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  • #281590
    Invitado MQI
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    El caso es concretamente como te comento Alberto. Ahora en tu situacion, siendo ciudadano italiano, si tus hijos son menores de edad, lo aconsejable es que vayas al consulado italiano de tu pais y solicites la inscripcion de tus hijos como italianos ( en el momento la gran mayoria de consulados en latinoamerica solo aceptan tramitacion de hijos menores). Para tu señora podes pedir alguna carta del consulado certificando el matrimonio. Te recuerdo que si el matrimonio es anterior al año 83 le transmitis la ciudadania de forma automatica.

    Saludos

    #281591
    Invitado MQI
    Miembro

    Desde las ultima modificacion a la ley de Extranjeria, TODAS las visas para ingresar, residir y trabajar de forma legal en España las expiden SOLAMENTE los Consulados españoles en los distintos paises, por lo cual la persona a reagrupar debera estar si o si en su pais de origen.
    Los tramites se DEBEN INICIAR en España ( no el visado por turismo que este lo inicia el interesado en el propio consulado), por alguien en posesion de un permiso renovado. Tan es asi que como req

    #281592
    Invitado MQI
    Miembro

    Perdon pero ingrese el post sin terminarlo.

    Tan es asi que como requisito fundamental esta que la persona a reagrupar ( o quien este esperando visa de residencia y trabajo) no debe estar de manera ilegal en españa al momento de su concesion.

    El unico visado a ser tramitado por el interesado en españa, es el de ampliacion del plazo del visado de turismo ( los 90 dias iniciales), el cual tengo entendido que no se concede facilmente. ademas este visado no otorga la residencia sino la estancia en España.

    Saludos

    #281593
    Invitado MQI
    Miembro

    puffff, jejejeje,
    que lioooooo, pero que lioooooo

    He leido algo y estoy mareadito, vaya jaleo se han armado no?

    Saludos.

    #281594
    Invitado MQI
    Miembro

    Gracias a todos por su valiosa ayuda

    Feliz año a todos

    #281595
    Invitado MQI
    Miembro

    Sr. Catalan, tratar de explicarlo es verdaderamente dificil a traves de estos post, ademas de que capaz que no fui claro, pero resumir esta reglamentacion no es facil. Si algo en especial no entendio y esta a mi alcance explicarselo, hagalo sin dudar.
    Saludos

    #281596
    Invitado MQI
    Miembro

    No, no, que no,
    si el lio no viene, a mi ver, por ahí.
    Es que quienes preguntan, cada cual a su manera, lo enfocan de formas distintas y cada cual según su situación e interés.
    Y claro… lo que le sirve a unos a otros no les sirve para nada y eso, siempre forma lios por que no hay caso que se parezca a caso y, además, un simple matiz cambia radicalmente el método.

    Se lo agradezco muchísimo, duda, pero bastante hace usted con aclarar lo que aclara jejejeje.

    Un saludo y muchas gracias.

    #281597
    Invitado MQI
    Miembro

    pero duda yo tengo entendido que la visa que se sacan los mieien ahora mbros de una familia para viajar, no es reagrupacion, de hecho tengo entendido que una persona que solicita visa de estudios por ejemplo lo puede hacer de una para su esposo e hijos… pero bueno no se porque este tema es tan complejo… que mas bien ando enredada… jejejejejje!!!!!!!!!!

    #281598
    Invitado MQI
    Miembro

    Indudablemente que no es un tema facil, y como comento el Sr. Catalan, de tantos matices como casos se presentan.

    En referencia al caso que planteas en tu post, sinceramente no entendi nada, disculpame, pero si podes ser mas clara y especifica, mejor.

    Saludos

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