Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en países de la Unión Europea? Mi esposa Tiene doble ciudadanía pero yo no, puedo vivir y trabajar en Alemania?

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  • #452455
    anonimo1989
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    Mi esposa Tiene doble ciudadanía pero yo no, puedo vivir y trabajar en Alemania?, yo estoy de origen Colombiano pero hace 5 años que vivo en Buenos Aires, estoy casado hace poco con una argentina que tiene doble nacionalidad Italiana, yo se que esperando 3 años podría desde acá pedir la doble ciudadanía para mi también, pero quisiera saber si ya por el hecho de estar casado con ella se me concedió el derecho de vivir en Europa, con ella obviamente.

    Muchas gracias

    #452458
    correo64
    Miembro

    Síempre que viajes junto con ella, o viajes para reunirte con tu esposa, en el caso que ya viva en otro país de la UE, por el hecho de ser ella una ciudadana europea, usted tendrá derecho a beneficiarte también del derecho a la libre circulación y residencia dentro de la UE, lo que significa que has de recibir el mismo trato que al ciudadano de la Unión, con el cual que tienes el vínculo familiar.

    Directiva 2004/38/CE relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los EM, http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2004:158:0077:0123:es:PDF

    #452534
    anonimo1989
    Miembro

    Hola Correo64, muchas gracias por tu respuesta, el link de arriba está muy completo, sin embargo algunas cosas no me quedaron muy claras.

    Te cuento mi situación un poco, como mencionaba antes, estoy casado con un argentina que tiene doble nacionalidad Italiana desde hace poco, estoy viviendo con ella actualmente en Buenos Aires(ella ni yo hemos ido a Alemania), Tengo una carrera profesional en Comercio Internacional y un trabajo en el área aceptable, los dos (mi esposa y yo) queremos irnos para Europa con idea de un mejor futuro para ambos y creemos que Alemania podría ser la mejor opción, no hablamos Alemán pero estaríamos dispuestos a aprenderlo, no tenemos un trabajo fijo allá pero estaríamos dispuestos a buscar un trabajo temporal no relacionado con nuestras carreras mientras aprendemos el idioma. Teniendo en cuenta lo anterior y lo siguiente:

    Según lo que dispone, el ciudadano de la Unión y su familiar (en este caso yo que soy el marido) tenemos derecho de residencia inclusive mayor a 3 meses de llegar al país (para mi caso Alemania) sólo sí:

    a) es un trabajador por cuenta ajena, o
    b) dispone, para sí y los miembros de su familia, de recursos suficientes para no convertirse en
    una carga para la asistencia social del Estado miembro de acogida durante su período de
    residencia, o
    c) – está matriculado en un centro público o privado, reconocido o financiado por el Estado

    Cómo podríamos quedarnos?
    Cuál es el monto para que consideren recursos suficientes para podernos quedar?

    #452536
    correo64
    Miembro

    anonimo1989,

    Lo primero que debe quedarte claro es que TU DERECHO DE RESIDENCIA EN CUALQUIER PAÍS DE LA DEPENDE DE TU ESPOSA, QUE ES LA CIUDADAN DE LA UE, asi que aunque usted tuviera un trabajo, si a los tres meses tu espsoa no tiene al menos un contratao de 15 a 20 horas semanales , en primer lugar ella no podrá solictar su CERTIFICADO DE REGISTRO de ciudadana de la UE y por lo tanto tampoco usted podra solicitar la TARJETA DE RESIDENCIA DE FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UE.

    Usted depedende de que ella cumpla con alguno de los requisitos (a, b o c) , para tener un permiso de residencia en Alemania. En principio si a los tres meses ella aún no ha conseguido ningún trabajo ESO NO SIGNIFICA QUE SE TENGA QUE IR O LA VAYAN A EXPULSAR, ni a usted tampoco.

    A esta pregunta: Cuál es el monto para que consideren recursos suficientes para podernos quedar?, lee lo siguiente:

    Qué se entiende por recursos suficientes

    Los países de la Unión NO pueden fijar una cantidad determinada de ingresos considerada «suficiente». Se estima que los ciudadanos de la Unión tienen recursos suficientes si el nivel de estos es superior al umbral por debajo del cual el país de acogida abona una asignación de subsistencia mínima (o pensión mínima de seguridad social).

    Las autoridades nacionales deben tener en cuenta la situación personal del ciudadano de la Unión afectado pero, en caso necesario, pueden comprobar la existencia de recursos y la legalidad, cuantía y disponibilidad de los mismos. Los recursos provenientes de terceras personas deben aceptarse.

    Fuente: http://ec.europa.eu/justice/policies/citizenship/docs/guide_free_movement_low_es.pdf

    #452538
    correo64
    Miembro

    Lo que yo desonozco es el monto mínimo de una prestación de subsistencia, o de la pensión mínima en Alemania,

    #452545
    anonimo1989
    Miembro

    Correo64

    Muchas gracias por la información,

    Me podrías dar un estimativo o como yo puedo calcular el nivel de ingresos que es superior al umbral por debajo del cual el país de acogida abona una asignación de subsistencia mínima (o pensión mínima de seguridad social), básicamente cuanto necesitaríamos entre los dos para cumplir con este requisito suponiendo que en el peor de los casos estemos 6 meses sin lograr encontrar un trabajo (especialmente ella).

    Suponiendo que mi esposa no ha podido solicitar el certificado de registro dentro de los tres meses debido a que ella no ha logrado conseguir trabajo, la ley habla de sanciones administrativas no discriminatorias, cuál sería el peor escenario de esta sanción administrativa y si por ejemplo en el 6 mes ella logra conseguir trabajo, podríamos ya digamos entrar en el proceso, es decir: ella podrá solicitar el Certificado de Registro, yo la Tarjeta de familiar de ciudadano de la UE?

    Muchas gracias nuevamente.

    #452574
    correo64
    Miembro

    anonimo1989,

    Te voy a adjuntar un links según el cual el SMI en Alemania esta en 1440,00 por mes EN EL 2017, pero yo desconozco como se hace en Alemania.

    SÍ te puedo decir que en Holanda en el mismo caso cuando alguien desea residir SIN EJERCER NINGUNA ACTIVIDAD ECÓNÓMICA, el Servicio de Inmigración y Naturalización (IND), en esos casos como se puede aplicar la LEGISLACIÓN NACIONAL DE EXTRANJERÍA, exige que la persona en cuestión disponda del equivalente a 1537,40 por mes que es el monto que se exige a la reagrupación familiar desde el 01-01-2017, ya sea de un familiar de un ciudadano holandés que nunca ha ejercido la libre circulación y residencia en otrop país de la UE (que vive y trabaja en Holanda), asi como para la reagrupación de familiares de residenteS legales, según el procedimiento establecido en la Ley de Extranjería 2000.

    Así que en el peor de los caso tendrías que demostrar el equivalente al SMI de Alemania fijado en 1440,00 EUR p/m, solo por ponerte un ejemplo, pero es solo una especulación mía.

    Por no tener el certificado de registro y/o la Tarjeta de Residencia de familiar de ciudadano de la Unión, la sanción puede ser la misma que le pongan a un ciudadano alemán por no llevar su carnet de identidad cunado, por ejemplo unos 50 o 60 EUR de multa pero yo no sé tampoco si es esa cantidada porque son normas nacionales de cada país. Pero aquí en Holanda la multa puede ser de 50 EUR en base a la Identificatieplicht Wet (Ley de obligación de identificación).

    SMI EN OTROS PAÍSES: http://www.datosmacro.com/smi

    #452575
    correo64
    Miembro

    Le aconsejo a tu novia que se tome el trabajo de leer un poco (junto contigo) la ‘Guía de tus derechos de ciudadano de la Unión’.

    #452617
    dasilva300
    Miembro

    hola buenas tardes, queria saber si mi grupo familiar puede viajar a España, mi hija(primer matrimonio) y yo pertenecemos a la comunidad europea , actualmente en Venezuela tengo pareja (no casados) y un hijo con el, podemos libremente entrar a España sin que a el o a nuestro hijo les pidan hospedaje o como mantenerse en esos meses o simplemente por que viajen conmigo entran facilmente…una vez llege y haga mi certificado de la union , el NIE y obtenga trabajo podre tramitar si tarjeta para que el pueda trabajar legalmente?

    gracias feliz tarde

    #453111
    anonimo1989
    Miembro

    Hola Correo64

    Junto con mi esposa estamos evaluando distintas alternativas, para lo cual nos parece una posibilidad muy atractiva la de radicarnos en Holanda, teniendo en cuenta los comentarios anteriores, el paso más importante serían los siguientes:

    Ir junto con mi esposa a los Países Bajos, al llegar deberemos de demostrar que no seremos una carga para el Estado por lo cual deberemos demostrar de tener en nuestras cuentas EUR 1537,40 por mes, (pero por cuántos meses sería el monto si nos queremos quedar a vivir allá?) suponiendo que donde estemos viviendo nos permite registrar el domicilio para poder ir a solicitar el Certificado de Registro, allí nos solicitaran lo siguiente:

    • Datos del domicilio donde estamos viviendo.
    • Extractos bancarios que demuestren que podremos subsistir en Holanda. (EUR 1537.40 x cuántos meses?)Demostrando esto no será necesario tener aún un trabajo, cierto?
    • Otros documentos de identidad, partida de matrimonio, etc.

    Después de lo anterior podré solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadanos de la UE y con el Certificado de Registro de mi esposa, podremos trabajar y circular libremente en los Países Bajos?

    Estoy en lo correcto?

    Saludos

    #453209
    correo64
    Miembro

    anonimo1989

    Ayer estuve mirando las pagina del IND y tengo que rectificar, el monto seria de € 1551,60 por mes (excl, vacaciones). Para que ella pueda obtener el Certificado de Registro como persona NON-ACTIEF y usted la resdiencia de familiar de ciudadano comunitario, al menos deberán demostrar que disponen del equivalente a esa cantidad al menos durante UN AÑO.

    Pero ese monto deberán transferirlo a cuenta holandesa, aqui se llama CUENTA DE PAGO (BETAALREKENING), y no en una CUENTA DE AHORRO (SPAARREKENENING), porque los aquí los ahorros son eso, AHORROS y no se toman en cuenta para los procedimientos de extranjería.

    Te dejo un links que te informa todos los pasos que deben hacer los trabajadores migrantes europeos (y sus familiares extranjeros) que quieren vivir y trabajar en los Países Bajos, creo que te va a servir: https://www.inspectieszw.nl/Images/Nieuw-in-Nederland-Spaans-2016_tcm335-360568.pdf

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