Inicio › Foros › ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? › Gestionar ayuda al emigrante retornado
- Este debate tiene 250 respuestas, 79 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 5 años, 9 meses por Carlos93.
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julio 10, 2015 a las 7:38 pm #400895ZurdoRodMiembro
Buen día. Muchas gracias por la información.
Tengo 1 duda: cuando dices «algún documento que acredite que has trabajado como mínimo 12 meses en el país de residencia anterior Y COMO ESPAÑOL», a que te refieres con COMO ESPAÑOL? Tener la nacionalidad española al momento de haber trabajado esos 12 meses?
julio 11, 2015 a las 4:04 am #400928Venezolana en EspañaMiembroEs correcto ZurdoRod, debes tener la nacionalidad española al momento de haber trabajado esos 12 meses, y aparte solo sirven los seis últimos años trabajados.
agosto 23, 2015 a las 9:47 pm #413381azulcolorMiembroBuenas noches amigos, tengo una duda y si alguien lo sabe, seria lo máximo. Sin mas preámbulo, estoy interesado en esta ayuda al emigrante retornado, pero tengo una duda en la parte laboral. Yo trabajé 7 meses en una empresa la cual no me registro al seguro social en Vzla. Pero tengo mis cartas de que trabaje en dicha empresa. Esto seria una limitante para mi? Ó igualmente puedo gozar de esta ayuda teniendo mis cartas de trabajo de esta empresa en la que trabajé 7 meses.
Quien lo sepa, muchísimas gracias de antemano. También estoy dispuesto a cualquier informacion . saludos
agosto 24, 2015 a las 1:12 am #413405Venezolana en EspañaMiembroNo la podrás pedir, te pedirán la cuenta individual de la seguridad social donde se refleje el tiempo trabajado, aparte tienes que demostrar 12 meses de cotizaciones
Saludos
septiembre 5, 2015 a las 5:18 pm #417339AngelysMiembroHola buenas tardes quisiera saber al llegar a España que tramites debo realizar para solicitar la ayuda al emigrante retornado, porque leí que todo los tramites que hay que hacer son antes de los 15 dias, solicitar DNI, pero se también que para solicitar el DNI tengo que tener el empadronamiento contrato por el ayuntamiento o la forma que dan alli, todo esto en original y copia, y solicitar la cita por internet y tardan mucho, y entonces como es que para pedir la ayuda debes meter todo los requisitos antes de los 15 días continuos que pisas España.
enero 20, 2016 a las 12:32 am #432011anttooMiembroBuenas tardes, nitro quisiera sabes cuanto es la aayuda,monetaria que da el gobierno español y cuanto tiempo dura. Por lo tanto en cuanto tiempo hay que pagarle eso al estado y que cantidad gracias por su ayuda
enero 20, 2016 a las 4:21 am #432015Venezolana en EspañaMiembroHola antto, el importe monetario del emigrante retornado son 426 euros, durante seis meses, luego puedes ampliarlo por seis meses dos veces, para un total de 18 meses de ayuda, eso luego tu no se lo tienes que pagar al estado. Cuando comiences a trabajar y te toque declarar la renta allí se reflejara esa ayuda.
Saludos,
enero 20, 2016 a las 1:35 pm #432043colorgirlveMiembroUna pregunta, alguno de aqui ha gestionado la Ayuda Unica de Emigrante Retornado??
Segun entiendo esta el subsidio de emigrante retornado, que son los 426 euros por seis meses, etc. Y luego hay la ayuda unica, que me dicen que es 1500 euros, pago unico. Pero estoy buscando mas informacion sobre esto y no se que requisitos piden. Alguien aqui la ha tramitado??
Gracias
febrero 4, 2016 a las 2:38 pm #432786cristiiangutiMiembroHola Colorgirlve .Sabes que llamé (04/02/2016) a la Consejeria de empleo y seguro social de
España,(0212-3194230, web: http://www.empleo.gob.es/es/mundo/consejerias/venezuela/) ubicado en AV.Principal Eugenio Mendoza Con 1era Transversal La Castellana Edif. Banco Lara, Piso 1, Ccs, ya que como he estado intensamente leyendo en webs, foros, páginas consulares, existe algo llamado «SUBSIDIO DE EMIGRANTE RETORNADO» que aplica tanto a:1- Españoles Nacidos en España, que trabajen en el exterior (excluyendo países de la Unión Europea).
2- Españoles NO nacidos en España, sino naturalizados por padres españoles. (mi caso).Donde me indicaron que si, efectivamente en NINGUNO de los años (resección española ni el actual año) han dejado de dar esa ayuda.
En tal sentido los que necesito tener es:
1- Pasaporte español (copias de las páginas con los sellos consulares páginas 3-4). Vigente.
2- Baja consular (Mejor hacerla en Caracas en la embajada de la castellana, 45 días antes del viaje a España) esto te lo dan el mismo día.
3- Carta de trabajo donde diga «Fecha de ingreso y egreso a la organización, rif, nombre y dirección de la misma» Firmada y sellada por la empresa.
4- Carta individual de cotizaciones del IVSS (seguro social venezolano) NOTA: Debo tener en los últimos 6 años de trabajo, por lo menos 12 meses cotizando y obvio en estos 12 meses debería tener mi pasaporte europeo. (SIN FIRMA NI SELLO DEL IVSS). Así como esperar luego de retirarme del trabajo, que el status de «trabajador activo en XXXX empresa» pase a status «cesante» o sea sin trabajo.
5- Recibos de pago de los últimos 12 meses firmados y sellado por la empresa. (Esto no es obligatorio, pero es un aval de que tus cotizaciones pertenecen a cada mes de trabajo dentro de la empresa).Estos documentos se llevan 15 días hábiles a Caracas al seguro social español, está cerca del consulado. Y ellos confirman que todo es válido, y fin.
Al llegar a España, hago ciertos recaudos, espero el famoso «mes de espera» donde ellos confirman e inician a pagar.
Cuánto tiempo? 6 meses, con prórroga podrían ser 18 meses, cuanto dan? 426€/mes.
Saludos
febrero 4, 2016 a las 2:55 pm #432790colorgirlveMiembroHola cristiianguti, de esa ayuda ya tengo informacion. De la ayuda que pregunte es la «Ayuda Unica», que aparentemente es un monto unico, de un solo apgo, por 1500 euros. Aparentemente nadie tiene informacion al respecto, pero tengo entendido que tambien la dan.
febrero 4, 2016 a las 9:59 pm #432820MdmcMiembroBuenas noches.
Muy buen foro, hay muchos puntos importantes aca que no son faciles de saber.
Tengo una duda, mi hermana es española y por ende mi sobrino tambien, pero ella es madre soltera (mi sobri no tiene el apellido de su papa) yo vivi un tiempo en españa y recuerdo que a una compañera de trabajo el gobierno le pagaba algo por ser madre soltera. Alguien tiene alguna informacion sobre esto? El papa de mi sobrino fallecio solo que como no figura en su acta literal no creo que por sobreviviente le indemnicen algo.
El punto es saber si al llegar a españa hay algo que mi hermana pueda solicitar.
De antemano muchas gracias.
febrero 5, 2016 a las 12:41 am #432834AngelysMiembroHola nitro muy buenos tu comentarios, te comento que tengo pensado irme a Madrid en abril , me interesa todo lo e que estas comentando porque tengo una disyuntiva referente a esto, pues lo que pasa es que soy docente y estoy metiendo la renuncia en la institución donde trabajo , pero ellos no me dan carta de finiquito eso lo hace el ministerios y bueno me fui a la zona educativa y me dicen que eso tarda hasta seis meses en darla y en el sistema en actualización de nomina es un tiempo parecido, incluso el que siga apareciendo en la pagina del seguro social como activa no como cesante, te digo todo esto porque veo que mi situación por lo que comenta no es alentadora, osea es imperante que muestre la carta de finiquito a nivel laboral y la cesante en el seguro social?
febrero 5, 2016 a las 4:06 am #432837Venezolana en EspañaMiembroHola Angelys,
En el momento que renuncias se supone que la empresa tiene que darte la forma 14-03 que es donde consta que estas dada de baja, normalmente la información en la pagina de la seguridad social tarda un mes en actualizarse y aparecer como cesante. Al menos ese fue el tiempo que me tardo a mi, pero creo recordar que tu trabajas en un colegio del ministerio de educación, correcto?
Lo que si es estoy casi segura es que tienes que aparecer cesante en la cuenta individual de la seguridad social, de todas formas si sigues con las dudas una llamada a la consejería laboral.
Saludos,
febrero 5, 2016 a las 8:06 am #432845ArautaMiembroBuenos dias,
Hay que traducir los documentos (contrato de trabajo, carta de trabajo, etc)?
febrero 5, 2016 a las 8:25 am #432849Venezolana en EspañaMiembroHola Arauta,
No, los documentos no tienen que estar traducidos, solo tienen que estar sellados (carta de trabajo. El contrato de trabajo no hay que llevarlo, y la cuenta individual es esa que te sacas por internet, sin sellos ni nada.
Saludos,
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