• Este debate tiene 367 respuestas, 24 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 5 meses por Samuel.
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  • #457576
    correo64
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    Falconiano,

    Pues me alegro port usted, y mi consejo es que haga una carpeta extra y guarde allí copias de todos los documentos que le hayan pédido a su mamá, y así estará mucho mejor informado sobre como es el trámite y la documentación.

    #457577
    correo64
    Miembro

    jane,

    Dices que has pedido tres veces la nacionalidad holandesa y te la han negado!!!,. Las tres veces te la han negado por el mismo motivo????

    #457578
    correo64
    Miembro

    jane,

    He usado el traductor aunque que no e s lo más adecuado, pero lo esencial que debes saber del texo te lo he marcado en letras MAYUSCULAS, y lo que debes corregir. No puedes enviar una queja sin poner tus NOMBRE, FECHA O SIN FIRMAR, porque si no lo haces no la van a tramitar, asi que debes corrgir eso. LA APELACION O UNA OBJECIÓN SIEMPRE SE DEBE HACER CON UN ABOGADO, y más en tu caso que por lo que ustde misma cuenta, ya te han negado la nacionalidad holandesa en tres ocasiones.

    El Ministerio de Asuntos Exteriores confirma por la buena acogida el 11 de abril de 2017, por el recurso contra la decisión del Ministerio de Asuntos Exteriores de 1 de febrero, 2017, en donde RSO UEO 2017 a 0152.

    LA APELACIÓN ESTÁ PENDIENTE DE TRATAMIENTO EL NÚMERO DE CASO 0xXXXXXXXX

    El Ministerio de Asuntos Exteriores tiene como objetivo finalizar el procedimiento de oposición dentro de las 12 semanas.

    La evaluación inicial de la denuncia demuestra que este NO CUMPLE CON LOS REQUISITOS ADMINISTRATIVOS de la Ley de Derecho Administrativo General (AWB), lo que puede conducir A LA NO ADMISIBILIDADA DE LA QUEJA.. Aquí le sugiero que envió en el lugar dentro de dos semanas de esta carta o entregado a recuperarse siguientes omisiones, o en su caso, para indicar por qué cree que la ausencia es excusable.

    • LA APELACIÓN NO LLEVA EL NOMBRE DEL PETICIONARIO. Con mucho gusto suministrar la información.

    • LA APELACIÓN NO LLEVA LA FECHA. Sin embargo, por favor indique la fecha de la apelación.

    Hasta el día en la información / documentos solicitados anteriormente recibidos o haya transcurrido el período de tiempo determinado, en virtud del artículo 7:10, GALA subsección de la fecha límite se debe decidir sobre la apelación se suspenderá.

    Ya he solicitado el archivo por la Organización de Servicio respectiva regional. Una vez que se recibe el archivo, el proceso continúa y recibe nuevo aviso tan pronto como sea posible en la tramitación de la denuncia.

    Por favor, dirija toda la correspondencia en esta materia a DJZ / NR / BC citando el número de caso. DJZ / NR / AC por teléfono sólo los lunes, martes y viernes 9:30-11:00 el número de teléfono 070-348 44 25.

    Ministro de Asuntos Exteriores,
    en su nombre,
    el jefe del Departamento de Asuntos Jurídicos Derecho holandés,
    en su nombre,

    #457583
    anonimo19
    Miembro

    me exprese mal, encontraron el documento de residencia temporal de mi madre en 1969 y en 1970 y cada uno era de un año, obtuvo residencia permanente como holandesa en 1978, y no solo en de mi madre, el de mi abuela y solicite ambos para tener un caso mas fuerye, por lo visto mi abuela vivio en venezuela un año por mi madre, mande a sacarlos y apostillarlos, lo que me angustia es que me pongan excusas por que no son expedidos en holanda, pero en holanda dicen que no tienen nada de mi madre, pues rs un rollo, y estoy haciendo un esfuerzo y un gasto grandísimo para poder obtener la nacionalidad, mi madre no adquirio la doble nacionalidad hasta 1995 encontramos su gaceta de adquirir nacionalidad y nunca perdió su nacionalidad holandesa, nacio holandesa cuando yo naci era holandesa y murio holandesa

    #457607
    correo64
    Miembro

    anonimo19,

    No fue hasta el 01-10-1994 que se introdujo en los Países Bajos lo que se conocía antes como (ahora es BPR) o registro automatizado de los datos personales de las personas que residian en Holanda, por eso las personas como tu mamá que se marchó del país antes de octubre de 1994, toda la información sobre sus datos personales sólo la podía pedir all Registro de antiguos residentes que esta en La Haya, simpre y cuando aún estuviera con vida, ya fuera de forma personal si venía a Holanda, por escrito o dandóle un poder a un amigo, familiar o abogado para esa gestión. Si la persona ha fallecido, entonces no puedes coseguir ningún documento relativo al tiempo que ella vivio en el país, por eso no hay que esperar que un padre o madre holandés fallezca para empezar hacer un trámite de nacionalidad holandesa.

    Yo no sé si tu abogado tiene experiencia, pero usted se ha podido dar cuenta que si yo no le hubiera hecho tantas preguntas (no le hubiera tirado de la lengua como se dice en España), usted no habría llegado a tener toda la información que ahora tiene, y que si usted la ordena de forma cronológica, quedrái como esta abajo, y todo sería más claro, así como sigue más o menos:

    1931- Nace su mamá en Rotterdam de padres holandeses.

    1961- Su mamá se casa por segunda vez, on un ciudadano venezolano.

    1966- Nacimiento de usted en los Países Bajos.

    1969- Salida de su mamá, su abuela, su padre y usted de los Países Bajos. Se deduce que ellas están en posesión de la nacionalidada holandesa.

    1969- Llegada a Venezuela de la familia. Primera resiencia de su mamá, por un año.

    1970- Su mama’ renueva su residencia por otro año.

    1978- Después de 9 años de residencia en el país, obtiene la residencia permanente.

    1984- Usted llega a los 18 años, es decir, a la mayoría de edad y su mamá sigue siendo ciudadana holadesa. Usted ya no pierde el derecho a obtener la nacionalidad holandesa.

    1985 -Entra en vigor la nueva Ley de Nacionalidad holandesa (RWN), por la cual los hijos nacidos ahora de una mujer holandesa casada con un hom,bre extranjero obteien de forma autómatica por nacimiento la nacionalidad holandesa sin importar si hannacido en el extranjero.

    1995- Tu máma obtiene la nacionalidad venezolana, y conserva la nacionalidad holandesa. Ahora tiene dos nacionalidades.

    2005- Tu mamá fallece sin haber pérdido nunca su nacionalidad holandesa.

    2010-Usted tendría derecho a optar a la nacionalidad holandesa como ‘latente Nederlander’.

    Algo de historía que debe ser conocida por todos aquellos que desean optar a la Nacionalidad holandesa como ‘latentes holandeses’

    Los «latentes holandeses» son un grupo de personas con los padres de diferentes nacionalidades y diferentes derechos para elegir una nacionalidad que dentro de la Ley de Nacionalidad holandesa, en la que hasta el 2010 habia una desigualdad entre los derechos de hombres y mujeres.

    Antes de 1985 estaba en la legislación nacional holandesa que para una mujer holandesa no era posible darle la nacionalidad holandesa a sus hijos. Los niños adquirían automáticamente la nacionalidad de su padre. Porque una mujer holandesa antes de 1964 en principio perdía su propia nacionalidad al contraer matrimonio con un hombre extranjero. Tampoco fue ningún problema que los hijos obtuvieran la nacionalidad del padre, que era de hecho la misma nacionalidad que debía tomar la mujer.

    Pero a través de una enmienda en la legislación holandesa , que entró en vigor el 1 de marzo de 1964, se establecio que una mujer holandesa ya no perdía m;as de forma directa su nacionalidad holandesa, particularmente cuando se contrajeras matrimonio con un hombre extranjero. Esto hizo posible que una familia existieran personas con diferentes nacionalidades. Un ejemplo, una mujer holandesa que se casó en 1970 con un canadiense. Ella decide mantener su nacionalidad holandesa. Dos años más tarde tienen un hijo. Este niño obtiene la nacionalidad canadiense porsu padre. La familia está compuesta por personas de diferentes nacionalidades, el padre y el niño tienen la nacionalidad canadiense, mientras que la madre es holandesa. Eran razones prácticas no deseables. Desde que entrá en vigor la nueva Ley de Nacionalidad holandesa (RWN) el 1 de Enero de 1985, es posible que una mujer holandesa pueda dar su nacionalidad holandesa a sus hijos. Los niños nacidos el o después del 1 de Enero de 1985 obtuvieron de este modo por nacimiento la nacionalidad a su vez tanto del padre como de la madre. Las nuevas reglas entraron en vigor en la fecha de entrada en vigor de la Ley.

    Para los niños nacidos antes del 1 de Enero de 1985, de una madre holandesa y un padre extranjero, se hizo un acuerdo transitorio establecido en el artículo 27, apartado 2, RWN 1985. Si la persona aún no tenía la edad de 21 años, y no estaba casado o había estado casada, entonces era posible que dentro del plazo de tres años después de la fecha de entrada en vigor de la Ley de la Nacionalidad holandesa podían presentar la solictud de nacionalidada holandesa mediante el procedimeinto de declaración de opción.La declaración de opción podía ser presentada desde el 1 de Enero de 1985 hasta el 31 de Diciembre de 1987. Una declaración opción es una declaración en la que alguien expresa su voluntad de obtener la nacionalidad holandesa. La declaración de opción se estableció en el artículo 6, RWN 1985, y se divide en diferentes categorías, donde en cada categoría deben cumplir con los requisitos exigidos en el momento de hacar la declaración ante el funcionario actuante. Sin embarago el régimen de declaración de opción no fue conocido por muchas personas, por lo cual muchas madres holandesas presentaron demasiado tarde las solictudes para que sus hijos menores de edad optaran a la nacionalidad holandesa.

    Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada

    El 22 de febrero de 1957 se firmó en Nueva York la Convención sobre la nacionalidad de la mujer casada. El objetivo de este convenio es dar a las mujeres una posición más independiente en la Ley de Nacionalidad. Este Convenio se elaboró sobre la base del artículo 15 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, donde se establece que: ‘Toda persona tiene derecho a una nacionalidad y que nadie puede ser privado arbitrariamente de su propia nacionalidad’. El Convenio establece que las mujeres tienen una nacionalidad completamente independiente y la nacionalidad de la mujer no puede cambiarse por ejemplo, por casarse con una pareja de diferente nacionalidad. Por lo tanto, las mujeres deben conservar su nacionalidad, incluso si se casan con un extranjero, y esas mujeres expresan su deseo de tener la nacionalidad de su marido. Por lo tanto los Estados participantes ha decidido durante la redacción de la presente Convención que debe haber un procedimiento de naturalización acelerados para esas mujeres. Este procedimiento garantiza que la esposa a través de un procedimiento acelerado adquiere la nacionalidad de su marido. La oportunidad de un procedimiento de naturalización acelerado está previsto en el artículo 3 de la Convención.

    Los Países Bajos ratificarón este Convenio, y fue reconocido en los Países Bajos en 1963. El 1 de Marzo de 1964, apareció un cambio necesario en la legislación que hizo posible que las mujeres que contraían matrimonio con un hombre extranjero, podían conservar su nacionalidad.

    Convención de la ONU sobre las Mujeres

    La Convención sobre la eliminación de la Trata y todas las formas de Discriminación contra la Mujer (de la ONU) se firmó el 18 de Diciembre de 1979. El artículo 9 de la Convención prohíbe la discriminación por motivos de nacionalidad. El artículo afirma que las mujeres tienen los mismos derechos que los hombres con respecto a cuestiones del Derecho de Nacionalidad. Esta regulación también afecta a los hijos. La Convención de la ONU sobre las mujeres determina que, no sólo los hombres, sino que también las mujeres pueden transmitir su nacionalidad a sus hijos. Es por eso que el Convenio de la ONU sobre las mujeres es introducido en la legislación holandesa, es decir, su contenido al ser vínculante (de obligatorio cumplimiento para un Estado que lo ha ratificado), se incluye en la nueva Ley de la Nacionalidad holandesa de 1984 (RWN), la cual entra en vigor el 1 de Enero de 1985, y desde ese momento queda establecido que: ‘las madres holandesas pueden darle automáticamente, por nacimiento, la nacionalidad holandesa a sus hijos’.

    Ley de la Nacionalidad holandesa de 1985

    El 1 de Enero de 1985, entró en vigor la nueva Ley de la Nacionalidad holandesa. Esta Ley establecia en su artículo 3 lo siguiente: ‘los padres holandeses y la madres holandesas le dan la nacionalidad holandesa automáticamente por nacimiento a sus hijos’. Mediante la introducción de esta modificación en la legislación los Países Bajos cumplén así, scon las obligaciones internacionales establecidas por la Convención de la ONU sobre las mujeres. El gobierno holandés hizo esto, para eliminar las diferencias entre hombres y mujeres que durante tantos años estuvieron vigentes en la antigua Ley de la Nacionalidad Holandesa y Residencia desde el año 1892.

    Debido a que las madres holandesas no pudieron darle la nacionalidad a sus hijos nacidos antes de que se promulgar la Ley de 1985, a partir del 1 de Enero de 1985 el Gobierno crea un sistema para que esos niños nacidos antes de esea fecha puedan obtener la nacionalidad holandesa. El gobierno en ese momento decide introducir una disposición transitoria. Una disposición transitoria se utiliza a menudo cuando entra en vigor una nueva Ley, como un cambio en una disposición legal, que pueda tener
    consecuencias graves. El gobierno en 1985 decide establecer un plan de opciones a la nacionalidad holandesa el cual duraría un periódo de TRES AÑOS en los que las madres holandeses y sus hijos podrían optar por la nacionalidad holandesa. El gobierno temía que un gran número de «extranjeros» obtuvieran la nacionalidad holandesa si esté plan no se aplicaba a través de una disposición transitoria. El nuevo régimen, se aplicaría a todos los niños nacidos antes del 1 de Enero de 1985, de una madre holandesa y un padre extranjero. Las personas que se acogieran a la disposición transitoria podían decidir si querían tomar la nacionalidad holandesa.

    Sin embargo, a este plan de opción no se le dio mucha importancia. Muchas mujeres holandesas, especialmente las que vivían en el extranjero, no supieron nada sobre la posibilidad de optar por la nacionalidad holandesa para sus hijos menores de edad. Muchas representaciones dipómáticas holandesas (Embajadas o Consulados), no dieron la información suficiente en su momento, colocando folletos informativos en las salas de espera de esas repersentaciones diplomáticas sobre la nueva Ley, ni sobre el periódo transitorio que, fue entre 1985-1988. Esas mujeres holandesas perdieon la oportunidad de pedir por escrito la renovación de su pasaporte. Por otra parte, un pasaporte holandés tenía una validez de cinco años. Muchas madres holandesas como vivían en el extranjero tampoco tenían ninguna razón para visitar una
    representación diplomática holandesa, y no se enteraron. En los Países Bajos las nuevas regulaciones temporales tampoco fueron muy conocidas. La Fundación LAWINE se encontró que en muchos municipios sus residentes no habían sido informados de la nueva disposición legal. La fundación decidió que eso debía cambiar. Desde LAWINE tomarón contacto con un funcionario del Ministerio de Asuntos Exteriores de los Países Bajos, el cual les aseguró de que la información sería distribuida en el extranjero con el fin de que la misma se le hiciera llegar principalmente a las madres holandesas residentes en el extranjero que tuvieran un cónyuge extranjero. A través del trabajo de la fundación, hubo un claro aumento en el número de solicitudes de opciones a la nacionalidad holandesa, pero lamentablemente quedarón muchos miles de personas que perdieron la oportunidad de optar.

    Lobby político

    Inspirado en un número de sentencias de algunos abogados holandeses, se visualizó una oportunidad para que los hijos nacidos antes de 1985 de una madre holandesa y padre extranjero pudierán obtener todavía la nacionalidad holandesa. En abril de 2006, se publica un artículo titulado «latente holandeses»: Discriminación de los hijos de madres holandesas en el Derecho de Nacionalidad holandesa» en la publicación que se editaba para los juristas holandeses. En este artículo los autores desean crear conciencia sobre el problema de los llamados «latente holandeses’, y atraer la atención de los políticos en La Haya. El artículo lo consiguó, y en Mayo del 2006 tanto el Ministro de Inmigración e Integración como el Ministerio de Asuntos Exteriores tuvieron que presentarse en el Parlamento (Tweede Kamer) a reponde a una serie de
    preguntas parlamentarias en relación con el contenido del artículo que se había publicado. Latentes holandeses, fue el término que se utiliza designar a para los niños nacidos antes del 1 de Enero de 1985, de una madre holandesa y padre extranjero, algo que había estado ocurriendo desde hacía mucho tiempo, y era un problema al que no se le había encontrado aún una solución.

    Nuevo reglamento para «atentes holandeses»

    El lobby político había funcionado y los políticos actuarón en el año 2006. Jeroen Dijsselbloem, miembro del Parlamento por el Partido del Trabajo (PvdA), presento un Proyecto de Ley sobre el tema del contingente de los «latentes holandeses» en septiembre de 2006. Un Proyecto de ley es un cambio o una adición en una Ley. Este
    Proyecto de Ley se registro bajo el nr. 30166. Pero en ese momento no fue tratado porque había un Proyecto de Ley en tratamiento que tenía la intención de hacer frente a los terroristas y a las medidas más estrictas para reducir el número de personas con doble nacionalidad. La modificación de Jeroen Dijsselbloem tenía la intención de que se pudiera obtener la nacionalidad holandesa como «latentes holandeses» por medio de una declaración de opción. En febrero de 2007 Jeroen Dijsselbloem presentó una enmienda modificada. Esta modificación fue más extensa que la anterior y también comprendía a los hijos de los «latentes holandeses».

    Tras la caída del gabinte Balkenende III, el Proyecto de Ley nr. 30166 fue retirado. El nuevo ministro de Justicia presentó un nuevo Proyecto de Ley bajo el nr. 31813. El nuevo Proyecto de Ley fue enviado al Parlamneto el 12 de Diciembre de 2008. Este Proyecto de Ley incluye una disposición separada para los «latentes holandeses». El ministro decidió hacer esto debido a que durante el Proyecto de Ley anterior, bajo el nr. 30166, quedó claro que una mayoría del Parlamento estaba a favor de la enmienda hecha por el Sr. Dijsselbloem.

    El 14 de Enero de 2010, el Proyecto de Ley fue discutido en el Parlamento. El 26 de Enero de 2010 el Proyecto de Ley fue votado, y por lo tanto las reglas permanentes para los «latente holandeses» fueron votadas. El Proyecto de Ley fue aprobado y enviado al Senado, justo antes cayó gabinete el Balkenende IV. En junio de 2010 el Senado aprobó la Ley. Esa nueva Ley del 2010 (modificación en la Ley de la Nacionalidad holandesa), fue publicoda en la Gaceta Oficial nr. 10196 del 30 de Junio de 2010.

    Fuente: Tomado del texto de Wikipedia.nl, y traducción libre.

    #457608
    correo64
    Miembro

    jane,

    Empezaste por el final, es decir, por la queja que has presentado por la negación, y sin embargo no has puesto el contenido de la carta donde te explican el motivo o causas, en base a la cual te han negado (otra vez) ese pedido de nacionalidad holandesa. Yo tengo una idea más o menos del porque, pero no estoy muy seguro, asi que me gustaría verlo por escrito.

    #457609
    correo64
    Miembro

    Correción: No fue hasta el 01-10-1994 que se introdujo en los Países Bajos lo que se conocía antes como GBA (ahora es BPR)…….

    #457612
    correo64
    Miembro

    MTellez2,

    Nadie escoge el lugar de nacimiento, asi que tu mamá es venezolana por nacer en ese país (leguste o no), y además puede ser holandesa también por su padre, lo mismo que mi hija es argentina por nacer en Argentina, y holandesa por la madre y por el padre.

    #457630
    anonimo19
    Miembro

    Mi madre adquirio la nacionalidad venezolana en 1995, y en los registros dice que nunca perdio la holandesa, que poseia doble nacionalidad ya que mi madre en 1983 aproximadamente volvio a paises bajos a vivir e iba a venezuela muy poco, y adquirio la venezolana por que le traia unos beneficion con una pensión en fin lo que se encontro fue que en mis años de nacimiento sus permisos de residencia como holandesa, y eso era lo que me exigian principqlmente algo que probara que en mi años de nacimiento era holandesa algo como una identificación declaracion de nacionalidad l permisonde estadia en el ptro pais

    #457652
    correo64
    Miembro

    anonimo19,

    Pues creo que ya tienes la documentación que necesitas para demostrar que ella nunca perdió la nacionalidad holandesa. Tampoco no me has dicho en que año se fue a vivir a Aruba y si fue allí donde fallecio.

    Entiendo que estes un poco molesto pero los holandeses son muy jodidos a la hora de reconocerle a una persona su derecho a obtener la nacionalidad holandesa y más como el estos casos en que hay un periodo de casi 40 años desde que tu mamá marcho de Holanda, porque en muchos otrosn caso por una rzón u otrsa muchos holandeses sí pedieron la nacionalidada, aunque muchos la volvieron a recuperar.

    Por ejemplo ahora cuando usted tenga la nacionalidad holandesa, usted será comoy tendrá doble nacionalidad como yo, mi ex y mi hija (y no importa si eres hoalndés por nacimiento o por naturalización), lo cual significa que si usted vive 10 años o más fuera de los Países Bajos, Aruba, Curaçao, Sint Maarten, o de la UE, puedes perder la nacionalidad holandesa en base al artículo 15 inciso c de la RWN modificado.

    Nunca me olvidaré de ese artículo 15 aunque antes solo se refería a que no podías haber vivido esos 10 años en el país de tu otra nacionalidad. Mi ex había obtenido la nacionalidada holandesa en 1985, pero estaba en Argentina, así que su hernano le envio la Carta de concesión de la Nacionalidad, pero ella nunca pidio un pasaporte holandés. En 1997 volvio a Holanda y quiso pedir el pasaporte holandés, el cual se lo negaron, pero le dijeron que si podía probar que no había estado viviendo 10 años en Argentina, se lo darían. Volvio llorando, pero por suerte en 1990 había hecho la residencia permanente en Paraguay y ese periodo de 10 años se había cortado. Regreso en el 2001 con todos los papeles, y así le dieron su primer pasaporte, en el cual incribio a nuestra hija que tenia entonces casi 4 años, y asi se le reconocio tambbién a ella su derecho a la nacionalidad holandesa.

    #457654
    correo64
    Miembro

    anonimo19,

    Pues creo que ya tienes la documentación que necesitas para demostrar que ella nunca perdió la nacionalidad holandesa. Tampoco me has dicho en que año se fue a vivir a Aruba y si fue allí donde fallecio.

    Entiendo que estes un poco molesto pero los holandeses son muy jodidos a la hora de reconocerle a una persona su derecho a obtener la nacionalidad holandesa, y más como en este caso en que hay un periodo de casi 40 años desde que tu mamá se marchó de Holanda, porque en muchos otros casos por una razón u otra muchos holandeses sí predieron la nacionalidad, aunque es cierto que muchos la volvieron a recuperar otra vez.

    Por ejemplo ahora cuando usted tenga la nacionalidad holandesa, usted tendrá ‘doble nacionalidad como yo, mi ex y mi hija (y no importa si eres holándés por nacimiento o por naturalización), lo cual significa que si usted vive 10 años o más fuera de los Países Bajos, Aruba, Curaçao, Sint Maarten o de la UE, puedes perder la nacionalidad holandesa en base al artículo 15 inciso c de la RWN, que fue modificado.

    Nunca me olvidaré de ese artículo 15 aunque antes solo se refería a que no podías haber vivido esos 10 años en el país de tu otra nacionalidad. Mi ex había obtenido la nacionalidad holandesa en 1985, pero estaba en Argentina, así que su hernano le envio la Carta de Concesión de la Nacionalidad, pero ella nunca tuvo un pasaporte holandés. En 1997 volvió a Holanda y quiso pedir el pasaporte holandés, el cual se lo negaron alegando el artículo 15, pero le dijeron que si podía probar que no había estado viviendo 10 años en Argentina, se lo darían. Volvio llorando, pero por suerte en 1990 había hecho la residencia permanente en Paraguay y ese periodo de 10 años se había cortado. Regresó en el 2001 con todos los papeles, y así le dieron su primer pasaporte, en el cual incribió a nuestra hija que tenia entonces casi 4 años, y asi se le reconocio tambbién a ella su derecho a la nacionalidad holandesa.

    #457695
    anonimo19
    Miembro

    Pues imaginate que por todo me colocaban excusas, en 1992 yo me mude a curacao con mi esposa y mi hijo pequeño, en 1998 nació mi hija y volví a Venezuela en 2003, me dijeron que yo pude naturalizarme en 1998 y que por que no lo hice, simplemente no sabia que podía hacerlo, y por eso no podía exigir mi derecho por mi madre, termine hablando con el primer ministro que es un amigo y el me explico que no perdía mi derecho por eso y debían aceptar mi solicitud, en fin te agradezco muchísimo tu ayuda de verdad gracias a ti fue que supe en su mayoría que hacer

    #458924
    Andre
    Miembro

    Mi mamá obtuvo la nacionalidad. Pero mi hermano y yo ya estamos comprometidos. Podríamos obtener la nacionalidad? Que documentos debemos aportar.

    #459225
    correo64
    Miembro

    Estar comprometido no significa absolutamente para una persona, eres soltero. De lo otro lo más lógico es que tu mamá te informe de todo lo que ella hizo.

    #459226
    correo64
    Miembro

    Estar comprometido no significa absolutamente nada para una persona, eres soltero. De lo otro lo más lógico es que tu mamá te informe de todo lo que ella hizo.

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