Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? Consulado de España: Regimen Especial bajo la Directiva 2004/38/CE‏

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    correo64
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    Esta es información oficial me fue enviada hace tiempo por la Cónsul de España en Jamaica y además ha siso confirmada por otros Consulado españoles.

    Como solicitar el visado Schengen (gratis), en una Embajada o Consulado de España, según lo establecido en la Directiva 2004/38/CE. Por lo tanto si tehacen problemas, envia una queja al Ministerio de Exteriores de España adjuntando dicha la información.

    REGIMEN ESPECIAL APLICABLE A LAS SOLICITUDES DE VISADO SCHENGEN POR PARTE DE FAMILIARES EXTRACOMUNITARIOS DE CIUDADANOS COMUNITARIOS (Y DEL EEE Y SUIZA).

    Este régimen especial consiste en:

    Exención del requisito de seguro médico

    Exención del requisito de documentación relativa al lugar de alojamiento y disposición de medios económicos.

    Requisitos necesarios para beneficiarse de este régimen:

    1-Acreditar el vínculo familiar:

    En caso de ciudadanos no comunitarios familiares de ciudadanos españoles, para poder beneficiarse del régimen comunitario deberán acreditar el vínculo familiar mediante la correspondiente inscripción en el Registro Civil español.

    En caso de ciudadanos no comunitarios casados con ciudadanos comunitarios (o del EEE o Suiza, pero no españoles), para poder beneficiarse del régimen comunitario deberán acreditar el vínculo familiar mediante la correspondiente inscripción en el Registro Civil del Estado miembro o mediante un certificado de las autoridades de este último en el que se indique claramente que dicho matrimonio es reconocido como válido según su legislación interna.

    2-Fotocopia compulsada del pasaporte o documento de identidad del familiar comunitario (o del EEC o Suiza).

    Estarán exentos de la tasa del visado, aquellos solicitantes extracomunitarios que, además de acreditar los anteriores requisitos, aporten prueba acreditativa de viajar con el/la ciudadano/a comunitario/a (o del EEC o Suiza) o de dirigirse al espacio Schengen para reunirse con él/ella.

    REQUISITOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD:

    1. Pasaporte válido del solicitante con un mínimo de validez de 6 meses.

    2. Copia por duplicado de la “solicitud de Visado Schengen” en mayúsculas debidamente completado y firmado por el solicitante.

    3. Dos fotografías recientes, pegar una foto en cada formulario de Visa Schengen (tamaño pasaporte, color, enfrentado con fondo claro).

    4. Certidicado de Matrimonio o de Sociedad Registrada (menos de 3 meses) emitido por el registro civil del Estado miembro o un certificado de las autoridades del país de la Unión Europea que demuestran claramente que el matrimonio o la sociedad registrada esta reconocido según la ley nacional aplicable para el ciudadano de la UE.

    5. Fotocopia compulsada del Pasaporte o la Cédula de identidad del ciudadano de la UE.

    6. Carta del ciudadano de la UE: Para que el solicitante sa eximido del pago de la tasa de visado (gratis), es necesario cumplir con los requisitos expuestos en el REGIMEN ESPECIAL, demostrando que el solicitante viaja o va a reunirse en el espacio Schengen con el ciudadano comunitario y que además España es el país de destino principal, es decir donde van a permanecer más tiempo.

    MODELO DE CARTA (SOLO COMO EJEMPLO ILUSTRATIVO)

    Ciudad, ___ de __________ de 2013

    Consulado General de España
    La Habana

    Sr. Cónsul General
    D.Tomas Rodriguez-Pantoja Márquez

    Estimado señor,

    Por la presente yo: _____________________ de nacionalidad holandesa que se identifica con pasaporte nr. __________ con domicilio en ______________________________ Países Bajos, me dirijo a este Consulado General por medio de la presente en relación a la solicitud de visado Schengen que ha de presentar el ciudadano/a _____________________que se identifica con pasaporte nr. ___________ y domicilio en __________________________________ del/de la cual yo soy su cónyuge, como consta en la documentación que él/ella va a presentar, junto con la solictud del visado Schengen según lo establecido en el ‘régimen especial para familiares de ciudadanos comunitarios’.

    Mi esposo/a desea viajar a España para reunirse conmigo porque deseamos disfrutar de unas vacaciones, las cuales incluiran además un recorrido por otros países de la UE. En España vamos a estar por más de 45 días porque es nuestro destino principal y el resto del tiempo visitaremos otros países, incluido los Países Bajos donde pasaremos los últimos 10 días. Como cónyuge de un/a ciudadano/a holandés/a mi esposo/a quiere beneficiarse del derecho a la libre circulación y residencia, según lo establecido en la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo, y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo al derecho de los ciudadanos de la Unión y el de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros.

    Por lo tanto espero haberle informado a usted lo suficiente en relación al motivo por el cual yo le dirijo a usted esta carta, con el deseo expreso de que a mi cónyuge le sea concedido sin ningún problema y dentro del tiempo establecido la visa que él/ella esta solicitando.

    Sin otro particular que agregar a lo antes mencionado.

    Un cordial saludo,

    Nombre/Firma

    PD: Según el familiar a quien vaya dirigida (cónyuge, padre o madre) usted modifique la carta.

    La base jurídica que sustenta la información arriba mencionada esta tomada de la Guía de tus derechos de ciudadano de la Unión.

    Libertadd e circulación y residencia en Europa

    Capítulo 4: Antes de desplazarte/Normas Schengen

    Visados de entrada

    Los países de la Unión tienen obligación de conceder a los miembros de tu familia nacionales de un país tercero todas las facilidades para obtener los visados necesarios. Estos deben expedirse gratuitamente con la mayor rapidez posible y según un procedimiento acelerado. La Comisión considera que plazos de más de cuatro semanas no son razonables.

    Los países de la Unión solo pueden exigir a los miembros de tu familia visados de entrada; no pueden exigir visado familiar o de residencia.

    Documentos exigidos

    El derecho de entrada de los miembros de tu familia nacionales de un país tercero se desprende de sus lazos familiares contigo, que eres ciudadano de la Unión. Lo único que pueden pedir los funcionarios consulares es su pasaporte y un documento que certifique sus lazos familiares contigo, como certificado de matrimonio o certificado de nacimiento y prueba de dependencia, en su caso. A los miembros de tu familia NO SE LES PUEDE PEDIR que presenten documentos como:

    billetes de viaje,
    certificado de ocupación,
    nóminas,
    extractos bancarios,
    prueba de alojamiento y medios de subsistencia o
    certificado médico.

    Fuente: http://ec.europa.eu/justice/policies/citizenship/docs/guide_free_movement_low_es.pdf

    #432501
    correo64
    Miembro

    EL ARGUMENTO DE ‘PELIGRO DE ESTABLECIMIENTO’ EN EL TERRITORIO DE LA UE

    El argumento de ‘peligro de estabalecimiento’ (lo que se conoce popularmente en el ámbito de la inmigración como ‘quedarse en un país) NO PUEDE SER APLICADO cuando el solicitante es un ciudadano extracomunitario que esta solicitando un visado de entrada bajo la Directiva 2004/38/CE, como familiar de un ciudadano comunitario que esta ejerciendo su derecho de libre circulación.y residencia en otro país de la UE distinto al de su nacionalidad. Por lo tanto a dicho familiar extaracomunitario no se le puede pedir entre otras cosas que presente ‘boleto de ida o vuelta, porque no corresponde.

    Pero el argumenteo de ‘peligro de establecimeineto’ en la UE SÍ puede aplicarse a las soclicitudes de visados de Schengen que no son presentados por personas que no sean beneficiarios del derecho de libre circulación y residencia por no tener vínculos familiares con ciudadanos de la UE, es decir a los que desean hacer turismo. Por ese motivo también le puede ser negado el visado si él o ella no pueden demostrar realmente que van a regresar a su país de origen antes de los 90 días o de la fecha de caducidad del visado.

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