Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en países de la Unión Europea? El Derecho en la Unión Europea: Comunitarios y sus familiares extranjeros

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  • #501277
    correo64
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    Estas son algunas de las sentencias más importantes del TJUE (cronologicamente) relativas a libre circulación de los ciudadanos de la UE y sus familiares extranjeros, y a las cuales los ciudanos de la UE y su familiares pueden apelar para hacer valer sus derechos.

    1-Reed Arrest (Asunto C-59/85)

    Derecho de residencia de una pareja estable. El TJCE determió que, dado que la legislación holandesa permitía a las parejas estables de ciudadanos holandeses residir con ellos en los Países Bajos, la misma ventaja se debía conceder a la Srta. Reed, que mantenía una relación estable con un trabajador del Reino Unido que estaba ejerciendo los derechos previstos en el Tratado en los Países Bajos. El Tribunal sostuvo que concediendo el permiso de residencia a su compañera sin estar casados se podía contribuir a la integración en el Estado de acogida y, por consiguiente, a la realización del objetivo de la libre circulación de trabajadores. Denegarlo equivalía a una discriminación.

    2-Brax Arrest (Asunto C-45/99)

    Se aplica a los cónyuges o parejas registradas de ciudadanos comunitarios, y les permite circular por la toda la UE si van acompañando a dicho ciudadano aunque no tengan un visado o permiso de residencia válidos, bastará la presentación de un certificado de matrimonio o de pareja registada y su pasaporte.

    3-Carpenter Arrest (Asunto C-60/00)

    Otorga un derecho de residencia a la esposa nacional de un tercer país de un ciudadano del Reino Unido, cuyos negocios consistían en la prestación de servicios remunerados en otros Estados miembros. El TJUE aceptó que si no se permitía que la esposa del solicitante permaneciese con él en el Reino Unido y cuidase de sus hijos mientras él no estaba, se vería limitado en el ejercicio de su libertad de prestar servicios en toda la UE. En este asunto, el Tribunal utilizó la libertad de prestar servicios prevista en el artículo 56 del TFUE para reconocer los derechos familiares a un ciudadano de la Unión que nunca había vivido en el extranjero pero quería desarrollar su actividad económica transfronteriza. El TJCE mencionó también el artículo 8 CEDH el respeto por la vida familiar.

    4-Chen Arrest (Asunto C-200/02)

    Otorga un derecho de residencia a un menor ciudadano de la Unión y al progenitor extranjero (padre o madre que esta a a cargo ese menor(es), si él o ella pueden demostrar que cuentan con un seguro de asistencia sanitaria, y que además él o ella poseen suficientes recursos financieros para mantener a ambos, y asi no convertirse en una carga para la asistencia social en el Estado miembro de acogida.

    5-Metock Arrest (Asunto C-127/08)

    Establece que no es obligatorio una estancia legal previa en el territorio de la UE de un miembro de la familia de un ciudadano de la UE que ejerce su derecho de libre circulación para que su cónyuge tenga derecho a un permiso de residencia. Tampoco es relevante para las autoridades cuestiones tales como dónde y cuándo se ha celebrado el matrimonio.

    6-Zambrano Arrest (Asunto C-34/09)

    Otorga el derecho de residencia permanente para los padres extranjeros de un niño con nacionalidad europea. No se podrá expulsar a los padres extranjeros de un menor de edad con nacionalidad europea porque eso obligaría a sus hijos europeos menores de edad que son dependientes de sus padres, a tener que abandonar el territorio de la Unión Europea para acompañar a sus padres, ya que por ser menores de edad no pueden ejercer el derecho de libre circulación y residencia, pero en su condición de ciudadanos de la Unión en virtud del artículo 20 del TFUE (que establece el concepto de la ciudadanía de la Unión), el cual les otorga un derecho de residencia en el territorio de la UE basado en el disfrute efectivo de la esencia de los derechos vinculados al estatuto de ciudadano de la Unión. Por tanto el disfrute de esos derechos deben serles reconocidos también a sus progenitores extranjeros de los que ellos son dependientes por estar a su cuidado.

    En ambas sentencias tanto en la de Ruiz Zambrano como en la de Chen, el TJUE reconoce que, en ciertas circunstancias, los derechos de residencia pueden estar directamente relacionados con la condición de ciudadano de la Unión en virtud del artículo 20 del TFUE, aplicado en los casos en que el nacional de la UE nunca haya ejercido los derechos de libre circulación. Esto en la práctica se da en los casos en que el ciudadano de la Unión en cuestión es un menor de edad.

    7-Mc Carthy Arrest (Asunto C-434/09)

    No podrán apelar a la Directiva 2004/38/CE sobre la libre circulación y residencia los ciudadanos comunitarios con doble nacionalidad sí siempre han vivido en uno de los países del cual tienen también la doble nacionalidad, por lo cual no es aplicable la Directiva, y el hecho de que la persona sea ciudadana de la UE y nacional de más de un Estado miembro no basta por sí solo para determinar que habría hecho uso de su derecho de libre circulación. El TJUE tampoco considera que los artículos 20 y 21 del TFUE le confirieran un derecho de residencia en el Reino Unido para su esposo, pues la denegacion no la privaría del disfrute efectivo de los derechos conferidos por su condición de ciudadana de la UE ni obstaculizaría el ejercicio de su derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros de la UE.

    Una opción sería, la de renunciar a una de las dos nacionalidades, y solicitar después el estatuto de residente permanente para ciudadano de la Unión en base a la otra nacionalidad.

    8-Lida Arrest (Asunto C-40/11)

    No es posible solicitar (o renovar) un permiso de residencia como miembro de la familia de un ciudadano de la UE si dichos ciudadanos comunitarios residen en un Estado miembro distinto al de su cónyuge nacional de un tercer país. Es lo que sucedio con el ciudadano japonés Lida que se desplazó a Alemanía con su esposa e hija menor. Posteriormente, su esposa e hija se desplazaron a Austría, mientras que él permaneció en Alemania. El Sr. Lida y su esposa estuvieron separados permanentemente desde 2008, si bien no se divorciaron. En el 2008 el Sr. Lida solicitó una tarjeta de residencia de miembro de la familia de un ciudadano de la Unión, que le fue denegada por las autoridades alemanas. El TJUE, al que se remitió el asunto, señaló que un miembro de la familia de un ciudadano de la UE que está ejerciendo el derecho de libre circulación y sea nacional de un tercer país solo puede ser beneficiario de la Directiva 2004/3/CE si él mismo se instala en el Estado miembro de acogida donde reside su miembro de la familia de la UE.

    #505309
    correo64
    Miembro

    Arrest Chavez-Vilchez (Asunto C-133/15)

    Un progenitor sin un derecho de residencia puede quedarse en los Países Bajos. Eso juzgó el Tribunal de Justicia Europeo (‘Ouder zonder verblijfsrecht mag in Nederland blijven’, ese era el título del artíulo que publicó el diario NRC, 10/05/2017).

    Se trata de casos en los que un niño que es ciudadano de la UE tendría que abandonar el territorio de la UE (lo cual sería una violación del artículo 20.1 TFUE).

    Los padres no europeos pueden permanecer en la Unión Europea si tienen un hijo europeo que depende de ellos. Eso juzgó el Tribunal de Justicia Europeo el miércoles. Se trata de casos en los que el otro progenitor es ciudadano de un estado miembro de la UE.

    El tribunal tomó esta decisión en un caso relacionado con una mujer venezolana que vino a los Países Bajos con una visa de turista y luego se quedó. La Sra. Chávez-Vílchez, nacional venezolana, entró con un visado de turismo en los Países Bajos en el año 2007 o 2008. En el 2009 ella vivía en Alemania con su pareja. De su relación con ese nacional neerlandés nació, el 30 de marzo de 2009, una niña que tiene la nacionalidad neerlandesa. Los progenitores y la menor vivieron en Alemania hasta junio de 2011, cuando la Sra. Chávez-Vílchez y su hija se vieron obligadas a abandonar el domicilio familiar. Éstas acudieron al centro de acogida de emergencia del municipio de Arnhem (Países Bajos), donde residieron durante cierto tiempo. La Sra. Chávez-Vílchez asume desde entonces la guarda y custodia de su hija y ha declarado que el padre de ésta no contribuía ni a su manutención ni a su educación. La madre trató de solicitar el subsidio familiar en los Países Bajos (el Kinderbijslag), pero se le denegó porque no tenía un permiso de residencia.

    Para ayudar a ella y a otras siete madres no holandesas en situaciones similares, la Central Appeals Board acudió al Tribunal Europeo. El cual ahora juzga que el gobierno debe investigar si el niño no debe salir necesariamente de la UE cuando la madre sea expulsada. Eso no está permitido: eso significaría que al niño se le niegan los derechos que tiene como ciudadano de la UE, concluyó el juez. Eso sería una violación del artículo 20.1 TFUE (se crea la ciudadanía europea) algo que no se puede permitir.

    El Tribunal Europeo de Justicia de Luxemburgo ha dictaminado que los ciudadanos no comunitarios deben tener el derecho de residencia en la Unión Europea si sus hijos han nacido en el bloque.

    Esto es lo dice la sentencia anterior después del juicio e un caso que involucra a una mujer de Venezuela. El anuncio ha causado cierta alarma entre los del Reino Unido que desean controlar las tasas de inmigración.

    TJUE emitió un comunicado de prensa sobre el fallo

    La Sentencia resuelve el problema de una familia donde la madre – una venezolana – se le negó los derechos de bienestar para su hijo nacido en Europea (en los Países Bajos) debido a su falta de derechos de residencia después de la separación del padre holandés.

    El Tribunal argumentó que cualquier amenaza al derecho a que la madre permanezca en la UE, sería como privar al niño del “disfrute efectivo” de sus propios derechos en virtud de la legislación europea

    El interés del niño

    La decisión es aplicable para todos los Estados miembros europeos. A partir de ahora, los Estados miembros tendrán que examinar, entre otras cosas, la medida en que los padres europeos pueden o quieren cuidar al niño. En el pasado, el gobierno holandés siempre otorgó la autoridad paterna al progenitor holandés, independientemente de si deseaba o no cuidar al niño. El grupo de interés Defensa para los Niños, que apoyó a las madres, reaccionó muy positivamente a la declaración:

    «El Tribunal de Justicia ahora está poniendo fin a una línea política holandesa y antepone los intereses del niño primero. El gobierno debe, entre otras cosas, observar el desarrollo físico y emocional del niño y el riesgo del equilibrio del niño cuando está separado de la madre. Los Países Bajos no lo han hecho hasta la fecha y, por lo tanto, el fallo tiene importantes consecuencias para la política holandesa».

    #505312
    tota0519
    Miembro

    Buenos días:
    Soy Colombiana quisiera saber si para adquirir la nacionalidad holandesa (luego de tener todos los requisitos) se debe renunciar a la nacionalidad Colombiana. Gracias

    #505315
    correo64
    Miembro

    tota0519,

    Eso depende de tu situación personal:

    En el caso de los Cónyuges o Parejas Registradas de ciudadanos holandeses NO tienen que renunciara a su nacionalidad de origen.

    En el caso de los socios solteros también a los 3 años de residencia legal y convivencia en Holanda o en las islas del Caribe holandés con un socio holandés (el tiempo de convivencia en otro país de la UE, no vale), y en principio SÍ deben renunciar a su nacionalidad de origen si la ley de su país se lo permite. Si no se lo permite no lo tendrá que hacer, pero debeS probarlo.

    #505316
    correo64
    Miembro
    #505317
    tota0519
    Miembro

    La situación personal es que mi abuelo era de Curazao el ya fallecio pero mi papá aún esta vivo. Mi abuelo reconoció a mi padre de eso tenemos registro civil de nacimiento y el registro de defunción de mi abuelo, también tenemos la constancia de la cancillería colombiana donde certifican la fecha que mi abuelo entró a Colombia. La idea es que mi padre realice los trámites para que el obtenga la nacionalidad y por ende nosotros poder adquirirla. La inquietud es que si para obtener la nacionalidad HOlandesa mi padre y nosotros debemos renunciar a la nacionalidad Colombiana?

    #505376
    correo64
    Miembro

    tota0519,

    Tu comentario lo pusisteS en el post que no correspondía, y además como no te explicaste bien desde el, pricncipio yo entendí que vivias en Holanda, y te respondí otra cosa.

    #505610
    España
    Miembro

    Buenas tardes, quisiera exponer un poco mi situación y los planes que tengo para ver si me pueden ayudar un poco desde la parte legal como tengo que hacer, soy ciudadano español y mi esposa es colombiana, tenemos un hijo que nació en colombia pero ambos queremos irnos a vivir a londres.

    Con mi esposa ya tengo registrado el matrimonio en mi libro de familia pero aun a mi bebe no lo e registrado, quisiera saber que me recomendarian ustedes de que seria lo mejor para poder irme a vivir con mi familia alla, que documentos, visa o papeles en general tendría que sacar a ambos pra que puedan vivir en inglaterra libremente.

    Saludos!

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