Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Texto de la queja enviada a la Comisión Europea #402074
    danit77
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    Hola correo64! Alguna novedad sobre la queja presentada?
    El 26 de junio de 2015 hicieron esta publicación en otro foro de inmigración:

    http://www.parainmigrantes.info/inscripcion-de-matrimonio-de-ciudadanos-comunitarios/

    La persona que dirige el foro, dice es Vicente Marín Zarza, con más de 15 años de experiencia en extranjería. Pero si ellos estan determinando entonces que una partida extranjera no és valida en españa según el país europeo del conyuge comunitario, entonces como apelarían en caso de que denegen el pedido de residencia?

    en respuesta a: Texto de la queja enviada a la Comisión Europea #396836
    danit77
    Miembro
    en respuesta a: Texto de la queja enviada a la Comisión Europea #396824
    danit77
    Miembro

    Estos son los argumentos que recibiste en tu queja al MAEC?

    en respuesta a: Texto de la queja enviada a la Comisión Europea #396818
    danit77
    Miembro

    Este es el link para leer la queja del ciudadano holandés: http://www.buitenlandsepartner.nl/archive/index.php/t-60559.html

    en respuesta a: Texto de la queja enviada a la Comisión Europea #396817
    danit77
    Miembro

    Correo64, encontré esta carta, con su correspondiente respuesta remitida por un ciudadano holandés al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación Sr. José Manuel Garcia-Margallo (http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Ministerio/Paginas/inicio.aspx).

    Él ciudadano holandés exige el cumplimiento de sus derechos de libre circulación y reconocimiento de su matrimonio.

    Cito parte de la respuesta del ministro pero vale la pena leer la queja y respuesta completa: «…Respecto de la exigencia de que el documento probatorio del vínculo matrimonial se traduzca en, bien una certificación emitida por un Registro Civil de la UE, bien una certificación emitida por un tercer Estado que haya sido expresamente reconocida por el Estado miembro del ciudadano comunitario contrayente, comprendemos que ello puede resultar inconveniente para algunos familiares de ciudadanos de la UE. No obstante, se trata de una exigencia difícilmente evitable, habida cuenta que algunos Estados Miembros de la UE tan sólo reconocen los matrimonios de sus nacionales cuando han sido inscritos en sus propios Registros Civiles nacionales. Dado que el visado de entrada para familiares de ciudadanos de la UE permite la libre circulación y residencia en todo el espacio de la Unión Europea, si España no exigiera este requisito, estaría ofreciendo a estos familiares unos derechos (los derivados de la Directiva 2004/38/CE) que no son reconocidos por otros Estados Miembros a los que se puedan desplazar. En tanto los Estados Miembros de la UE no logren una verdadera armonización de sus legislaciones relativas a Registro Civil y al reconocimiento del vínculo matrimonial, por tanto, no resulta posible para España otorgar unilateralmente a ciertos familiares de ciudadanos de la UE unos derechos que otros Estados de la Unión les niegan.

    Por último, me permito discrepar de su argumento de que la legalización o Apostilla de La Haya y la correspondiente traducción dotarían de validez a toda certificación matrimonial expedida por cualquier tercer Estado, ya que tanto la Apostilla como la legalización diplomática, según expresa el propio Convenio de La Haya Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros (1961), tan sólo certifican “la autenticidad de la firma, la calidad en que el signatario del documento haya actuado y, en su caso, la identidad del sello o timbre que el documento ostente”, sin entrar en el contenido del documento, y por tanto, sin llegar establecer el reconocimiento por parte de los demás Estados de la UE del vínculo matrimonial que certifica.»

    en respuesta a: Sobre el Régimen Comunitario y algunas cosas más‏ #396815
    danit77
    Miembro

    Así lo haré!

    en respuesta a: Sobre el Régimen Comunitario y algunas cosas más‏ #396692
    danit77
    Miembro

    Como italianos sólo podemos autocertificar residiendo en Italia entonces. Gracias por la aclaración! 😀

    en respuesta a: Sobre el Régimen Comunitario y algunas cosas más‏ #396574
    danit77
    Miembro

    Al respecto de este tema, otro derecho que tenemos que conocer para hacer valer: La autocertificación http://web.tiscali.it/comunegenzone/autocert/autocertificacion.htm

    en respuesta a: Texto de la queja enviada a la Comisión Europea #395011
    danit77
    Miembro

    Hola correo64,
    Voy a seguir atenta a tus noticias sobre el avance de tu denuncia.
    En estos meses estuve leyendo inmensidad de foros relacionados a nuestros derechos y obligaciones como ciudadanos de la UE y realmente solo de tu parte encontré respuestas precisas y fundamentadas. Luego de encontrar y leer detenidamente tu denuncia no puedo más que agradecerte lo que estás haciendo por todos nosotros.
    El aporte de las sentencias también es realmente significativo.

    De nuevo, muchas gracias y saludos!

    en respuesta a: Texto de la queja enviada a la Comisión Europea #394371
    danit77
    Miembro

    Buenas noches,
    Estaba leyendo y repasando toda la información que necesito tener para realizar los trámites una vez llegados a España (en otro foro me has asesorado en cuanto a mis derechos y los de mi cónyuge no comunitario como ciudadana italiana en España) y encontré esta denuncia ante ue.aporue.ce@SETNIALP-GS. Mucho más que interesante. Has tenido alguna novedad sobre el estado del procedimiento en estos últimos meses?

    en respuesta a: Sobre el Régimen Comunitario y algunas cosas más‏ #393015
    danit77
    Miembro

    Perfecto! Grazie tante.

    en respuesta a: Sobre el Régimen Comunitario y algunas cosas más‏ #393004
    danit77
    Miembro

    Capito. Para entrar no tendría problema.

    Pero luego con mi pasaporte italiano, aunque diga soltera, más el certificado de matrimonio apostillado, podré tramitar la residencia para mi esposo extracomunitario?

    Estoy tratando de encontrar la forma de contactar al consulado italiano en argentina para hacer estas consultas y no hay forma. No atienden al publico, no responden mails, solo cita previa pero no hay una cita que diga «Consultas»…brindan muy poca ayuda al ciudadano en este aspecto.

    Gracias!!

    en respuesta a: Sobre el Régimen Comunitario y algunas cosas más‏ #392995
    danit77
    Miembro

    Me encanta el folklore argentino 😀
    Finalmente acordé con la empresa que me contrata un tiempo de re-locación que nos permite realizar el casamiento, y luego apostillado del certificado/acta de matrimonio, por lo que ya tenemos turno.

    Y ahora me surge la siguiente inquietud. Celebramos el matrimonio en el Registro Civil Argentino y tenemos certificado y este está apostillado…Qué sucede respecto al estado civil de nuestros pasaportes? El pasaporte argentino, nos daría tiempo a renovarlo, pero el mío europeo, no creo que sea tan sencillo, ya que seria un tramite de inscripción de matrimonio, luego renovación de pasaporte.

    Esto puede influir al momento de tener que tramitar la tarjeta de residencia para mi esposo extranjero acompañante de comunitario?

    Voy a consultar en el consulado también.

    Muchas Gracias!!

    en respuesta a: Sobre el Régimen Comunitario y algunas cosas más‏ #390585
    danit77
    Miembro

    Esta información es por demás valiosa. Si, tal cual, incluso al leerlos algunos derechos no se terminan de interpretar por eso uno tiene tantas preguntas, y con dudas no se pueden defender! Luego les contaré mi experiencia punto a punto así puede serle de ayuda a algún otro integrante de este foro. Gracias por toda la colaboración. Tomando mate desde Buenos Aires 😉

    en respuesta a: Sobre el Régimen Comunitario y algunas cosas más‏ #390303
    danit77
    Miembro

    Gracias por tu respuesta!
    En caso de que debido a los tiempos que conllevan los tramites no podamos hacer la inscripción en el Consulado Italiano en Buenos Aires, pero si nos llevemos el certificado de matrimonio expedido por el registro civil argentino y con la apostilla de la haya más toda la documentación que se necesite de mi esposo argentino:

    1- Podria hacer el tramite de inscripción del matrimonio en el Consulado Italiano en Barcelona? (Previa inscripción aquí por cambio de residencia)

    2- Si el certificado lo emite el Consulado Italiano en Barcelona lo voy a tener que traducir al castellano para luego poder presentar para pedir la tarjeta de residencia de mi esposo, no? (Entonces sería: Certificado del Registro Civil Argentino con apostilla de la haya y luego traducido al italiano presentado en Consulado Italiano en Barcelona para que me den el Certificado de Matrimonio Válido para Italia, esto me imagino es en italiano, entonces tengo que traducirlo al castellano (y apostillarlo?) para presentarlo luego en Barcelona para pedir la tarjeta de residencia para mi esposo)?

    Pregunto con tanto detalle para luego poder asesorarme en cada lugar del procedimiento para hacer cada uno de estos pasos.

    De nuevo, muchisimas gracias!

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