Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
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  • #280888
    Invitado MQI
    Miembro

    Hola amigos:

    Me gustaría que si alguien lo sabe me puedan aclarar unas dudas, ya que me caso por la iglesia en España en marzo y mi novia viene a principios de enero.

    1.- ¿Cuál es la mejor forma de venir definitivamente a España, con carta de invitación?

    2.- ¿Le pasa alguna cosa a la persona que hace la carta de invitación, una vez que el invitado no regrese a su país?

    3.- Si ha venido ya durante un mes en agosto, y vuelve a venir en enero ¿cuánto tiempo máximo es el que tiene para estar legalmente en España?

    4.- Por último, ¿cuáles son los documentos que necesita para sacarse la tarjeta de residencia comunitaria?

    Muchas gracias por su ayuda.

    #280889
    R.alberto
    Miembro

    1. si tu eres español con DNI y te casas en marzo, debes realizar antes el matrimonio civil para darle la residencia comunitaria a tu esposa. La mejor forma de venir es con residencia comunitaria que te la dan aqui en España, no en el extranjero. Para venir por menos de 3 meses no necesita visado, como viene en enero, puede estar de turista hasta abril 2007. Luego si no ha arreglado la residencia legal estaria como irregular (o ilegal).
    2. normalmente no le pasa nada al que invita a la persona, pero la misma queda como ilegal, a riesgo de que la detengan, puede que si puede que no, pero……
    3.tiempo maximo 3 meses= 90 dias como turista, luego pa fuera o ilegal.
    4. básicos: partida de matrimonio legalizada y apostillada si te casaste fuera de España y partida de nacimiento legalizada y apostillada del conyuge extranjero no español. Si tu eres español tu DNI, empadronamiento donde vives, no se si te piden los antecedentes penales`de tu esposa lagalizado y apostillado. Si te casas en España no necesitas legalizar nada solo aportar el certificado de matrimonio del Registro Civil o Libro de Familia.
    Suerte.

    #280890
    Invitado MQI
    Miembro

    Hola alberto:

    Gracias por tu información, pero quería que me aclarases lo del matrimonio por lo civil, porque yo me informé con el cura para casarme por la iglesia y en ningún momento me dijo que tenía que casarme antes por el juzgado.

    #280891
    Invitado MQI
    Miembro

    Que yo sepa primero es el civil y luego el de la iglesia, ya que en ésta normalmente piden el acta matrimonial civil.

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