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Visa
de trabajo y residencia
Permisos de trabajo
Renovación
de permisos de trabajo
Excepciones del permiso
de trabajo
Otras acreditaciones
Renovación de permisos
de trabajo
Se entiende por renovación tanto la prórroga
de un permiso anterior como la concesión, sin solución
de continuidad, de otro permiso de trabajo de distinto tipo.
Para la
renovación de los permisos de trabajo por cuenta propia
o ajena se considerarán ciertas circunstancias, tales
como:
-
Ocupación regular y estable durante la vigencia
del anterior permiso.
- Cumplimiento
de las obligaciones fiscales y de Seguridad Socia en España,
en particular si el responsable del cumplimiento es el
propio trabajador.
- Continuidad
de la relación laboral, actividad empresarial o
nueva oferta de empleo formulada por empresario responsable.
- El
régimen de reciprocidad existente en el país
de origen de los extranjeros.
- La
autoridad competente renovará los permisos de trabajo
cuando el titular se halle en situación de baja
laboral derivada de accidente de trabajo o enfermedad
profesional y maternidad.
- Los
permisos de trabajo permanente se obtendrán a la
expiración de los permisos de tipo "C"
o "E", en tanto el titular continúe en
actividad, ya sea como trabajador o como demandante de
empleo.
- Los
permisos de trabajo para trabajadores fronterizos se renovarán
a su expiración en tanto el titular continúe
en actividad y subsistan las circunstancias que motivaron
su concesión.
Preferencias
para la renovación
El período de trabajo exigido para obtener un permiso
de clase "C" o "E" se reducirá
a dos años para los titulares de un permiso de tipo
"B" o "D" (renovados) en quienes concurran
una de las circunstancias siguientes:
-
Ser nacional de un país iberoamericano, Guinea
Ecuatorial, Filipinas o Andorra, o ser de origen sefardí.
- Ser
originario de Gibraltar.
- Haber
nacido en España o haber tenido la nacionalidad
española.
- Ser
hijo o nieto de español de origen.
- Haber
residido de forma ininterrumpida en España durante
los últimos cinco años.
- Ser
cónyuge o hijo de un trabajador extranjero con
permiso de tipo "C" o "E", o permanente.
- Tener
a su cargo ascendientes o descendientes de nacionalidad
española.
Requisitos
para la renovación de un permiso de trabajo
Para la renovación de los permisos de tipo "b"
o "d" y la obtención de los permisos de tipo
"C" y "E", además de la solicitud
en modelo oficial habrán de presentarse los documentos
siguientes:
- Del
trabajador:
-
Copia del permiso de trabajo y residencia anterior.
- Copia
del pasaporte o documento de viaje vigente.
- Tres
fotografías de idéntico formato al exigido
para la concesión inicial.
- Acreditación
de alguna o algunas de las preferencias si se alegasen
por el interesado.
- Acreditación
profesional cuando el ejercicio de la actividad así
lo exija.
- Del
empresario:
-
Contrato de trabajo u oferta formal de continuidad en
la relación laboral, en el caso de trabajadores
por cuenta ajena.
- Documentos
acreditativos de la inscripción y cotización
de la empresa a la Seguridad Social, así como
de las obligaciones fiscales, en caso de trabajadores
por cuenta propia.
- Cuando
se cambie de empresario o de actividad por cuenta propia
se podrán solicitar los documentos que se consideren
necesarios para acreditar la capacidad o solvencia del
empleador, proyecto del establecimiento o actividad,
así como la acreditación de que se han
solicitado las autorizaciones o licencias exigidas para
la instalación.
- Para
la renovación de los permisos de los trabajadores
fronterizos, además del modelo oficial de solicitud,
será necesario aportar los documentos señalados
anteriormente, en función de la naturaleza de
la actividad a desarrollar, y el certificado de residencia
en el país fronterizo.
- Para
la renovación de las tarjetas que documentan
los permisos permanentes o extraordinarios será
necesario aportar junto con el modelo oficial, los mismos
documentos que los señalados para la concesión
inicial.
Denegación
de renovaciones
Se
denegarán las solicitudes de permisos de trabajo de
modalidad "B" y "D" (renovado) y de tipo
"C" o "E" en su concesión inicial,
con carácter general, cuando no se acrediten los requisitos
exigidos para la renovación o haya permanecido el trabajador
extranjero fuera del territorio nacional durante más
de seis meses de forma ininterrumpida.
Modificación
de los permisos de trabajos
Las solicitudes para las modificaciones de permisos de
trabajo deberán dirigirse a las Direcciones Provinciales
de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales o a las oficinas
de extranjeros, donde estén constituidas.
Las solicitudes deben iniciarse durante la vigencia del permiso
de trabajo y con anterioridad al cambio que se pretende.
La autoridad
española a la que corresponde la competencia para resolver
las solicitudes de modificación son las Direcciones
Provinciales de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales
donde se hubiera tramitado el permiso, salvo cuando hubiera
correspondido a la Dirección General de Ordenación
de las Migraciones, en cuyo caso será éste el
organismo indicado.
Para la
modificación del permiso de trabajo, junto con el modelo
oficial de solicitud, se presentarán los documentos
siguientes:
- Referidos
al trabajador extranjero:
-
Copia del pasaporte o documento de viaje vigente. En
el caso de que estén caducados deberá
aportarse copia de los mismos y de la solicitud de renovación.
- Copia
del permiso de trabajo y residencia vigentes, cuya modificación
se solicita si se pide en una provincia diferente.
- Tres
fotografías, tamaño carnet.
- Documentos
que justifiquen que posee la titulación o capacitación
exigida para el ejercicio de la profesión, cuando
la modificación afecte al empleador, profesión,
sector de actividad o circunstancias personales o profesionales.
- Aquellos
documentos que justifique, en su caso, el cambio de
circunstancias personales o profesionales del titular
del permiso, o de zona geográfica.
- Referidos
a la empresa contratante:
-
Documento nacional de identidad o código de identificación
fiscal y número de inscripción en la Seguridad
Social.
- Memoria
descriptiva de las actividades de la empresa o del puesto
de trabajo de que se trate, que justifique la contratación.
- Contrato
de trabajo u oferta formal de colocación, en
los que figuren los elementos esenciales y las condiciones
básicas de la prestación laboral.
- Se
podrán solicitar los documentos que se consideren
necesarios para acreditar la capacidad o solvencia del
empleador para hacer frente a las obligaciones a que
diere lugar el contrato.
- Cuando
la modificación solicitada conlleve un cambio
de actividad de cuenta propia a cuenta ajena, la documentación
por presentar será la indicada anteriormente
y además se deberá acreditar el cumplimiento
de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social de
la empresa del trabajador extranjero.
-
Si se solicita el cambio de una actividad por cuenta ajena
a una actividad por cuenta propia, el interesado deberá
aportar los documentos siguientes:
-
El proyecto de establecimiento o actividad por realizar,
con indicación de la inversión prevista,
su rentabilidad y puestos de trabajo de nueva creación,
así como la acreditación de haber solicitado
las autorizaciones o licencias exigidas para la instalación,
apertura o funcionamiento de la actividad proyectada
para
el ejercicio profesional.
- Se
deberá acreditar el cumplimiento de obligaciones
fiscales y de Seguridad Social, en caso de que el
permiso de trabajo cuya modificación se pretende,
permitiera realizar una actividad por cuenta propia
distinta.
| Con
la entrada en vigencia de la Ley de Extranjería,
en vigor desde el 1 de enero de 2004, se ha eliminado
la obligatoriedad de tramitar en España el permiso
de trabajo y/o residencia, puesto que se entiende que
la visa de trabajo y residencia en sí
misma hablita para el objetivo para el cual fue concedida,
es decir, para el ejercicio de una actividad laboral
y para residir en España.
Se
entiende que estas reformas buscan la simplificación
de los trámites administrativos para favorecer
la inmigración legal de los extranjeros que
desean residir y trabajar en España, suprimiendo
gestiones burocráticas innecesarias.
Sin
embargo, como la ejecución práctica
de la Ley de Extranjería apenas comienza a
desarrollarse, mequieroir.com continúa
ofreciendo la detallada explicación de los
tipos de permisos de trabajo y la manera de obtenerlos
y renovarlos, como una guía referencial, hasta
tanto quede definitivamente establecida la eliminación
de los mencionados permisos laborales.
Puedes
leer más sobre la Ley de Extranjería
y los cambios introducidos al texto legal, aquí.
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