Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? Para Cedric, y todos los foristas

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  • #276963
    Invitado MQI
    Miembro

    Asi como te lo escribí anteriormente, creo que puede ser que tus conocimientos (adquiridos no se donde) ayuden a algunas personas del foro, pero me parece que tu falta de actualización de algunos de los temas está mas bien confundiendo a la gente, y en lugar de ayudar mas bien CONFUNDES.

    Especificamente pregunté por lo del matrimonio entre @!#$ extranjeros en España y dijiste que no se puede, etc,etc y he estado buscando en prensa y pregunté directamente a una organización Gay de Madrid y me dijeron que sí desde que en Agosto se aclaró el punto desde el Tribunal Supremo acerca de la validez del país de origen.

    Yo sé que uno no tiene que saber de todo, lo que te pido es que cuando no estes seguro de algo digas ‘Yo creo’ o ‘Yo pienso’ pero no respuestas como si fueras un abogado con 10 años de experiencia en materia migratoria , civil o jurídica en España…

    Al final si tu intención es ayudar probablemente lo que estas es haciendo exactamente lo contrario.. y me imagino que ese no es tu objetivo.. o SI?

    A los demás foristas, les aconsejo leer las respuestas y tomarlas como una opinión mas , pero preferiblemente sigan averiguando y por lo menos de CEDRIC no tomen sus comentarios como la verdad absoluta.

    … es mi opinión…

    saludos a todos, y sigan persiguiendo sus sueños..

    bye
    CJ

    #276964
    Invitado MQI
    Miembro

    Estimada Sra. CJ,

    No conozco al Sr. Cedric y la verdad ni siquiera es mi problema pero me tomo la libertad de decirle que "CREO" (como a usted le gusta) que ha mal interpretado la respuesta de CEDRIC a que el le respondio claramente que para porder casarse con su novia en españa, ambas deben ser españolas, ya que no se permite el matrimonio entre presonas del mismo s.e.x.o. con nacionalidades diferentes.

    Lo que trato de decirle es que Cedric en ningun momento dijo que el matrimonio gay no está permitido, el le dijo que está permitido cuando ambas personas son españolas.

    Saludos y suerte en su intento por lograr sus metas.

    #276965
    Invitado MQI
    Miembro

    Estimado Sr Txamoja

    Precisamente ese es el punto que si está permitido inclusive para dos personas que son extranjeras -no españolas..

    Saludos

    #276966
    Invitado MQI
    Miembro

    Entiendo.

    Saludos

    #276967
    Invitado MQI
    Miembro

    Hola Cj yo te puedo ayudar en eso, ya que yo ando en lo mismo, y unas amigas se fueron este año y ya se casaron allá una siendo venezolana y otra española

    si deseas agregame a tu msn, y podre darte mas información al respecto por lo pronto te dejare estos link que te serviran de ayuda

    Espero te ayude en algo

    [url]http://www.felgt.org/webportal/[/url]

    Lee este artículo te servira de ayuda.
    El matrimonio @!#$ celebrado entre español y extranjero o entre extranjeros residentes en España es válido aunque la legislación del país del miembro extranjero de la pareja no permita o no reconozca la validez de tales matrimonios, según la Dirección general de los Registros y del Notariado, que publicó una Resolución-Circular en en el Boletín Oficial del Estado.
    El pasado 5 de julio, un juez de paz de Canet de Mar (Barcelona) rechazó tramitar una solicitud de matrimonio entre dos hombres porque uno de ellos era indio y la ley de su país no permite el matrimonio @!#$. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña salió en defensa de este juzgado dos días más tarde. La nota de prensa emitida por el tribunal indicaba que el artículo 9.1 del Código civil "establece claramente" que , para contraer matrimonio, "la ley personal correspondiente a las personas físicas es la determinada por su nacionalidad. Esta ley regirá la capacidad y el estado civil, los derechos y deberes de la familia y la sucesión por causa de muerte". El tribunal razonaba que, si la ley personal de uno de los contrayentes no permitía el matrimonio gay, no podían casarse válidamente.

    La Dirección General de los Registros y del Notariado contradice ahora esta interpretación de la ley. En la circular publicada ayer señala que considerar que los matrimonios entre español y extranjero del mismo @!#$ son nulos supondría atentar contra el principio de igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución Española.

    Una decisión relevante

    El texto afirma que los encargados del Registro Civil no deben negar la posibilidad de contraer matrimonio en España a personas del mismo @!#$ alegando que en el país del que son nacionales el matrimonio no produciría efectos. El registro indica que, en todo caso, "son las autoridades extranjeras las que deben decidir si el matrimonio contraído en España entre personas del mismo @!#$ surte efecto" en su país o no, pero en España el matrimonio es válido. El criterio que publicó la Dirección General del los Registros y del Notariado es relevante porque todas las decisiones que adopten los jueces encargados del Registro Civil son recurribles ante este órgano administrativo.

    La circular señala también que los matrimonios entre personas del mismo @!#$ podrán celebrarse en el extranjero, ante autoridades consulares españolas. En este caso, para que el matrimonio sea válido deberán cumplirse los tres siguientes requisitos:

    – Al menos uno de los contrayentes ha de ser nacional español.

    -Al menos uno de los contrayentes debe tener su domicilio en la demarcación consular correspondiente.

    -El estado en el que esté el Consulado español no debe oponerse a que las autoridades consulares celebren matrimonios en su territorio.

    #276968
    yo-titan
    Miembro

    hola alexani como estas, bueno lei tu ultimo mensaje y me intereso, y me gustaria hacerte un par de preguntas, si es que conoces las leyes de matrimonio gay entre un uruguayo y un español, en mi pais podemos casarnos, y aca tb, yo estoy de turista, es la tercera vez que vengo a esoaña, y me gustaria casarme ahora con mi pareja, sabes si es posible, y cuales son las exigencias. te dejo mi msn y a cualquiera que quiera ayudar tb, un saludo y gracias desde ya. robert-x-el-mundo@hotmail­.com me llamo robert

    #276969
    yo-titan
    Miembro

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    Alexani escribió:

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    CJ,

    hola alexani como estas, bueno lei tu ultimo mensaje y me intereso, y me gustaria hacerte un par de preguntas, si es que conoces las leyes de matrimonio gay entre un uruguayo y un español, en mi pais podemos casarnos, y aca tb, yo estoy de turista, es la tercera vez que vengo a esoaña, y me gustaria casarme ahora con mi pareja, sabes si es posible, y cuales son las exigencias. te dejo mi msn y a cualquiera que quiera ayudar tb, un saludo y gracias desde ya. robert-x-el-mundo@hotmail­­.com me llamo robert

    #276970
    Catalán
    Miembro

    Hola a tod@s,

    las condiciones legales para contraer matrimonio en España entre personas del mismo s.e.x.o, siendo una de las partes de un país extranjero no comunitario, se rigen y exigen, exactamente, por las mismas leyes y condiciones que si se tratara de un matrimonio entre personas de distinto s.e.x.o.

    Y eso, como sabrán, implica y conlleva ciertas condiciones diferentes y especiales a las bodas contraíadas entre dos personas, de diferente o mismo s.e.x.o españolas o comunitarias.

    Así pues, si no son comunitarios y necesitan saber cómo llevar a cabo la boda con una persona española, basta con la información que existe legislada (Ley de extranjería) sobre matrimonios entre españoles y ciudadanos extranjeros no comunitarios, pues no distingue entre s.e.x.o.s.

    Y, como es bien sabido, y conviene tenerlo en cuenta a mi entender, se ha endurecido en general

    la Ley de Extanjería y, en particular, la parte tocante a la de matrimonios con personas no españolas o comunitarias.

    Saludos para tod@s y suerte.

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