Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? Tarjeta Comunitaria: los medios económicos cuando no se ejerce actividad laboral

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  • #375959
    correo64
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    La información que adjunto no es oficial ni ha sido aún actualizada, por ejemplo en la pagina de Parainmigrantes, asi que tómenla como ´ilustrativa´ para que se tenga una idea al menos de los importes que se deberían cumplir para obtener el Derecho de Residencia y/o la Tarjeta Comunitaria de familiar de ciudadano Comunitario, cuando no se ejerce actividad laboral en España:

    c. Disponer para sí y los miembros de su familia , de recursos económicos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia. También deberá aportar un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud. La valoración de la suficiencia de medios económicos se efectuará de manera individualizada y, en todo caso, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del solicitante. Se considerará acreditación suficiente para el cumplimiento de este requisito la tenencia de recursos que sean superiores al importe que cada año fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para generar el derecho a recibir una prestación no contributiva. La cuantía de las pensiones de jubilación (del sistema de la Seguridad Social) su modalidad no contributiva experimentaron un aumento del 0,25%, quedando su cuantía fijada en 5136,60 euros íntegros anuales (es decir, en este año 2015 la cantidad sería de 428,05 euros), que se abonan en 12 mensualidades (las dos pagas extraordinaria no se cuentan).

    Entonces en base a la información anterior para obtener un derecho de residencia en virtud artículo 7 del Reglamento Comunitario, los medios económicos a tener en cuenta cuando no se ejerce actividad laboral en España, serían según está tabla por unidad familiar los siguientes:

    1 miembro 5136,60 anuales ( 428,05 euros por mes)
    2 miembros 8732,22 anuales ( 727,68 euros por mes)
    3 miembros 13868,82 anuales (1155,73 euros por mes)

    Y asi sucesivamente, es decir, por cada miembro adicional de la unidad familiar se añaden 3595,62 euros anuales (equivale al 70% de 5136,60 euros).

    #376009
    spysecurityca
    Miembro

    Osea que como mínimo si un ciudadano solicita a su conyugue este ciudadano debe disponer como mínimo unos 5.136,00 Euros en su Cuenta para respaldar los recursos economicos no?

    Eso sin contar el seguro de salud y las condiciones economicas del extracomunitario como requisitos extra para reforzar la solicitud.

    #376011
    correo64
    Miembro

    No, los 5136,60 euros es aplicaría a una ´persona sola´ sin familiares ya sean ciudadanos comunitario o no comunitarios.

    #376012
    spysecurityca
    Miembro

    Entonces serían los 8.732,22 Euros que debe disponer en cuenta no?

    #376015
    correo64
    Miembro

    Usted solo debe demostrar que tiene un seguro de enfermedad que tenga con las ´coberturas básicas´ establecidas sin importar el importe, porque los precios de los seguros de salud varían según las coberturas contratadas por cada cliente.

    En cuanto a los medios económica, siempre que usted pueda demostrar la ´procedencia legal´ de los mismos podrás aportar: saldos de cuentas de ahorros extranjeras, beneficios por intereses ganados por depositos a plazo fijos, rentas por inmuebles alquilados, dinero procedente de la venta de un inmueble o propiedad, ingresos generados por negocios en el extranjero, pensión o jubilación del extranjero, etc, etc, etc.

    #376016
    correo64
    Miembro

    Sí, para dos personas esa sería la cifra ´hipotética´ estimada a tener en consideración.

    #412808
    correo64
    Miembro

    Se acuerdan de la información que dio inicio a este post, sobre los medios económicos, para el 2015 pues ya esta confirmada:

    La valoración de la suficiencia de medios económicos se efectuará de manera individualizada y, en todo caso, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del solicitante. Se considerará acreditación suficiente para el cumplimiento de este requisito la tenencia de recursos que sean superiores al importe que cada año fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para generar el derecho a recibir una prestación no contributiva. (En este año 2015, la cantidad es de 428,05 euros)……

    http://www.parainmigrantes.info/tarjeta-comunitaria/

    #426037
    Jakeobadia
    Miembro

    Hola tengo una pregunta. Soy venezolano con nacionalidad Portuguesa, que debo hacer para solicitar la residencia en españa solo para mi persona si no ejerzo ninguna actividad laboral ni estudios? Tengo entendido que necesito tener la residencia para tramitar documentación como por ejemplo el canje de la licencia de conducir de venezuela.

    #426038
    Jakeobadia
    Miembro

    Gracias de antemano

    #426066

    Hola jakeobadia, tienes que tener unos 6000 euros en una cuenta de España y llevar eso el día de la cita en extranjería, aparte tal vez te pidan seguro médico privado,

    Y si necesitas tener residencia para tramitar el canje de la licencia y aparte necesitas que la licencia este registrada en la pagina web de transito en Venezuela

    #426276
    joti
    Miembro

    ok buen día, mi duda es esta, yo me voy a España con mi esposa y un hijo, yo tengo la nacionalidad española, mi hija tiene la nacionalidad española y mi esposa ya esta metida en el libro de familia, la pregunta es:

    Para que mi esposa pueda tener la tarjeta comunitaria, tengo que tener min 6000 euros o min 8732 como lo dice al comienzo de este foro, entiendo que teniendo un contrato de trabajo este requisito no haría falta.

    Y la segunda pregunta, este dinero tengo que tenerlo en una cuenta de un banco de españa o puedo tenerlo en una cuenta que ya tenga de otro pais, ejemplo, EEUU.

    #426304

    Hola joti, mientras mas dinero tengas en la cuenta mejor, aparte del dinero tu esposa tiene que tener un seguro medico privado. Si tienes un contrato de trabajo solo presenta el contrato y ya (asi lo hice yo)

    Si, debes tener ese dinero en una cuenta de España, ya que se supone que con ese dinero vas a mantener a tu esposa. No conozco caso alguno que se presente el dinero en otra moneda, a ver si alguien lo sabe

    Saludos

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