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  • #347024
    spysecurityca
    Miembro

    Buenas, pues como todos en este foro también estoy pensando en irme junto a mi novia.

    Ella tiene pasaporte Alemán y Español, me ha comunicado en reiteradas ocasiones que nos casemos para irnos.

    La pregunta es:

    Que es más conveniente, que me case acá en Venezuela o nos casemos ya estando afuera ?

    Que tramites se debe hacer para obtener la residencia Alemana ya con el estatus de casado con una Alemana?

    Se puede obtener la ciudadanía Alemana al estar X tiempo casado con una Alemana ?

    Que de cierto hay que en Alemania hay un programa para reingresar ciudadanos Alemanes que crecieron en el exterior al país ?

    En caso de que dicho programa exista, de que se trata? también cubre a la pareja ?

    Cabe destacar que primero llegaremos a España para realizar unos estudios y luego veremos si nos quedamos allí o viramos hacia otra parte (En este caso estoy considerando Alemania), por lo cual en caso de casarnos fuera del pais es muy seguro que fuese en España

    #347029
    correo64
    Miembro

    Hola spysecurityca,

    1-Lo primero que les recomiendo a los dos es que miren la información disponible en la pagina de la Embajada de Alemania en Venezuela. Después que ella hagan las preguntas necesaria sobre todo lo que desea saber,

    2-Para emigrar a cualquiera de los dos ambos países deben estar casados,lo mejor es hacerlo en Venezuela y después registrar dicho el matrimonio.

    3-Tu pareja tiene doble nacionalidad por nacimiento, entonces debes saber algo sobre los procedimientos de cada país por que son totalmente diferentes:

    . Para España: una vez casado y registrado el matrimonio en ese Consulado, puedes viajar con ella directamente y aplicar después a la Tarjeta Comunitaria, según el RD 240/2007 (basado en la Directiva 2004/38/CE).

    . Para Alemania: Para emigrar a este país como cónyuge de ciudadana alemana no se te aplica la Directiva 2004/38/CE, sino la Ley de Extranjeria y Residencia alemana. Eso significa que para obtener el visado alemán de reagrupación familiar deberás demostrar conocimientos de idioma alemán, mínimo nivel A1 de lenguas europeas. Pero para hacer la reagrupación familiar tu esposa debe estar viviendo en Alemania y tener un trabajo, vivienda adecuada, seguro médico y disponer de los ingresos mínimos exigidos.

    Ella en Alemanía será tratada siempre como alemana y en España como española, la doble nacionalidad no le otorga ningún beneficio.

    4-Para obtener la nacionalidad alemana debes residir en el país con tu esposa la menos 3 años y tener el nivel B1, el cual se obtiene por ejemplo aprobando el curso de integración.

    5-Existe ese programa de reincersión pero sólo tienen derecho a esa ayuda los ciudadanos alemanes, su pareja extranjera no aplica. OJO!!!!, si tu esposa recibe esa prestación tiene que hacer el curso de integración alemán y por lo tanto tampoco aplica a la reagrupación familiar, porque esta recibiendo una prestación del Estado alemán.

    Si vives en Holanda de una forma u otra tienes algunos conocimientos de los países vecinos (Alemania y Bélgica). En mi caso vivo en el borde fronterizo con Alemania en la llamada Regio Arnhem-Nijmegen y tengo las ciudad alemanas de Emmerich a 30 km (mi ruta preferida en bici) y Kleve a 50 km, a donde van a vivir los holandeses con sus parejas extranjeras, en la que es la ‘Ruta Alemana’ preferida y después de 6 meses regresan a Holanda y aplican al EU-toesing (Derecho Comunitario, de la Directiva 2004/38/CE).

    Como podrás ver emigrar a Alemania tiene muchos más obstaculos, los mismos que ponen sus nietos los holandeses.

    #347030
    correo64
    Miembro

    Atención: Lo de la doble nacionalidad significa que aunque ustedes vivan en España, no aplican a la Directiva 2004/38/CE si regresan Alemania, esto es algo que deben tener en cuenta.

    #347031
    correo64
    Miembro

    Corrección: EU-toetsing

    #347083
    spysecurityca
    Miembro

    Hola Correo. 64, muchas gracias por aportar tus conocimientos.

    Me ha surgido una duda ya que has mencionado en varias ocasiones la reagrupación familiar.

    Ella ha vivido desde siempre acá en Venezuela, de hecho nuestra relación va para 5 años y la amistad de media vida.

    En vista de que no es un caso en el que ella me pide sino que de tenemos ya varios años juntos ¿Aplica el concepto de reagrupación?.

    O ya que estoy con ella mi caso es el de tramitar una visa ya que ambos nos moveriamos por primera vez a Alemania ?.

    Hago las preguntas ya que he visto casos de gente que se ha casado con personas de Alemania cuya convivencia con la otra parte ha sido prácticamente nula, la otra parte no conoce el idioma y bueno allí están en Alemania.

    Nuevamente muchas gracias por tu tiempo.

    #347099
    correo64
    Miembro

    spysecurityca, si usted quiere residir en Alemania después que estes casado, ese procediemiento se llama ‘reagrupación familiar’ y para eso se deben cumplir ciertos requisto, mire usted la pagina de la Embajada de Alemania, allí esta toda la información.

    #347100
    correo64
    Miembro

    spysecurityca, si usted quiere residir en Alemania después que estes casado, ese procedimiento se llama ‘reagrupación familiar’ y para eso su esposa deberá cumplir con determinados requisitos y usted también. Por favor mire usted la pagina de la Embajada de Alemania, allí esta toda la información.

    #348894
    Diamondbunny
    Miembro

    Hola correo64
    Espero puedas ayudarme con mi consulta. Yo soy una abogada peruana y tengo un novio alemán que vive desde niño en Holanda, queremos vivir juntos en ese país porque él tiene su casa propia allí pero él problema es que no tiene trabajo porque tiene una enfermedad crónica que le impide trabajar por lo que el gobierno le da una pensión cada mes.
    Mi pregunta es si esa pensión es suficiente para demostrar que tiene «recursos suficientes» de acuerdo al artículo 4° de la Directiva 2004/38/CE ya que aquel artículo indica que se tomará en consideración la situación especial del interesado (por lo que por «recursos suficientes» se entiende que no superará «el nivel de la pensión mínima de seguridad social pagada por el Estado miembro de acogida»).
    Asimismo, para calificar como «familia» debemos estar casados o ser una pareja registrada antes de intentar reunirme con él ya que, según entiendo, el trámite debo iniciarlo en la embajada holandesa de mi país y en ningún caso allá, ¿es cierto esto?.
    Muchas gracias por tu ayuda. Saludos.

    #348995
    correo64
    Miembro

    Hola Diamondbunny,

    El artículo 4 de la Directivas en este caso no es de aplicación, por que la persona en cuestión es un ciudadano Comunitario residente permanente y la única condición necesaria para obtener el derecho de residencia permanante es demostrar 5 años de residencia legal y continuada en otro país de la UE. Por lo tanto un ciudadano Comunitario residente permanente en otro país de la tiene derecho a percibir todas las prestaciones y beneficios en las mismas condiciones a las que tienen derecho los nacionales del pais y pueden traer a residir con él a su pareja sin importar de donde percibe sus ingresos.

    Por lo tanto en vuestro caso no importa que no esten casados o no sean una pareja registrada,puedes aplicar como ‘socios solteros’ (ongehuwde partner) pero sí tendrán que demostrar que ustedes tienen ‘una relación duradera’ (een duurzaam relatie) de por lo menos 1 o 2 años.

    En los Países Bajos las formas de relaciones personales más conocidas son: casados (gehuwden), sociedad registrada (geregistreerd partnerschap), socios solteros (ongehuwden partners), la cohabitación legal (samenlevingscontract) y la cohabitación (samenwonen).

    #349113
    Diamondbunny
    Miembro

    Hola correo64,

    Agradezco mucho tu respuesta. Eres de gran ayuda sobretodo porque sólo conozco el idioma neerlandés a nivel básico y no puedo tener acceso directo a la normativa nacional sobre inmigración.

    Si bien la directiva 2004/38/CE no es de aplicación a mi novio por ser alemán con residencia permanente en Holanda, mi duda subsiste respecto a la exigencia de ingresos por trabajo (ya sea por cuenta propia o ajena) ya que mi novio recibe su pensión porque no puede trabajar al tener una enfermedad crónica, su pensión es parte por su antiguo trabajo y parte del tesoro público. Por lo que, por favor, quisiera saber si hay alguna posibilidad, por muy remota que fuese, para que las autoridades consideren a esa pensión como ingresos estables a fin de aplicar por el MVV.

    Asimismo, mi novio y yo tenemos una relación de 6 años y medio, yo he viajado a Holanda y me hospedé en su casa durante mis vacaciones y nos comunicamos todos los días, en ese sentido considero que tenemos una relación duradera, pero no sé qué criterios tienen las autoridades para probar el “een duurzaam relatie”.

    Te agradezco de antemano tu valiosa respuesta. Saludos,

    #349116
    correo64
    Miembro

    Hola Diamondbunny,

    La pagina del Servicio de Inmigración y Naturalización (IND), esta disponible también en inglés pero eso no suficiente si persona no tiene ningún conocimiento sobre los diferentes procedimientos de emigración y cuando se aplica la legislación nacional y cuando el Derecho de la UE.

    Veo que no has entendido, en vuestro caso lo que NO es de aplicación es la Ley de Extranjería 2000 (Vreemdelingenwet 200) y por lo tanto tampoco usted tiene que pedir el MVV. Su novio SÍ aplica a la Directiva 2004/38/CE como ciudadano alemán residente permanente los Países Bajos y no importa si él llego al país siendo menor de edad, él se beneficio de la libre circulación y residencia por estar bajo la tutela de sus padres, por lo tanto usted lo que tiene que pedir en la Embajada de Holanda es el llamado Visado de Entrada (Inreisvium) en ase a la Directiva 2004/38/CE, el cual le debe ser concedido en menos de 15 días y de forma gratuita.

    El importe de sus ingresos es irrelavante y tampoco importa si recibe un seguro de desempleo o una prestación social y esos derechos los ha adquirido por ser un residente permanente, por lo tanto no tiene que demostrar que tiene ingresos suficientes.

    Por último si la relación es de 6 años y medios, creo que tienen suficiente material para demostrarla, como: fotos de tus vistas a Holanda y de él a Peru, las llamadas telefonicas, los e-mails, las cartas, las fotos de usted juntos o con sus familiares o amigos, los boletos de avión, los boletos de viajes en tren, las visas en los pasaportes, etc, etc, etc …… Un alemán esta en Holanda como en su casa eso lo sabe cualquiera porque el idioma alemán lo entiende más del 70 % de la población.

    Si el IND le hace problemas tu novio sabrá lo que debe hacer, usted no se preocupe de eso, tiene el forum de la Stichting Buitenlandse Partner (Fundación Socio Extranjero) que es muy activo y una mano le va a echar todo el mundo (incluido un ex abogados de extranjería con 41 años de experiencia) para que pueda hacer valer sus Derechos de Ciudadano de la UE, pero a un alemán nadie lo va a dejar votado jajaja.

    Espero que ahora tenga usted una mejor comprensión de su situación y del procediemiento a seguir.o seré abogado e la proxima vida en esta a no se si tenga tiempo y edad para hacerlo.

    Succes.

    #349126
    correo64
    Miembro

    Hola Diamondbunny,

    La pagina del Servicio de Inmigración y Naturalización (IND), esta disponible también en inglés pero eso no es suficiente si la persona no tiene ningún conocimiento sobre los diferentes procedimientos de emigración y cuando se aplica la legislación Nacional y cuando el Derecho de la UE.

    Veo que no has entendido bien, en vuestro caso lo que NO es de aplicación es la Ley de Extranjería 2000 (Vreemdelingenwet 2000) y por lo tanto usted tiene que pedir ningún MVV, ese visado es para la reagrupación familiar (gezinshereniging) con ciudadanos holandeses o con extranjeros residentes legales.

    Su novio SÍ aplica a la Directiva 2004/38/CE como ciudadano alemán residente permanente en los Países Bajos y no importa si él llego al país siendo menor de edad, él se beneficio de la libre circulación y residencia por estar bajo la tutela de sus padres. Por lo tanto usted lo que tiene que solicitar en la Embajada de Holanda es el llamado ‘Visado de Entrada’ (Inreisvium) en base a la Directiva 2004/38/CE, el cual le debe ser concedido en menos de 15 días y de forma gratuita.

    Como a usted le preocupa mucho lo relativo a los ingresos, le vuelo a aclara que el importe de sus ingresos es irrelavante y tampoco importa si recibe un seguro de desempleo o una prestación social, porque esos derechos los ha adquirido por ser un residente permanente, por lo tanto no tiene que demostrar si esos ingresos son o no suficientes.

    Por último si la relación es de 6 años y medios, creo que pueden reunir suficiente material para demostrarla, como: fotos de tus visitas a Holanda y/o de él a Peru, las llamadas telefonicas, los e-mails, las cartas, las fotos de ustedes juntos o con familiares o amigos, los boletos de avión, los boletos de viajes en tren, las visas en los pasaportes, etc, etc, etc …… Un alemán esta en Holanda como en su casa eso lo sabe cualquiera porque el idioma alemán lo entiende más del 70 % de la población.

    Si el IND le hace problemas tu novio sabrá lo que debe hacer, usted no se preocupe de eso, por que aquí tenemos el forum de la Stichting Buitenlandse Partner (Fundación Socio Extranjero) que es muy activo y una mano le va a echar todo el mundo (incluido un ex abogado de extranjería con 41 años de experiencia) para que pueda hacer valer sus Derechos de ciudadano de la UE, pero a un alemán nadie lo va a dejar votado jajaja.

    Espero que ahora tenga usted una mejor comprensión de su situación y del procediemiento a seguir, yo seré abogado en la proxima vida en esta no se si tenga tiempo y edad para serlo.

    Succes.

    #349409
    Diamondbunny
    Miembro

    Hola correo64,

    Agradezco mucho tu respuesta. Por tus conocimientos y el uso de términos legales llegué a pensar que eras abogado. Te felicito!.

    Respecto a la solicitud del “inreisvisum” entiendo que la debo hacer yo desde Perú (porque debo esperar la respuesta en mi país) o también podría hacerlo sólo mi novio desde las oficinas del IND en Eindhoven o tenemos que ir los dos juntos?

    Estuve chequeando la página del IND en su versión en inglés y encontré esto: https://ind.nl/EN/individuals/residence-wizard/eu/third-country-nationals
    En él se indica que los nacionales de terceros Estados (como es mi caso) que sean familiares de ciudadanos europeos (excepto holandeses) que vivan en Holanda, se rigen por otro procedimiento distinto al MVV y también tiene derecho de vivir en Holanda. Para ello se tiene que aplicar por el “certificate of lawful residence” cuyo proceso tarda 6 meses y debe ser presentado en las oficinas del IND.

    Además, en la parte titulada “Documentos” indican que para aplicar por aquel certificado debo presentar prueba de que estoy registrada en el “Dutch Municipal Personal Records Database” (BRP) y “Proof of sufficient and long-term means of support”, y al hacer clic en este segundo requisito me manda a una lista de montos que el ciudadano europeo debe ganar. Por favor, podrías indicarme dónde puedo encontrar lo que me comentaste respecto a que mi novio no está obligado a sustentar ingresos para que podamos vivir juntos en Holanda y lo referente al «inreisvisum» que es gratis y lo otorgan en 15 días.

    Muchas gracias, de antemano, por tu respuesta. Mil disculpas si te causo molestias.

    Saludos

    #349639
    correo64
    Miembro

    Hola Diamondbunny,

    Bueno veo que no ha entendido pero lo cierto es que la pagina en inglés no es buena parece que no le aclara sus dudas, asi que le voy a explicar mejor usando la información de un post mio titulado ‘Holanda: la residencia por convivencia o cohabitación’ y con algunas correcciones.

    En el 2013 se introdujo un nuevo procedimiento de extranjería llamado ‘Entrada y Residencia (TEV)’ donde el visado de residencia (MVV) y el permiso de residencia (VVR) se solicitan juntos en un único procedimiento (costo 228 euros). La solicitud puede ser presentada por el referente (en Holanda) o desde el extranjero por su pareja o socio. Aquí es de aplicación la Ley de Extranjería 2000.

    Los pasos básicos a seguir después de su llegada, son los siguientes:

    – Dentro de las 2 semanas de su llegada al país debe ir a recoger su permiso de residencia (válido por 5 años) en la oficina del IND que le corresponde, sin hacer una cita previa. Desde el 01-03-2014, todos los documentos de residencia de los extranjeros mayores de 6 años seran biométricos y llevaran incorporado un chip con la foto y dos huellas dáctilares, según el nuevo Reglamento introducido en la UE.
    – Después usted se debe registrar (empadronar) en el Ayuntamiento para obtener su BSN (Número de Servicio al Ciudadano), con eso puedes inscribirte en el seguro médico obligatorio, abrir una cuenta bancaria, para la escuela o guardería, solicitar diferentes subsidios o suplementos, solicitar una beca o prestamo, etc.
    – Antes de los 3 meses usted esta obligado a hacerse la prueba de tuberculosis (TBC onderzoek), para eso debe hacer una cita con el Servicio Municipal de Salud (GGD) de su lugar de residencia.
    – Aquellos que tengan la obligación de integración, recibiran una carta de DUO. Pero usted debe buscar por su cuenta, la escuela o el centro educativo donde desea hacer el curso de integración. Usted tiene la obligación de antes de los 3 años de obtener el diploma del curso, de no ser así, esto puede tener consecuencias para su derecho de residencia en Holanda, según la información en la pagina del IND.

    I-EL PROCEDIMIENTO PARA LA PAREJA O SOCIO DE UN HOLANDÉS O EXTRANJERO RESIDENTE

    Usted debe cumplir las siguientes condiciones:

    – Usted es soltero.
    – Usted es holandés o ya tiene un mínimo de 1 año con un permiso de residencia para un propósito no temporales. Esta condición no se aplica si usted tiene una permiso de residencia temporal de estudio o de trabajo (excepto ministros religiosos).
    – Usted tiene 21 años o más.
    – Usted como referente ha firmado una declaración (garante)
    – Usted tiene una relación duradera y exclusiva con su pareja o socio.
    – Usted está registrado en Holanda en la Clave de Registro de las Personas (BRP) de su lugar de residencia (Municipio).
    – Tienes ingresos suficientes y sostenibles y dispone de un contrato laboral de un mínimo de 12* meses (los autonómos 18 meses) en el momento de la aplicación. El ingreso a demostrar desde el 1 julio de 2104 esta fijado en 1495,20 euros por mes (excluyendo vacaciones).
    * Si tienes un contrato por menos de 12 meses, entonces debes presentar copias de los recibos de sueldos de los tres años anteriores donde se demuestre que has cumplido con los ingresos estables y suficientes.

    Su pareja o socio debe cumplir las siguientes condiciones:

    – Usted es soltero.
    – Usted tiene 21 años o más.
    – Su pareja va a vivir junto a usted cuanto este en Holanda. Su socio se inscribe en su dirección.
    – Tu pareja tiene aprobado el examen básico de integración cívica en el extranjero o tiene una exención. No necesita tomar el examen si no tiene la obligación de tener un MVV.
    – Su pareja tiene un documento de viaje válido (pasaporte por ejemplo).
    – Tu pareja no constituye una amenaza para el orden público y la seguridad nacional.
    – Tu socio está dispuesto a cooperar en la investigación sobre la tuberculosis. Informese sí por su nacionalidad necesita la investigación.
    – Su socio en una anterior solicitud de un permiso de residencia no tiene proporcionado datos incorrectos sobre alguna información relevante.

    ATENCIÓN: El procedimiento de Entrada y Residencia (TVE) no es de aplicación a los familiares extranjeros de ciudadanos de la de la UE/EEE/Suiza que viven o trabajan en los Países Bajos, a ellos se les aplica lo establecido en la Directiva 2004/38/CE
    sobre la libre circulación y residencia.

    II-EL PROCEDIMEINTO PARA LA PAREJA O SOCIO DE CIUDADANOS COMUNITARIOS

    1. No existe un requisito de ingresos mínimos si trabajas y debes contar con un seguro médico obligatorio para usted y su familia. Si eres una persona económicamente no activa (no trabajas) pero dispones de ahorros, entonces debes desmostrar que puedes disponer del 1495,20 euros por mes, y los aportes financieros de tu pareja o socio también se tienen en cuenta.

    2. La pareja o socio extranjera puede venir con un visado de turista si lo necesita o sin el mismo si no lo necesita.

    3. En caso de no tener documentos oficiales sobre dicha relación o la relación no cumple con el tiempo establecido, pueden ante un notario holandés firmar un contrato de convivencia o cohabitación legal.

    4. Después con dicho documento él o ella se empadronan en el domicilio de su pareja o socio. Se le otorga el BSN, que le sirve para hacer todo tipo de trámites.

    5. Se aplica para un permiso de residencia en el IND, y ellos te ponen una pegatina (sticker) en el pasaporte válido por 6 meses hasta que decidan sobre el pedido. En base a la legislación de la UE, en dicho sticker deberían ponerte: “tienes derecho a trabajar”, pero el IND a veces no lo hace, en ese caso, tienes que presentar una queja (bezwaar) por mala aplicación del Derecho de la Unión.

    6. Antes de los 6 meses deben entregarte la Tarjeta de Residencia como Pareja de Ciudadano de la Unión, válida por 5 años.

    7. Él o Ella no tienen obligación de integración, pero si desean hacer un curso de integración se lo deben pagar de su bolsillo o pueden pedir un prestamo a DUO.

    En el 2010 una cubana que era pareja de un ciudadano britanico residente permanente en Holanda, llegó con una visa de turista, pero ellos no se querían casar ni registrarse como pareja, a si que le recomende que hiciera la cohabitación legal y le informe como debía legalizar y hacer traducir los documentos. Un día recibo un e-mail donde me informaba que ya tenía la tarjeta de residencia de 5 años como pareja de ciudadano comunitario y que estaba haciendo un curso de integración.

    #349653
    correo64
    Miembro

    Diamondbunny,

    Disculpe mi atrevimiento pero viendo su caso me acordaba de un viejo dicho cubano: ‘en casa del herrero cuchillo de palo’, y esto lo digo por que no puedo entender que siendo usted abogada en 6 años de relación ustedes no hayan consultado en Holanda a un abogado especializado en derecho de extranjería, que les hubiera explicado en menos de una hora sus derechos y lo que tenía que hacer.

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