Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? conseguir residencia en españa

  • Este debate tiene 6 respuestas, 4 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 10 años por correo64.
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  • #332280
    lotharsan
    Miembro

    Hola, soy español y vivo actualmente con ki pareja australiana en inglaterra. Queremos vivir en españa. ¿qué pasos y documentos necesita? Para realizar el trámite de pareja de hecho en la provincia española le piden el nie a través de la tarjeta de residencia. Para la tarjeta de residencia le piden ser pareja de hecho…. valos que no veo la forma de que obtenga facilmente la residencia.

    #332289
    marcel25
    Miembro

    hola lotharsan, yo no te tengo una respuesta sino una pregunta si no es molestia, me llama la atencion que no piensen mas bien irse a Australia ya que siempre lo ponen como uno de los mejores sitios para vivir, me gustaria saber que no les gusta de alla en comparacion con España e Inglaterra, por otro lado, el forista correo64 ha publicado bastantes temas de contenido legal , trata de buscar aqui o creo que ha dejado su correo en algun post, saludos

    #332292
    lotharsan
    Miembro

    El no ir a australia es, por mi parte al no haber buenos acuerdos entre los paises el visado para mi es muy caro, sin contar con el billete de avión y el dinero que has de tener al principio para vivir hasta encontrar un trabajo… por la parte de ella prefiere vivir en españa porque comparado con australia dice que le gusta mucho más el estilo de viday ya de antemano sabía que no le gustaba australia para vivir, los graficos que te muestran que en australia se vive mejor se refieren a que ganas más, que en ciertas zonas es muy tranquilo, calidad del aire, etc… pero no te habla de la calidad de vida en tu relación con la gente y su estilo de vida y forma de hacer las cosas…. la cultura latina es muy familiar, incluso con desconocidos… la inglesa no, por mucho que insistan las películas americanas…. de todas formas ladecisión fué suya.

    #332296
    correo64
    Miembro

    Hola lotharsan,

    Lo primero que debes saber es que en España las parejas de hecho formalizadas en otro país (incluso dentro de la UE) no son reconocidas, porque jurídicamente no es comparable al matrimonio (lo mismo te pudierá pasar con Australia, aunque desconozco sus leyes). La ley española establece en principio que antes de hacer el registro las parejas deben convivir junto durante un tiempo determinado, y en España es de 1 año, aunque en la mayoría de los países de la UE, 6 meses es suficiente.

    Paso 1: Empadronarse en la misma dirección.

    Paso 2: Cuando ya tengan 1 año de convivencia, solicitar la Inscripción como pareja de hecho en el registro de pareja de su lugar de residencia y allí te informan del resto de los requisitos que debés presentar. Otra cosa, la pareja de hecho la puedes formalizar también por vía notarial y después con esos documentos y el certficado de empadronamiento, solicitar la inscripción en el registro de parejas de hecho.

    Paso 3: Con el certificado registro de pareja de hecho y otros documentos, solicitar la tarjeta de residencia Comunitaria como pareja de hecho de ciudadano español (Oficina de Extranjeros o Comisaria de Policia), según corresponda por tu lugar de residencia. En ese momento le otorgan el NIE a tu pareja y en principio tiene derecho a trabajar mientras espera la decisión a su solicitud, pero en la práctica muchas empresas y empleadores no lo quieren hacer hasta que el extranjero no tenga la tarjeta de residencia.

    Paso 4: Obtenida la residencia, recibirá una carta donde le informarán como hacer la cita para ir a la Polícia a poner las huellas en su TIE.

    Si llegas a tener algún problemas o debes presentar un recurso, deberás ver a un aboagdo especializado en derecho de extranjería.

    #332297
    correo64
    Miembro

    Lotharsan, a pesar de todo lo que te he dicho anteriormente, yo te aconsejaría primero tratar de hacer valer el Derecho de la UE y en particular lo establecido en la Directiva 2004/38/CE porque usted como español que ha reside en Inglaterra ha hecho uso de la libre circulacíon y residencia, y a su pareja también se le debe reconocer esos derechos. Si tienes un certificado de registro como pareja en Inglaterra, intenta hacerlo valer y si no lo tienes igual (a ver que pasa), si puedes demostrar que son una pareja y por eso tu pareja ha sido beneficiaría de un derecho de residencia en Inglaterra.

    Si usted regresa se le debe aplicar lo que se denomina ‘Prueba de Derecho Comunitario’ , y no debe ser igual al procedimiento que se hace con un español que nunca ha salido de España y quiere traer a su cónyuge o pareja. En tu caso debes tener en cuenta esto a la hora de reclamar tus derechos:

    . También tienes derecho a los beneficios que otorga la Directiva (tu caso), ‘si regresas a tu país tras residir en otro país de la Unión’.

    . Son miembros de la familia, tu pareja, es decir la con la que tienes una unión registrada según la legislación de un país de la Unión. Pero la pareja registrada solo tiene el derecho de acompañarte o de reunirse contigo en los países de la Unión que dan a este tipo de convivencia legal una consideración ‘equivalente al matrimonio’.

    . Otras parejas, igual derecho de facilitación de entrada y la residencia se concede también a ‘la pareja con quien mantienes una relación estable debidamente probada’. Esto cubre las relaciones con parejas del mismo o distinto sexo y a las parejas de hecho (cuando sus miembros conviven).

    Las parejas registradas que se traslade a un país de la Unión que ‘no las equipare a unión matrimonial’ se incluyen también en esta categoría.

    En resumen a mi enteder la legislación de extranjería española no se os puede aplicar, y por lo tanto tu pareja debe tener derecho de residencia sin otro periódo previo de convivencia. Creo que los abogados de la Cruz Roja Española te pueden informar sin costo previo.

    #332302
    rfuente
    Miembro

    Solo aclarar que si por casualidad lotharsan ya está casado con su pareja australiana (yo lo había entendido de esa manera), simplemente hacer los pasos 4 y 5 del mensaje de correo64

    #332304
    correo64
    Miembro

    Contraríamente a otros procedimietos la solicitud de la verificación del cumplimiento de la legislación Comunitaria, puede ser diferentes en cada país. Aquí les dejo un resumen basado en informaciónes suministradas por personas que ha hecho la Ruta de Bélgica, Alemania, España o Reino Unido y después han vuelto a los Países Bajos .

    Documentación y comprobantes a entregar con su solicitud que puede pedir el Servicio de Inmigración y Naturalización (IND):

    – Un documento que demuestre el vínculo y la relación familiar con su anfitrión (certificado de matrimonio o pareja registrada).

    – Una copia de su documento de residencia de la EU y de su anfitrión holandés (o prueba de estancia legal del referente -si es applicable-) emitido por el otro Estado miembro o Suiza (certificado de registro y tarjeta de residencia de familiar de ciudadano comunitario).

    – Un certificado de registro en el lugar de residencia en el otro Estado miembro (certificado de empadronamiento).

    – Otros justificantes que prueben que con su anfitrión sobre la base de la legislación de la UE ha residido en otro Estado miembro pueden ser, por ejemplo: contrato de alquiler y estados de cuentas a nombre de ambos, correspondencia recibida por ambos en su dirección, comprobantes de viajes de bus o tren, facturas del supermercados, facturas de estaciones de servicio, cartas del seguro médico, facturas de la farmacia, comprobante de afiliado a un club, asociación o biblioteca pública, supcripciónes de revistas o diarios, facturas de las llamadas telefonos o contrato de tarjetas prepagas, etc,

    En fin, toda la documentación adicional, con la que puedas demostrar que usted ha residido ‘de forma real y efectiva’ con su cónyuge y pareja en otro país de la UE. Cuando el IND tiene dudas, pide documentación adicional, basado en el argumento, de que ellos (o en otros países de la UE) ya se ha comprobado que hay personas que después de obtenida la residencia no siguen conviviendo con el ciudadano Comunitario y se van a su país de origen.

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