Al igual que otros países, España ha implementado cambios en sus regulaciones migratorias como consecuencia del Coronavirus. Teniendo en cuenta que este es uno de los países que más se han visto afectados por esta crisis sanitaria, la mayoría de los procesos han sido suspendidos hasta nuevo aviso.
Impacto del COVID-19 en los procesos migratorios españoles
¿Cómo afecta a los viajeros varados en España, a los solicitantes de visas, a trabajadores internacionales?
A raíz de la expansión de la pandemia del Coronavirus, el gobierno de España ha anunciado cambios en sus regulaciones migratorias. Aquí explicamos de qué manera las nuevas medidas afectan los diferentes trámites y procesos migratorios en ese país.
Normas de entrada a España en los aeropuertos
En principio, debido a la crisis sanitaria, no está permitido viajar a menos que sea indispensable. En ese caso, las medidas para los viajeros son:
- Mantener una distancia de seguridad de más de un metro entre personas.
- No llegar al aeropuerto con más de 90 minutos de antelación al vuelo.
- Evitar aglomeraciones.
Cierre de fronteras terrestres en España
El acceso a España a través de las fronteras fue restringido el 23 de marzo.
¿Quiénes pueden entrar a España?
Solo pueden acceder al territorio:
- Nacionales o residentes en España
- Residentes en otros países de la Unión Europea o Estados Asociados Schengen que se dirijan a sus lugares de residencia, titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro y que se dirijan a éste Estado miembro
- Trabajadores transfronterizos sanitarios o de cuidado de mayores
- Personal dedicado al transporte de mercancías
- Personal diplomático
- Y por causas de fuerza mayor debidamente justificada.
El gobierno solicitó, a mediados de marzo, el regreso inmediato a los residentes españoles que se encontraban de viaje en otros países y habilitó un número de emergencia para asistencia consular (+34 91 394 8900), para que estos residentes se pusieran en contacto con las autoridades españolas, ante el cierre de fronteras y las limitaciones de viaje que se activaron en ese momento.
Tras la promulgación del Estado de Alarma en todo el territorio español el pasado 18 de marzo, el tránsito de personas está limitado a lo indispensable.
Esto aplica para personas que estén entrando a España por cualquiera de las excepciones explicadas arriba y para los residentes de ese país. Toda persona que habite en territorio español deberá apegarse a estas medidas.
¿Quiénes no pueden ingresar a España?
Todas las personas que no entran en ninguna de las categorías anteriormente descritas.
Salir de España
Muchos países han impuesto medidas de prohibición de entrada o medidas sanitarias especiales para los viajeros provenientes de España.
Extranjeros en España
Esta es la situación para los extranjeros que se encuentran en España en el marco de la emergencia.
Extensión de visados turísticos
Las vigencia de las visas de turista queda extendida hasta el fin del estado de emergencia.
Las tarjetas de residencia temporal en España, en cambio, deberán renovarse en línea.
La recomendación que hacen algunos abogados para los viajeros que han quedado “atrapados” en territorio español, sin posibilidad de regresar a sus países de origen, es de enviar una carta certificada a la autoridad competente, solicitando la extensión del visado durante la crisis.
El envío de esta carta implica una justificación para evitar problemas legales futuros. Asimismo, indican que el lapso de salida después del levantamiento de cierre de fronteras es de 15 días.
Los plazos de tramitación de procedimientos sancionadores han sido interrumpidos por el estado de alarma.
Expedición y renovación de trámites y documentos
El 10 de marzo, el Ministerio de Política Territorial y Función Pública divulgó las medidas de distanciamiento social para combatir la crisis provocada por la pandemia de COVID-19, que incluían, entre otras la suspensión de todo servicio de atención al público en persona.
Algunos trámites que se han visto afectados por la medida son:
- Autorización de regreso,
- Carta de invitación,
- Prórroga de estancia sin visado,
- Prórroga de visado de estancia de corta duración,
- Certificado de NIE, de residente y de no residente,
- Cédula de inscripción de indocumentado,
- Título de viaje para la salida de España (indocumentado),
- Documentación relativa a protección internacional y estatuto de apátrida,
- Certificado de registro de ciudadano de la UE.
España también suspendió las citas que ya estaban asignadas, expedición de DNIs y pasaportes, así como todo trámite que se realice de manera personal, como captación de huellas y renovación de documentos básicos para la vida cotidiana.
Algunos trámites importantes pueden adelantarse digitalmente
Entre estos está la renovación de autorizaciones de residencia. Igualmente, el plazo de 90 días tras la fecha de caducación de la tarjeta para emprender su renovación, también ha quedado suspendido.
Tanto en el caso de las autorizaciones de residencia y trabajo, como en lo relativo a las autorizaciones de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado, se está admitiendo la presentación electrónica a partir de fórmulas de representación voluntaria.
El gobierno otorgó una prórroga de validez de 60 días después de la fecha de expiración de documentos como el DNI y el permiso de conducir. Asimismo, a todos los afectados se les comunicará el procedimiento para retomar las citas que se les habían asignado.
Retroceso de la medida de permiso de trabajo para inmigrantes
El gobierno español había anunciado medidas para autorizar a inmigrantes con perfil laboral sanitario a trabajar en ese sector, una medida que incluye la homologación exprés de títulos para médicos, enfermeras, dentistas, farmacéuticos o técnicos de laboratorio.
Sin embargo, la medida fue retirada en el camino, sin mayores explicaciones sobre el porqué.
Tras la suspensión de esta vía exprés, las autoridades de Universidades, Educación y Migraciones trabajan en procesar las solicitudes de trabajadores sanitarios extranjeros que estaban pendientes antes del estado de alarma.
“Desde que este se decretó, el pasado 14 de marzo, la Secretaría de Estado de Migraciones ha concedido cerca de 500 autorizaciones de trabajo solicitadas por extranjeros con perfil sanitario.
En paralelo, Universidades ha homologado 690 títulos, en su mayoría de médicos, pero también de enfermeras y fisioterapeutas.
Entre las nacionalidades que se han beneficiado destacan los cubanos, colombianos y venezolanos.
Por último, el Ministerio de Educación ha convalidado 409 titulaciones técnicas, en su inmensa mayoría de auxiliares de enfermería latinoamericanas”, reseña el diario El País.
Procesos de ciudadanía en espera
Ante la imposibilidad de realizar trámites en persona ante la administración pública, muchos residentes que aspiraban hacerse ciudadanos han visto retrasados sus procesos.
Algunos medios españoles aseguran que, una vez levantado el confinamiento, el ritmo en las solicitudes será considerablemente más lento que el habitual, debido a la alta demanda que tendrán los registros civiles, oficinas de extranjería y comisarías públicas, entre otros organismos.
Antes de la cuarentena, las citas para la “jura” o juramentación para convertirse en ciudadanos, se otorgaba para seis o siete meses.
En principio, las personas que tenían una cita previa que fue cancelada por la emergencia sanitaria, tendrían un tratamiento preferencial frente a los solicitantes de nuevas citas.
Los exámenes de ciudadanía programados para marzo y abril, pasarían en principio al calendario de mayo y junio.
Reapertura de fronteras y vuelta a la normalidad
Aunque todavía está en discusión, el gobierno español presentó su “plan para la transición hacia una nueva normalidad” que incluiría, si la evolución de la pandemia lo permite, la reapertura de fronteras.
No hay fecha estimada para esta medida, que implica además un consenso con países socios en la región. El plan de desescalada, sin embargo, está proyectado para culminar a finales de junio.
En esta misma serie:
- COVID-19 y procesos migratorios: Canadá >>
- COVID-19 y procesos migratorios: Estados Unidos >>
- COVID-19 y procesos migratorios: Australia >>
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Publicado el 25 de abril de 2020.