Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? REQUISITOS PARA BODA CIVIL EN MADRID

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  • #451418
    Dans
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    Hola, que requisitos debo llevar de Colombia( mi país de origen) hacia Madrid para casarme con mi novio,?.el es Español. El otro año me iré Para allá a vivir con el.

    #451662
    lalo
    Miembro

    Para que el expediente pueda ser tramitado en un Registro determinado, es necesario que al menos uno de los dos contrayentes esté empadronado en esa localidad.

    Los documentos necesarios para contraer Matrimonio Civil en España son:

    Escrito de solicitud, facilitado por el Registro Civil.
    D.N.I. o pasaporte y una fotocopia del mismo
    Certificados literales de nacimiento de los contrayentes (que sean recientes, esto es, que no tengan una antigüedad superior a 3 meses)
    Certificados de empadronamiento o residencia acreditativos del domicilio de ambos solicitantes en los 2 últimos años (son expedidas por el Ayuntamiento y caducan a los tres meses).
    Declaraciones sobre su estado civil (el RC puede facilitar un modelo a los españoles, turcos y holandeses. Los extranjeros deben presentar documento de su país que acredite su estado civil).

    Cuando los interesados hubieren residido o estado domiciliados en los dos últimos años en poblaciones de menos de 25.000 habitantes, según el último censo oficial, han de publicarse edictos o proclamas durante 15 di­as en el RC de dichas poblaciones.

    Si alguno lo hubiera estado en el extranjero, habrá de publicarse edicto en el Consulado de España correspondiente a esa circunscripción, si en el Registro de Matri­cula de dicho Consulado aparecen menos de 25.000 ciudadanos inscritos.(es decir, en ese Consulado de España hay apuntados menos de esa cantidad de españoles),

    Si hubieren residido en ese tiempo en alguna población con un número de habitantes superior a la cifra anterior, deberán ofrecer un testigo que declare sobre los posibles impedimentos legales, bien al presentar la solicitud y el resto de la documentación, bien durante el transcurso de la tramitación, según acuerde el Registro Civil competente.

    Deberá tenerse en cuenta lo siguiente:

    Las personas que deseen contraer matrimonio civil y estén en los casos enunciados a continuación, deberán aportar, aparte de los documentos descritos anteriormente, los siguientes:

    Divorciados/as, o nulidad del matrimonio anterior
    * Certificación literal del matrimonio, con inscripción marginal de divorcio o nulidad.

    Viudos/as
    * Certificación literal del matrimonio y certificación literal de defunción del cónyuge anterior fallecido.

    Menores de edad

    Mayores de 16 años: Que conste en la certificación literal de nacimiento la inscripción marginal de emancipación.
    Mayores de 14 años y menores de 16 años: En este caso debe obtenerse previamente la dispensa judicial

    Extranjeros

    Justificación de la residencia durante los dos últimos años.

    Acreditación del estado civil: (también conocido como Carta de Soltería)

    Para acreditar la libertad de estado civil con la licencia o dispensa necesaria conforme a su Ley personal, será suficiente:

    La certificación de la aptitud matrimonial por parte del Cónsul o funcionario competente según la Ley de su país (soltería, matrimonio anterior con anotación de divorcio o nulidad matrimonial, fallecimiento del cónyuge anterior, o dispensa para contraer matrimonio si fuera necesaria conforme a las leyes de su país)

    Toda la documentación necesaria que no sea española, deberá traducirse por traductor jurado y legalizarse por la vía correspondiente (Apostilla de la Haya o doble legalización: organismo del país emisor del documento + Consulado de España en ese país).

    Nota:
    Deberá consultar con el Consulado de su país si es necesario tramitar expediente de capacidad matrimonial previo al matrimonio que pretende contraer en España. En caso de ser necesario, debe aportar dicho certificado de capacidad.

    fuente: http://www.fororegistrocivil.es/Foro/viewtopic.php?f=5&t=48

    #451684

    lalo

    No se si estas empapado con el tema, u otro que me pueda ayudar, explico mi caso recientemente con decisión actualizada con mi pareja.

    Lamentablemente por mi pareja no estar pendiente y focalizado ver que me iba del país, emigre sin casarme el mes pasado, actualmente ya el también con decisión firme de unirnos, quiere venirse, tengo pronosticado que venga a mediados del año que viene, nos casaríamos aqui, tanto porque ya queremos nuestar unión y obviamente también para que El pueda estar lo mejor posible y lo mas importante laboralmente.

    No me regreso a Venezuela a casarme y registrar el matrimonio por el consulado de España en Caracas, porque me tendría que dar de alta para poder registrarlo. Eso implicaría perder la ayuda del emigrante que Dios mediante me la aprueben, y no solo eso, lo que he tramitado todo aqui con la baja no se si influye. Que si la tarjeta sanitaria con el médico asignado que tengo de cabezera, lo de demandante de empleo si en eso ya no estaria al darme de alta, y no se en que podria influir mas, seguramente también en otras cosas.

    También si consigo trabajo tendría que renunciar y otras veces a la osadía de buscar empleo (que es bastante fuerte porque la población es inmensa) y la idea es no gastar los ahorros, ademas es desesperante no estar consiguiendo, ya me esta pegando y solo tengo 2 semanas.

    Tendría que gastar en pasaje ida y vuelta, sin poderme traer el libro de familia, porque me devolvería a las semanas.

    Entonces de todas todas conviene mejor aquí en España aunque se tarde más que El este legal, nos hagan entrevista y se tarde mas el libro de familia ahora bien mis preguntas son:

    Conyugue Español nacido en Venezuela

    – Cuando piden la carta de residencia de los 2 ltimos años en mi caso sería de Caracas y aquí en Madrid los 6 meses que tendría, no entiendo entonces que papel debo llevar.

    – Pedí informacion al 012 y supuestamente como yo no nací en España, aunque ya tenga el DNI, tengo que llevar acta de nacimiento de donde nací? se que sería legalizada y apostillada, y si se pasa de los 3 meses del apostille igual sigue valiendo? o el apostille tiene que ser que no pase de 3 meses, porque en Venezuela por la situación y las citas no dan ese tiempo corto.

    – También mi carta de soltería, esta la puedo pedir aquí en Madrid o también tiene que ser en Caracas? y si es así, sería legalizada y apostillada?

    Conyugue Extranjero, que no tiene pasaporte de la Comunidad Europea:

    – Entiendo su partida de nacimiento actual, legalizada y apostillada, también la carta de soltería, sería legalizada y apostillada?

    – Pasaporte?

    – la carta de residencia sería que vivio allá, pero si se viene para aca y se casara conmigo, entregar esa carta de residencia no sera factible no? porque se empadronara donde este viviendo, o no se si por llegar reciente ese empadronamiento no vale y no podamos casarnos?

    Y en general saber si nos podemos casar a la semana que llegue El. Mañana igual voy al registro civil de mi municipio para exponer mi caso y como sería la situación si se puede o no, no se si esta bien que vaya y lo diga, que me recomiendad? porque con la llamada al 012 las dudas para aclarar me volvieron un pastel, agregado que no entendí, senti como negación de la funcionaria que no podiamos casarnos recien llegado El.

    Veo que casarme aqui (en el caso que me encuentro) es lo mejor y mas factible en estabilidad y no perder ni dinero en pasajes, tampoco todos los trámites y registros que he hecho aqui, si consigo trabajo menos, y sino, tampoco mucho menos en perder la ayuda.

    No se si me pude explicar bien 🙁 y les agradecería inmensamente que me puedan ayudar, asesorar que hacer o que preguntar.

    #451701

    emigrantemaribulldog

    Otra opcion es que se casen por poderes a traves del consulado venezolano que no se si existe esa opcion aun pero lo puedes averiguar. Basicamente tu firmas aqui en España el acta de matrimonio y luego la firma tu novio en Venezuela, imagino que igualmente se puede apostillar eso y que el viaje con todo apostillado y registran el matrimonio por aqui. Seria otra opcion

    #451722

    Vale Venezolana, igual esa opción sería que no nos quede de otra y extremo de decisión. Ya finiquitamos que lo mejor es que se venga y lo hacemos aqui.

    Ya fui al registro civil de mi localidad para saber los requisitos que me exigen y no vi tanta complicación o no se si que le entendí ligero, lo que si me surgieron luego mas dudas jaja

    A mi tanto a El me piden la carata de residencia-empadronamiento de los 2 últimos años. El puede sacar la suya porque esta allá, pero yo la haría es yendo al consuldado de venezuela? o El me la puede sacar allá, aunque no se porque creo que tengo que firmar. También esa carta de residencia supongo que tiene que ir leglaizada y apostillada?

    Con la carta de soltería, obvio El traerla, pero también yo la tengo que traer de allá? Porque si mal no le entendí al funcionario, me dijo que ya yo siendo española aqui y tiene mi registro que estoy soltera, no es necesario, no se si estoy errada.

    También aunque sea española y haya nacido en Venezuela es necesario que traiga mi acta de nacimiento de allá legalizada y apostillada o no?

    Y otra cosa que mi chico tiene 2 hijos pero nunca se caso, ni tampoco se declaro unión de concubinato ni nada, no se si igual El tenga que traer un documento referente a eso para casarse aqui?

    Yo igual voy a dirigirme nuevamente al registro civil con estas dudas, pero quería saber si por aquí me podían orientar por si en el registro no me entiendan.

    De antemano muchas gracias, a Venezolana y a quien haya pasado por esta situación o que sepa del tema.

    #451728

    emigrantemaribulldog,

    Creo que el puede pedir tu carta de residencia.

    Tu no necesitas carta de solteria tu te vas a casar como española y aqui ya saben que eres soltera.

    No necesitas el acta de nacimiento de Venezuela, a ti te piden la española.

    Con respecto a los hijos no pasa nada, no ha de sacar ningun documento adicional. Lo que si es que si en un futuro quieren traer a los hijos entonces necesitara un poder de la madre de los niños para que le puedan tramitar la residencia una vez que tu chico tenga la residencia (asumo que los niños son menores de edad).

    #451729

    Perfecto estimada Venezolana, entonces ya esas dudas no las voy a preguntar en el registro.

    Ellos me dijeron que para entregar los documentos, tenemos que estar los 2 y que para la entrega es una cita que se hace, las están dando tipo a los 2 meses.

    Sabrás luego de esa cita cuanto se tarda para que nos digan el día de la firma?

    Y si en un futuro si ellos deciden venirse, porque ya ellos me han dicho que quieren, si se que tendría que hacer varias cosas, y una de esas es el poder, pero tengo que esperar a que mi esposo sea español, o con el NIE ya puede empezar a tramitar la residencia de ellos.

    Si no sabes tranquila, en su momento averiguare mejor y en el organismo que corresponda, ya sería a empezar hacer otro paso, primero lo primero jaja.

    #451730

    emigrantemaribulldog,

    Pues ni idea de cuanto tiempo tarda, se que cuando entregas los documentos ellos abren el expediente y si estan de acuerdo con todo entonces te dan fecha para el matrimonio, en este proceso podrían llamarlos para una entrevista indvidual y comprobar que el matrimonio es por amor y no por interes.

    Si ellos deciden venirse no es necesario esperar que tu esposo sea español, solo basta con que ya tenga el NIE, siempre y cuando sean menores de edad. Si son mayores de edad se complica la cosa porque se tendría que demostrar que dependen de tu esposo e igualmente podrían denegarle la residencia.

    #451865
    lalo
    Miembro

    También es posible casarse en Venezuela por poderes, aunque muchos funcionarios no conocen esa posibilidad, la misma está establecida en el código civil en el artículo 85.

    El poder sería hecho en el consulado de Venezuela en España y debe ser específico para casarse y con la identificación de con quién se va a contraer matrimonio.

    Es una posibilidad pero ya queda al funcionario saber eso.

    Lo de la residencia, pueden pedir certificado del período completo de residencia en el consulado general de España en Venezuela, el formulario está aquí http://www.exteriores.gob.es/Consulados/CARACAS/es/ServiciosConsulares/Paginas/InscripcionConsular.aspx específicamente http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/SiEstasEnElExtranjero/Documents/certificado%20de%20residencia.pdf ahora bien escribe al correo del consulado y [email protected] para ver si es posible que te lo envíen por e-mail o incluso al registro español, debes pedir el númerode fax, en el que estás llevando los recaudos.

    #451874
    luzfederico
    Miembro

    Hola chicos,

    Yo me quiero casar con mi novio, el tiene nacionalidad italiana, somos una pareja gay pero queremos residir en España, cómo sería el proceso para yo obtener la nacionalidad europea por mi novio? Alguien me puede informar sobre el tema?.

    Actualmente ambos somos residentes en Panamá, yo tengo dos años aquí y el uno.

    #451881

    Luzfederico,

    Se pueden casar sin problemas, una vez casados deben registrar el matrimonio en el consulado italiano para que tu puedas tener tu residencia.

    Te dejo el link con los requisitos para la residencia http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/CiudadanosComunitarios/hoja103/

    #451899

    lalo

    Excelente la información que me pudiste suministrar, creo que justamente eso es lo que necesito que tengo que sacar. Gracias por tomarte el tiempo y dejarmelo directo para no tener pérdida.

    Yo conseguí en mis documentos una carta de residencia pero propia de Venezuela, la saque en Marzo. Claro, es la que se saca allá por la página del CNE, se imprime y se lleva al registro civil de tu municipio. No se si saben de la que estoy hablando,(ojala se pudiera enviar fotos por aquí jaja) dice en el centro como titulo Constancia de Residencia, en la esquina superior izquierda el símbolo de CNE y luego sale la descripción en donde has vivido desde que año y los datos, luego abajo la fecha, mi firma y al final la firma del registro civil y con el sello.

    Mi pregunta es si eso servira para el requisito que te piden de sacar aunque no este apostillado y que como lo hice en Marzo no se si por no estar actual, no valga. Cuando me case ya habra cumplido el año en Marzo. Entonces no se si al final esto me sirva, lo digo por si no es necesario agregar otra complicación de papel mas a todo esto de emigración y de matrimonio, sino ni modo lo busco por el link que me enviaron y le escribo al consulado español en Caracas.

    Siempre me gusta escuhar opiniones, claro si saben del tema y su gestion. Siempre muy a gradecida a todos! 🙂

    #452017
    lalo
    Miembro

    emigrantemaribulldog

    No te sirve, tu eres española, te vas a Casar como española por tanto todos tus documentos deben ser españoles; si fueres residente sin ciudadanía allí si te serviría pero apostillado o que te hayas optado a la nacionalidad española por residencia lo cual no creo que sea tu caso.

    Los de tu prometido, que es venezolano toda la documentación debe ser venezolana y apostillada, ya que el es el extranjero y reside en el extranjero.

    Por último, pide el número de telefax del registro civil donde estés haciendo el trámite, allí el consulado puede enviar los documentos y tienen la misma validez que en físico.

    A modo de acotación diré que el matrimonio es válido en España solamente, no en Venezuela hasta que lo apostille y lo envíe al registro consular de Venezuela en España.

    http://madrid.consulado.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=11:registro-de-matrimonio&catid=4:tramites&Itemid=19

    #452019

    Vale lalo, tienes razon en que todo lo mío tiene que coincidir que sea papel español.

    Sabes que me dijeron que preguntara si me sirve la baja consular, como dice desde que fecha a que fecha estaba registrada en el consulado español en Caracas, sale la dirección donde residia y todos sus detalles capaz me sirva, o que sabes sobre eso?

    Y sino me sirve (que ire al juzgado donde firmaremos a preguntar) pues la pido como me dices, le pediré el telefax y explicare que es para que el consulado mande la residencia.

    Te afradezco mucho la asesoría también para registrarlo por Venezuela, porque también eso lo queremos hacer, por la probalidad a futuro de hacer el ecleciastico por allá.

    Genial todos los links que me has enviado. Inmensamente agradecida, Dios te bendiga. Y Dios mediante y quiera todo nos salga bien. Exitos!

    #452022
    lalo
    Miembro

    Me parece que la baja consular sería suficiente, eso si lleva copia y que te la compulsen en el expediente.

    A modo de información, te diré que las literales de cualquier tipo que están en el consulado de España en Venezuela, también la pueden solicitar ante el registro central en España por internet, correo o presencialmente.

    Aquí un enlace

    http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/servicios-ciudadano/tramites-gestiones-personales/certificadocertificacion

    Por último, cuando inicies el expediente de matrimonio, no aceptes nada hablado, todo por escrito y si ves maltrato o cualquier signo de discriminación pide la hoja de reclamaciones, para que veas :p

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