Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? Necesito Información sobre La Paga del Paro Laboral Español

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  • #265694
    niquita
    Miembro

    Hola, soy una Chica venezolana, pero tengo intenciones en irme a vivir a Tenerife. Soy Licenciada en Administracion de Empresas y estoy haciendo todos los tramites para gestionar el viaje.

    Solo tengo la Duda como funciona lo del Paro Laboral Español que tengo entendido que lo paga el gobierno, solo que no se que se necesita para optar por esto. Yo actualmente estoy trabajando y solo me falta ponerle fecha al viaje para introducir el preaviso en la empresa.

    Mucho sabria agradecer si alguien me suministra esta Informacion.

    #265695
    lauti
    Miembro

    PARA QUE TE DEN EL PARO QUE SE LLAMA SEGURO DE RETORNADO TENES QUE PEDIR CONSTANCIA DE SERVICIO EN TU EMPLEO DE HABER TRABAJADO 6 MESES ANTES DE VIAJAR COMPROBANTE DE APORTE A LA JUBILACION Y ESO PRESENTARLO EN EL CONSULADO EN EL SECTOR DE LA CONSELLERIA DE TRABAJO Y LUEGO CON ESE CERTIFICADO PRESENTARLO ACA EN ESPAÑA EN EL INEM TE TARDA 2MESES EN PAGARLO Y SON 331 EUROS POR 18 MESES .

    #265696
    Invitado MQI
    Miembro

    Saludos a todos los paisanos de venezuela y a los que no lo son. Primero que nada este mensaje es para todos los que piensen que españa es la nueva tierra prometida (MENTIRA). por que digo esto? bueno la verdad es que yo he notado que despues de l,os atentados terroristas en USA, todo el mundo especialmente mis paisanos que tienen la idea poco realista de que ESPAÑA es el nuevo punto de encuentro para emigrar. pues les digo que por que a nosotros no nos pidan visado o por que tengamos vinculos ancestrales con España quiere decir que va a ser mas facil obtener los `papeles para quedarse aqui.

    Miren yo hijo de español, se me hizo dificil conseguir la ciudadania esa del demonio. ahora bien la culpa fue mia por no hacerlo a tiempo y me costo un poco mas. bueno ese no es el problema, el problema esta esta que aqui sin papeles no se puede ni fregar pisos de verdad. Esto no es como estados unidos donde vivi mucho tiempo. miren para que se den una idea, en estados unidos sin papeles algo de trabajo se consigue. en un restaurant o donde sea. POR QUE? pues por que hay trabajo. pero miran esta comparacion. España es la mitad del territorio de Venezuela o Colombia. pero en cambio tiene el doble de poblacion. y el paro laboral mas alto de europa. Y A USTEDES LES PARECE QUE ESTO ES LA TIERRA PROMETIDA.

    De todas maneras si consiguen arreglar los papeles o conocen a alguna persona aqui, pues les deseo lo mejor aqui en España. a mi lo que me confunde es ver gente joven estudiada diciendo que se viene sin papeles para hacer un futuro. bueno eso cada quien es libre de hacer lo que quiera y pueda. Yo se que en nuestros paises no hay trabajo bueno y que no se le reconoce a la gente que estudio tanto sus valores. pero aqui no creo que corran mejor suerte SIN PAPELES que es muy distinto que tenerlos.

    Por lo menos ley el caso de una mujer que se vino con su marido y sus hijos qu3e no pasaran de 8 años. Bueno ella estudio y el marido tambien. y el tiene un trabajo lmuy malo que le consiguio un amigo que es español, pero eso no le llega.
    y ahora piden que alguien los ayude. y me pregunto QUE PUEDO HACER YO si no les puedo dar trabajo yn no conozco a nadie que se los pueda dar. eso me duele por que ellos son paisanos mios.

    Tambien tengo el caso de otro compatriota que consiguio arreglar los papeles desde Venezuela y vive mejor que yo. y me alegro mucho. si señor. lo que no entiendo es como hay genete que estan ciegos y dicenYO ME VOY COMO SEA AUNQUE NO TENGA PAPELES eso no no sean locos como dice el conde del guacharo. bueno en fin este es mi consejo de paisano y ojala tengan suerte.

    lo mejor para ustedes

    #265697
    monigzl
    Miembro

    Gabriel muchas gracias por la información.

    Lo que no entiendo es a que le llamas tu comprobante de aporte a la jubilación, es decir, no se si sabras cual es su equivalente venezolano?

    Gracias por todo

    Saludos
    Monica

    #265698
    lauti
    Miembro

    LO QUE TE QUERIA DECIR ES QUE NECESITAS EL COMPROBANTE DEPAGO DE LA JUBILACION EN TU PAIS DE TODOS LOS APORTES QUE HIZO LA EMPRESA PARA TU JUBILACION.

    #265699
    Invitado MQI
    Miembro

    Trabajadores emigrantes retornados

    Requisitos:

    Estar desempleado.
    Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de un mes desde la fecha de su retorno.
    No haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, en el plazo de un mes desde la inscripción como demandante de empleo.
    Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 por 100 del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
    Haber trabajado, como mínimo, 6 meses en el extranjero desde su última salida de España.
    No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
    Si el trabajador tuviera derecho al "Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años" percibiría éste.

    Si el trabajador tuviera derecho al "subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años" percibiría éste.

    Duración:

    Seis meses, prorrogables previa solicitud, por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.

    Contenido del subsidio:

    Percepción económica del 75 por 100 del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento. excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Percepción económica del 75 por 100 del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento. excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
    La Entidad Gestora (INEM o ISM) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones de asistencia sanitaria y protección a la familia.

    Tramitación:

    La solicitud se formalizará en el plazo de 15 días, una vez transcurrido el mes de espera. La solicitud se formalizará en el plazo de 15 días, una vez transcurrido el mes de espera.
    La documentación que se deberá aportar es la siguiente:
    Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.
    Fotocopia de la Cartilla de Afiliación a la Seguridad Social, si dispone de ella.
    Documento o documentos acreditativos del período trabajado en el extranjero y de la fecha de retorno:
    – Con carácter general, el Certificado de Emigrante Retornado expedido por el Área o Dependencia de Trabajo y Asuntos Sociales de la Subdelegación del Gobierno, o Delegación del Gobierno en su caso ( en Asturias, la Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales). Para su expedición deberá presentar: Pasaporte, documento acreditativo de la fecha de la última salida de España, baja consular u otro documento acreditativo de la fecha de retorno y país de procedencia, documento acreditativo del período trabajado en el extranjero y testimonio de no percibir prestación o subsidio por desempleo a cargo del país de emigración.
    – Si proviene de Suiza, bastará con un certificado emitido al efecto por la Consejería u Oficina laboral española.
    -Si proviene de un país de la Unión Europea, necesitará igualmente el Certificado de Emigrante Retornado completo, salvo que venga provisto del formulario E-301, en cuyo caso no se cumplimentaran los datos contenidos en este.
    Justificante de rentas.

    Las prórrogas deberán solicitarse en el plazo que transcurre desde el día siguiente a la fecha de agotamiento del período de derecho semestral y los 15 días siguientes a la fecha del vencimiento del período de pago de la última mensualidad devengada.

    #265700
    monigzl
    Miembro

    Vicente muchas gracias por la informacion, esta muy completa.

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