Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? Consejería de Empleo Niega Ayuda del Inmigrante Retornado

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #504189
    sercano
    Miembro

    Hola a todos los foristas, el pasado lunes 29 de Enero-2018 acudí a la Consejería de Empleo en Caracas para introducir todos los documentos requeridos para que ellos validen la información para la solicitud de la ayuda del inmigrante retornado. Pues bien, yo reúno todos los requisitos exigidos…Todos!, con el único detalle que la baja consular data del 20 de Febrero del 2017, la solicite en esa fecha por que compre boleto por CONVIASA para el 29 de Mayo del 2017.
    Como es conocido por todo el mundo, CONVIASA suspendió los vuelos desde Mayo-2017. Me fue imposible poder comprar otro boleto ya que los costos se dispararon de manera exorbitante. Al fin y después de vender una propiedad pude reunir los dolares y compre el 03 de Enero de este año el boleto para viajar a España el próximo 05 de Marzo de este 2018.
    Lo asombroso de caso es que el funcionario que me atendió rechazo aceptar toda mi documentación porque la baja consular es del año pasado; Yo le explique lo que había pasado y al funcionario no le importo, por que según «para El yo estoy en España», lease bien «para El». Le confronte y le dije que la baja consular no tiene fecha de caducidad, sino que LA BAJA pierde efecto al darse EL ALTA, eso es todo; también le dije que Yo ni siquiera viaje a España, pero que va! no le valió nada.

    Yo solo deseo saber si alguien conoce de algun caso parecido al mio, o si saben a quien puedo acudir lo mas pronto posible ya que mi vuelo esta proximo, para el 05 de Marzo.

    Aprovecho para colocar los requisitos requeridos para la solicitud del inmigrante retornado de la pagina del ministerio de empleo (http://www.empleo.gob.es/es/mundo/consejerias/venezuela/retorno/Retorno.htm), alli podran constatar que no se hace referencia alguna al periodo de vigencia de la baja consular, sencillamente por que no vence.

    DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LA CONSEJERÍA DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE VENEZUELA PARA LA ADVERACIÓN DE DOCUMENTACION RELATIVA A LA CERTIFICACIÓN DE EMIGRANTE RETORNADO PARA LA PERCEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO.

    A- TRABAJADORES/AS POR CUENTA AJENA:

    * PASAPORTE ESPAÑOL. (fotocopia de las páginas que contienen los datos personales y los sellos de registro y baja consulares)
    * IMPRESO DE BAJA CONSULAR.
    * CÉDULA DEL PAÍS DE RESIDENCIA (fotocopia de la misma)
    * CONSTANCIA/AS DE TRABAJO EN LA CUAL SE SEÑALE EXPRESAMENTE FECHA DE INGRESO Y DE EGRESO. Deberá de acreditarse un mínimo de UN AÑO (doce meses) trabajado, ostentando la nacionalidad española, dentro de los seis (6) últimos años antes de la presentación de la documentación ante esta Consejería.
    * CERTIFICADO DE COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL. (Doce meses mínimo, dentro de los seis (6) últimos años previos a la presentación de la documentación ante esta Consejería.

    * Documentos válidos: (cualquiera de los mencionados)

    Cuenta individual emitida por el IVSS
    Registro del Asegurado – forma 14-02
    Participación de retiro del trabajador – forma 14-03
    Constancia de trabajo para el IVSS – forma 14-100
    Cualquier otra constancia o certificación emitida por el IVSS donde figuren los datos del trabajador/a y períodos de cotización.

    #504953
    lalo
    Miembro

    Tu exige la hoja de reclamaciones, ya que el funcionario receptor no tiene el derecho a tomar la decision sino que la misma debe ser hecha por la autoridad correspondiente, ya que lo que solicitas es un procedimiento administrativo y debe ser la administracion publica quien debe rechazar la solicitud y no un funcionario.

    Y que lo realizado por el funcionario es violatorio al articulo numero 29.1 de la constitucion del reino de españa y violentatoria de la LEY ORGÁNICA 4/2001, de 12 de noviembre,reguladora del Derecho de Petición, ya que no se motivo la inadmisibilidad de la peticion tal y como lo estable el Artículo 9.

    A su vez, en la misma hoja de reclamaciones, identifica al funcionario receptor.

    Y mejor aun si se la pides a el mismo, no le pelees nada exige donde esta la hoja de reclamaciones, y deja constancia de todo en ella.

    https://www.defensordelpueblo.es/tu-queja/01-description/

    http://www.empleo.gob.es/es/sec_sub/inspeccion-servicios/quejasysugerencias/quejas.htm

    El formulario de quejas es este http://www.empleo.gob.es/es/sec_sub/inspeccion-servicios/quejasysugerencias/quejas.pdf

    #504957
    lalo
    Miembro

    Y yo ademas de la reclamacion, la hoja que es TU DERECHO, tambien iria a la defensoria del pueblo ya que te estan violentando tu derecho como español a hacer una solicitud ante la administracion y violento el derecho al debido proceso (que un acto administrativo es un proceso y esta regulado).

    Si puedes identificar al funcionario, no le grites, no lo ofendas, solo exije su identificacion o pide audiencia con su superior para obtener dicha informacion, la identificacion del funcionario y si te piden la razon les dices de forma cordial para individualizar al funcionario que violenta mi derecho constitucional a dirigir una peticion a la administracion.

    Calmadamente, siempre.

    #505178
    sercano
    Miembro

    Gracias lalo por tus consejos/informacion.

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Debes estar registrado para responder a este debate.