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  • #274060
    Invitado MQI
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    Me gustaría saber si las personas a quienes se les otorga la residencia española o el permiso de trabajo pueden pedir la reagrupación familiar, es decir si pueden reclamar a su cónyuge e hijos para que vivan en España con él/ella. Si alguien conoce la respuesta a mi pregunta, estaría muy agradecida de la información que me puedan brindar, ya que mi esposo está allá y espera conseguir la residencia en breve, para luego ver si puede llevarnos de manera legal a vivir con él allá. Gracias..

    #274061
    caritoB
    Miembro

    Tengo entendido que eso solo puedes hacerlo con tu tarjeta de residencia RENOVADA, es decir cuando ya lleves un año legal aqui en España y con un minimo de cotizacion anual.

    Pregunta en Las comisarias de policas de tu comunidad donde se realice ese tramite, ellos te daran una hoja con requisitos. Tambien puedes acudir a los abogados de las ONG (que a veces no saben mucho , pero bueno si no quieres pagar….)

    De todas maneras la informacion excata y al dia te la daran en las comisarias correspondientes.
    Un saludo

    #274062
    Invitado MQI
    Miembro

    Date una vuelta por acá:

    [url]http://www.mir.es/extranje/reggral/reside2.htm#reagrupa[/url]

    Cedric

    #274063
    Invitado MQI
    Miembro

    Hola M.

    En principio deberá tener su Permiso, tal como te dicen mis compañeros Renovado y con una vigencia de por lo menos un año más. Debe él tramitar Informe Gubernativo Favorable de Reagrupación, para ello le exigirán entre otras cosas contar con medios economicos suficientes para cuantas personas desea reagrupar, además de vivienda adecuada y otra serie de cosas un tanto largas para explicartelas por acá. La situación de la vivienda se soluciona con Acta Notarial, o Informe del Ayuntamiento -recomiendo el Acta Notarial por ser más expedita-. Ya luego los medios economicos varía mucho de su contrato de trabajo, su Informe de vida laboral, etc. Lo que siempre digo cada caso es un mundo y cada caso debe analizarse por separado.

    En todo caso, es lamentable que no fuese legal actualmente, aún sin renovar, porque hay de febrero otras vías, muy expeditas para solucionar estos casos.

    Muchisima suerte con la legalización de tu esposo, y si eres Venezolana -de allí nos escribes, según me ha explicado un poco Cedric -que la Informatica es su campo y allí santa palabra-, al no necesitar tu visado, podrían estudiarse al mismo tiempo otras opciones, si bien te repito el Nuevo Reglamente nos cierra muchas puertas que antes estaban…

    Glenda Fermín

    #274064
    Invitado MQI
    Miembro

    Corrijo el mensaje anterior. DOnde dice "porque hay en febrero otras vías" debío decir, que por rapidez no lo dice… que a partir de febrero nos quitan vías que eran muy expeditas para resolver estos casos.

    Pero bueno, siempre hay solución para todo.

    Suerte

    #274065
    Invitado MQI
    Miembro

    Muchas gracias por su ayuda…
    Atte., M.R.M.

    #274066
    Invitado MQI
    Miembro

    Solo un comentario… MUCHAS veces los funcionarios de las ventanillas de las Comisarias, que no son los que resuelven las solicitudes al final, no tienen información o mejor dicho la formación en muchos casos no tan evidentes.

    Por lo que si bien, lo primero es acudir a esa ventanilla a preguntar, si te responden por ejemplo: Cónyuge de español, no puede legalizarse a menos que viaje por el visado, es una verdad a medias… y así ejemplos muchos.

    Siempre es recomendable un buen asesoramiento: Luego de todas las experiencias, actualmente el tiempo es dinero, es mejor dedicar el tiempo a lo que se conoce y produce dinero. Bueno corrijo, eso a menos que se disponga de mucho tiempo libre por supuesto .

    Un saludo a todos

    Glenda

    #274067
    Invitado MQI
    Miembro

    Yo tengo la nacionalidad española y mis hijos también, mi esposo tiene la italiana. Entonces pido la baja consular, la reagrupación familiar y chévere mi esposo ya esta legal y puede conseguir trabajo … peeeeeeeero ….si EL se va primero hay posibilidad de que consiga trabajo como legal o necesariamente tengo que estar yo allá para que el pueda accesar a la permanencia legal ????

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