Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? La realidad para un venezolano en españa

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  • #267044
    Invitado MQI
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    Bueno yo he preguntado en varias ocasiones y me han dicho que si el matrimonio se celebra en el extranjero (no importa la nacionalidad del otro contrayente) tienes que registrarlo en el Registro Central de Madrid, por que ese es el registro principal de ellos.
    Yo se que es una locura, pero es por eso, que yo particularmente me voy a ir a casar allá.
    No se como estan tus finanzas, pero en tal caso, que el contrayente español saque la baja consular aqui, se vaya ahora para allá, se empadrone en un lugar donde tenga algunos familiares o conocidos,(para tener un sitio donde recibir correspondencia) luego presenta al registro de madrid el matrimonio . Y que se regrese. (ese tramite no debería tardar 1 mes)
    Cuando los familiares y conocidos de allá te avisen que llegó el registro y el libro de familia, que te lo envíen por correo y aqui pides la reagrupacion familiar. Y se van los dos.

    Yo he estado revisando en yahoo-travel sobre el precio de pasajes, y se pueden conseguir pasajes desde enero hasta el 30 de abril, mas o menos alrrededor de 500$ (claro debes ir y venir dentro de esas fechas). Luego los precios van subiendo y subiendo hasta llegar a 1300 dolares en Agosto y a partir de alli vuelven a descender.

    Cuando tu siendo español pides la baja consular, ellos te dan una carta que es para IBERIA, con la cual te hacen un descuento. Mi madre viajó de esa forma a España en Julio del año pasado y el pasaje le costó aproximadamente 500 dolares. Ahora bien ese pasaje es una sola via ( es decir te vas y te quedas allá)

    #267045
    Invitado MQI
    Miembro

    Que se case allá .. digamos que es lo más rapido, aunque no lo menos costoso.

    Se tienen que ir los dos, aperturan el expediente matrimonial con los requisitos que al principio de este foro transcribí, y te dan cita para 3 meses despues para casarte, asique es preferible que el español se vaya por ejemplo 1 semana antes arregla los papeles ( y tipico que te piden algo que no llevaste asique por eso que el otro se quede por aqui no es mala idea), y cuando el contrayente venezolano llegue ya todo esta consignado y es en ese momento en presencia de los dos que aperturan el expediente

    Aunque me han dicho que aparentemente en las provincias, para que te aperturen el expediente matrimonial no es necesario que esten los dos. En Barcelona particularmente si es necesario.

    Ahora bien, despues de que te cases, el contrayente NOespañol, tiene dos opciones, o irse a su país de origen y pedir en el Consulado de España el Visado de Reagrupacion Familiar, o quedarse en España, ya que no lo pueden sacar por ser conyuge de un español, y luego de que transcurra 1 año, esta persona podría pedir "excencion del visado" y le concederían la residencia sin tener que viajar a su país. Perooooooo … durante este año no puede trabajar legalmente.

    #267046
    Invitado MQI
    Miembro

    Hola Clara y hola a todos los que lean esto. HABLANDO DE BAJA CONSULAR. Sinceramente hasta hace unos días pensaba que la baja consular era simplemente un requisito para que el consulado excluyera a ese español, que solicita la baja, del registro de españoles en Venezuela. En realidad supongo que esa puede ser una de las consecuencias. Pero hablando con un amigo español que se va pronto, me explicaba que sólo venden pasaje sin retorno al que tiene la baja consular, pasaje que tiene un valor inferior claro está al de uno ida y vuelta. Por otra parte, otra persona que conozco y que trabaja en una agencia de viajes aquí en Caracas, me decía que con cierta frecuencia llegan clientes venezolanos jóvenes con la intención de irse y no regresar, solicitando pasaje sólo de ida, el cual no se les vende. Por lo que obligatoriamente tienen que comprar pasaje de ida y vuelta, aunque ya saben que no van a utilizar el de retorno. Yo soy venezolano de nacimiento, hijo de español. Ya pedí cita a principios de marzo para solicitar la nacionalidad española a la que me da derecho la reciente reforma del Código Civil Español, en vigencia desde el nueve de enero de 2003. y adivinen… me la dieron para finales de diciembre de 2003. De verdad que la avalancha de hijos de españoles, y de todos los demás interesados en permanecer en España por más de tres meses (que es el tiempo máximo que se puede estar legalmente sin necesidad de visa) es grande. Personalmente no pienso seriamente en emigrar después de obtener la nacionalidad española, pero prefiero tener la carta en la manga, pues uno no sabe qué vueltas da la vida, además, si no hago ahora el tramite de la nacionalidad, puede ocurrir que al cabo de dos o tres años se reforme de nuevo aquél Código Civil dejandome sin esta oportunidad. Por otra parte está la actual situación económica y social en Venezuela, en franco deterioro. Soy propietario desde hace dos años de un abasto en Caracas, sin embargo, desde noviembre del 2002 he notado un notable descenso en las ventas, un incremento demasiado violento en los precios y ahora un control de precios que propicia la escases de algunos productos que en la práctica dejan una ganancia mínima o ninguna, la delincuencia cada vez mayor no sólo en Caracas, sino también en el interior. Quiero demasiado a mi pais, aquí nací, crecí, con aciertos y errores, pero es mi pais. Da dolor ver a dónde lo hemos llevado. Ayer me causó sorpresa el que mi amigo español que mencioné antes, me contaba que allá en España no puedes colocar al carro cauchos que no sean los recomendados por el fabricante del carro. Mientras que aquí podemos cambiar las medidas originales como nos venga en gana, lo que seguramente habrá causado más de un accidente. Bueno esto se está haciendo demasiado largo. A los que me quieran escribir, lo pueden hacer a mi correo: eafonso@cantv. Chao.

    #267047
    Invitado MQI
    Miembro

    La dirección completa de mi correo es [email protected]

    #267048
    Invitado MQI
    Miembro

    Ante todo felicitándote por la labor que haces al aclarar muchas de nuestras dudas, luego quisiera preguntarte lo siguiente, y agradeciendo de antemano tu respuesta y consejo.

    Yo soy venezolana, me casé en Venezuela hace 5 meses con mi esposo español (él nació en España y siempre ha vivido en España), nos casamos y nos vinimos a España, yo me vine con la visa de tres meses, ya han pasado más de tres meses por lo que ahora estoy en situación irregular, el matrimonio lo registramos en el Consulado Español en Caracas en el mes de octubre, hace 1 semana, nos llegó el Libro de Familia. Mis preguntas son las siguiente:

    ¿Si voy a Venezuela a solicitar la reagrupación familiar con reagrupante español o sea el permiso de residencia, demoraría mucho este proceso? ¿Debo pedir ticket para tener cita? ¿demorarían mucho en otorgarme el permiso de residencia o el visado? ¿Cómo sería este proceso Clara?

    ¿Es recomendable que yo solicite la exención de visado y así no ir a Venezuela y hacer larga cola esperando que me atiendan? aunque esto no es lo peor, sino que actualmente estoy trabajando de manera irregular con unos amigos de la familia de mi esposo, y no quisiera perder este empleo, demorándome mucho en Venezuela en espera de documentos, y mis jefes al igual que a todos sus empleados me darán un mes de vacaciones este año, y no sé en qué momento ir.

    Por favor oriéntame, estoy muy confundida, ni mi esposo ni yo , sabemos qué debemos hacer, es que tengo mucho miedo de ir al Consulado en Caracas, y que me hagan esperar varios meses y no pueda entrar a España hasta no tener mi documentación lista y por lo tanto perder el empleo y dejar a mi esposo solo tanto tiempo porque él tiene que venir a trabajar.

    Un beso Clara, y esperando con mucha ansiedad tus consejos, me despido……

    #267049
    surfing
    Miembro

    Clara: Veo que estas muy entendida en todo esto y yo la verdad es que no se casi nada. Tienes idea como seria el caso de mi esposa, quien esta en tramites de el pasaporte de la comunidad (hija de Italianos) y ambos queremos emigrar con nuestro hijo de 7 años a Tenerife, que debo hacer yo para optar por el pasaporte y cuanto tiempo crees tu que tome todo ese papeleo. Puedo trabajar legalmente miestras estoy tramitandolo??? Mil gracias,

    #267050
    Invitado MQI
    Miembro

    Mira yo fui hace como 3 semanas a preguntar eso mismo en el consulado, y según ellos eso en un mes está listo (la reagrupción), y si necesitas cita, pero por ejemplo podrías mandar a un amigo que te busque el Nro. ya que estas citas te las dan relativamente rápido. Lo que si me hizo mucho hincapié la del Consulado es que es imprescindible traer el Libro de Familia ( y bueno tu sabes por si las moscas Literal de nacimiento de él, copia del pasaporte, literal del matrimonio, copia certificada de tu partida de nacimiento etc) para la reagrupacion te pedian una constancia de residencia en Venezuela (la sacas en la prefectura de tu domicilio con una carta del presidente de la Junta de Vecinos o el Condomio, ó una factura de agua, luz, telefono a tu nombre ó 2 testigos que vivan en tu urbanizacion, copia de la cédula y creo que +/- 5mil Bs. en timbres fiscales), y un certificado de salud (que ellos te dicen donde sacarlo)
    El permiso de residencia siempre te lo otorgan es decir no hay posibilidad que te lo nieguen aun cuando hayas estado mas de los 90 dias en España… (mira que eso fue lo primero que les pregunté)

    Tu otra opcion es quedarte en España y pedir la excención del visado, pero para eso tienes que esperar un año despues de registrado tu matrimonio, durante este tiempo sé que no puedes trabajar legalmente, pero no te pueden botar de españa y que eres esposa de un español.
    Sería cuestión de que sacaras cuentas, cuándo te van a dar las vacaciones? de aqui a allá ya habrás cumplido el año para la excención? mas el mes y medio que deberás estar por aqui.

    #267051
    Invitado MQI
    Miembro

    Ah bueno, y si decides venirte supuestamente en el Vice-Consulado en Mérida los trámites salen mas rapido … En tal caso si te vienes, llama para Mérida y preguntas

    #267052
    Invitado MQI
    Miembro

    aqui te transcribo los requisitos que aperecen en la pagina del consulado; y por ahi leí que la cita te la estaban dando para dentro de un mes:

    Los siguientes requisitos deberán ser presentados en persona:

    A) SOLICITANTE:
    Pueden solicitar este tipo de visado:
    a) El cónyuge del español, siempre que no exista separación de hecho o de derecho.
    ….
    B) DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL SOLICITANTE:

    Si es cónyuge de español(a):
    1. Impreso “ Información del solicitante”.
    2. Impreso de solicitud de visado. Uno por solicitante.
    3. Cuatro fotografías tamaño 3×4 idénticas y recientes.
    4. Pasaporte ordinario en vigor con más de 120 días de validez (cuatro meses).
    5. Copia del pasaporte español o D.N.I. de la persona con la que se reagrupa para residir en España.
    6. Acta de matrimonio o Libro de familia del Registro Civil español.
    7. Baja consular del familiar español o empadronamiento en España.( Copia)

    #267053
    Invitado MQI
    Miembro

    Muchas gracias por tu aclaración Clara, que estes muy bien y cuidate !!!!

    #267054
    Invitado MQI
    Miembro

    Mira aqui en Venezuela debes solicitar el visado de reagrupación familiar en el consulado de España. Podras hacerlo cuando demuestres, entre otras cosas, que su esposa ya vive en España.
    Los requisitos para la residencia familiar comunitaria son

    Este tipo de residencia sólo autoriza a trabajar al cónyuge e hijos menores de 21 años. El resto de familiares, si lo desea, deberá cambiar esta residencia por otra del Régimen general, con permiso de trabajo.
    DOCUMENTOS:
    Para todos los casos:
    Impreso de solicitud por cuadruplicado (del resto de los documentos, siempre original y una fotocopia)
    3 fotos formato DNI
    Pasaporte en vigor (o carta de identidad, para los nacionales de los países indicados al principio)
    Tasas (6,19)
    Para nacionales de los países indicados, según el caso;

    REAGRUPACIÓN FAMILIAR en Régimen Comunitario (sólo los familiares indicados al principio) :
    Tarjeta de Residencia en vigor del reagrupante o resguardo de tenerla en trámite (DNI si el reagrupante es ciudadano español)
    Seguro de enfermedad
    Carta de responsabilidad económica (excepto para cónyuges e hijos menores de 21 años)
    Visado de residencia en vigor (para familiares de países que no sean los mencionados al principio) o solicitud de exención del mismo, acreditando documentalmente que se encuentra en alguno de los supuestos para otorgarle dicha exención.
    Certificado del vínculo de parentesco traducido y legalizado (si el reagrupante es español, dicho certificado deberá estar expedido por Registro civil o Consular español)
    NOTA.- El seguro de enfermedad puede ser sustituido por el empadronamiento del solicitante.

    Los requisitos de visado de reagrupación en http://www.mae.es mediante enlaces a consulados.
    La residencia comunitaria te servirá para trabajar. También existe la posibilidad de solicitar la exención de visado en España por el siguiente motivo:
    – ser padre de un menor comunitario que vive a sus expensas, siempre que su hijo sea italiano.
    Para esto tienes que estar un año allá peroooo .. no puedes trabajar. Es decir te vas con tu esposa e hijos, esperas un año (en el cual no puedes trabajar) y luego la pides.

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