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ElviMiembro
Muchas gracias @lalo por tu rápida respuesta.
Podría entonces optar al arraigo familiar? De ser así, sera recomendable irme como turista y solicitarlo o irme con visa de estudiante y solicitarlo, para así en caso de que sea negado el arraigo por alguna razon igual quedo legalmente en España?
Cumpliendo los requisitos, que tan probable es que aprueben la residencia por arraigo familiar?
ElviMiembroHola! Quisiera que alguien me ayudara a aclarar una gran duda, les cuento:
Mis abuelos son españoles nacidos en La Palma, vinieron a Venezuela donde nació mi padre siendo mis abuelos aun Españoles (no se habían nacionalizado venezolanos). Mi padre recupero su nacionalidad española en el 2007 por la Ley 36/2002, de 8 de octubre, Art. 26.
Ahora bien, mi duda es: Es considerado mi padre español de origen?
septiembre 13, 2017 a las 11:29 am en respuesta a: Sobre los tipos de arraigo: familiar, social y laboral #496583ElviMiembroNo entiendo porque en el consulado me dijeron eso, hasta me leí las leyes y reglamentos que hablan del arraigo familiar y en ninguna mencionan a menores de edad o discapacitados.
septiembre 13, 2017 a las 11:27 am en respuesta a: Sobre los tipos de arraigo: familiar, social y laboral #496582ElviMiembroGracias por tu ayuda Venezolana en España
septiembre 10, 2017 a las 9:47 pm en respuesta a: Sobre los tipos de arraigo: familiar, social y laboral #496327ElviMiembroHola! Quisiera que saber si alguien me puede ayudar a aclarar algunas dudas.
Mis abuelos son españoles nacidos en La Palma, luego vinieron a Venezuela donde nació mi padre siendo mis abuelos aun españoles (no se habían nacionalizado venezolanos). Mi padre recupero su nacionalidad en el 2007, pero cuando fui a solicitar mi nacionalidad y la de mi hermana, a mi me la negaron por ser mayor de edad. En la literal de nacimiento de mi hermana dice que mi padre recupero su nacionalidad de origen en 2007.
Me estuve informando sobre el Arraigo Familiar por circunstancias excepcionales, y en el Portal de Inmigración de la Secretaria General de Inmigración y Emigración dicen que el requisito para hijos de españoles es que el padre sea español de origen por lo que quería saber si yo podría optar a la residencia por arraigo familiar por circunstancias excepcionales estando en España? Ya que me dirigí al consulado en Caracas y me dijeron que el arraigo familiar es solo para menores de edad y personas discapacitadas, lo que contradice al portal de inmigración.
Gracias
ElviMiembroBuenas noches, quisiera saber si alguien puede ayudarme a aclarar dudas sobre mi caso en particular. Mis abuelos son españoles, mi padre se nacionalizo español pero cuando fui a solicitar mi nacionalidad y la de mi hermana, a mi me la negaron por ser mayor de edad. En la literal de nacimiento de mi hermana dice que mi padre recupero su nacionalidad de origen en el 2007.
Estuve leyendo en este foro sobre el Arraigo Familiar por circunstancias excepcionales, y comentan que el requisito para hijos es que el padre sea español de origen por lo que pensaba que si podría solicitar la residencia por arraigo familiar, pero esta semana fui al consulado a pedir información y me dijeron que el arraigo familiar es solo para menores de edad y personas discapacitadas. Alguien me podría aclarar esto? Ya que en la pagina del gobierno español no mencionan que deba ser menor de edad o discapacitado.
ElviMiembroBuenas noches, quisiera saber si alguien puede ayudarme a aclarar dudas sobre mi caso en particular. Mis abuelos son españoles, mi padre se nacionalizo español pero cuando fui a solicitar mi nacionalidad y la de mi hermana, a mi me la negaron por ser mayor de edad. En la literal de nacimiento de mi hermana dice que mi padre recupero su nacionalidad de origen en el 2007.
Estuve leyendo en este foro sobre el Arraigo Familiar por circunstancias excepcionales, y comentan que el requisito para hijos es que el padre sea español de origen por lo que pensaba que si podría solicitar la residencia por arraigo familiar, pero esta semana fui al consulado a pedir información y me dijeron que el arraigo familiar es solo para menores de edad y personas discapacitadas. Alguien me podría aclarar esto? Ya que en la pagina del gobierno español no mencionan que deba ser menor de edad o discapacitado.
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