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  • #307205
    Invitado MQI
    Miembro

    Buenas tardes, quisiera que los profesionales en extranjería que gentilmente participan en el foro me ayuden a aclarar unas cosas.

    Soy venezolana y llevo 5 meses en España, antes de los tres meses a mi novio y a mi nos entregaron el expediente matrimonial. Me acaban de decir que si no «cierro» el pasaporte en la policia a los tres meses de estancia a quí, me van a buscar a la casa donde estoy y me multan y me expulsan. Supuestamente eso le sucedio a una chica venezolana aqui en Canarias.

    Agradeceré toda la información que puedan proporcionarme.

    Gracias

    #307206
    Lighter
    Miembro

    Hola Carla:

    No se si aquí en este foro hay funcionarios de extranjería, sin embargo te digo que a esa pregunta es muy posible que le puedas conseguir respuesta en la siguiente página: [url]http://groups.msn.com/RegistroCivil/extranjera.msnw?action=get_threads[/url]
    que es administrada por funcionarios del Registro Civil Central de España, donde hay gente que conoce bien los temas de extranjería.

    En principio, decirte que de una forma muy clara, los venezolanos no necesitamos visa para una estadía por turismo de hasta 90 días en España, y que en ciertas ocasiones podemos extender esta estadía hasta 120 días (creo que es necesário algún tipo de justificante para extender este tiempo de estadía tras el cual debes marcharte fuera de la UE).

    En la página del Ministerio de Interior (http://www.mir.es/SGACAVT/extranje/regimen_general/estancia.html), conseguirás en la sección correspondiente al Régimen General (es el régimen que aplica en tu caso puesto que aún no existe un matrimonio reconocido por las leyes españolas), todo lo que tiene que ver con la estancia en España y los supuestos y condiciones de a prórroga hasta un máximo de de 3 meses adicionales.

    Se que en Venezuela esperamos muchas veces que los funcionarios españoles interpreten nuestra situación como que un casi estar casado legalmente en España implica que podría aplicarse en nuestro caso, algunas condiciones que corresponden a situaciones muy específicas desde el punto de vista legal.

    Tu puedes regresar a Venezuela, y luego volver, no requieres visado (no sé si debes permanecer un tiempo allá antes de regresar), pero si estás en situación ilegal, esto te traerá problema y te cerrará puertas.

    En tu caso, a los tres meses debiste solicitar una prórroga de estancia, en cuyo caso no debería tener problemas en este momento. Además, si han autorizado tu matrimonio, también puedes dejar un poder para efectuar el mismo en tu ausencia y luego tramitar bajo el Régimen Comunitario, la respectiva reagrupación familiar (no deberías tener problemas). Es mejor hacer las cosas bien, así tarden en llevarse a cabo, que hacerlas más y tardarse aún más.

    En la página, [url]http://www.mir.es/SGACAVT/extranje/[/url], podrás conseguir toda la legislación que tiene que ver con extranjería. También, en el BOE (www.boe.es), puedes ver resoluciones de expedientes de extranjería que han ido a tribunales y cual ha sido la respuesta según el caso. Ve a http://www.boe.es, a la sección anteriores, y realiza una búsqueda en Ministerio de Interior, con un texto que podría incluir: "expediente de expulsión", "estancia", "prolongación de estancia", etc.

    Consulta un abogado especialista en inmigración.

    Lo que si te digo con certeza, es que el régimen que te corresponde hasta ahora es el Régimen General, y que si procede la expulsión, lo harán. Si hay un vacío legal, o si es posible que tu situación caiga en un supuesto legal que no está claro, debes ir a tribunales.

    Saludos,

    CELG

    #307207
    Invitado MQI
    Miembro

    Hola CELG,

    La verdad que no sabía que el hecho de tener el expediente matrimonial y fecha de boda asignada no serviría de nada. Como te cuento, mis tres meses de estancia legal ya caducaron, sin embargo, el expediente matimonial no los dieron a mi novio (español) y a mí (mamá española) dentro de los 3 meses. Lo que pasa es que no quisimos poner fecha de matrimonio tan cerquita para prepararnos con más tiempo, la verdad que para nosotros boda solo hay una vez y debe ser algo bonito y no corriendo. Como te decía, ayer charlé con Glenda (gran colaboradora de este foro y abogada experta en el tema)y me comentó que eso de que la policía te busca a la casa y te multa así por así, no es. Me dijo que evitara los terminales de guaguas y sitios nocturnos. También pienso que eso de ir a la policia a decir que ya se venció el plazo y pedir prórroga es un arma de doble filo ya que tengo entendido, en ese caso solo dan una prórroga de 15 días para abandonar el país y yo no quiero ni mi novio porque nos casamos en 3 meses.

    Saludos

    #307208
    Invitado MQI
    Miembro

    Por ser hija de española no te sacan, te cuento, mi esposa es española y yo elabora la inscripcion del matrimonio en españa no en venezuela yo entre como turista, bueno se tardaron 1 año y 6 meses, y yo solo espere no fui a policia n nada, te cuento por tu esposo cuando se casen te dan el libro de familia al dia siguiente NIE y si es por tu mama te dan el DNI el mismo dia……no te preocupes que no te sacan…..un saludo

    #307209
    Invitado MQI
    Miembro

    Gracias Ernesto!

    #307210
    Lighter
    Miembro

    Hola Carla:

    Me gustaría puntualizar lo siguiente. En principio mi intención no era hacerte con la idea de que serías expulsada. Empezando por que no tenía claro que tenías la nacionalidad española. Pienso que debiste haber comenzado por allí. Si tu madre es española, en principio no deberías tener problemas, siempre que este acreditada tu nacionalidad, y eso es muy distinto a lo que comentaste en tu primer mensaje.

    No obstante, si quería que tuvieras claro que estar casi en una situación legal, no es estarlo de hecho. En ese sentido, por nuestras costumbres en Venezuela y por como suelen ocurrir las cosas allá, siempre esperamos que cada funcionario interprete la legislación a nuestro favor, y no necesariamente pasa así.

    Si eres española, ni siquiera necesitas expediente siendo tu futuro marido español. Si no lo eres aún, pero estás en trámite, eso cambiará las cosas en algún momento, o obstante mientras no detentes la nacionalidad estarás bajo la legislación que corresponda en tu caso, que estará bajo el régimen general, o régimen comunitario.

    Lo que te han dicho es verdad, no es tampoco tan así que te irán a buscar a tu domicilio, pero si debes tener precaución para evitar contratiempos. Por otro lado, también es cierto que ahora que has dejado pasar el tiempo por la razón que sea, no es el mejor momento para ir a pedir una prórroga. Lo que si debes tener claro es que no es el sistema el que te ha puesto trabas, si no por el contrario has tenido algunos descuidos que te han puesto en esa situación.

    Lo mejor es que te asesores legalmente para que n tengas dudas, ten en cuenta que para casarte deberás ir al ayuntamiento, y de alguna manera debes estar segura de que no tendrás ningún contratiempo o limitación para ese día.

    No me queda más que decirte, de momento, que te asesores bien y que des pasos firmes. La página del Registro Civil te será de gran utilidad.

    Saludos,

    CELG

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