Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? ¿Soy Español de origen? – Caso especial

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  • #358006
    lf.viloria
    Miembro

    Buenas.

    Antes que nada, agradezco de antemano a quien pueda darme una respuesta para mi caso, que por diversas razones es un tanto especial.

    Actualmente tengo 23 años y vivo en Caracas. Desde el año 2001 hasta el 2012 recidí en España. En el año 2006 adquirí la residencia por ser hijo de un miembro de la comunidad, mi madre, la cual renové en 2011 por un período de 5 años.

    Mi madre es hija de Españoles que se exilaron, pero que nunca renunciaron a su nacionalidad Española. Nació en Bolivia y siendo mayor de edad se nacionalizó Venezolana. Años después, en 1991, nací yo.

    Mientras vivíamos en España mi madre decidió nacionalizarse por ser Española de origen (hija de españoles de origen). Una vez nacionalizada mi madre, mi hermana y yo obtuvimos la residencia por ser hijos de un miembro de la comunidad Europea. Y en el año 2012 introdujimos los papeles para obtener la nacionalidad debido al tiempo que llevabamos residiendo en España.

    Meses más tarde a mi hermana le notificaron que debía ir a juramentarse, yo ya me encontraba fuera para ese entonces.

    Ahora deseo irme nuevamente a España, y quiero tramitar mi nacionalidad en el consulado. Ya que asumo, que la solicitud introducida en España quedó sin efecto ante mi ausencia para la entrevista.

    Mi duda es fundamentalmente si soy considerado o no «español de origen». Puesto que mi madre lo es, entiendo que también yo lo soy. Aunque no se si influye el hecho de que para el momento de mi nacimiento ella no había reclamado su nacionalidad Española.

    Por otro lado, no se si puede suponer algún problema el hecho de que previamente haya comenzado el tramite para la obtención de la nacionalidad mientras residía en España (aunque entiendo que el trámite queda sin efecto si el solicitante no se presenta a las entrevistas, lo cual no hice).

    Muchas gracias!

    Saludos,

    #368524
    venecanaria
    Miembro

    Hola, estoy en Caracas Venezuela y estoy desesperada buscando quien pueda ayudarme a encontrar y enviarme la literal de nacimiento de mi padre, tengo todos los datos. Mis padres ya murieron ambos eran Españoles igual que mis hermanos la única nacida aqui en Venezuela soy yo.Es rel único documento que me falta para adquirir la nacionalidad española. Mi país está pasando por una gran crisis y mi persona a sufrido de ataques, secuestros y persecución por parte de los chavistas y delincuentes. Recurro a alguna persona de buen corazón que me ayude por el amor a dios un SOS de auxilio. Gracias y que dios bendiga a quien me pueda ayudar

    #368907
    correo64
    Miembro

    lf.viloria debo aclararte una cosa porque andas confundida con la utilizacion del ‘término CIUDADANOS COMUNITARIOS (mal usado en el Dercreto 240/2007). Tu y tu hemana obtuvieron la residencia en España como familiares de ciudadanos españoles.

    Si bien es cierto que todos los que tenemos la nacionalidad de un Estado miembro de la UE (yo incluido) somos CIUDADANOS COMUNITARIOS, dicho término debe ser empleado solo cuando dicho CIUDADANO COMUNITARIO ha hecho uso de la Directiva 2004/38/CE, es decir se debe aplicar a los CIUDADANOS COMUNITARIOS QUE ESTAN EJERCIENDO SUS DERECHOS DE LIBRE CIRCULACIÓN, que no es el caso ni de los españoles que viven es su país y nunca se han trasladado a otro país de la UE o de los que retornan a España desde países de fuera de la UE, como es el caso de la mayoría de los que participan en este foro.

    JUNTOS PERO NO REVUELTOS, JAJAJA.

    #370851
    esme78
    Miembro

    yo me perdi con la pregunta… creo que de origen no ya que no eres nacido en españa mas si tu madre es española no creo que alla problemas es que me tienes confundida

    #370887
    correo64
    Miembro

    lf.viloria,

    Empezando por el principio, tu mamá obtuvo la nacionalidad por residencia es decir se nacionalizo pero no se le considera “española de origen”, porque de ser así tu siendo menor de edad (mi cálculo dice que si fue en el 2005 vos tenía 14 años) de origen” hubieras tenido derecho a la nacionalidad espanola por haber estado toda tu vida bajo la patría potestad de un ciudadano español. Pero no fue asi, sino que ella al obtener la nacioalidad les dio el derecho de residencia a usted y a su hermana que por entonces estaban de forma irregular, o me equivoco?. Despuñesustede tuvieron dercho a la solicitar la nacionalidad española.

    Un nacionalizado es ciudadano espanol después

    #370895
    correo64
    Miembro

    lf.viloria,

    Empezando por el principio, tu mamá obtuvo la nacionalidad por residencia es decir se nacionalizo por lo tanto no es “española de origen”, porque de ser así tu siendo menor de edad (mi cálculo dice que si fue en el 2005, usted tenía 14 años) hubieras obtenido el derecho a la nacionalidad española por haber estado toda tu vida bajo la patría potestad de un ciudadano español. Pero no fue asi, sino que ella después de obtener la nacionalidad les dio el derecho de residencia a usted y a su hermana que por entonces estaban de forma irregular, o me equivoco?. Después usted tuvo derecho a solicitar la nacionalidad española también por residencia, aunque después tiro todo por la borda.

    Un nacionalizado es ciudadano un extranjero que obtiene la nacionalidad española por residencia, y que se considera oficialmente ciudadano español, después que ha registrado su certificado de nacimiento, algo que tu mamá también tuvo que hacer, porque nunca estuvo registrada como española en ningua parte, es decir, ni en el registro consular en Bolivia país de nacimiento ni en Venezuela tampoco, porque nunca fue reconocida como ciudadana española. Por lo tanto para finalizar usted no es considerado “español de origen”.

    Después de terminada la Ley de la Memoria Histórica, los que se consideran “españoles de origen” siguen obteniendo la nacionalidad española por OPCIÓN, según lo establecido:

    http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1215198282620/Estructura_P/1215198295550/Detalle.html

    #371009
    esme78
    Miembro

    pero el dice que sus abuelos lo eran correo 64 al ser nacidos alla los abuelos la mama no pierde nunca el derecho a optenerla, a diferencia de la mama de el al darsela a ellos solo pueden ser menosres de edad asi me dijeron en el consulado ya que yo no soy nacida alla si no mis padres y yo obtuve mi nacionalidad se la pase a mis hijos uno de 15 y la de 6 mas ellos al tener 18 años deben dirigirse al consulado a decir continuo con la misma de lo contrario no tendrian derecho a solicitarla despues de haberla perdido por que ellos lo toman como que no la quiere!!!!! como nosotros estaremos alla en españa a la fecha de sus cum,ples con el favior de dDios debo llevarlos es a el ayuntamiento a que ellos digan si voy a continuar siendo español

    #371010
    esme78
    Miembro

    lo que pasa es que el como que no se supo explicar bueno correo64 por que se contradice en el comentario

    #371023
    correo64
    Miembro

    esme78, el problema lo tuvo su mamá y seguro que fue por desconocimiento porque a ella se le aplicó esto:

    Nacionalidad Residencia

    Esta forma de adquisición de la nacionalidad exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Existen casos en los que el período de residencia exigido se reduce; estos

    Un año para: El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.

    Lo antes dicho significa que para las autoridades ella sí perdió el derecho a adquirir la nacionalidad española por opción, por no ejercerlo a su debido tiempo. Tienes que tener en cuenta que ella nacio en Bolivia y además después se nacionalizo también venezolana, en ese largo camino tenía que haber hecho la declaración de conservar la nacionalidad española, algo que evidentemente nunca hizo y entonces no acogerse a esto:

    Nacionalidad Española por Opción (artículo 20, c CC)

    Las personas cuyos padres o madres hayan nacido españoles y nacidos en España, podrán OPTAR a la nacionalidad española SIN LÍMITE DE EDAD Y TIEMPO. Sin embrago deberán renunciar a la nacionalidad anterior, salvo que tengan la nacionalidad de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Portugal o Guinea Ecuatorial (artículo 24 Cc) y los judíos sefardíes.

    #371028
    correo64
    Miembro

    esme78, otra cosa que se debe tener en cuenta y es que cuando usted reside en su país de origen y adquiere una nacionalidad sus hijos menores de edad por estar bajo su patria potestad automáticamente tienen derecho también a esa nacionalidad.

    Pero cuando se vive fuera de tu país de origen, la regla general cuando un extranjero adquiere la nacioalidad de un determinado país por NATURALIZACIÓN o NACIONALIZACIÓN, suele establecer que sus hijos menores de edad bajo su patria potestad TIENEN QUE TENER UN DERECHO DE RESIDENCIA y haber sido incluidos en el pedido de los padres (a menos que no sea necesario según la legislación de nacionalidad del país) para tener derecho a la nacionalidad, pero si no están en poseción de un PERMISO DE RESIDENCIA, no tienen derecho a adquirir la nacionalidad de los padres aunque sean menores de edad.

    El caso del que estamos hablamos lo confirma claramente, ellos siendo menores de edad, no tuvieron derecho a la nacionalidad española obtenida por su mamá, pero sí a un derecho de residencia como hijos de ciudadana española, y así pudieron tener residencia legal en España.

    #371037
    correo64
    Miembro

    esme78, si tus hijos están España cuando cumplán los 18 años y no van a RENUNCIAR a la nacionalidad española, entonces no tienen que declarar nada en el Ayuntamiento o el Registro Civil.

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