Requisitos sanitarios para ingresar a España

Pruebas de vacunación son ahora requeridas.

Al igual que otros países, España ha abierto sus fronteras a los viajeros vacunados o que puedan demostrar que han superado la enfermedad y que se sometan a los controles sanitarios en vigencia.

Estos son los requisitos sanitarios vigentes para ingresar a España

Durante el verano de 2021 varios países comenzaron a flexibilizar sus medidas de control en aeropuertos para permitir el ingreso de turistas, familiares de residentes y, más recientemente, estudiantes internacionales, todos ellos factores clave en la recuperación económica de las naciones más afectadas por la pandemia.

¿Quiénes pueden ingresar a España?

  • Personas provenientes de otros países de la Unión Europea y asociados a la zona Schengen, como Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Latvia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Suecia y Suiza.
  • Titulares de visados de larga duración expedidos por algún Estado de la Unión o Schengen.
  • Profesionales de la salud.
  • Personal de transporte.
  • Personal diplomático.
  • Estudiantes en estados miembros de la Unión o Schengen.
  • Trabajadores calificados.
  • Personas que realizan viajes por motivos familiares urgentes (deberán estar acreditados para viajar).
  • Residentes de estos terceros países (siempre que provengan directamente de ellos): Australia, Bosnia y Herzegovina, Canadá, Jordania, Nueva Zelanda, Qatar, República de Moldavia, Arabia Saudita, Singapur, Corea del Sur, Ucrania, Uruguay, China y las regiones de Hong Kong, Macao y Taiwán.

¿Cuáles son los requisitos vigentes para viajar a España?

Haber sido doblemente inmunizados con alguna de las vacunas aprobadas por la Agencia Europea del Medicamento o la Organización Mundial de la Salud: Pfizer, Moderna, AstraZeneca, Janssen, Sinopharm o Sinovac.

Los viajeros deben haber recibido la segunda dosis al menos dos semanas antes de su ingreso al país.

Contar con un certificado de vacunación oficial del país donde se recibió la inmunización.

Este certificado debe contener:

  • Nombre y apellidos del titular
  • Fecha de vacunación, que indique la última dosis administrada
  • Tipo de vacuna administrada
  • Número de dosis (doble inmunización)
  • País emisor
  • Organismo emisor del certificado

En caso de no haber recibido la doble dosis de la vacunación, los viajeros deberán presentar una prueba diagnóstica de COVID-19 con resultado negativo obtenida durante las 72 horas anteriores a su llegada a España (en el caso de pruebas PCR) o las 48 horas antes de su ingreso al país (para las pruebas rápidas).

Este certificado debe contener:

  • Nombre y apellidos del titular
  • Fecha de realización y toma de las muestras
  • Tipo de test
  • País emisor

También es válido presentar una prueba de haber pasado la enfermedad, o certificado de recuperación, que debe contener:

  • Nombre y apellidos del titular
  • Fecha de realización y toma de las muestras
  • Tipo de test
  • País emisor

Estos certificados (de vacunación, de prueba diagnóstica negativa o de recuperación) deben ser originales, estar redactados en español, inglés, francés o alemán y presentarse en formato impreso o digital.

A los viajeros en tránsito no se les exige la presentación de ninguno de estos documentos, siempre y cuando permanezcan en la zona internacional (sin ingresar por puestos de control fronterizo). El tránsito debe ser menor a 24 horas y no podrán abandonar el aeropuerto.

¿Cuáles son los controles sanitarios que deben cumplirse tras la llegada?

  • Toma de temperatura
  • Control visual
  • Control documental: Presentación del Formulario de Control Sanitario, que debe ser completado por el viajero antes de llegar a España. Disponible en este Ministerio de Sanidad de España
  • En caso de que el agente de migración lo determine pertinente, algunas personas deberán someterse a un control más exhaustivo, que incluye una prueba diagnóstica de infección activa.

Para información más detallada, puede consultar este enlace oficial del Gobierno Español.

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Publicado el 17 de octubre de 2021.