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- Este debate tiene 7 respuestas, 1 mensaje y ha sido actualizado por última vez el hace 20 años, 2 meses por Invitado MQI.
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enero 27, 2004 a las 11:30 am #269529Invitado MQIMiembro
Hola, yo necesito saber en cuanto tiempo me dan una excepciòn de visado aqui en España, ya tengo un año conviviendo aqui, y solo me falta lo del visado pero no se que tiempo se me tarda.
Gracias
enero 27, 2004 a las 5:50 pm #269530Invitado MQIMiembro… conviviendo ???
mira segun el forista cedric esa exencion ya no procede, en virtud del cambio de la ley.
De todas formas no era solo conviviendo… era estando CASADO
enero 28, 2004 a las 11:30 pm #269531Invitado MQIMiembroNo estoy seguro del detalle, tendría que leer el reglamento que recién debió aplicarse a la reforma de la Ley de Extranjería del 21 de diciembre del 2003, pero hasta donde tengo entendido fueron eliminadas las exenciones de visado, incluso con el año de convivencia demostrado. Si nuestra amiga Glenda estuviese por acá nos podría aclarar el panorama.
De todos modos el cuestión que te acerques al ayuntamiento de tu ciudad a preguntar.
Cedric
P.D. Para Clara, convivencia (pareja no casada)
enero 29, 2004 a las 1:05 pm #269532Invitado MQIMiembroHola cedric…
Mira conozco de tres parejas que convivian juntos desde hace años y solicitaron la excencion de visado, y les fue negada; puesto que no es lo mismo la convivencia que el matrimonio; por lo tanto no pueden ser otorgados los mismos derechos. Segun me explicaron habia toda una jurisprudencia sobre esa materia. Lo malo que por la resolucion negatoria tuvieron que esperar sus buenos meses y hacer tooooooodo el papeleo.
Por eso es que hago la aclaratoria, de todas maneras con la reforma que tu dices, ponernos a discutir sobre ese punto sería ya absurdo.
Clara
enero 29, 2004 a las 3:13 pm #269533Invitado MQIMiembroHola a todos y gracias por responder mi pregunta, pero yo me equivoque al redactarla, mi situaciòn es que yo soy español y estoy casado con una venezolana y hace un año estoy aqui, en unos dìas me dan el libro de familia y lo que me queda es pedir la excepcion del visado en extranjerìa, mi pregunta es saber si alguien sabe en cuanto tiempo me dan esa excepciòn.
Gracias….
enero 30, 2004 a las 3:55 am #269534Invitado MQIMiembroUn saludo a todos.
Te transcribo Nota Informativa del Ministerio del Interior sobre la puesta en práctica de la Nueva Ley en los cambios que afectan al Régimen Comunitario. Al mismo tiempo que te informo que el Reglamento de la Ley aún no ha sido publicado y es un autentico secreto y estoy segura será la sorpresa antes que Aznar deje el poder….
La supresión del artículo 31.7 de la Ley Orgánica 4/2000, referido a la figura de la exención de visado, hace que no puedan admitirse a trámite, a partir del 22 de diciembre de 2003, nuevas solicitudes de exención de visado, al no existir ya dicha figura en el ordenamiento jurídico español desde esa fecha.
Las solicitudes de exención de visado presentadas antes del 22 de diciembre de 2003 deberán tramitarse y resolverse conforme a la normativa vigente en el momento de presentación de la solicitud.Esta novedad tiene su reflejo, igualmente, en el régimen comunitario de extranjería: a partir del 22 de diciembre de 2003, los familiares de ciudadano comunitario que acrediten encontrarse en alguno de los supuestos del artículo 11.3.C), 1º a 10º, del Real Decreto 178/2003, de 14 de febrero, obtendrán la tarjeta de familiar de residente comunitario solicitada, sin necesidad de tramitar una exención de visado.
Cuando tengas el LIbro de Familia no solicitaras Exención puesto que ya no existe la figura sino directamente el Libro de Familia… y según la Provincia aacreditar el año de convivencia …
Glenda
febrero 5, 2004 a las 8:50 am #269535Invitado MQIMiembroalguien me podria explicar un poco mejor esto
consegui esto pero, no entiendo muchos de los terminos juridicos de los que se hacen mencion
[url]http://www.extranjeria.info/publico/area_recursos/Comunitarios/Recurso_RD_178-03.pdf[/url]
febrero 16, 2004 a las 7:23 pm #269536Invitado MQIMiembroTodo lo que dicen anteriormente quiere decir que despues de casada con un español y yo siendo venezolana debo esperar un año para solicitar la tarjeta comunitaria o de residencia directamente, ya que en el registro civil me dijeron que el mismo dia de la boda nos enviaran por correo el libro a casa, aunque nosotros preferimos buscarlo directamente.
Quisiera saber si alguien puede aclararme, cuales son los requisitos para solicitar esta tarjeta comunitaria o de residencia, y si una vez casada debo hacer algun tramite para mi legalidad aqui en España, ya que creo que uno de los requisitos para esta tarjeta es residir un año legal en España, ahora no lo estoy. Que debo hacer posteriomente a la boda para regularizar mi situacion actual?, gracias a quien me pueda orientar. -
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