda al funcionario saber eso.

    Lo de la residencia, pueden pedir certificado del período completo de residencia en el consulado general de España en Venezuela, el formulario está aquí http://www.exteriores.gob.es/Consulados/CARACAS/es/ServiciosConsulares/Paginas/InscripcionConsular.aspx específicamente http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/SiEstasEnElExtranjero/Documents/certificado%20de%20residencia.pdf ahora bien escribe al correo del consulado y [email protected] para ver si es posible que te lo envíen por e-mail o incluso al registro español, debes pedir el númerode fax, en el que estás llevando los recaudos.

    en respuesta a: REQUISITOS PARA BODA CIVIL EN MADRID #451662
    lalo
    Miembro

    Para que el expediente pueda ser tramitado en un Registro determinado, es necesario que al menos uno de los dos contrayentes esté empadronado en esa localidad.

    Los documentos necesarios para contraer Matrimonio Civil en España son:

    Escrito de solicitud, facilitado por el Registro Civil.
    D.N.I. o pasaporte y una fotocopia del mismo
    Certificados literales de nacimiento de los contrayentes (que sean recientes, esto es, que no tengan una antigüedad superior a 3 meses)
    Certificados de empadronamiento o residencia acreditativos del domicilio de ambos solicitantes en los 2 últimos años (son expedidas por el Ayuntamiento y caducan a los tres meses).
    Declaraciones sobre su estado civil (el RC puede facilitar un modelo a los españoles, turcos y holandeses. Los extranjeros deben presentar documento de su país que acredite su estado civil).

    Cuando los interesados hubieren residido o estado domiciliados en los dos últimos años en poblaciones de menos de 25.000 habitantes, según el último censo oficial, han de publicarse edictos o proclamas durante 15 di­as en el RC de dichas poblaciones.

    Si alguno lo hubiera estado en el extranjero, habrá de publicarse edicto en el Consulado de España correspondiente a esa circunscripción, si en el Registro de Matri­cula de dicho Consulado aparecen menos de 25.000 ciudadanos inscritos.(es decir, en ese Consulado de España hay apuntados menos de esa cantidad de españoles),

    Si hubieren residido en ese tiempo en alguna población con un número de habitantes superior a la cifra anterior, deberán ofrecer un testigo que declare sobre los posibles impedimentos legales, bien al presentar la solicitud y el resto de la documentación, bien durante el transcurso de la tramitación, según acuerde el Registro Civil competente.

    Deberá tenerse en cuenta lo siguiente:

    Las personas que deseen contraer matrimonio civil y estén en los casos enunciados a continuación, deberán aportar, aparte de los documentos descritos anteriormente, los siguientes:

    Divorciados/as, o nulidad del matrimonio anterior
    * Certificación literal del matrimonio, con inscripción marginal de divorcio o nulidad.

    Viudos/as
    * Certificación literal del matrimonio y certificación literal de defunción del cónyuge anterior fallecido.

    Menores de edad

    Mayores de 16 años: Que conste en la certificación literal de nacimiento la inscripción marginal de emancipación.
    Mayores de 14 años y menores de 16 años: En este caso debe obtenerse previamente la dispensa judicial

    Extranjeros

    Justificación de la residencia durante los dos últimos años.

    Acreditación del estado civil: (también conocido como Carta de Soltería)

    Para acreditar la libertad de estado civil con la licencia o dispensa necesaria conforme a su Ley personal, será suficiente:

    La certificación de la aptitud matrimonial por parte del Cónsul o funcionario competente según la Ley de su país (soltería, matrimonio anterior con anotación de divorcio o nulidad matrimonial, fallecimiento del cónyuge anterior, o dispensa para contraer matrimonio si fuera necesaria conforme a las leyes de su país)

    Toda la documentación necesaria que no sea española, deberá traducirse por traductor jurado y legalizarse por la vía correspondiente (Apostilla de la Haya o doble legalización: organismo del país emisor del documento + Consulado de España en ese país).

    Nota:
    Deberá consultar con el Consulado de su país si es necesario tramitar expediente de capacidad matrimonial previo al matrimonio que pretende contraer en España. En caso de ser necesario, debe aportar dicho certificado de capacidad.

    fuente: http://www.fororegistrocivil.es/Foro/viewtopic.php?f=5&t=48

    en respuesta a: ¿Seguro Medico? #448797
    lalo
    Miembro

    No existen seguros pagaderos en bolivares, y el seguro para que sea valido, debe tener lo siguiente

    Primero, no te deben cobrar por hacer uso de los servicios de medicina, asi que nada de copago y deducibles.

    Segundo, debe tener clausula de repatriacion en caso de muerte.

    Tercero, debe ser valido en el territorio de schengen, osea dentro de la Union, no sirve que solo sea valido en espana, debe ser valido tambien en francia, por poner un ejemplo.

    De alli, puedes solicitar presupuestos en Sanitas, o investigar en internet, minimo cobran unos 56 euros al mes, osea unos 670 euros al ano.

    en respuesta a: asesoramiento #448793
    lalo
    Miembro

    Los antecedentes penales, no te lo van a exigir sino al iniciar el procedimiento de ciudadania y dependiendo de las condiciones para la obtencion de la nacionalidad haran falta o ni siquiera te lo exigiran.

    Por ejemplo si te exigen para optar a la ciudadania el haber residido 1 año, si eres descendiente de ciudadanos del reino debes residir legalmente en el pais para poder optar a la ciudadania; y llegas el 1 de Enero de 2017, es a partir del 1 de Enero de 2018 que tienes el derecho a pedir la ciudadania Española.

    Por tanto, el apostillar los antecedentes penales no te va a servir de nada, ya que el mismo tiene que estar vigente y con menos de 6 meses de ser emitido.

    Si posees el libro de familia y eres descendiente de Español de origen y nacido en el reino, que no perdio su nacionalidad )osea tu madre, padre, se mantuvo como ciudadano del reino), y tu no la tienes por no haber declarado tu voluntad a mantenerla antes del transcurir de 3 años desde la mayoria de edad, puedes recuperarla sin necesidad de tener antecedentes penales, ya que solo te van a exigir el residir en el reino.

    Asi que para darte mas informacion deberias ser mas explicito en tu pregunta.

    en respuesta a: Ayudaaa qué visa puedo solicitar? Será q no tengo opción? #448792
    lalo
    Miembro

    Tu empleador debe cumplir con lo que le exigen en esta pagina, http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja017/index.html

    En fin una Autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, lo haces con el consulado de tu pais pero el contratante debe cumplir con los requisitos y enviarte el contrato de trabajo a tu pais y con eso lo presentas en el consulado

    A mi modo de ver serias como servicio domestico. asi qjue deberia cumplir con lo indicado para ese caso.

    Debes dirigirte al consulado de tu pais, para que ten ;los datos completos, en el caso de venezuela serian estos:

    http://www.exteriores.gob.es/Consulados/CARACAS/es/InformacionParaExtranjeros/Paginas/CSCaracas/Informaci%C3%B3n-y-requisitos-de-visados.aspx

    http://www.exteriores.gob.es/Consulados/CARACAS/es/InformacionParaExtranjeros/Documents/Trabajo%20por%20cuenta%20ajena%2010-2013.pdf

    en respuesta a: Por favor ayuda de ante mano gracias por su tiempo y respuesta #447867
    lalo
    Miembro

    No importa que no poseas el numero de folio y del libro, ya que lo interesante es que llenes la mayoria de los datos.

    Y cualquiera de las dos opciones, la del certificado online, y el que te envian es valida, ya que en el primer caso, ellos te envian la literal por correo electronio con un codigo que pueden verificar digitalemente, y el otro es por correo, alli deberias buscar un sistema para que te reeenvien el correo a venezuela ya que ellos usan a Correos y aqui se encargaria Ipostel, y muchos sabemos que Ipostel de funcionar no funciona.

    Podrias investigar el usar un casillero internacional, para que se te envie la literal a ese casillero y de alli te la reenviarian a Venezuela.

    Sobre que no tienes los datos de folio te digo que sin esos datos y con solo el lugar de nacimiento, podrias buscar el registro civil de esa zona, y alli solicitarla. Ya que para el registro Civil Español, no importa donde se introdujo el documento de registro, sino el lugar qu acontencio el hecho, en este caso el lugar donde nacio tu padre, y aunque lo hayan presentado madrid si el nacio en valencia, es alli en valencia donde esta la literal.

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