Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? Voy a casarme y vivir en España… Debo comprar boleto de regreso?

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  • #445616
    Alexprado
    Miembro

    Hola a todos

    Pienso irme a vivir a España, allá me casaré con mi novia que es Española y vive allá… pienso ingresar con carta de invitación para matrimonio pero lo que no estoy claro es si aún con dicha carta debo presentar un boleto de regreso o no, pues como todo extranjero que ingresa a territorio español debe presentar boleto ida y vuelta pero en mi caso, no tengo pensado regresar en mucho tiempo. De antemano muchas gracias por sus respuestas. Saludos

    #445650

    Alexprado,

    Tienes que tener billete de vuelta si o si, ya que aun no cuentas con residencia en España.

    #445693
    Reizo
    Miembro

    Hola Alex!
    Si, efectivamente tienes que tener boleto de regreso, te explico: Para la gente del aeropuerto vas con intenciones de «volver» y eso lo debes demostrar ya sea con la reservacion de tu hotel(en caso de tener), pasaje de regreso, dinero, etc… Si no llevas pasaje de regreso pero si carta de invitación de inmediato pensaran que tu intención real es quedarte a vivir y por lo tanto te regresaran a Venezuela, espero que te haya servido, SALUDOS!!
    Ah… Y no me creas esto pero según lo que he averiguado, puedo estar equivocado!!! No te puedes casar con carta de invitación en España, si estoy equivocado serán aceptadas sus correcciones

    #446023
    gcobos28
    Miembro

    Hola Alex! Debes entrar a España como turista con tu billete de ida y vuelta.
    Yo me vine en febrero y ya en junio estábamos casados mi (ahora) marido y yo 🙂

    Saludos y éxitos!!!

    #446029
    Alexprado
    Miembro

    Hola. Gracias a todos por responder.

    gcobos28, por lo que dices asumo que todo el proceso tardó 4 meses… Como hiciste con la estadia si como turista es por 3 meses? Saludos

    #446096

    Alexprado,

    Si pasas de los 90 dias pero estas en algun tramite no pasa nada.

    Mi marido estuvo 5 meses y nada paso, le dieron su tarjeta de residencia sin problemas.

    Solo piensa que le dan residencia a personas que se quedan 3 años sin documentos, no te la van a dar a ti que estas haciendo algo legal.

    #446181
    gcobos28
    Miembro

    Hola, Alex. Tal como dice Venezolana en España, si ya estás en trámites no tendrás ningún problema.

    De hecho, el trámite puedes comenzarlo incluso después de los 90 días (estando en situación irregular). Aunque es recomendable comenzar una vez te empadrones.
    Algo muy importante: te pedirán el registro de padrón del último año y si no has vivido en España en el último año debes tener uno de Venezuela… osea, una carta de residencia que explique en has estado viviendo en Venezuela en el último año. Ese documento casi hace que pierda todo el proceso, así que te lo comento para que no vengas desprevenido.

    Un saludo!

    #446199
    Alexprado
    Miembro

    Nuevamente gracias a todos por sus recomendaciones…ahora tengo otra duda jejejeje

    Ya tengo los documentos necesarios (excepto la carta de residencia) los cuales fueron emitidos hace meses pero recientemente apostillados… para el momento de llegar a España la mayoría excederá de los 6 meses de emitidos y mas de 3 meses de apostillados… ¿Tendré problemas por la fecha de emisión? ¿Es necesario que los mismos tengan menos de 3 meses? ¿se tomá en cuanta la fecha de emisión del documento o la fecha de aṕostilla?

    Nuevamente mil gracias

    #446277
    correo64
    Miembro

    La fecaha que toma en cuenta para la validz de un docuemento es la de la APOSTILLA en qle caso que la tenga o la de la LEGALIZACIÓN CONSULARA,

    #446278
    correo64
    Miembro

    A excepción de los documentos de estudio (titulos, diplomas, etc) dodnde no importan las fechas, para el resto de los documentos ya sea públicos o privados como: certificados, cartas, declaraciones consulares, actas notariales, etc, la validez de los mismos, se toma en cuenta desde la fecha en que fueron APOSTILLADOS, so en el caso de la LEGALIZACIÓN CONSULAR, desde la fecha en que fuera legalizado por el Consulado. La fecha de la emisión del documento no es la que importa.

    #446280
    correo64
    Miembro

    A excepción de los documentos de estudio (titulos, diplomas, etc) donde no importan las fechas, para el resto de los documentos ya sean públicos o privados como: certificados, cartas, declaraciones consulares, actas notariales, etc, la validez de los mismos, se toma en cuenta desde la fecha en que fueron APOSTILLADOS, o en el caso de la LEGALIZACIÓN CONSULAR, desde la fecha en que fuera legalizado por el Consulado. La fecha de la emisión del documento no es la que importa.

    #446358
    Yuxisu
    Miembro

    Hola por favor ayuda.

    Yo soy española y mi novio Venezuelano, nos queremos ir a vivir a España. Nos podemos ir como turistas y casarnos por allá? Es fácil el trámite? Se tarda mucho?

    Gracias..

    #446384

    Yuxisu.

    Pueden venir y casarse aqui, pero tu novio no podra trabajar hasta que no tengan sus documentos en regla. Les recomiendo casarse en Venezuela y tramitar el libro de familia.

    En el foro consigues toda la informacion para registrar el matrimonio y los pasos que tienen que seguir para que tu novio obtenga residencia

    #446404
    Yuxisu
    Miembro

    Muchísimas gracias.

    Tu crees que eso tarde mucho?

    #446405
    Yuxisu
    Miembro

    El concubinato vale igual por allá que un matrimonio? Gracias

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