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    Lighter
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    Hola Martica,

    La Tarjeta de Residencia tarda unos 4 meses, tal y como lo establece un real decreto ley relacionado con el régimen comunitario que es el que corresponde para familiares de español/a.

    No obstante, es importante destacar que para poder trabajar por cuenta ajena el estar tramitando dicha tarjeta no debe suponer un osbtáculo, aunque en la práctica pueden haber problemas ya que para darte de alta en la seguridad social van a pedir la correspondiente tarjeta de residencia bajo régimen comunitario (quienes se encuentran en régimen comunitario no precisan de permiso de trabajo), o el permiso de trabajo correspondiente. Lo ideal es que al estar ya en trámites para obtener la tarjeta de residencia comunitariua con el respectivo resguardo, hagáis una petición de aclaratoria por escrito y que luego si os niegan el derecho, consultad con un abogado o con el defensor del pueblo (tiene página web). El real decreto dice claramente que no supondrá ningún obstáculo el estar tramitando la correspondiente tarjeta, para el ejercicio de las actividades para las cuales se autoriza a quienes se encuentren en este régimen.

    Saludos,

    Carlos

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