Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Sobre el Régimen Comunitario y algunas cosas más‏ #428861
    xikach
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    En el consulado Italiano en Caracas nos sugirieron que lo hicieramos por España, que es mucho mas rápido por allá, hay que pedir una baja consular aquí en Venezuela y cambiar la dirección de residencia para España para así poder ser atendidos en el consulado Italiano en España ya que allá el tramite tarda unos día y acá tarda minimo unos meses. independientemente de esto nos informaron que el gobierno Español no debería exigirnos esto, que solo con el acta de matrimonio apostillada es suficiente para solicitar la tarjeta de residente como familiar de comunitario.

    en respuesta a: Sobre el Régimen Comunitario y algunas cosas más‏ #428294
    xikach
    Miembro

    Muchas gracias por la información, con todo lo que he investigado me doy cuenta que hay una desinformación total y que ni los mismos funcionarios de extranjería y de los consulados están claros en cuales son los procesos en el consulado Italiano nos comunicaron que solo se necesita hacer una legalización que no es mas que legalizar las firmas del traductor y verificar que el acta de matrimonio sea legal, el otro proceso que se debe hacer es el cambio de estado civil pero eso no es necesario para estos efectos y menos ahora que la semana pasada salio la nueva ley de familia extensa donde se plantea la reagrupación de mas familiares y la reagrupación o acompañamiento del conyuge sin estar el acta registrada. solo legalizada y apostillada, esto aparece en la ley;

    Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo – Orientaciones para una mejor transposición y aplicación de la Directiva 2004/38/CE relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros (Texto pertinente a efectos del EEE)

    http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex:52009DC0313

    2.1.1. Cónyuges y parejas

    LOS MATRIMONIOS VALÍDAMENTE CONTRAÍDOS EN CUALQUIER LUGAR DEL MUNDO DEBEN RECONOCERSE EN PRINCIPIO A LOS EFECTOS DE LA APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA.

    Leer más en: Hilo: Sobre el Régimen Comunitario y algunas cosas más‏ | MeQuieroIr https://www.mequieroir.com/foros/tema/sobre-el-regimen-comunitario-y-algunas-cosas-mas%e2%80%8f/#ixzz3qXEb6R3i
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    según otro usuario correo64 que respondió a un caso idéntico pero con unos ciudadanos argentinos, cito textual «Sin embargo usted desconoce los derechos que tiene como ciudadana europea que está haciendo la libre circulación en España, basado en la Directiva 2004/38/CE, por lo tanto debo hacerle la aclaración sobre la exigencia de las autoridades españolas, de que el ciudadano comunitario tenga que presentar un certificado de matrimonio de las autoridades de su país, porque eso es contrario a la Directiva. Simplemente le estoy queriendo decir que usted si lo desea puede presentar en España el CERTIFICADO DE MATRIMONIO ARGENTINO APOSTILLADO y el mismo tiene que serle aceptado, porque a usted no se le puede aplicar lo que le exige el Real Decreto 240/2007 a los ciudadanos españoles.»

    aparte de esto anexo lo ultimo en cuanto a familiares de comunitarios que salio la semana pasada, justamente un análisis hecho por Vicente de http://www.infoparainmigrantes.info sobre familia extensiva que servirá también para agilizar estos casos y no pasar años esperando reunirse con su pareja.

    https://www.youtube.com/watch?v=ewrYi_CjfNE

    en respuesta a: Sobre el Régimen Comunitario y algunas cosas más‏ #428248
    xikach
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    Buenas noches, espero alguien pueda ayudarme a estar mas clara con estos procesos legales
    Mi situación es similar a la de danit77 pero yo soy venezolana, mi esposo es Italo-Venezolano y tenemos pensado irnos a España en febrero, el problema que tenemos ahorita es que cuando fuimos a pedir información al consulado Español en Caracas sobre los requisitos para solicitud de tarjeta de residencia como familiar de comunitario para mi, nos dijeron que teníamos que registrar el acta de matrimonio en el consulado Italiano en Caracas, el problema es que el consulado Italiano en Caracas tiene un retraso procesal de 8 meses y ese es el tiempo estimado que se tardaría el acta matrimonial en ser entregada de vuelta a nosotros incluso podría ser mas pero nuestros planes de irnos son para febrero por motivos personales(situación país en Venezuela) hemos investigado por medio de las pag. de extranjería Española y entre los requisitos no exigen ni especifican que se deba entregar el acta de matrimonio ya legalizada por el consulado italiano en todo caso entendemos que debe estar legalizada y apostillada por el país donde se realizo el acto matrimonial en este caso Venezuela, pero en ninguna de las paginas oficiales del gobierno español que publica los requisitos para este tramite hacen alusión a que para solicitar la tarjeta de residencia para familiar de comunitario en este caso esposa, sea necesario tener el documento legalizado ante el consulado Italiano en nuestro caso, la confusión nos la han generado en el consulado Español en Caracas y de hecho cuando fuimos al consulado Italiano se extrañaron de que España pida esto, de hecho nos dijeron que ellos no deberían exigirnos este proceso, este proceso implica cambio de estado civil y de hecho también implica cambio de pasaporte de mi esposo y eso nos dejaría parados en Venezuela por años al menos 2 o 3 años mas, si alguien puede darme mas luces sobre esto lo agradecería mucho!

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