Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? Contrato de Trabajo por Cuenta Ajena

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #266989
    jumbo
    Miembro

    Hola! Soy Valeria y me encantaria que alguien me pueda dar una mano con este tema….. Les cuento, mi novio es Español, vive alla y tiene un bar, la idea ahora es que me vlla para alla, pero para poder residir legalmente, tendría que tener por ejemplo, un contrato de trabajo. El me lo puede hacer, porque tiene un bar, el tema es: debería hacer el trámite yo desde acá (cuando el me mende el contrato original) o sería convevniente que lo inice el alla. No se, si alguien sabe o tuvo alguna experiencia en este tipo de tramites y me queire dar algun consejo…. s elos voy a agradecer mucho…… O alguna opra manera para que pueda al menos residir legalemente alla?? Porque la idea de casarme para que se resuelven estos temas burocraticos, no me ahce mucha gracia, no sería lo que siempre imagine……!
    Buneo, desde ya 10000000 GRACIAS !
    Y MUCHA SUERTE A TODOS!

    #266990
    Invitado MQI
    Miembro

    Mira el te tiene que mandar una oferta de trabajo notariada, pero ten en cuenta él te puede hacer la oferta si esa Compañía tiene mas de 1 año, las característicaas de la oferta no las conozco pero allá en España seguro que saben las características de como hacerlo…

    Pero segun lo que he oido, tu como persona extranjera que contratan deben tener ciertas características que los españoles de alla no las tienen …. (es decir no te pueden contratar como friegaplatos por ejemplo)

    Otra manera de residir legalmente allá sin posibilidad de trabajo, sería una visa de estudiante.Te buscas un cupo en alguna Universidad o Instituto ellos te mandan la carta de aceptación, y con eso pides tu visa.

    La opción de casarse te puedo asegurar (yo estoy en eso) no es ni rapido ni económica…. pero a la larga si piensas vivir alla el resto de tu vida es laa mas conveniente

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Debes estar registrado para responder a este debate.