Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? Reagrupacion Familiar y Matrimonio Igualitario

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  • #432119
    JB
    Miembro

    1. Hola correo 64, no te había escrito porque no tenia conexión, tu sabes como es esto por acá, bueno he visto todo lo que tu me haz mandado y las variantes posibles, te agradezco infinitamente tu cooperación que me ha servido de mucho porque en realidad uno empieza a conocer y a tropezar cuando se adentra en este mundo, bueno la duda que me deja al ver todo estas variante y la que me propone es ¿por qué tengo que viajar a Portugal para luego seguir a España como destino final? Esto me parece que los costo pueden ser mayores y ¿cómo entonces seguimos para España? Recuerda que el cubano tiene pocas horas de vuelo y llegar a otro país con otro idioma me parece un nuevo conflicto, entonce esto es para enfrentarse con la embajada de Portugal, hay un dicho que dice *que todos los camino llegan a Roma*, no importa tan complicado sea, bueno como siempre espero su cooperación, saludos y cuídese del frio que acá estamos afectado por el famoso niño en la parte occidental mucha lluvia y temperaturas bajas y para el oriente mucha sequía y la tierra esta temblado con terremotos hasta 4….. grados de intensidad y replicas menores desde el domingo hasta ahora, dicen que ya están disminuyendo, pero bueno aquí estamos, saludos

    #432134
    correo64
    Miembro

    Hola JB,

    La tercera variante es realidad en el caso de usted que es español no es necesario (en otra ocasión le explico todo el rollo) por lo tanto su hijo debe aplicar al visado de reagrupación familiar como hijo mayor de 21 años de ciudadano español. No se olvide que aunque usted haga la cita con el Consulado, ES SU HIJO EN PRINCIPIO EL QUE DEBERÁ IR AL CONSULADO, Y N O USTED.

    Por lo tanto vaya usted averiguando en las instancias u organismos cubanos sobre la documentación necesaria que su hijo debe presentar para solicitar el visado, como esta: ‘En caso de descendientes mayores de 21 años, se deberá acreditar que viven a cargo del ciudadano europeo (o español) o de su cónyuge o pareja, con documentos que prueben tanto la dependencia económica. como los motivos para estar a cargo del ciudadano europeo (o español)’.

    Saludos.

    #432144
    correo64
    Miembro

    Rectifico: Usted puede acompañar a su hijo al Consulado el día de la cita de él, y allí firmar una Declaración Jurada, que enste caso como sustituye al Acta de Maniifestaciones, que es solo para los españoles que ya viven en España, según lo que incica el punto 8:

    8. Cuando el ciudadano UE/EEE se encuentre en España, acta notarial de manifestaciones donde conste de manera fehaciente su
    voluntad de que sus familiares le acompañen o se reúnan con él/ella. En el caso en que el ciudadano UE/EEE esté presente en el
    Consulado General en el momento de la presentación de la solicitud podrá firmar, en su lugar, una declaración jurada. Este requisito no
    será de aplicación al ciudadano europeo menor de edad que derive un derecho de libre circulación y residencia a sus progenitores.

    #432159
    JB
    Miembro

    Hola correo64
    Gracias de nuevos por su atención, si estoy de acuerdo con usted que esta pudiera ser la variante a realizar pero temo que en el consulado lo deniegen porque esa visa schengen es por 3 meses, de todas forma estoy viendo la via de Portugal estoy revisando por internet como se puede hacer el visado, de todas forma lo mantendre al tanto de lo que vaya haciendo, bueno buen fin de semana, saludos

    #432181
    correo64
    Miembro

    Hola JB,

    Debo decirle que todos los visados Schengen son por 3 meses (la excepcion es el FP que otorgan en el Reino Unido e Irlanda que es de 6 meses) y eso no tiene nada que ver con el motivo de la negación de un visado. A su hijo la pueden negar el visado de reagrupación en Regimen Comunitario si él no puede probar realmente con documentos que está a su cargo o que vive con usted, y el porque de esa situación siendo él una persona adulta (mayor de 21 años).

    Yo estuve mirando los requisitos y el Consulado exige que la presona presente un boleto de avión con las fechas prevista del viaje, sin embargo eso no se lo pueden pedir a una persona que solIcite un visado de entrada basado en la Directiva 2004/38/CE, porque sería un violación del Derecho Comunitario, de un familiar de un ciudadano europero que esta haciendo uso de su derecho de libre circulación. Por eso fue que Yy le expuse a usted la opción de Portugal porque está cerca de España, pero le podría a ver dado la opción de Holanda (en la Embajada hablan español eso no es ningún problema).

    Hace unos meses un ciudadano español de origen marroquí que estaba vuiviendo en Holanda me envio un mensaje por facebook para que le informara sobre como su espsoa podía obtener un VISADO para viajar a Holanda y reubirse con él. Yo le envie en español (y en holandés también) toda la información de lo que ella tenía que hacer para que le otororgran el VISAD DE ENTRADA que le permitiera reunirse con él en Holanda, en fín para no aburrirlo, la Embajada de Holanda en Rabat le concedio el visado de entrada (gratis) en UNA SEMANA, y así me lo informó él, y además me decía que ese día llegaba ella a Holanda.

    #432182
    correo64
    Miembro

    Hola JB,

    Debo decirle que todos los visados Schengen son por 3 meses (la excepcion es el FP que otorgan en el Reino Unido e Irlanda que es por 6 meses) y eso no tiene nada que ver con el motivo de la negación de un visado. A su hijo le pueden negar el visado de reagrupación en Regimen Comunitario si él no puede probar realmente con documentos que está a su cargo o que vive con usted, y el porque de esa situación siendo él una persona adulta (mayor de 21 años).

    Yo estuve mirando los requisitos y el Consulado de España le exige a la persona familiar del ciudadano Europeo que presente un boleto de avión con las fechas previstas del viaje, sin embargo eso no se lo pueden pedir a una persona que solicite un visado (Schengen) de entrada basado en la Directiva 2004/38/CE, porque sería una violación del Derecho Comunitario, de un familiar de un ciudadano europero que esta haciendo su derecho de libre circulación y residencia. Por eso fue que yo le expuse a usted la opción de Portugal, y porque está cerca de España, pero le podría a ver dado la opción de Holanda (en la Embajada hablan español, el idioma no es ningún problema).

    Hace unos meses un ciudadano español de origen marroquí que estaba viviendo en Holanda me envio un mensaje por facebook para que le informara sobre como podía su espsoa obtener un visado para viajar a Holanda y reunirse con él. Yo le envie en español (y en holandés también) toda la información necesaria sober el procedimiento, los requisitos, los docuementos a presentar y además le explique bien sobre los derechos que tenía su esposa (que era un visado gratis y preferente, por lo tanto no se lo podían negar), para que le otorgaran el VISADA (SCHENGEN) DE ENTRADA en la Embajada de Holanda en Marruecos.

    En fín para no aburrirlo, la Embajada de Holanda en Rabat le concedio el visado de entrada en UNA SEMANA!!!, y así me lo informó él, y además me decía que ese día llegaba ella a Holanda.

    #432423
    JB
    Miembro

    Hola correo64
    Bueno ya estoy viendo que papeles son los que hacen falta para entonce solicitar la visa por reagrupación familiar comunitaria, primero el pasaporte de mi hijo y demás, le mantengo informado de como van las cosas, bueno en el caso mi que pienso ir a vivir allá ¿ caules son los tramite y papeles gracias por su atención
    Saludos

    #432431
    correo64
    Miembro

    Hola JB,

    Yo se como son las cosas en Cuba aunque ya va para casi 20 años que salí del país (en junio de 1996). Si usted se va definitivamente del país me imagino que entre las cosas que deberá arreglar o llevar consigo es todo lo relacionado con su años de trabajo porque ya esta cerca de la jubilación, además creo que necesitará una partida de nacinmiento española para poder hacer su DNI en la Policia cuando estes en España, y otros papeles tal vez, pero yo le aconsejo que hable sobre el tema con la persona que atiende la Secretaria de Asuntos Laborales y/o Sociales para que le explique mejor algunas cosas,

    Como ciudadano español el Consulado tiene la obligación de ayudarlo e informarle en lo que sea posible en todo lo relacioando con su retorno y establecimiento en España, y más teniendo en cuenta que usted nunca ha vivido enn edicho país y hay muchas cosas que no conoce, ni sabe como funcionan.

    Saludos.

    #432439
    Yaki
    Miembro

    Hola correo64, sabes q leyendo el foro, me surgio una duda, yo soy ciudadana europea, tengo mi pasaporte alemán por mi papa. Ahora bien, ya tenemos casi todo para irnos, estamos esperando unos papeles y listo, también tenemos una buena cantidad de dinero ahorrado, esto por los requisitos que exigen para sacar los documentos alla…. y bueno todo eso…

    En fin, mi pregunta es la siguiente, mi esposo es peruano, el por ende necesita Visa para poder entrar a España, pero en los requisitos de la Visa, nos exigen que llevemos la reserva de los boletos de viaje, sin embargo ahí mismo te dicen q no compres los boletos por si no te dan la visa y pues no pierdas ese dinero.

    Ahora bien, como hago en un pais como Venezuela donde no se pueden comprar pasajes ni mucho menos hacer reservas, llevar este documento q ellos me piden? Obviamente nosotros tenemos pensado comprar el pasaje fuera de Venezuela porq aquí es imposible. Sera q les bastara con q uno lleve una reserva impresa de una pagina de venta de pasajes? o tengo q decirle a la persona q me compre el pasaje en otro pais, q me haga una reserva y me la envie por email? Aparte q una reserva no dura mas de 24Horas….
    Yo pienso q ellos quieren ver la reserva para serciorarse las fechas de ida y vuelta q uno tiene planeado irse… pero no se con exactitud. Igual ya le hemos escrito al consulado español en caracas, pero aun no nos responden… por eso les pregunto a ver si por aqui alguien tiene idea de esto…

    Gracias..

    Feliz dia…

    #432497
    correo64
    Miembro

    Hola Yaki,

    La información del Consulado de España no es la correcta ya que su espso no tiene que presentar ningún boleto de ida y vuelta, ya que como familiar extracomunitario de una ciudadana alemana (usted) que va a ejercer su derecho de libre circulación y residencia en España, su pedido de Visado Schengen tiene que hacerlo bajo el REGIMEN ESPECIAL, del cual le adjunto toda la información necesaria para que usted se la reenvie al Consulado de España y ellos sepan que usted tiene conocimiento pleno de sus derechos como ciudadana de la UE que esta ejerciendo su derecho de libre circulación y residencia y también de los derechos que tiene su esposo.

    Esta es información oficial (me fue enviada hace tiempo por la Cónsul de España en Jamaica y confirmada por otros Consulado españoles) sobre como obtener el visado Schengen (gratis), en una Embajada o Consulado de España según lo establecido en la Directiva 2004/38/CE. Por lo tanto si tehacen problemas, envia una queja al Ministerio de Exteriores de España adjuntando dicha la información.

    REGIMEN ESPECIAL APLICABLE A LAS SOLICITUDES DE VISADO SCHENGEN POR PARTE DE FAMILIARES EXTRACOMUNITARIOS DE CIUDADANOS COMUNITARIOS (Y DEL EEE Y SUIZA).

    Este régimen especial consiste en:

    Exención del requisito de seguro médico

    Exención del requisito de documentación relativa al lugar de alojamiento y disposición de medios económicos.

    Requisitos necesarios para beneficiarse de este régimen:

    1-Acreditar el vínculo familiar:

    En caso de ciudadanos no comunitarios familiares de ciudadanos españoles, para poder beneficiarse del régimen comunitario deberán acreditar el vínculo familiar mediante la correspondiente inscripción en el Registro Civil español.

    En caso de ciudadanos no comunitarios casados con ciudadanos comunitarios (o del EEE o Suiza, pero no españoles), para poder beneficiarse del régimen comunitario deberán acreditar el vínculo familiar mediante la correspondiente inscripción en el Registro Civil del Estado miembro o mediante un certificado de las autoridades de este último en el que se indique claramente que dicho matrimonio es reconocido como válido según su legislación interna.

    2-Fotocopia compulsada del pasaporte o documento de identidad del familiar comunitario (o del EEC o Suiza).

    Estarán exentos de la tasa del visado, aquellos solicitantes extracomunitarios que, además de acreditar los anteriores requisitos, aporten prueba acreditativa de viajar con el/la ciudadano/a comunitario/a (o del EEC o Suiza) o de dirigirse al espacio Schengen para reunirse con él/ella.

    REQUISITOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD:

    1. Pasaporte válido del solicitante con un mínimo de validez de 6 meses.

    2. Copia por duplicado de la “solicitud de Visado Schengen” en mayúsculas debidamente completado y firmado por el solicitante.

    3. Dos fotografías recientes, pegar una foto en cada formulario de Visa Schengen (tamaño pasaporte, color, enfrentado con fondo claro).

    4. Certidicado de Matrimonio o de Sociedad Registrada (menos de 3 meses) emitido por el registro civil del Estado miembro o un certificado de las autoridades del país de la Unión Europea que demuestran claramente que el matrimonio o la sociedad registrada esta reconocido según la ley nacional aplicable para el ciudadano de la UE.

    5. Fotocopia compulsada del Pasaporte o la Cédula de identidad del ciudadano de la UE.

    6. Carta del ciudadano de la UE: Para que el solicitante sa eximido del pago de la tasa de visado (gratis), es necesario cumplir con los requisitos expuestos en el REGIMEN ESPECIAL, demostrando que el solicitante viaja o va a reunirse en el espacio Schengen con el ciudadano comunitario y que además España es el país de destino principal, es decir donde van a permanecer más tiempo.

    MODELO DE CARTA

    Ciudad, ___ de __________ de 2013

    Consulado General de España
    La Habana

    Sr. Cónsul General
    D.Tomas Rodriguez-Pantoja Márquez

    Estimado señor,

    Por la presente yo: _____________________ de nacionalidad holandesa que se identifica con pasaporte nr. __________ con domicilio en ______________________________ Países Bajos, me dirijo a este Consulado General por medio de la presente en relación a la solicitud de visado Schengen que ha de presentar el ciudadano/a _____________________que se identifica con pasaporte nr. ___________ y domicilio en __________________________________ del/de la cual yo soy su cónyuge, como consta en la documentación que él/ella va a presentar, junto con la solictud del visado Schengen según lo establecido en el ‘régimen especial para familiares de ciudadanos comunitarios’.

    Mi esposo/a desea viajar a España para reunirse conmigo porque deseamos disfrutar de unas vacaciones, las cuales incluiran además un recorrido por otros países de la UE. En España vamos a estar por más de 45 días porque es nuestro destino principal y el resto del tiempo visitaremos otros países, incluido los Países Bajos donde pasaremos los últimos 10 días. Como cónyuge de un/a ciudadano/a holandés/a mi esposo/a quiere beneficiarse del derecho a la libre circulación y residencia, según lo establecido en la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo, y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo al derecho de los ciudadanos de la Unión y el de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros.

    Por lo tanto espero haberle informado a usted lo suficiente en relación al motivo por el cual yo le dirijo a usted esta carta, con el deseo expreso de que a mi cónyuge le sea concedido sin ningún problema y dentro del tiempo establecido la visa que él/ella esta solicitando.

    Sin otro particular que agregar a lo antes mencionado.

    Un cordial saludo,

    Nombre/Firma

    PD: Según el familiar a quien vaya dirigida (cónyuge, padre o madre) usted modifique la carta.

    La base jurídica que sustenta la información arriba mencionada esta tomada de la Guía de tus derechos de ciudadano de la Unión.

    Libertadd e circulación y residencia en Europa

    Capítulo 4: Antes de desplazarte/Normas Schengen

    Visados de entrada

    Los países de la Unión tienen obligación de conceder a los miembros de tu familia nacionales de un país tercero todas las facilidades para obtener los visados necesarios. Estos deben expedirse gratuitamente con la mayor rapidez posible y según un procedimiento acelerado. La Comisión considera que plazos de más de cuatro semanas no son razonables.

    Los países de la Unión solo pueden exigir a los miembros de tu familia visados de entrada; no pueden exigir visado familiar o de residencia.

    Documentos exigidos

    El derecho de entrada de los miembros de tu familia nacionales de un país tercero se desprende de sus lazos familiares contigo, que eres ciudadano de la Unión. Lo único que pueden pedir los funcionarios consulares es su pasaporte y un documento que certifique sus lazos familiares contigo, como certificado de matrimonio o certificado de nacimiento y prueba de dependencia, en su caso. A los miembros de tu familia NO SE LES PUEDE PEDIR que presenten documentos como:

    billetes de viaje,
    certificado de ocupación,
    nóminas,
    extractos bancarios,
    prueba de alojamiento y medios de subsistencia o
    certificado médico.

    #432514
    Yaki
    Miembro

    Hola!!! correo64

    Muuuuchas gracias por esa informacion!!…
    Agradezco enormemente todo lo q me has escrito….

    Estoy leyendo el pdf que dejaste en la otra entrada!, esta muy muy bueno, tiene la informacion detallada y entendible…

    De nuevo, gracias…..

    Saludos….

    #432746
    Barbara27
    Miembro

    Hola soy venezolana viviendo en Italia con permiso de residencia por reagrupación familiar ya que mi hermano es ciudadano italiano y me pidió para residir aquí. Pero ahora él tiene planes de ir a España y a su vez mis planes es ir con el, una vez que él se empadrone en España tenga el contrato de trabajo como haría para sacar el mismo permiso que tengo ahora en Italia allá en España?
    También quisiera saber si mi pareja pudiese eventualmente vivir conmigo en España en caso de que me den la residencia por reagrupación familiar.

    Leer más en: Hilo:

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