procesamiento de visas
Al solicitar una visa para emigrar o trabajar en España se deberá abonar un arancel por concepto de procesamiento de la petición que se cobra al presentar la solicitud y no es reembolsable si ésta es rechazada.

Costos por el procesamiento de visas – Trabajar en España

Otros pagos pueden ser necesarios por cada miembro de la familia incluido en la solicitud principal. Los montos dependerán del tipo de visa que se esté solicitando.

Los precios en moneda local están sujetos a variaciones en función de la tasa de cambio vigente para el euro.

Tasas de residencia y trabajo

Las tasas de residencia y trabajo se pagarán en el momento de admisión del trámite de la solicitud por parte de las autoridades consulares y deberán abonarse en el plazo de diez días hábiles.

Algunos aranceles son:

  • Formulario de autorización inicial de residencia temporal a abonar por el trabajador extranjero: 10,30 euros
  • Formulario a abonar por el empleador en España para autorización de trabajo por cuenta ajena con autorización de residencia: 192,02 euros
  • Formulario a abonar por el extranjero para solicitud de autorización de trabajo por cuenta ajena con autorización de residencia: 384,07 euros

Estos montos son únicamente referenciales y deben ser validados ante el consulado de España al momento de realizar la solicitud.

Existen otros gastos que se deben tomar en cuenta a la hora de preparar la salida, muchos de ellos inherentes a la preparación previa de la documentación requerida, como por ejemplo, los costos por trámites de legalizaciones.

También es importante conocer y tomar previsiones en cuanto a los gastos de manutención y los costos básicos de la vida en España.