Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en países de la Unión Europea? Algunas cosas que nos dejo el 2014 en Holanda

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    correo64
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    1. El 01-01-2014 fue abolida la obligación de presentarse en la policia de extranjería (VP), para todos los extranjeros que visiten los Países Bajos como turistas (por 90 días), ya sea con visado o sin visado.

    2. El 06-01-2014 entra en vigor la Clave de Registro de Personas (BRP), y se introduce el registro para no residentes. El Sofinummer fue abolido el 29-12-2013. Solo se usa el BSN (Número de Servicio al Ciudadano).

    Abolición del registro de la segunda nacionalidad en los Países Bajos

    El nuevo procedimiento también a eliminado el registro de la segunda o subsiguiente nacionalidad, la cual ya no se incluye en el registro de población. ¿Tiene además de la nacionalidad holandesa también una segunda ciudadanía?, entonces la segunda nacionalidad ya no se anota más en el registro de población. Otras nacionalidades que ya están en el registro de población se eliminarán posteriormente.

    Pero cuando fue aprobada la nueva ley en diciembre del 2013 decia, que esto sólo se aplicaba a los que nacieran en los Países Bajos de padres con diferentes nacionalidades, pero que no se aplicaría a los extranjeros que se naturalizaban. Puedo decir que es así porque en mí caso sigue estando registrada mi nacionalidad de origen.

    3. Desde el 06-01-2014 los ciudadanos de la UE/EEE/Suiza que viven o trabajan en Holanda ya no tienen más que hacer el registro en el IND (sticker en el pasaporte). Pero si tienen familiares no comunitarios que lo acompañen entonces, sí se matiene el registro, ya que sus familiares sí tienen la obligación de solicitar un permiso de residencia, para lo cual deben presentar una copia del registro del ciudadano comunitario.

    4. Los pasos a seguir para los que vienen por reagrupación familiar a los Países Bajos con un MVV:

    – Dentro de las 2 semanas de su llegada al país debe ir a recoger su permiso de residencia (válido por 5 años) en la oficina del IND que le corresponde, sin hacer una cita previa. Todos los documentos de residencia de los extranjeros mayores de 6 años llevaran incorporado un chip con la foto y dos huellas dáctilares.

    – Después usted se debe registrar (empadronar) en el Ayuntamiento para obtener su BSN, con eso, puede inscribirse en el seguro médico obligatorio, abrir su cuenta bancaria, etc, según su situación personal.

    – Antes de los 3 meses usted esta obligado a hacerse la prueba de tuberculosis (TBC onderzoek), para eso debe hacer una cita con el Servicio Municipal de Salud (GGD) de su lugar de residencia.

    – Aquellos que tengan la obligación de integración, recibiran una carta de DUO. Pero usted debe buscar por su cuenta, la escuela o el centro educativo donde desea hacer el curso de integración. Usted tiene la obligación de antes de los 3 años de obtener el diploma del curso, de no ser así, esto puede tener consecuencias para su derecho de residencia en Holanda, según la información en la pagina del IND.

    Para los que no dispongan de suficientes recursos financieros, pueden solicitar un prestamo a DUO, de un máximo de hasta 5000 euros (para los refugiados hasta 10 000 euros). Ellos en base a sus ingresos le informarán de cuanto es su prestamo, el cual puede usted devolver en un plazo de hasta 10 años.

    5. El 27-02-2014 el pleno del Parlamento Europeo aprobó por amplia mayoría la exención de visados para cortas estancias de hasta tres meses en territorio de la Unión Europea (UE) para los ciudadanos procedentes de Colombia y Perú. La fecha de entrada en vigor aún no se sabe, algunos dicen que para después de las Elecciones al Parlamento que se celebraran en mayo, lo cierto es que peruanos y colombianos deberán seguir solicitando visados de corta duración para viajar a la UE.

    Tras la votación de hoy quedan pendientes trámites como la adopción de lo aprobado por parte del Consejo de la Unión Europea (UE), la publicación en el Diario Oficial, la evaluación de riesgo que debe hacer la Comisión sobre los dos países beneficiados y otros pasos que concluirán con la firma de sendos convenios bilaterales con Colombia y con Perú.

    Estos procedimientos pueden tardar algunos meses, por lo cual la exención de visados seguramente entrará en vigor a finales de este año o comienzos del próximo.

    6. El 11-03-2014 el Comite Permanente de Seguridad Pública y Justicia informo sobre las reacciones de los distintos partidos políticos sobre el proyecto de ley para modificar la Ley sobre la Nacionalidad holandesa, sus puntos principales:

    – Ampliar el plazo de la naturalización de 5 años, a 7 años de residencia legal.

    – Para los cónyuges o pareja de ciudadanos holandeses se mantiene el tiempo de 3 años de matrimonio y convivencia, pero además también deberan tener 3 años de residencia legal.

    – Sera abolido la solicitud de naturalización desde el extranjero, un extranjero solo podrá naturalizarse si reside en los Países Bajos. Si haz residido en un país de la UE tampoco podrás naturalizarte (esto afectará a los que hagan la ruta europea) ni se tendrá en cuenta tampoco ese periódo de tiempo.

    El proyecto de ley será discutido y votado en la Cámara de Diputados, y después pasa al Senado. Una vez que sea aprobado, se espera que pueda entrar en vigor para el 01-01-2015.

    Pero el 27-02-2014, seis profesores que trabajan en el ámbito de la migración, en las Universidades de Amsterdam, Leiden, Maastricht y Nijmegen, enviaron a la Cámara una carta urgente solicitando una explicación clara sobre el proyecto de ley 33852 que modifica la ley sobre la Nacionalidad holandesa, expresando sus opiniones y argumentos de porque este proyecto no debería convertirse en ley.

    7. El 12-03-2014, el Tribunal de Justicia Europeo, da sus resoluciones sobre dos casos importantes (C-456/12 y C-457/12) sobre la ‘ruta Europa’.

    Las resoluciones del Tribunal hacen que las reglas sean más claras y aclara cuestiones que durante mucho tiempo eran solo especulaciones. Los holandeses que esten considerando hacer la ruta Europa, ahora saben mejor que es lo que deben hacer y que no y como deben de preparar su ruta.

    – Es requisito haber tenido residencia real y efectiva en otro Estado miembro

    El Tribunal considera que los períodos cortos de estancia, como las vacaciones o los fines de semana del ciudadano holandés y sus familiares no se consideran períodos de residencia, en estos caso esto no le da el derecho de regresar a los Países Bajos y solicitar un permiso de residencia para su pareja o cónyuge en virtud de la legislación europea. Él y sus familiares deben de haber residido de forma real y efectiva por un período de al menos 3 meses o más, en virtud de lo establecido en el artículo 7 de la Directiva 2004/38/CE.

    – Los trabajadores fronterizos

    El Tribunal dictamino que los trabajadores fronterizos holandeses que viven en los Países Bajos, pero trabajan en Bélgica o Alemania, sin duda también estan comprendidos en el ámbito de aplicación de la legislación europea. Esto es aplicable a aquellos cuyos empleadores estén establecidos en el país vecino, sino también para aquellos cuyo empleador este establecido en los Países Bajos y que deben regularmente por su trabajo viajar a Bélgica o Alemania.

    Sin embargo, los familiares de estos trabajadores fronterizos no tienen exactamente el mismo tratamiento que los miembros de la familia de un ciudadano holandés que en realidad se desplazan a otro Estado miembro. Los miembros de la familia de un trabajador fronterizo sólo son admitidos si su presencia contribuye indirectamente a las actividades transfroterizas. Por ejemplo una esposa o alguien que cuide de los niños, contribuyendo así al desarrollo de la vida familiar y económica del ciudadano de la UE.

    8. Desde el 29-03-2014 los residentes de larga duración UE con estatuto de asilo, pueden obtener el estatuto de residentes de larga duración UE en Holanda, después de 5 años de residencia legal continuada, como trabajador o por haber seguido una formación profesional.

    9. El 01-04-2014 entro en vigor el Permiso Único de Residencia y Trabajo (GVVA). Los empleadores que deseen contratar extranjeros o los extrenjeros que deseen trabajar y residir en Holanda, deben iniciar el procedimiento a través de la Digitaal Loket Arbeidsmigratie (UWV/IND), disponible en la pagina del IND.

    Los llamados trabajadores cualificados (Kennismigranten) tienen otro procedimiento, via ExpatCenter.nl

    10. El 01-04-2014 después de mucha discusión los partidos de la coalición de Gobierno (VVD/PvdA, enz.), han decidido finalmente, presentar un proyecto de ley para no seguir con el plan o la idea de declarar la permanencia ilegal como un delito (por el que podías ser condenado hasta 6 meses de privación de libertad o recibir una multa de hasta 3800 euros).

    Según la misma información los extranjeros residentes ilegales no deben tener ningún temor a ser detenidos o multados.

    11. Desde el 01-04-2014 un hombre casado podrá reconocer un hijo en Holanda, sin tener que solicitar la autorización del Juez. Si es obligatorio tener el consentimiento de la madre para hacer el reconocimiento.

    Sin embargo de este cambio pocos se han dado cuentas (a mi se me paso) e incluso al abogado jubilado del foro holandés y alguien se lo tuvo que recordar.

    12. El 17-06-2014 se a prueba en el Parlamento el proyecto de ley por el que se decide dejar de exportar a una serie de países de fuera de la UE el subsidio familiar (kinderbijslag) y la asignación por hijo a cargo (kindgeboden budget). La medida fue ratificada también por el Senado con los votos de los partidos PVV, CDA, VVD, SGP y ChristenUnie. La medida entrará en vigor el 01-01-2015 y afectara a los que viven en: Argentina, Belice, Chile, Ecuador, Egipto, Hong Kong, Jordania, Macedonia, Panama, Paraguay, Thailandia, Turquia y Uruguay.

    13. Desde el 01 de julio de 2014 cambian las reglas de la Ley de Retorno (Remigratiewet). Por ejemplo, no se obtendrá más la compensación por gastos de mudanza (basisvoorziening). Además, las condiciones serán más estrictas, sólo recibes una prestación de retorno si:

    . Has nacido en un país de origen fuera de los Países Bajos.
    . Usted tienía 18 años o más cuando viniste a vivir a los Países Bajos.
    . Tienes 55 años o más.
    . Un mínimo de 8 años de residencia legal en Holanda.
    . Recibes desde hace al menos 1 año, la prestación asistencial holandesa.
    . ¿Vienes de España, Portugal, Italia o Grecia?, entonces debes haberte establecido en Holanda, antes del 01 de noviembre de 1993.
    . ¿Vienes de Eslovenia?, entonces debes haberte establecido en Holanda, antes del 01 de mayo de 2004.
    . ¿Vienes de Croacia?, entonces debes haberte establecido en Holanda, antes del 01 de julio. de 2013.
    . ¿Vienes de Turquia, Marruecos, Túnez, Cabo Verde, Servia, Montenegro, Bosnia Herzegovina, Kosovo, Macedonia o Suriname?, entonces debes haberte establecido en Holanda, antes del 01 de julio de 2014.

    Los refugiados reconocidos, las personas con derecho de asilo y los descendiente de personas de las Molucas, también pueden acogerse a la Ley de Retorno. En el caso de tener la nacionalidad holandesa, el solicitante debe renunciar a la misma, pero sus familiares la pueden conservar (esposa o hijos).

    14. A partir del 01-11-2014 cambia el examen básico en el extranjero (se hará por medio de una computadora) y las nuevas partes del examen son las siguientes:
    1-Expresión oral (€150)
    2-Habilidades de lectura (€100)
    3-Conocimiento de la sociedad holandesa (€100)

    #369294
    correo64
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    Como país desarrollado en Holanda todo depende de los ordenadores y se han gastado miles de millones en tecnología y se supone que el intercambio de datos entre las instancias funciona a las mil maravillas, pues no es así. Está la información que las bases de datos municipales (BRP) suministran a las diferentes instancias como el Belastingdienst, UWV, SVB o IND y por último todo se recoge en la base Central del Gobierno (MijnOverheid).

    Pero yo todavia me estoy rompiendo la cabeza de como es posible que al inspector de impuestos que hizo una consulta al municipio de Arnhem le hayan dicho que que según la BPR yo no tengo hijo natural, adoptado o reconocido y que como era posible que estuviera solicitado en mi declaración de impuestos reducciones fiscales por gastos de manuteción )pensión alimenticia) de hijos menores de 21 años.

    Al pedo con toda la técnologia tuve que hacer una carta explicativa y adjuntarles los siguientes documentos que se supone deben estar en las computadoras: copia del acta de nacimiento original holandesa de mi hija entregada por el Registro Civil de La Haya con la anotación marginal del reconocimiento, copia del acta de reconocimiento hecha en el municipio de Arnhem y copia del registro de dichos datos personales de mi hija, que yo le solicite a la propia base de datos municipales (BRP), desde donde le informan ahora que yo no tengo ninguna hija ¿?. Mi hija recibe ahora en Espana el subsidio familiar del SVB (falta aún la asiganción por hijo), y ellos reciben dicha la información de la mismisima BRP, increible!!!.

    El año termino y empezo con el problema del deficiente funcionamiento del sistema de salud holandés y principalmente en el cuidadao de los ancianos, todos se lavan las manos, un tema que salio a la luz , sino estoy equivocado porque el padre del Ministro de Salud lo tenian tirado en algún asilo de ancianos que daba pena el hombre. Con escandalos de corrupción en centros de atención de ancianos, hospitales e instituciones en quiebra, en fin un desastre y los pobres viejos pagando el pato como siempre.

    Yo pagaba 111, 88 por mes de seguro médico con Menzis, y ahora pago 120,64 euros, un aumento de 8,79 del seguro y de solo 6 euros en la compensación de gatos sanitarios (Zorgtoeslag) que es ahora de 78.

    HOLANDA NO FUNCIONA MÁS COMO UN RELOJ.

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