Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Antes de pedir asilo debo renunciar a mi nacionalidad italiana #499125
    lechozo
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    Siria no es lo mismo que Italia. Por algo Siria encabeza la lista de países con mas refugiados hoy en día.

    Tampoco es imposible obtener asilo con 2da ciudadanía, pero la carga de la prueba es muy alta, ya que debes demostrar por qué no puedes irte al otro país.

    En el caso legal del periodista venezolano con pasaporte español cuyo asilo fue negado, si lo leen, verán que ante la pregunta del juez, el solicitante no quiso o no pudo argumentar razones de peso para no irse a España, y que su abogado intentó pelear la interpretación verbal de la definición de asilo.
    Sospecho que por ser el mismo idioma y que probablemente el solicitante había visitado España en el pasado, no tenía como argumentar que no tenía nexo con ese país.

    lechozo
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    ESTA no admite prórroga.

    Para reiniciar la cuenta de los 90 días , no solo debes salir del país, sino de Norteamérica. Visitas a Mexico, Canadá, cruceros por el Caribe no sirven, a menos que seas residente en esos lugares.
    Por ejemplo, un ciudadano europeo residente en México puede reiniciar la cuenta de 90 días regresando a México por un tiempo razonable.
    Pero un ciudadano europeo residente en Europa o Suramerica, no puede reiniciar la cuenta visitando Tijuana o Montreal.

    en respuesta a: Tiempos de estadía #497559
    lechozo
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    El derecho de los niños ilegales a atender colegio está amparado por decisiones de la Corte Suprema.

    No así el de turistas, quienes son la única categoría que tiene limitado el acceso a la escuela . Pero veo algo de discordancia , incluso de fuentes oficiales:

    ICE:

    https://www.ice.gov/doclib/sevis/pdf/Nonimmigrant%20Class%20Who%20Can%20Study.pdf

    In some cases, a B-2 child is allowed to study if accompanying a parent and the study is incidental to the reason for the parent traveling to the United States. For example, missionaries may enter as a B-2 and the children may attend K-12 school while the parent is pursuing the primary purpose of the visit. The length of stay will not be extended to allow a minor child to complete a school year.

    USCIS:
    https://www.uscis.gov/working-united-states/students-and-exchange-visitors/students-and-employment/special-instructions-b-1b-2-visitors-who-want-enroll-school

    Is it permissible to enroll in school while in B-1/B-2 status?

    No, it is not. The regulations, at 8 CFR 214.2(b)(7), specifically prohibit a course of study in the United States while in B-1 or B-2 status.

    Y bueno, si me voy a la ley (ver el último párrafo en https://www.uscis.gov/ilink/docView/SLB/HTML/SLB/0-0-0-1/0-0-0-11261/0-0-0-17197/0-0-0-17437.html ) parece bien tajante.

    lechozo
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    tener doble nacionalidad no excluye automáticamente el asílo pero lo hace más dificl
    Obliga al solicitante a demostrar que no tiene conexión con el otro país más allá del pasaporte.

    En el caso del pasaporte español, el solicitante parte con doble desventaja, por que el idioma es el mismo.
    Si ha viajado a España, aunque sea de vacaciones, peor aún.

    Hay precedentes legales en ambos sentidos.

    Aquí les dejo el caso de un periodista venezolano, con pasaporte español, cuyo asilo le fue denegado por que no pudo mostrar impedimento en irse a España:

    https://www.justice.gov/sites/default/files/eoir/legacy/2014/07/25/3780_correction.pdf

    en respuesta a: Hace tiempo no voy quisiera una ayuda valida #493113
    lechozo
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    En teoría tu visa queda anulada apenas te quedas un día más.
    Las prohibiciones de entrada aplican para quienes se exceden por lo menos 180 días, no para los que se quedan unas semanas extra.

    Como tu exceso de estadía fue de menos de 180 días y saliste por tu cuenta y no por que te lo ordenaran, no tienes prohibición de entrada.
    pero igualmente te pueden negar la renovación de la visa o negarte la entrada

    ¿detectaron tu ‘overstay’? no se. El sistema de control no era muy eficiente y solo ahora lo han ido afinando.

    en estos siete años te tocó renovar visa de turista?

    lechozo
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    la vigencia de un pasaporte es asunto del país que te recibe.

    Los oficiales Venezolanos no pueden reclamar algo a un ciudadano (venezolano u extranjero) al SALIR con un pasaporte vigente, aunque expire al día siguiente.

    Hay muchos países que no dejan ENTRAR a determinados extranjeros, si no les quedan 6 meses de vigencia en el pasaporte.
    Pero si tienen otro pasaporte a la mano, que cumpla con los requisitos, o hay problema.

    en respuesta a: La Loteria de Visas sera eliminada por Trump #488166
    lechozo
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    los congresistas presentan muchas propuestas de reforma que afectan la inmigración, pero muy pocas alcanzan la etapa de discusión y mucho menos se someten a voto.

    es un tema álgido, que fracciona ambos partidos.

    en respuesta a: Revalida Contaduría Pública en USA #486627
    lechozo
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    Para ser CPA hay que pasar 4 exámenes de 4 horas cada uno.

    Desconozco cuanto tiempo deba estudiar un contador extranjero para manejarse con el Internal Revenue Code, pero habiendo visto lo ‘pesado’ que es, no creo que baje de un año.

    No se si la experiencia previa en el extranjero exima del requisito de la pasantía por un año en firma de CPAs que deben cumplir los aplicantes.

    en respuesta a: Certificación Laboral / Boards #457627
    lechozo
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    Excelente iniciativa, intentar que tu CV sea más ‘atractivo’ para ofertas laborales.

    Haces bien en preguntar si el SSN es necesario. No siempre lo es, igual lo piden y mucha gente prefiere no darlo por ser algo delicado.

    en respuesta a: Tengo mis papeles pero quiero ir a EEUU #456638
    lechozo
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    Lo que pudiera recomendarte es trazarte un plan de mediano plazo. Conseguir títulos de posgrado, trabajar en empresas multinacionales en Perú. Cuando aparezca la oportunidad, pide un traslado a otro país.

    en respuesta a: Certificacion Laboral en USA #456625
    lechozo
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    Para expandir la correcta respuesta de S312 …

    todo trámite de visa de trabajo, y/o los trámites del PERM los hace el empleador, no el trabajador.

    en el punto 4, el PERM conviene tramitarlo más de un año antes que venza el 6to año de H1B. Esto es condición necesaria para obtener una tercera renovación de H1B si el trámite se hace largo. De lo contrario puede que tengas que abandonar el país al vencerse la H1B incluso con el trámite en curso.

    punto 5. El trámite del PERM es largo. De allí que los abogados cobren caro.

    Antes de introducir los papeles la empresa debe definir la descripción del puesto de trabajo, esperar que el departamento de Trabajo (DOL) acepte dicha descripción y le diga a la empresa el salario que debe ofrecer. Esto se llama “prevailing wage request”. Si la empresa no está de acuerdo o no puede demostrar que puede pagar dicho salario, debe volver a definir el cargo y ver qué le responde el DOL. Allí se pueden perder semanas o meses.

    Cuando por fin DOL y empresa están de acuerdo, la empresa debe hacer publicación por un mes en medios públicos, buscando un trabajador americano con esas calificaciones y ese sueldo. Las entrevistas laborales deben documentarse por que el proceso puede ser auditado.

    Pasada la etapa de entrevistas y si ningún postulante es apto para el puesto, hay que esperar un mes antes de avanzar.

    Pasado el mes de espera, introduces el PERM. Allí se incluye toda la información sobre el cargo, postulantes que entrevistaron, estados financieros de la empresa, y calificaciones del candidato extranjero.
    Apróximadamente un 30% de los PERM son auditados. Si no lo auditan, la respuesta sale en unos 4 meses o más. No se puede pagar para acelerar PERM. Si lo auditan te enfrascas por un año al menos. Estos tiempos de espera son los vigentes ahora.

    Si es aprobado el PERM, el empleador puede introducir la solicitud de visa de immigrante, I-140.
    El I-140 se está demorando más de 6 meses ahora. Pero se puede ‘habilitar». Si pagas el premium processing, en 15 dias te dan una respuesta que puede ser afirmativa, negativa o RFE (te piden más información)

    Luego de aprobada la I-140, y aunque hayas pagado para el procesamiento rápido, igual tienes que esperar que haya visas disponibles (priority date) para pedir el ajuste de status con la forma I-485. El priority date depende de categoría de visa y nacionalidad de quien requiere. Varía de ‘inmediato’ a muchos años.

    Si, y cuando te aprueban la I-485 te conviertes en residente permanente. No tengo idea de cuánto se demore.

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    todo esto suena engorroso , y ciertamente lo es. El proceso para la tener la H1B también tiene su largo papeleo. Pero para eso están los abogado.

    De allí viene el detalle ¿qué empresa se va a enfrascar en todo este caro proceso?
    Muchas lo hacen, pero es para
    a) empleados altamente brillantes, diría únicos;
    b) empleados que hayan trabajado con ellos por muchos años bajo otras visas, o en otros paises;
    c) algún conocido del dueño de la empresa por el cual quieran tomar esta carga y los riesgos que conlleva.

    En muchos casos (no se si es legal) la empresa le cobra al empleado el trámite, o por lo menos el trámite de la familia. En otros casos le piden quedarse con ellos unos años más de lo contrario le cobran por este procesamiento.

    en respuesta a: Viveza Criolla en Florida: los "pedidores" de asilo #454844
    lechozo
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    A paso de vencedores.

    En 2016 Venezuela fue el país con más solicitudes de asilo, por encima de gigantes como China o paises en guerra civil como Siria.

    http://www.foxnews.com/world/2017/02/12/venezuelans-lead-in-us-asylum-requests-as-crisis-deepens.html

    en respuesta a: Viveza Criolla en Florida: los "pedidores" de asilo #452547
    lechozo
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    en referencia a los dos últimos mensajes de Fortinbras y Wiseman …

    el Cuban Adjustment Act es en la práctica una medida para otorgar refugio a cubanos ya presentes en suelo americano.
    el status de ‘refugiado’ no es exactamente lo mismo que ‘asilado político’.

    El refugiado no necesita probar persecución por que viene de un territorio en guerra o convulsión.
    Pero, fuera de algunas excepciones (Cubanos, y pocos más) el refugio no se otorga si ya estás en EEUU.

    El refugiado usualmente se contacta con la ONU (ACNUR) y luego se puede ir al país que lo acepte, no necesariamente al que él desee.

    en respuesta a: De Venezuela a Miami #449669
    lechozo
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    Las empresas de la India que menciona wiseman arriba, y otras empresas en el campo de la informática y del outsorcing, han estado copando el límite de las visas disponibles en los últimos años.
    El cupo se abre en Abril y a la semana se llena, quedando por sorteo.

    Cuando yo pedí H1B (o mejor dicho, la empresa la pidió), tuve la suerte que por la crisis gringa no habia tantas solicitudes y no dependí de un sorteo.

    en respuesta a: MI PAREJA NO TIENE VISA #448621
    lechozo
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    Josemiguelnove, con ESTA no aplica ningún cambio de status, por el simple hecho que ESTA no confiere status alguno.

    Cabe recordar que antes de los 90 días debes salir de norteamérica (eso incluye Canada, Mexico, Bahamas y Bermuda) para volver a entrar y que, aun si pasas unos dias más lejos (por ej. en Panamá o Venezuela) pueden rechazar la entrada si sospechan que estás usando ESTA para vivir en USA.

    También recomiendo leer las limitaciones al trabajo que imponen tanto la visa F-1 como la F-2.

    Por otro lado, si bien es factible hacer un cambio de status de F-2 a H1-B, las probabilidades hoy en día están limitadas por que grandes compañías asiáticas abusan del sistema y se agarran la mayoría de visas disponibles.

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