¿Cómo emigrar a Estados Unidos a través de un familiar?

Según los especialistas de la firma legal Cifuentes-Marrero P.A., los ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar la residencia permanente del cónyuge, los hijos solteros y casados de cualquier edad, los padres y los hermanos.
Según los especialistas de la firma legal Cifuentes-Marrero P.A., los ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar la residencia permanente del cónyuge, los hijos solteros y casados de cualquier edad, los padres y los hermanos.

Emigrar a los Estados Unidos mediante una petición familiar es una de las formas más populares para establecerse legalmente en ese país. La firma de abogados Cifuentes-Marrero P.A. explica cómo los cónyuges, hijos, padres, hermanos e incluso novios de un ciudadano estadounidense o residente permanente pueden obtener una Green Card.

Emigrar a Estados Unidos a través de un familiar

Si se desea tramitar la “Green Card” de un familiar extranjero, se puede obtener una asesoría personalizada con los expertos de inmigración de Cifuentes-Marrero aquí>>

Obtener una “Green Card” a través de la petición de un familiar ya establecido en Estados Unidos, es una de las vías legales de emigración más populares entre los latinoamericanos interesados en vivir de manera permanente en Norteamérica.

Estados Unidos entiende que la unión familiar estimula la integración de los recién llegados y por eso permite a los residentes permanentes y a los ciudadanos estadounidenses patrocinar la residencia permanente de novios, cónyuges, hijos, padres y otros familiares extranjeros que residan dentro o fuera de Estados Unidos, con algunas condiciones.

Inmigración basada en una petición familiar

La abogada María Cifuentes, consejera legal del despacho Cifuentes-Marrero P.A., especializado en Derecho de Inmigración, con sede Miami, Florida, comenta que la inmigración basada en una petición familiar es tan popular que anualmente se entrega un número ilimitado de estas visas para ciertos parientes inmediatos de ciudadanos estadounidenses.

Aunque sí pueden establecerse cuotas para los familiares de residentes permanentes que patrocinan la emigración de ciertos miembros de su familia.

“Una de las ventajas de estas visas de petición familiar radica en el hecho de que beneficia tanto a familiares residentes en el exterior como a algunos miembros de la familia que ya se encuentran en territorio de Estados Unidos y desean cambiar de estatus legal sin salir del país. La otra ventaja es que el familiar patrocinador puede ser tanto un ciudadano americano como un residente permanente de Estados Unidos”, explica la abogada María Cifuentes.

¿Quiénes pueden obtener una Green Card a través de un familiar?

Según los especialistas de la firma legal Cifuentes-Marrero P.A., los ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar la residencia permanente del cónyuge, los hijos solteros y casados de cualquier edad, los padres (siempre que el patrocinador sea mayor de 21 años) y los hermanos.

Así mismo, los abogados explican que los residentes permanentes sólo pueden hacer una petición para el esposo o esposa y para los hijos solteros de cualquier edad.

Elegibilidad del patrocinador en Estados Unidos

Para patrocinar a un familiar extranjero, el ciudadano americano o residente permanente en Estados Unidos debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser ciudadano estadounidense o residente legal permanente.
  • Tener una residencia o domicilio fiscal en los Estados Unidos.
  • Tener al menos 18 años para firmar una declaración jurada de asistencia al familiar patrocinado.

Proceso para patrocinar a un familiar en Estados Unidos

El proceso de patrocinio de un familiar extranjero comienza cuando un ciudadano estadounidense o un residente legal permanente registra una solicitud en las oficinas de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) del Departamento de Seguridad Interna (DHS), llenando los formularios correspondientes.

El patrocinador debe demostrar capacidad para apoyar financieramente a los parientes que desea patrocinar y aceptar la responsabilidad legal de firmar una declaración jurada de manutención.

Posteriormente, el familiar patrocinado podrá solicitar una visa de inmigrante en un consulado o embajada de los Estados Unidos en el exterior o, si ya se encuentra en los Estados Unidos, realizar la demanda de “ajuste de estado” (cambio del estatus legal a residente permanente).

Si se desea tramitar la Green Card de un familiar extranjero, se puede obtener una asesoría personalizada con los expertos de inmigración de Cifuentes-Marrero aquí>>

Para una asesoría personalizada sobre cómo patrocinar la Green Card del novio o de la novia, se puede contactar a los abogados de Cifuentes-Marrero.
Para una asesoría personalizada sobre cómo patrocinar la Green Card del novio o de la novia, se puede contactar a los abogados de Cifuentes-Marrero.

¿Cómo pedir al novio o a la novia para migrar a Estados Unidos?

La abogada María Cifuentes afirma que obtener la Green Card mediante el matrimonio con un ciudadano estadounidense es también una vía legal muy popular, que permite emigrar a los Estados Unidos.

“En Cifuentes-Marrero tramitamos las visas K-1, llamadas también “visas de prometido o prometida”, las cuales permiten que el solicitante venga a los Estados Unidos por un período de noventa días para casarse con un ciudadano estadounidense y luego hacer el trámite de ajuste a residente permanente sin salir del país”, explica Cifuentes.

Para los abogados de Cifuentes-Marrero P.A. la clave del éxito de estas visas consiste en que el matrimonio sea válido y auténtico, lo que quiere decir que tanto el solicitante extranjero como el estadounidense patrocinador tengan, en efecto, la genuina intención de establecer una vida juntos y que el objetivo del matrimonio no sea el de obtener un beneficio migratorio.

Para una asesoría personalizada sobre cómo patrocinar la Green Card del novio o de la novia, se puede contactar a los abogados de Cifuentes-Marrero aquí>>

Sobre el servicio de Cifuentes-Marrero P.A.

Cifuentes-Marrero P.A., es una prestigiosa firma legal ubicada en Miami, Florida, Estados Unidos, cuyo objetivo es representar a sus clientes de manera exitosa en sus aplicaciones para emigrar a los Estados Unidos de América.

Esta firma está liderada por María C. Cifuentes-Marrero, abogada con más de 17 años de experiencia, además es miembro de la Asociación de Abogados de la Florida, la Asociación de Abogados de Inmigración y del Colegio de Abogados del Estado Miranda, Venezuela. Junto con su prestigioso equipo de profesionales, la abogada Cifuentes está en capacidad de ayudar a alcanzar las metas migratorias de sus clientes, sin importar la complejidad del caso.

¿Qué puede hacer Cifuentes-Marrero P.A. por usted?

  • Ayudar a conseguir los documentos necesarios para hacer la petición del familiar.
  • Explicar al cliente las implicaciones legales a la hora de patrocinar la visa de un pariente.
  • Preparar y enviar todos los requisitos necesarios al Servicio de Inmigración (USCIS) y/o al Departamento de Estado.
  • Preparar al cliente para la entrevista ante el Servicio de Inmigración (USCIS) y al familiar ante el servicio consular respectivo.
  • Acompañar al cliente y representarlo en la entrevista, si el solicitante se encuentra en la misma zona en que está ubicada la firma.

El servicio que ofrece Cifuentes-Marrero P.A. es en español y garantiza el acompañamiento necesario a cada cliente gracias al uso de la tecnología.

“Además, nuestros honorarios profesionales son asequibles. Es un mito creer que es imposible pagar una asesoría legal personalizada porque el costo de un abogado es muy oneroso. No es verdad que todos los abogados son carísimos”, enfatiza la abogada Cifuentes.

Si se desea una consulta personalizada para emigrar a Estados Unidos a través del patrocinio de un familiar, o mediante cualquier otro programa de inmigración, puede solicitar una cita con alguno de los expertos de la firma Cifuentes-Marrero P.A. aquí>>

Más información sobre la petición de familiares y otros tipos de visas y sus requisitos, en el sitio web de Cifuentes-Marrero P.A. aquí>>


 

Publicado el 7 de diciembre mayo de 2018

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