Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: reagrupacion familiar #399491
    Marysa
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    Muchas gracias por las respuestas.
    Mi hijo consulto con una abogada y le dijo que no habria problema en estar ilegal, que una vez que yo consiga la residencia puedo iniciar la reagrupacion con los hijos menores.
    Y yo lei esto en la pagina de USCIS Beneficios de “reunificación familiar”
    Esta sección es para beneficiarios que se convierten en residentes permanentes por medio de una clasificación preferencial.

    Si usted estaba casado, y/o tiene hijos que no pudieron obtener la residencia permanente al mismo tiempo que usted lo hizo, es posible que sean elegibles para recibir los beneficios para “reunión familiar”. Esto significa que usted no tiene que presentar un Formulario I-130 separado para su cónyuge y/o hijos. Adicionalmente, su cónyuge y/o hijos no tendrán que esperar tiempo extra para que un número de visa se haga disponible. En tal caso, usted sencillamente tiene que avisarle a un consulado de los EE.UU. que usted es un residente permanente para que su cónyuge y/o hijos puedan solicitar una visa de inmigrante.

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