Inicio Foros ¿Cómo son vistos los venezolanos que emigran? Venezuela uno de los países más corruptos de Suramérica

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  • #305265
    Invitado MQI
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    angelo, como estas,me aberiguaste la info de las pensiones de Italia….si uno quiere trabajar por un par de meses y luego de viejo puede cobrar pension…
    me dijiste que te contacte despues de un par de semanas. te agradezco cualquier info gracias..
    juan

    #305266
    Invitado MQI
    Miembro

    Al fin me dan la razon todos ustedes. despues que me llamaron chavista. La vida es como una rueda de las ferias a veces estamos arriba y a veces abajo.

    #305267
    Invitado MQI
    Miembro

    Miguel, echale pichon, yo me traje mi familia de varios ninitos, y pequenos, y aqui le he echado pichon como sea. Yo en venezuela trabaje en el gobierno, y fui candidato a la alcaldia, ahora estudio y trabalo en lo que sea. He aprendido mucho de la vida, Chaves me lo enseno uno no debe aporrear a su pueblo, sino mas bien ayudarlo.
    Miguel. la cosa en venezuela se va a poner un poco dificil politicamente hablado. Vale la pena esperar que las aguas vuelvan a su cause.

    #305268
    Invitado MQI
    Miembro

    Hola miguel Habla con tu familia y se ponen de acuerdo en un solo pais trabajan la idea y vas por ese si no pareceras niño comprando zapato nunca elige el que le gusta por que todos le gustan.

    Como veras hay distintos paises y cada uno tiene sus pro y contras es dificil escoger asi estaba yo, no sabia si irme a australia, Canada, Francia, Inglaterra, Italia y por ultimo España evalue cada uno de los paises y aunque sabia que en otros paises iba a ganar mas que en españa conte con la suerte que en España poseo un piso y un coche propio, me decidi por eso, hacia la tierra de mis amores "Galicia" Despues de evaluar cada pais y que era lo que me ofrecía he tomado decision y ya definitivo.

    PD: Si piensas mucho en el bienestar afectivo de tu familia te recomiendo las islas canarias. Por clima, calidad de la gente etc

    #305269

    Este fin de semana voy a hablar con dos familiares que estan alla (Uno en A Coruña y otro en Madrid) legales. A una le esta yendo malisimo (segun ella) y el otro se casa y se vuelve a ir.

    Te contare de sus opiniones.
    SI supieras que he pensado en Las Islas. Me he desempeñado en el area de restaurantes por lo que el Turismo me viene bien.

    Gracias
    Miguel (Valencia)

    #305270
    Invitado MQI
    Miembro

    Miguel tienes que moverte ahora porque uno se pone viejo, y entre me voy o no el tiempo se va.

    #305271

    Si, es cierto, el problema es con que c&^% se sienta la cucaracha.
    Lo que tengo son $2000

    Miguel (Valencia)

    #305272
    Invitado MQI
    Miembro

    Puedes irte adelante y luego te llevas a la familia

    #305273
    Invitado MQI
    Miembro

    No esa @!#$ de salir solo y despues llevar a la familia me suena a imigrante colombiano.
    En este momento no se debe dejar a los hijos, nesecitan mas protecion.

    #305274

    Y sigues con la xenofobia. Yo prefiero pasar trabajo solo y darles un lugar donde llegar a tener dificultades y arrastrarlos a ellos conmigo.
    Se de muchos que lo hicieron asi y lo lograron.
    Ademas no estoy becado.

    Miguel (Valencia)

    #305275

    SI lo he escuhcado. Pero eso son algunos. Y conozco varios. Pero tambien conozco gente muy buena y educada. Sabes que de eso hay en todos los paises. Hasta aqui en Venezuela en visto casos.
    Quizas en los pises del norte no se ve tanto porque todavia la palabra vale.

    Miguel (Valencia)

    #305276
    Invitado MQI
    Miembro

    Jajaja…esa gente es igual aqui y en todas partes. Y yo no prefiero correr riesgos confiando en ninguno de ellos asi sea buena gente.

    #305277

    Es tu opinion. Sera por eso que hay gente que le cuesta emigrar?

    Miguel (Valencia)

    #305278
    Invitado MQI
    Miembro

    Excelente idea amigo bueno creo que las islas canarias son mas permisivos con los impuestos asi que es buen negocio, si es en la peninsula te van a comer los impuestos te lo digo yo que conozco gente que ha montado negocios allá. Es mas conozco un caso de un señor que tenia un negocio de reparación de computadoras y tuvo que trabajar a puerta cerrada con una clientela fija ya que las ganancias no eran muchas despues de pagar las correspondinetes tasas impositivas. espero que cuentes con capital suficiente saludos.

    #305279
    Invitado MQI
    Miembro

    HOLA JUAN ESPERO QUE PEUDAS CAPTAR EL MENSAJE…Eso de las pensiones es algo que es muy dificil que una persona común como yo te lo pueda explicar, mucha gente no está familiarizado con eso nisiquiera las personas que estan trabajando, yo le he preguntado a mucha gente y son muchos los casos y respuestas diferentes, eso lo que tu me preguntas es un cangrejo porque es algo que solo te lo podrán responder es en el consulado italiano mas cercano a tu localidad, ya que practicamente cada ciudadano tiene una forma de cobrar la pension segun sea su caso particular, hay leyes generales pero aplicables de diferentes formas, tambien depende de los convenios binacionales entre italia y el pais donde viva el ciudadano italiano, entre lo que te puede investigar te lo mando aqui, más una pagina web que tiene tambien una informacion bastante clara, pero en dado caso hay muchos tipos de pensiones, y hay una en la que los residentes del exterior no pueden cobrar ni optar, y en las pensione que si podrías suscribirte te exigen un minimo de tiempo de servicio y contribucion en italia, y creo que "algunos meses" como tu dices no sería suficiente".Yo trabajo independiente y no se nisiquiera si tendré algun derecho a pension o algo asi, pero mas seguro tengo en venezuela la pension como venezolano. Lee primero toda la informacion y despues la pagina web.

    Capriati.

    ASISTENCIA SOCIAL

    1. El Consulado puede otorgar a ciudadanos italianos indigentes subsidios monetarios, atención médica y medicamentos. El Consulado no puede otorgar pensiones. Para la concesión de dichos beneficios, son consideradas categorías prioritarias los emigrados nacidos en Italia mayores de 70 años de edad o inhábiles al trabajo. Un equipo de profesionales del área médica y social evalúa las condiciones personales y familiares de cada solicitante. Las declaraciones juradas de los usuarios y los documentos presentados son asimismo verificados mediante controles cruzados. En el caso de detectar declaraciones falsas, el Consulado procede a revocar los beneficios eventualmente concedidos y a denunciar a los responsables ante la Autoridad Judicial.

    2. Para iniciar el trámite de asistencia social, el solicitante debe prestar una declaración jurada y presentar la siguiente documentación:

    – fotocopia de las 3 últimas facturas de luz;

    – fotocopia de las 3 últimas facturas de gas;

    – fotocopia de las 3 últimas facturas de teléfono (si tuviera línea control, la certificación del lugar de residencia del solicitante, aun cuando no sea titular del servicio);

    – los 3 últimos recibos de jubilación, pensión (local e italiana) o los recibos de sueldo del solicitante y de todos los familiares convivientes;

    – D.N.I. actualizado (no más de 10 años desde la fecha de emisión). Si el solicitante no tuviera D.N.I. debe presentar además un documento de identitad (Cédula Federal), comprobante del pedido del D.N.I. al Registro de las Personas o deberá solicitar en la Cámara Nacional Electoral (Calle 25 de Mayo N° 245, Capital Federal), un certificado que acredite no haber adquirido la ciudadanía argentina; el Consulado se encarga de solicitar el certificado de no naturalización para quienes no puedan conseguirlo;

    – último pasaporte italiano (aun si está vencido),

    – fotocopia de la partida de nacimiento expedida por la Comuna italiana (de poseerla); si el interesado no posee el certificado, es necesario conocer con precisión el lugar y la fecha de nacimiento, para que el Consulado pueda solicitar dicho certificado directamente a la Comuna;

    – historia clínica si tuviera trastornos de salud;

    – comprobantes de otros gastos (alquiler, medicamentos, etc.);

    – acta de matrimonio (en original), si el mismo fue celebrado fuera de Italia y no hubiera sido registrado en la Comuna competente anteriormente al pedido de asistencia;

    – acta de defunción del cónyuge (en original) en los caso de peticionante viudo/a;

    – acta de nacimiento (en original) de hijos menores de edad (hasta 18 años no cumplidos);

    Aun si la documentación no fuera completa, el ciudadano puede igualmente presentar la solicitud de asistencia social; el personal del Consulado ayudará al usuario a conseguir los documentos faltantes.

    3. Ante el Consulado se pueden realizar también trámites legales. Por la ley italiana el Consulado es el referente del ciudadano residente en el extranjero para todo trámite que se pueda realizar ante la Administración italiana. Se brinda a continuación un listado con ejemplos de los trámites legales consulares más frecuentes:

    – certificación de copias y firmas;

    – certificación de traducciones del español al italiano;

    – otorgamiento y revocación de poderes especiales y generales;

    – otorgamiento y revocación de poderes para cobrar jubilaciones y pensiones italianas;

    – declaraciones para repatriación de efectos personales;

    – actas notariales en general (existen algunas limitaciones);

    – solicitud del código fiscal italiano a pedido del interesado;

    – renovación temporaria del registro de conducir italiano;

    – notificaciones de actos judiciales que conciernan procedimientos ante la Autoridad Judicial italiana.

    Sin embargo el Consulado no patrocinar legalmente al usuario o intervenir en asuntos de naturaleza privada (como por ejemplo litigios judiciales en Argentina o en Italia o búsquedas de bienes en Italia). El Consulado tampoco puede brindar protección consular ante las Autoridades argentinas en beneficio de dobles ciudadanos italianos y argentinos.

    4. El Consulado brinda también asesoramiento acerca de pensiones y jubilaciones tramitadas ante Entes de previsión italianos. Los residentes en el extranjero pueden solicitar beneficios únicamente si han trabajado y aportado en Italia por el período mínimo previsto por la ley. A los cónyuges supervivientes y a los hijos discapacitados a cargo del beneficiario puede corresponder una pensión derivada. No está previsto para los ciudadanos italianos residentes en el extranjero el beneficio de la pensión social no contributiva, que tiene como requisito fundamental la residencia efectiva en Italia. Para mayores informaciones sobre la materia previsional, se puede consultar la página web http://www.con-it-laplata.org.ar/oficinadepensiones.html.

    5. Los trámites de jubilaciones y pensiones pueden ser realizadas también por intermedio de un Patronato. Los Patronatos autorizados en la jurisdicción consular de La Plata son los siguientes:

    – Patronato ENASCO, diagonal 73 n. 1555, 1er P. – (1900) La Plata, tel. 0221/4242331

    – Patronato INAS, calle 45 n. 764 – (1900) La Plata, tel. 0221/4894664;

    – Patronato INCA/CGIL, calle 44 n. 304 – (1900) La Plata, tel. 0221/4830588;

    – Patronato INCA/CGIL, H. Yrigoyen n. 570 – (1878) Quilmes, tel. 011/42574836;

    – Patronato ITAL-UIL, H. Yrigoyen n. 570 – (1878) Quilmes.

    6. La Oficina de Asistencia. Legales, Jubilaciones y Pensiones atiende sin turno previo todos los días hábiles (excepto el miércoles) de 9.00 a 12.00 hs.

    Luego lee esta pagina web:

    [url]http://www.con-it-laplata.org.ar/oficinadepensiones.html[/url]

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