Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? Consulta de status en España de venezolano casado con española

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  • #437723
    lugoa
    Miembro

    Buenas tardes, escribo en este foro solicitando ayuda e información sobre lo siguiente: tengo la doble nacionalidad (venezolana y española) y estoy casada con un venezolano al cual le ofrecieron un trabajo temporal (free lance) en España. Ya nuestro matrimonio esta inscrito en el consulado español e incluso tenemos libro de familia, en el cual aparece mi esposo. Mi pregunta seria: cual es el status de mi esposo al entrar en España? Que debemos hacer para que este legal trabajando en España por 6 meses? No creo que sea necesario una baja consular porque es un periodo determinado (mientras dure el proyecto) que estaríamos viendo en España, pero no estoy segura. Adicional, no quisiéramos tener que salir a los 90 días porque mi esposo ingrese a España como turista… Además tenemos 2 hijas, una que ya tiene pasaporte español y la otra que hace menos de 1 mes la inscribimos en el registro civil español, pero aun no nos ha llegado la partida literal española y también quisiera saber el status de mi hija menor en España, si podríamos tramitar un permiso que nos permita estar legales. Espero que puedan ayudarme!

    #437781

    Hola lugoa,

    Si a tu esposo le ofrecieron un trabajo temporal entonces asumo que va a tramitar la visa de trabajo en el consulado español. Entonces tu esposo entraria con ese visado de trabajo que en principio tiene una vigencia de 6 meses y a los 6 meses tendria que abandonar el pais.

    Ahora bien si tu eres ciudadana española y ya tu marido esta inscrito en el libro de familia, entonces pueden venir a España y tramitar la tarjeta de residencia para tu marido.

    AHora bien la baja consular la debes pedir tu si te vienes a vivir a España, y no entiendo porque menciones lo de los 90 dias? estas diciendo que tu marido tiene un trabajo por 6 meses, entonces a los 6 meses es que debe abandonar el pais.

    La verdad te estas ahogando en un vaso de agua, si tu eres española entonces porque van a tramitar permiso para estar legales?

    #437990
    marbel
    Miembro

    Marbel: Buenas noches, estasi orientazione han sodo de gran ayuda, pero deseo saber lo siguiente:

    Soy venezolana mi e sposò ya obtuvo su nacionalidad, estamos recidenciados en Venezuela, tenemos planificado viajar para espana, proximamente, pero a un no tengo el libro d famiglia, podria tener inconveniente para ingresar, ha fui pare espansa sola en esta oportunidad deseamos IR los tres con nuestro hijo.

    Espero me puedan orientare gracias..

    #438007
    lugoa
    Miembro

    Hola Venezolana en España,

    Exacto! Creo que me estoy complicando, pero básicamente es porque no lo tengo muy claro… Pensé (o eso me hicieron pensar en el consulado) que debíamos tramitar algún permiso para mi esposo.

    Si, la oferta laboral para mi esposo, que es mas bien una consultoría de un proyecto, dura 6 meses. Por ende entiendo que no es necesario la baja consular, ya que eso es para vivir allá, sin ánimos de regresar y (por ahora) no es lo que tenemos pensado.

    El visado también nos parece un papeleo engorroso por un proyecto que dura 6 meses y mas aun cuando yo tengo la nacionalidad y nuestro matrimonio esta registrado en el registro civil español.

    Por lo que te entiendo tenemos que viajar a España, yo entro con mi pasaporte español al igual que mi hija y mi esposo con el venezolano, y una vez estando allá tramitamos la tarjeta de residencia, cierto?

    De verdad muchas gracias por contestar y aclarar mis dudas!

    #438017

    Hola lugoa,

    A ver si a tu marido le están ofreciendo un trabajo es la empresa la que tiene que enviar los documentos para el visado y el solo ir al consulado y hacer la solicitud. Tu marido tiene que solicitar el visado si o si, si no no puede trabajar legalmente.

    Ahora por tu parte, si no te quieres quedar viviendo en España entonces no hace falta que tramites la baja consular. La baja consular solo aplica para ti y para tu hija porque tu marido no es español.

    Por mas que el visado te parezca engorroso hay que hacerlo es que como te digo entonces tu marido no puede trabajar.

    Ahora bien si quieres tramitar la tarjeta de residencia a tu marido entonces tienen que hacer el tramite en extranjería, pero para ese tramite tu tienes que estar trabajando o en su defecto tienen que tener medios económicos y tu marido un seguro medico.

    Y ahora una consejo, no entiendo porque se hacen tanto lío con el visado de trabajo si es la empresa que tramita todo, tu marido solo tiene que tener el pasaporte vigente y poco mas. Ojo con el trabajo que les están ofreciendo, cuidado y no sea una estafa, porque repito el visado de trabajo lo tramita la empresa que da el trabajo.

    Saludos,

    #438022
    rebecad70
    Miembro

    Buenas tardes a ver si alquien puede sacarme de esta duda . Yo soy venezolana con doble nacionalidad Española y mi hijo tambien. nos vamos a España definitivo con baja consular los tres. Mi esposo es Venezolano que documentos debo llevarme para tramitar los papeles de el y ademas que necesito para que el ingrese sin problemas a España.?? Gracias

    #438039

    Hola rebecad70, te sugiero leer los temas del foro. LAs dudas que tienes ya estan explicadas.

    Te sugiero también entrar a mi blog venezolanaenbarcelona.wordpress.com allí explico todo lo que hice para venir a España con mi esposo que es venezolano.

    Saludos,

    #438314
    lugoa
    Miembro

    Hola Venezolana en España,

    Gracias una vez mas por contestar… Yo sigo con mis dudas, porque en definitiva creo que no me he explicado bien porque no he contado toda la historia.

    Lo del trabajo temporal de mi esposo en España, es una consultoría, que de hecho el ya viene haciendo desde hace 1 año aprox. Solo que el viaja a España cada 2 meses. Como la situación en Venezuela se ha puesto complicada y mi esposo tomando en cuenta que esta casado con una Española, le ofrecio a la compañía para la que trabaja irse con toda la familia para allá mientras dure el proyecto (unos 6 meses adicionales). En la compañía le dijeron que no tenían problemas, mientras el pueda seguir bajo la figura de consultor externo y se encuentre legal en España, que por favor averiguara cuales eran los requisitos y pasos a seguir…

    En el consulado me dijeron que debía tramitar una visa, pero vuelvo a preguntar si realmente es necesario, porque al estar contratado bajo la figura de consultor, no creemos que sea necesario.

    Pregunto, con las condiciones en que estamos mi familia y yo (Venezolano casado con Española con todos los papeles en regla y al día, lease: libro de familia y acta de matrimonio española) no podemos pasar una temporada equivalente a 6 meses en España?

    He leído que le pedirían a mi esposo un seguro internacional y que demuestre medios económicos para mantenernos ella sin depender del gobierno español, para demostrar eso que se muestra, estados de cuenta? y a quien se le muestran?

    Espero haber sido un poco mas clara y que me puedan ayudar… De antemano mil gracias!

    #438321
    joelr
    Miembro

    Hola lugoa,

    Si vienen todos juntos, tu como española lógicamente no tendrás problema ninguno al entrar, tu esposo como te comentó Venezolana en España tendrá que solicitar una tarjeta de residencia por familiar de comunitario dado que permanecerá más de 90 días en territorio español. Para ello deberá acreditar entre otras cosas disponer de un seguro médico (que si presenta algún tipo de contrato por parte de la empresa, puede presentar el alta en la seguridad social y esto le valdría) entre otros requisitos.

    ¿Cuál es el «problema» que veo yo aquí? que en la práctica todo el trámite de tarjeta comunitaria según la comunidad autónoma a la que vayan se puede demorar aproximadamente unos 3 a 4 meses y medio (hasta tener la tarjeta en mano). Muchos empleadores son un poco quisquillosos a la hora de contratar a un extranjero hasta que este no tiene la tarjeta (aún cuando es perfectamente posible de acuerdo a la legislación vigente). Entonces si él va a estar aquí 6 meses y los primeros 3 o 4 meses va a estar «tramitando papeles», yo es que no lo veo…

    Si por el contrario, él viniese sólo ahí sí que sería necesario que pidiera un visado y la situación es mucho más complicada porque entonces tendría que el empleador meter una solicitud de visado de residencia y trabajo por cuenta ajena en donde entre otras cosas tendría que demostrar que no hay nadie aquí que pueda cubrir ese puesto y por ende se justifica la contratación de un extranjero en origen, etc.

    Con relación al seguro como te comenté, si el muestra un contrato de trabajo que esté supeditado a la aprobación de su tarjeta comunitaria en principio no tendría problemas, de igual forma también eso le serviría para demostrar medios de vida ya que se supone que percibirá un salario. Todo esto se presenta en la Oficina de Extranjería el día que tienes la cita y vas a hacer la solicitud formal de la tarjeta de residencia por familiar de comunitario

    #438322

    Hola lugoa,

    Yo entendi perfectamente lo que quieren hacer. Y las opciones que yo te di son las unicas validas.

    Si tu esposo viene solo a trabajar aunque sea de consultor externo igualmente tiene que tramitar el visado de trabajo. Por que?. Porque cuando se presente en el aeropuerto y le diga al oficial es que vengo a trabajar, lo primero que le van a decir es, y donde esta tu visado de trabajo? No puede ir de turista porque va a estar mas de 90 días y eso es ilegal. En conclusión tiene que solicitar el visado de trabajo y la empresa es la responsable de ese visado y de enviar los documentos correspondientes para el tramite del visado en el consulado español.

    Ahora volvemos a la otra opción, que quieren ir todos juntos pues perfecto pero tendra que tramitar la tarjeta de residencia y eso tarda como te dice joelr 3 o 4 meses (la de mi marido tardo 6 meses).

    Y si, la visa de trabajo es completamente necesaria da igual que sea un externo (freelance), para trabajar se necesita un visado.

    Saludos,

    #438431
    lugoa
    Miembro

    Gracias joelr y Venezolana en España,

    La opción que nos funciona (creo) es que mi esposo solicite una tarjeta de residencia por familiar de comunitario, ya que nos vamos todos. Entonces, al ingresar a España mi esposo entraría como turista y luego tramitamos la tarjeta de residencia?

    Y otra pregunta, mientras se esta tramitando la tarjeta de residencia, ya que demora 3 a 4 meses, mi esposo puede permanecer en España legalmente? Es decir, no habría problema con que permanezca en España mientras se tramita la tarjeta de residencia?

    Gracias de nuevo!

    #438433
    joelr
    Miembro

    Hola lugoa,

    Así es, entra como turista (contigo) y una vez en España se procede a solicitar la tarjeta de residencia por familiar de comunitario.

    No habría problema porque cuando inicias el trámite te dan un resguardo, el cual hasta tanto no se emita una resolución sobre el expediente, sirve para acreditar el estatus migratorio de tu esposo. Más aún, si nos ceñimos al derecho comunitario, tu esposo lo que va a solicitar es una tarjeta dado que planea permanecer más de 90 días pero el derecho YA LO TIENE al ser conyuge de una ciudadana española. Quiero decir con esto, que a diferencia del régimen general, en donde primero se solicita una autorización de residencia (que pueden denegartela o no), tu esposo ya tiene el derecho de residir por el simple hecho de ser tu esposo, ahora lo que hará es solicitar la _tarjeta_.

    Un saludo.

    #438434

    Incluso si pasan los 90 dias y no se ha tramitado la tarjeta no pasa nada. Mi marido la tramito a partir del cuarto mes en España y se la aprobaron sin problemas.

    Hay que recordar que la tarjeta de residencia la pueden negar, tengo un conocido que se la negaron por falta de medios economicos.

    Y bueno mientras tu esposo no tenga la tarjeta no puede trabajar, a menos que la empresa lo contrate en negro, que si son una empresa seria no harán esto.

    Saludos,

    #438436
    joelr
    Miembro

    Teóricamente sí que puede trabajar mientras no tenga la tarjeta, de hecho, la tarjeta sólo se pide cuando la persona va a estar más de 90 días en España. Ten en cuenta que el derecho YA lo tiene, no se está solicitando una autorización de residencia y trabajo en régimen general, sino una tarjeta (que sirve meramente a objeto de identificar a la persona más no como condicionante para poder ejercer su derecho de familiar de comunitario).

    El problema es que en la práctica como dije anteriormente muchas empresas se ponen «quisquillosas» y hasta que la persona no tiene la tarjeta no suelen contratar, pero de hecho, incluso en este tipo de trámites, cuando la persona le sale la tarjeta aprobada y va a la policia a poner huellas le dan un resguardo, con ese resguardo la persona puede ir perfectamente y darse de alta en la seguridad social y por ende trabajar. Otra cosa es que muchas empresas por desconocimiento (o porque simplemente no quieren) no lo hagan.

    #438437

    Si claro una vez esta aprobada puede trabajar sin problemas, pero antes si no tienes el aprobado y el resguardo que dan en la policia es bastante dificil que una empresa te contrate.

    De hecho no se si todos, pero hay contratos que indican que si eres extranjero y en algun momento tu residencia cambia o caduca debes notificarlo inmediatamente a la empresa porque se pueden meter en un buen lio.

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