Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? Dudas sobre Reagurpacion

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  • #279088
    Invitado MQI
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    Hola a todos.

    Soy Venezolano, actualmente una empresa española me esta gestionando una visa de trabajo y residencia, Estoy a punto de casarme con mi novia que es Mexicana, de hecho nos casamos justo para los dias que la empresa tiene que presentar alla en España toda la documentación para mi visa.
    Como podría gestionar la visa de mi novia? Ella podrá viajar conmigo a España sin ningun problema? Cuanto tiempo se gestionaría la visa para mi novia?

    Muchas Gracias

    #279089
    Invitado MQI
    Miembro

    Lamentablemente el derecho a reagrupar para los nacionales de 3 estados, pasa por tener aunque sea la primera renovación solicitada y una autorización de por lo menos un año más. Así que sería más sencillo tramitarle a ella una autorización de residencia y trabajo independiente de ti … lo digo más que todo por los tiempos

    #279090
    Invitado MQI
    Miembro

    …para reagrupar a mi mamá….
    cómo le hago? vivo en españa obviamente
    y mi vieja en venezuela,
    gracias

    #279091
    Invitado MQI
    Miembro

    «Artículo 17. Familiares reagrupables.
    1. El extranjero residente tiene derecho a reagrupar con él en España a los siguientes familiares:
    d) Los ascendientes del reagrupante o su cónyuge, cuando estén a su cargo y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España.
    2. Reglamentariamente, se determinarán las condiciones para el ejercicio del derecho de reagrupación y, en especial, del que corresponda a quienes hayan adquirido la residencia en virtud de una previa reagrupación.

    Artículo 18. Procedimiento para la reagrupación familiar.
    1. Los extranjeros que deseen ejercer este derecho deberán solicitar una autorización de residencia por reagrupación familiar a favor de los miembros de su familia que deseen reagrupar. Al mismo tiempo, deberán aportar la prueba de que disponen de un alojamiento adecuado y de los medios de subsistencia suficientes para atender las necesidades de su familia una vez reagrupada.
    2. Podrán ejercer el derecho a la reagrupación con sus familiares en España cuando hayan residido legalmente un año y tengan autorización para residir al menos otro año.
    3. Cuando se acepte la solicitud de reagrupación familiar, la autoridad competente expedirá a favor de los miembros de la familia que vayan a reagruparse la autorización de residencia, cuya duración será igual al período de validez de la autorización de residencia de la persona que solicita la reagrupación.
    4. Reglamentariamente se determinarán las condiciones para el ejercicio del derecho de reagrupación por quienes hayan adquirido la residencia en virtud de una previa reagrupación.

    Espero te sirva en principio
    Un saludo.

    #279092
    Invitado MQI
    Miembro

    si, bien, gracias, pero en el detalle…
    Art 17.
    1) d.-
    " y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España."

    la necesidad es que asi lo quiero, toño!! como se hace
    cuando a uno le ronca que tenga a la abuela y el nieto juntos.

    que me dices, catalán, alguien que conozcas y haya esto?

    gracias

    #279093
    Invitado MQI
    Miembro

    Hola,
    no conozco tu situación personal en España ni la de tu madre en Venezuela.
    Pero… no creo que, si reunes el resto de requisitos legales fijos, la cosa sea tan difícil.
    Te pongo el ejemplo de la doméstica de casa que es suramericana y se trajo a su madre y a su hija de una vez y a una hermana después reuniendo todas las condiciones legales que señala la Ley a falta, claro, de la que a tí te falta, la justificación objetiva y lógica para traerlas.
    Por lo que recuerdo, más o menos…
    Ella adujo ser la única y plena sostenedora de su madre y su hija económicamente desde España.
    Adujo, por la madre, la edad avanzada no laboral, su precaria salud y baja calidad de vida en la que existía así como a las atenciones médicas, medicamentales y personales que en su país eran inalcanzables a las que ella tenía derecho a cubrir legalmente en España gratuitamente.
    Adujo, por la hija, que la niña vivía con la abuela y no con el padre, añadiendo a lo anteriormente expuesto, la carga consiguiente de la abuela y que, siendo la madre de la niña ella, tenía plena potestad y derecho a ofrecerle estudios, vida y calidad de vida de los que era privada en su país así como y, en primer lugar, naturalmente preceptivo y obligatorio, ofrecerle las atenciones, vigilancias y afectividades imprescindibles a las que un hijo tiene pleno derecho e indispensable necesidad para su desarrollo emocional y psicológico. (el padre tuvo que dar autorización para su salida, por supuesto)*.
    Y que ambas, ante lo expuesto, eran vinculantes en la petición de reunificación familiar, por razones evidentes.
    Adujo vivir en España sola y en desarraigo socioafectivo.
    A la hermana, como te digo, un año después más o menos, la propició un contrato de trabajo de unos amigos nuestros, con el pudo venir.

    Y aquí están viviendo las cuatro en el mismo pisito alquilado que ella probó habitar en el que se hallaba empadronada, la niña en el instituto, ella y la hermana llevando dos sueldos a casa y la abuela atendiéndolas a todas, operada de cataratas y con una ayuda social, pequeña, pero ayuda al fin.
    Te lo he resumido a groso modo.

    El escrito se lo hice yo y apostillé otro escrito personal independiente firmado por mí como aval de recomendación adosado al resto de documentación legal. Por si acaso.
    Aunque suene lioso, no, no lo es.
    No se puede aducir: "por que quiero" "por que me acuerdo de ellos" "por que soy ateo por la gracia de dios" jejeje.

    Tu sabrás cual es tu caso concreto y lo que puedes aducir que vean y consideren como lógico y de derecho humanístico en una sociedad, RECUÉRDALO, TENLO PRESENTE, especialmente sensible con ciertas circunstancias y nada, nada, en absoluto, con otras que a tí te pueden parecer fundamentales.

    ———————–
    * Me parece que aludes a un niño/a. Recuerda, que siendo menor, no puede venir sin la autorización expresa de los padres (si tu eres el padre, el de la madre).

    En fin, espero haberte dado alguna pista, jejejeje.
    Saludos.

    #279094
    Invitado MQI
    Miembro

    caramba !!! ´chas gracias….
    la verdaíta, es que mi vieja esta "regular",
    esta con ganas de dejar el pelero a la
    robolución bonita, (que roban de lo lindo)
    esta dentro de una "escuela bolivariana messma"
    reinventadas a partir de la escuelas integrales
    del ex ministro de educación cárdenas, (bueno,
    inventado cuando no era aún ministro)
    el asunto que ella considera casi discapacitante
    mental el hecho de trabajar en ese tipo de
    escuelas, con mas problemas que soluciones…
    esta por pedir y/o ofrecer la renuncia o
    incapacidad, pero sin los años suficientes
    para una jubilación.
    Capacidad de mantenerla, pues si, es casi lo
    mismo que tus referencias, 2 sueldos, y el
    nieto, que acusamos recibo de desarraigo
    social y sicoafectivo, ya casi 4 años en estos
    lares, y se puede decir, que no conocemos
    a nadie!!! pues teniamos unos conocidos,
    y desde que supimos que servicios sociales
    les quitó la custodia de sus 2 chamos….
    …..pues la "seño" del "cole" de una manera
    muy elegante nos sugirió que "le diésemos
    de lado" que para mala juntas, mejor solo.
    jeje, bueno no, no es para reir, es sólo
    una risa irónica.
    decia, si, traerme a mi vieja, es viuda,
    con 2 maestrias del pedagógico,
    y terminando un doctorado. el camino
    para ejercer aqui no es que sea cuesta
    arriba, es que resulta inaccesible.
    convocatorias con decenas de cupos
    y miles de miles concursando.
    bueno, se me fué la lengua, empezaré
    a bucear los requisitos, y compaginarlos
    cuando mi madre le diga a Aristóbulo, "aqui ya no
    me ves mas"….

    por cierto, en cuanto tiempo dan la respuesta?

    gracias, pero muchas gracias.

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