Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en países de la Unión Europea? Modelo de Contrato de Trabajo de los Españoles Invitados '70

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    CONTRATO DE TRABAJO

    Los que suscriben, por una parte ____ENKA Glanzstoff bv_________________________________________
    En calidad de patrono, domiciliado en ____Breda_________________________________________ ________
    Representado por __________________________________________________ _________________ y, por otra
    Parte __________________________________________________ _________ en calidad de trabajador nacido
    El ______________________ domiciliado en __________________________________________________ __
    De estado casado/soltero, declaran haber convenido el siguiente CONTRATO DE TRABAJO, con arreglo a las cláusulas que se expresan a continuación:

    PRIMERA.—Este Contrato tendrá una duración de __12__ meses y entrará en vigor del día siguiente al de la llegada del trabajdor a los Paíse Bajos.

    SEGUNDA.—El patrono tomará a su servicio al trabajador, y éste entrará a prestar sus servicios en calidad de __peón__

    TERCERA.—El salario mínimo inicial ( bruto por mes para servicios prestados en régimen de jornada normal en turnos , será de florines __1241,-_____

    Este salario bruto, equivale a un salario neto por mes de florines _____833_____ , previa deducción de las cargas citadas en la cláusulas octava y novena del presente Contrato.

    CAUARTA.—A este Contrato de trabajo le será de aplicación las disposiciones en vigor en materia de remuneración y demás condiciones de trabajo, incluído el derecho a vacaciones pagodas, así como en lo relativo a sus Reglamentos y normas de disciplina, aplicables en la empresea contratante.

    QUINTA.—El trabajador asume el deber primordial de la diligencia en el trabajo, colaborando en la buena marcha de la empresa a que pertenece, prestando la clase y extensión de trabajo que le sea encomendado.

    SEXTA.—La presente relación de trabajo podrá ser prorrogada de común acuerdo por ambas partes, una vez treminado el período de validez del presente contrato, ya sea en las mismas condicones o en otras que las partes decidan. En caso de prorroga la duración será por tiempo indefinido, salvo pacto en contrario.

    Durante la vigencia del Contrato prorrogado por tiempo indefinido, cualquiera de ambas partes, podrá decidir libremente su rescisión comunicando a la otra con la antelación que fijan las Leyes, Reglamentos, usos o costumbres.

    SEPTIMA.—Para ambas partes regirá un período de prueba de ____2___________________ meses.

    OCTAVA.—Las cuotas obligatorias que en concepto de previsión social, y las correspondientes a impuestos sobre sueldos que deba pagar el trabajador, le serán descontadas de sus salarios por el patrono en la cuantía y en la forma que se mencionará en el recibo de salarios que firme el trabajador.

    NOVENA.—El patrono proporcionará al trabajador alojamiento y manutención conveniente, deduciendo de su salario la cantidad que el trabajador adeude por estos conceptos. Esta cantidad será durante la vigencia del Contrato:

    __ Si el trabajador es soltero, florines ___175,-___ por mes
    __ Si es casado, florines ____87,50_________ por mes

    En el caso en que el trabajador casado no autorice al patrono por escrito para transferir a su esposa o hijos legítimos solteros a su cargo, no residents en territorio holandés, una cantidad no inferior a 130 florines por mes , estará obligado a pagar la misma cuota que el trabajador soltero.

    DECIMA.—Si el trabajador al que se proporciona alojamiento y manutención conveniente, no desease hacer uso de estos servicios, el patrono queda eximido de la obligación de facilitárselos, así como del abono de la indemnización por estos conceptos.

    UNDECIMA.—El patrono prestará su colaboración al trabajador para facilitar la transferencia de los ahorros de éste en favor de sus familiares en España.

    DUODECIMA.—Serán de cuenta del patrono los gastos de viaje del trabajador, desde el lugar de residencia habitual hasta el destino en los Países Bajos. Además, el patrono abonará una ayuda pecuniaria en concepto de gastos menores para el viaje del trabajador a los Países Bajos, que dependerá del medio de transporte empleado.

    Con independencia de los conceptos anteriores, el patrono abonará al trabajador, a su llegada al lugar de trabajo, una cantidad de diez florines para sus primeros gastos en los Países Bajos y, a solicitud del trabajador, un adelanto de florines ______50_________ sobre su salario.

    DECIMOTERCERA.—Si al término del presente Contrato éste no fuera prorrogado, y el trabajador regresara a España, el patrono prporcionará y pagará a aquél los gastos de viaje desde su residencia en los Países Bajos hasta su último domicilio en España.

    DECIMOCUARTA.—En caso de prorroga del Contrato, supuesto que el trabajador deseare disfrutar de sus vacaciones anuales en España, el patrono vendrá obligado a sufragar los gastos del viaje de ida y vuelta. Además se le concederá al trabajador, a los sumo seis días de viaje: tres para el de ida y tres para el de vuelta. Estos días no le serán descontados del permiso que tenga por vacaciones.

    Los gastos del viaje de vuelta a los Países Bajos, sólo serán abonados por el patrono al reincorporarse a su puesto de trabajo en Holanda.

    DECIMO QUINTA.—Si este Contrato se rescindiera antes de transcurrir su plazo de validez, el trabajador tendrá derecho a que el empresario le indemnice del importe del viaje de vuelta hasta su residencia habitual en España, salvo el caso de que la rescisión del Contrato se deba, a juicio del Director de la Oficina de Trabajo competente, a una falta grave cometida por el trabajador, o el motivo de rescisión alegado no esté justificado.

    DECIMOSEXTA.—Si el trabajdor fuera expulsado de los Países Bajos por motives de orden público, el presente Contrato quedará automaticamente extinguido con arreglo a derecho.

    DECIMOSEPTIMA.—A este Contrato le será de aplicación el derecho holandés.

    Las discrepancias que surgieren en su aplicación serán sometidas a la jurisdicción holandesa, única competente para emitir un fallo.

    Y para que conste, y en prueba de conformidad firman el presente por duplicado.

    ……………………………………., a …….. de …………………………………………… de 19 ……….

    EL PATRONO, EL TRABAJADOR,

    Enka Glanzstoff bv
    Breda

    Con cuño del Instituto Español de Inmigración
    Sección Europa
    Examinado y Conforme
    13 0ct 1973
    Visado /Ongeldigd /Annule/ Cancelle
    Cuño de Asesoria Laboral, Los Países Bajos
    Av. del Generalisimo 66 MADRID 16

    Firmado: Firmado:

    Después de los cinco años se le entrego el permiso de trabajo (y la residencia permanente): la llamada TARJETA BLANCA

    MINISTERIE VAN SOCIALE ZAKEN
    Directoraat-Generaal voor de Arbeidsvoorzieninging
    ABBEIDSVERGUNNING
    ingevolge de Wet arbeidsvoorzieninging Nr.
    Vreemdelingen (Stb 1964/72)
    Datum afgifte:

    AAN
    geboren te
    nationaliteit Spaanse
    wordt hierbij vergunning verleend om in Nederland arbeid verrichten.
    De Minister van Sociale Zaken
    namens de Minister
    D218

    BELANGRIJK MEDEDELINGEN

    Deze vergunning is slechts van kracht voor zover het de houder daarvan is toegestaan in Nederland te verblijven.
    Deze vergunning dient op verzoek van de bevoegde autoriteiten te worden getoond.

    Met de stempel AFDELING INTERNATIONALE /ARBEIDSMARKTZAKEN EN EMIGRATIE

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