Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: A TODOS los que se quieren ir y NO SABEN NADA #331726
    correo64
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    Hola Chinook,

    Le agradezco su cumplido aunque no es para tanto y mi secreto esta en algo muy simple. Yo no pude contar con una persona que me diera algunos buenos consejos antes de emigrar aun país, ni tampoco a información de internet, y entonces hice muchas cosas improvisadas (que no siempre salen bien) como el 90 % de los escriben en este foro y que quireren emigrar, y por eso me paso de todo. Emigrar no es facil, hay que ponerle mucha dedicación, esfuerzo e informarse sobre muchas cuestiones, pero así y todo, lo que usted dice (no es a donde usted quiera sino a donde puedas), esta simpre presente pero lamentablemente muchos no lo pueden entender.

    LO POCO QUE HE APRENDIDO, ES MÁS EL RESULTADO DE TODOS LOS ERRORES COMETIDOS, QUE DE LA SABIDURÍA.

    en respuesta a: Quiero irme de Venezuela, Por donde empiezo? #331658
    correo64
    Miembro

    En Holanda lo pasan también en el canal RTL5 los domingos y suelen ser sobre tres países principalmente: Australia, Estados Unidos y Reino Unido, sobre Canada solo he visto alguno que otro.

    Del Reino Unido recuerdo un caso de una persona de Pakistan que intenta entrar con 30kg de cigarrillos y cuando le dicen que tiene que pagar impuestos para poder pasar, entonces el hombre dice que quiere pedir ASILO!!!, que él no puede regresar a Pakistan otra vez con los cigarrillos porque lo van a matar, y su mujer se suma y empieza a llorar (casi pico de gil y casí me hace llorar también). Entonces viene una oficial de inmigración y le dice: si quiere pedir asilo, aquí tengo los formularios para usted y su esposa, le pregunto otra vez si usted quiere solicitar asilo en el Reino Unido??. El hombre se arrasca la cabeza va de un lado para otro, gesticula, gesticula, gesticula, y finalmente dice, no voy a pedir asilo me voy de vuelta a Pakistan y la mujer deja de llorar al toque. El final de la historia es que le cancelan los visados y a los dos los mandan de vuelta. Por supuesto que les impusieron la correspondiente prohibicón de entrada (inreisverbod) para el RU, la cual es válida también para todos los otros países de la UE.

    en respuesta a: Dudas Sobre Solicitud de Asilo Politico #331651
    correo64
    Miembro

    Corzoman,

    No se si usted lo sabe pero en muchos países del mundo, existen los permisos de residencia por ‘razones humanitarias’ que se conceden a las personas que no reunen los requistos para un asilo político, pero que por otras causas necesitan protección, y que pueden ser otorgados en base a cirterios propios de cada país, en virtud de su derecho interno y/o de su legislación de extranjería o como ocurre en los Estados miembros de la UE, que tienen como base jurídica para otorgar estos permisos humanitarios el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

    Yo particularmente conozco muy bien el procedimiento de asilo de los Países Bajos ( y el sistema Europeo) y cuando usted no reune los requistos del asilo pero existen grandes posibilidades para aplicar para un permiso por razones humanitarias te dan la oportunidad de solicitarlo. Yo no aplique a un asilo aún siendome negada la entrada a mi país y haber sido devuelto en el mismo avión a Amsterdam, pero se me concedio un permiso por razones humanitarias llamado ‘Fuera de Culpa’ (Buitenschuld), cuando finalmente quedó demostrado que no podía regresar a mi país de origen. El trato que yo siempre recibí era lo más parecido al de un refugiado, aunque em realidad la residencia por razones humanitarias es una residencia regular.

    en respuesta a: Dudas Sobre Solicitud de Asilo Politico #331650
    correo64
    Miembro

    Corzoman,

    Todo lo que me haz dicho yo lo se muy bien hace muchismo tiempo y mi comentario no se refería al caso de la persona con doble nacionalidad, que obviamente puede buscar protección en el otro país del cual posee nacioialidad antes de pedir un asilo o refugio en un tercer país. Tampoco he dicho en ningún momento que un país tiene la obligación de otorgar asilo (eso es una aberración) si la persona en cuestión no reune los requisitos que le den derecho a la protección internacional. Yo solo hice la aclaración sobre el marco jurídico (según el Derecho Internacional) por el que se regula en principio la protección internacional de las personas en todo el mundo y que esta basado en la Convención de 28 de julio de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, modificada por el Protocolo de Nueva York de 31 de enero de 1967. Pero tampoco es necesario ser un país firmante de la Conveción de Ginebra para concederle el asilo político,si una persona cumpla con los requisitos como refugiado, porque en estos caso donde se aplica entonces lo que usted me ha querido decir aunque con otras palabras, y sobre el Derecho soberano que tiene cualquier país a conceder asilo sea o no un Estado firmante de la Convención de Ginebra.

    DERECHO DE ASILO: Derecho de un Estado, en virtud de su soberanía territorial y en el ejercicio de su potestad discrecional,
    de permitir la entrada y la residencia de un extranjero y de impedir el ejercicio de la jurisdicción de cualquier Estado sobre esa persona.

    . En algunos estados existen criterios más amplios o más restrictivos que los establecidos en la Convención de Ginebra.
    . La OIM utiliza un término genérico con dos acepciones: el dercho a conceder asilo (un Estado puede conceder asilo en su territorio a cualquier persona de modo discrecional) y el derecho a que a una persona se le conceda asilo, ya sea en el Estado en cuyo territorio se solicite o en otro Estado de preferencia.

    ASILO: Forma de protección garantizada por un Estado en su territorio basada en el principio de non-refoulement (o principio de no devolución), que conlleva el reconocimiento internacional o nacional de los derechos del refugiado. Se concede a toda persona
    incapaz de ver garantizada tal protección en su país de nacionalidad y/o residencia, por temor a ser perseguida por razón de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opinión política.

    correo64
    Miembro

    Ely, este artículo te puede ayudar a no estar ciega, es decir a entender mejor la realidad y lo que puedas esperar de un empleador que quiera explotarte y privarte de derechos.

    http://www.levante-emv.com/economia/2014/01/13/tres-diez-valencianos-cobran-debajo/1067694.html

    en respuesta a: ¿Que puedo hacer con mi ciudadanía europea? #331566
    correo64
    Miembro

    Migueealejandro, lee bien «todo el contenido de este link para que tengas una idea de como es estudiar en otro país de la UE:

    http://europa.eu/youreurope/citizens/education/university/recognition/index_es.htm

    en respuesta a: ¿Que puedo hacer con mi ciudadanía europea? #331558
    correo64
    Miembro

    Solo una aclaración ahora son 90 días, el tiempo de 180 días era cuando en los países de la UE los visados de residencia nacionales tenían una validez de 180 días, pero eso fue abolido y se introdujo el Visado (Uniforme) Schengen, que es válido 90 días,

    en respuesta a: ¿Que puedo hacer con mi ciudadanía europea? #331557
    correo64
    Miembro

    En Holanda los ciudadanos de Canada, Australia, Estados Unidos, Nueva Zelanda, Japón y Corea del Sur reciben un trato especial ya que pueden permanecer en el país durante 6 meses si necesidad de visado y buscar trabajo. En el caso de ser la pareja o el cónyuge de un ciudadano holandés, no necesitan el visado de residencia (MVV) ni tampoco hacer el examen básico de integración sobre sociedad y lengua holandesa.

    Ellos puede viajar directamente a los Países Bajos y allí solicitar un permiso de residencia al Servicio de Imigración y Naturalización (IND). Esto debe ser así en el resto de los países de la UE.

    en respuesta a: ¿Que puedo hacer con mi ciudadanía europea? #331555
    correo64
    Miembro

    EL DERECHO A LA LIBRE CIRCULACIÓN Y RESIDENCIA SOLO SE PUEDE EJERCER DENTRO DE LA UE.

    en respuesta a: ¿Que puedo hacer con mi ciudadanía europea? #331554
    correo64
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    LA RESPUESTA ES NEEN (NO).

    correo64
    Miembro

    Para los que tengan un capital, tengan miedo a una posible devaluación o a un corralito tipo Argentina y además tengan pensado hacer un viaje exploratorio la España, les aconsejo que miren la posibilidad de abrir una cuenta de NO RESIDENTE, algo que esta permitido en el Sistema Bancario Español y que por lo visto muy poco conocen. Yo abrí en el 2008 una cuenta de ahorro de no residente en Fuerteventura con el Banco Pastor (ahora es del Grupo Banco Popular Español) a través de la oficina de representación que tenían en Rotterdam, la cual ahora ha cerrado al igual que la oficina de representación que tenían en Venezuela y Argentina. Me imagino que muchos venezolanos saben que es cierto lo que estoy diciendo. El Banco Pastor tiene su Oficina Central en A Coruña y fue fundado en 1925. En Holanda el 99% de los gallegos tiene una cuenta en BP donde ahora muchos de ellos reciben su pensión, y ellos le siguen llamando el Banco de los Emigrantes.

    El último consejo, cuiden y miren bien donde y como van a invertir su dinero porque estafadores, vivos y malandros hay en todas partes y mucho cuidado con los personajes de cuello y corbata y nombre rimbombante, se lo dice alguien que aprendio mucho sobre las malas prácticas de los banqueros en los años que viví en la Argentina (un país al que quiero mucho a pesar de todo), pero que ni en pedo pone ni un centavo en un banco argentino.

    A la UE se puede entrar o salir con un máximo de 10000 euros en efectivo sin tener que declararlo ni pagar impuestos, y se pueden hacer transferencias bancarias via internet hasta un máximo de 50000 euros también sin pagar impuestos. Las cantidades superiores a las antes mencionadas deben ser declaradas y se deberán pagar impuestos.

    correo64
    Miembro

    Para los que tengan un capital, tengan miedo una posible devaluación o un corralito tipo Argentina y además tengan pensado hacer un viaje exploratorio les aconsejo que miren la a posibilidad de abrir una cuenta de NO RESIDENTE, algo que esta permitido en el sistema bancario espanol y que por lo visto poco conocen. Yo abrí una cuenta de ahorro de o residente en Fuerteventura con Banco Pastor (ahora es del Grupo Banco Popular) a través de la oficina de representación que tenían en Rotterdam, pero ahora ha cerrado al igual que la oficina de representación que tenían en Venezuela. Me imagino que muchos venezolanos saben que es cierto lo que estoy diciendo. Ell Banco Pastor tiene su oficina central en A Coruna y había sido fundado en 1925. En Holanda el 99% de los gallegos tiene una cuenta en él donde ahora muchos de ellos reciben su pensión, y ellos le siguen llamandolo el Banco de los Emigrantes.

    El último consejo, cuiden y miren bien donde y como van a invertir su dinero por que estafadores, vivos y malandros hay en todas partes y mucho cuidado con los de cuello y corbata y nombres rimbombante, se lo dice alguien que vivio y en directo toda la crisis Argentina y que que aprendio mucho los anos en que viví en ese país (un país al que quiero mucho a pesar de todo), pero que ni en pedo pone ni un centavo en un banco argentino.

    Ciao.

    en respuesta a: Como son los documentos de residencia holandese #331496
    correo64
    Miembro

    Con este link puedes conocer los documentos de identidad de los otros países de la UE: http://www.identiteitsdocumenten.nl/

    en respuesta a: Decisiones para emigrar desde Venezuela #331491
    correo64
    Miembro

    Hola Dífera,

    El mejor consejo que te puedo dar es que estudies y termines tu carrera sin preocuparte de los que va a pasar dentro de 5 años porque eso nadie lo sabe. Además te aconsejo que estudies un idioma que te facilite la movilidad a nivel Global, eso quieres decir el inglés (olvidate del Cátalán).

    Si bien es cierto que nadie puede predecir el futuro, el de los catalanes es incierto si tenemos en cuenta su inteción de independizarse de España, sobre los cual a dicho Duran y Lleida (CiU), que sepan bien los catalanes que no les puedo garantizar el reconocimiento de la UE y formar parte de la misma. La posición de la UE es muy clara al respecto, aquellos territorios que son parte de un Estado miembro de la UE que decidan separarse, no serán reconocidos por ningún Estado miembro. El caso de Escocia es muy particular y muy diferente al de Catalunya, en principio si la van a reconocer porque ellos van a mantener ciertos vínculos con el Reino Unido, entre otras cosas ellos quieren controlar la Fiscalidad y la Seguridad Social.

    Sobre devaluaciones solo te puedo hablar de Argentina, cuya historia no solo se ha basado en golpes militares sino también en las grandes devaluaciones de su moneda y donde siempre han pagado el ‘pato’ los ahorristas. En la historia más reciente nos podemos remontar a lo que sucedio con Alfonsí y el austral con la vuelta de la democracia o hasta la epoca del turco Menem y su ministro de economia Cavallo el creador de la convertibilidad (la burbuja argentina) 1 peso= 1 dólar que duro 11 años y termino en otro ‘robo de guante blanco’ de los Bancos a los ahorristas y un ‘corralito’ de puta madre del que solo se salvo el vivo de Kirchner por tener los Fondos de Cooparticipación Federal depositados en una cuenta en el extranjero.

    Un chico de Iran que conoci y que estudiaba para asesor jurídico decia siempre: studie, studie, studie (estudia, estudia, estudia).

    en respuesta a: Migración y Asilo #331435
    correo64
    Miembro

    El Glosario sobre Migración y Asilo 2.0 es un instrumento para una mayor comparabilidad. Libro con el objetivo de mejorar la comparabilidad entre los estados miembros a través de la utilización y el acuerdo común de los términos y las definiciones que se incluyen. Su finalidad es que se utilice como documento de referencia de la European Migration Network (EMN):

    http://extranjeros.empleo.gob.es/es/RedEuropeaMigraciones/glosario/EMN_Glossary_ES_Version.pdf

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