Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? informacion de nacionalidad española

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  • #424023
    didaxx
    Miembro

    muchas gracias esto quiere decir que dicho tramite de residencia por arraigo familiar
    puede ser realizado en españa?

    #424119
    correo64
    Miembro

    Debe ser realizado en España no hay otra forma, asi que que la persona en cuestión deberá llevarse toda la documentación necesaria debidamente legalizada para presentar, antes de que que pasen 90 días de su entrada al país. La información sobre la documentación y los trámites está aquí solo hay que leerla: http://www.parainmigrantes.info/arraigo-familiar-411/

    #424333
    @Aleca
    Miembro

    Buenas,
    Quisiera saber si es posible la obtencion de la nacionalidad española por mi madre:

    Mi madre nacio en las Islas Canarias el 1/01/1935. Hija de Madre española (de las Palmas) y de padre Palestino e Ingresa a Venezuela e 9/06/1949 con el pasaporte de su padre.
    Nunca se nacionalizo Venezolana y se caso con un Venezolanocon el que tuvo 3 hijos.
    Fallecio en el 2007.
    No tiene edula Veenezolana por causa de extavío pero tiene sus datos filiatorios donde se especifica que fue nacida en españa, que sigue siendo e trangera y tiene cedila extrangera.
    Tenngo en mi poder partida de Nacimiento española original, fe de bautismo original y una copia del pasaporte de su Madre.

    Acudi al consulado español donde me notificaron que necesitban la cedula laminada y el pasaporte de mi Madre, lo cual agregue que no los poseia. Ellos argumentaron que el echo de haber nacido en España no la hacia Española y por ende no podiamos optar por el pasaporte Español ninguno de sus hijos.

    Quisiera aber tu opinion y si me podrias orientar un poco en esta situacion ya que en el consulado no explican claramente los motivos.

    Muchisimas gracias de antemano.

    #424334
    @Aleca
    Miembro

    Buenas,
    Quisiera saber si es posible la obtencion de la nacionalidad española por mi madre:

    Mi madre nacio en las Islas Canarias el 1/01/1935. Hija de Madre española (de las Palmas) y de padre Palestino e Ingresa a Venezuela e 9/06/1949 con el pasaporte de su padre.
    Nunca se nacionalizo Venezolana y se caso con un Venezolanocon el que tuvo 3 hijos.
    Fallecio en el 2007.
    No tiene edula Veenezolana por causa de extavío pero tiene sus datos filiatorios donde se especifica que fue nacida en españa, que sigue siendo e trangera y tiene cedila extrangera.
    Tenngo en mi poder partida de Nacimiento española original, fe de bautismo original y una copia del pasaporte de su Madre.

    Acudi al consulado español donde me notificaron que necesitban la cedula laminada y el pasaporte de mi Madre, lo cual agregue que no los poseia. Ellos argumentaron que el echo de haber nacido en España no la hacia Española y por ende no podiamos optar por el pasaporte Español ninguno de sus hijos.

    Quisiera aber tu opinion y si me podrias orientar un poco en esta situacion ya que en el consulado no explican claramente los motivos.

    Muchisimas gracias de antemano.

    #424349
    correo64
    Miembro

    Hola @Aleca,

    Creo que los de Consulado tienen razón sin embargo no se han tomado el tarabjo de explicarte porque, yo lo voy a hacer basdo en la lo que decia el Código Civil de 1899 en su artículo 22 y que se refiere a la nacionaqlidad que tenía tu abuela si ya estaba casada cuando nacio tu mamá.

    Código Civil de 1899.
    Nacionalidad de la mujer casada

    Artículo 22: La mujer casada sigue la condición y la NACIONALIDAD DE SU ESPOSO. La española que casare con extranjero podrá disuelto el matrimonio RECOBRAR, la nacionalidad española, llenando los requisitos expresados en el artículo anterior.

    Se considera disuelto un matrimonio por divorcio o fallecimiento, entonces de la información anterior y de la que usted ha dado se decuce lo siguiente:

    . Cuando su mamám nacio si los padres estaban casados, la madre de ella perdio la nacionalidad española y adquirio por matrimonil la nacionalidad PALESTINA de su esposo por lo tanto tu mamá no nacio de madre española sino de madre PALESTINA en virtud del art. 22 del Cc de 1899.

    . Eso queda claro cuando usted misma comenta que su mamá entro en Venezuela con el apsporte de su padre y su padre era PALESTINO.

    . Por lo visto tu abuela no se divorcio y si quedo viuda tampoco hizo nada por RECOBRAR la nacionalidad española como se explica en el art. 22, eso quiere decir que murio siendo ciudadana PALESTINA (por matrimonio) ya que no recupero nunca su nacionalidad española. Si ella no recupero la nacionalidad española entonces TU MAMÁ TAMPOCO TIENE DERECHO A LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA.

    #424350
    correo64
    Miembro

    Hola @Aleca,

    Creo que los de Consulado tienen razón sin embargo no se han tomado el trabjo de explicarte el porque, yo lo voy a hacer basado en lo que decia el Código Civil de 1899 en su artículo 22 y que se refiere a la nacionalidad que tenía tu abuela si ya estaba casada cuando nacio tu mamá.

    Código Civil de 1899

    Nacionalidad de la mujer casada

    Artículo 22: La mujer casada sigue la condición y la NACIONALIDAD DE SU ESPOSO. La española que casare con extranjero podrá disuelto el matrimonio RECOBRAR, la nacionalidad española, llenando los requisitos expresados en el artículo anterior.

    Se considera disuelto un matrimonio por divorcio o fallecimiento de uno d elos conyuges, entonces de la información anterior y de la que usted ha dado se decuce lo siguiente:

    . Cuando tu mamám nacio si los padres ya estaban casados, la madre de ella perdio la nacionalidad española y adquirio por matrimonio la nacionalidad PALESTINA de su esposo por lo tanto tu mamá no nacio de madre española sino de madre PALESTINA en virtud del art. 22 del Cc de 1899.

    . Eso queda claro cuando usted misma comenta que su mamá entro en Venezuela con el pasaporte de su padre y su padre era PALESTINO.

    . Por lo visto tu abuela no se divorcio y si quedo viuda tampoco hizo nada por RECOBRAR la nacionalidad española como se explica en el art. 22, eso quiere decir que murio siendo ciudadana PALESTINA (por matrimonio) ya que no recupero nunca su nacionalidad española. Si ella no recupero la nacionalidad española entonces TU MAMÁ TAMPOCO TIENE DERECHO A LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA.

    #424351
    correo64
    Miembro

    Si estoy equivocado y tu mamaá sí tuvo alguna vez un pasaporte española que es la prueba de que ella tenía la nacionalidad española (por eso te lo piden en el Consulado), entonce dimelo.

    #424352
    correo64
    Miembro

    Si estoy equivocado y tu mamá sí tuvo alguna vez un pasaporte español que es la prueba de que ella tenía la nacionalidad española (por eso te lo piden en el Consulado), entonces todo lo antes dicho no tiene ningún valor.

    #424496
    rufi
    Miembro

    Buena noche, les expongo mi caso: mi abuelo llego desde muy pequeño a Venezuela, el obtuvo la nacionalidad española ya de adulto estando en Venezuela, el falleció al igual que mi padre el cual era su hijo, la diferencia es que mi padre nunca solicito la nacionalidad española; Es posible el que yo la pueda obtener sin necesidad de vivir en España? Es posible que mi padre la obtenga después de muerto ?? Muchas gracias de verdad.. y disculpen la molestia, excelente pagina y excelentes orientadores. Bendiciones!!!

    #424725
    Angelys
    Miembro

    rufi Hola , bueno si tu tienes menos de 20 años de edad es posibles que con el acta de defunción de tu abuelo, la gaceta oficial de cuando adquirió la nacionalidad y el pasaporte español y cartas literal de tu abuelolo consigas, si tienes mas de esa edad, la otra opción es de que te vayas con todos esos documentos a España y vivas un año allá y pidas la nacionalidad por ser familiar de españoles.

    #424741

    Hola Angelys, pero si su papa no obtuvo la nacionalidad española entonces aunque tenga mas de 20 años no va a poder obtener la nacionalidad por el abuelo, porque la ley de memoria histórica caduco.

    Según lo que dice rufi su papa no obtuvo la nacionalidad española.

    #425043
    Angelys
    Miembro

    VENEZOLANA TENDRÍA QUE IRSE A ESPAÑA Y GESTIONAR TODO POR ALLÁ, MIRA LO QUE DICE AQUÍ

    Adquisición de la Nacionalidad Española por Residencia

    El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles. (Entiéndase que no habla de que fuesen españoles en el momento del nacimiento del nieto o la nieta, si no que originariamente hubieran sido españoles sin haber nacido en España).
    ESTE TRÁMITE SE PUEDE REALIZAR ÚNICAMENTE EN ESPAÑA

    #425049
    correo64
    Miembro

    Mas claro ni el agua la nacionalidad la obtiene por RESIDENCIA LEGAL, pero por ser nieto de espanol la puede solicitar al ANO.

    #425051

    Exacto la obtiene por residencia legal de un año, pero recordemos que al año de la residencia legal apenas podra iniciar el tramite que actualmente esta tardando algunos años. Aparte tiene que buscar la forma de tener esa residencia legal, y las opciones son o con una visa de trabajo, o con una visa de inversionista, o que se case con un español (que aqui ya le sale mejor hacer la nacionalidad con el cónyuge) y recordemos también que ser estudiante no cuenta, porque a eso ellos le llaman estancia por estudios.

    Y el año cuenta a partir del día que obtiene su residencia legal, mi esposo entro en marzo de 2014, pero fue en septiembre 2014 cuando obtuvo su residencia legal, que es desde se comienza a contar el año

    #425053
    correo64
    Miembro

    Hola VE, me alegro lo bien que te ha ido en Espana, ademas de hacer las aclaraciones pertinentes que evitan las confusiones.

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