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  • #281501
    Invitado MQI
    Miembro

    Hola. Soy panameña tengo 21 años. Estoy graduada en Administracion de Negocios. Tengo experiencia en trámites de aduanas, y deseo saber cómo hago para conseguir una propuesta de Trabajo para poder sacar una visa de Trabajo a España. Hablo español e Ingles y tengo lugar donde quedarme en Barcelona.
    Por favor, ayúdenme. Aqui en Panamá la corrupcion esta aabando con las personas del area profesional.

    #281502
    Invitado MQI
    Miembro

    Hola

    Si tienes donde llegar en Barcelona, te recomiendo que mejor te vas a para España y luego buscas un emplo estando alla, por que conseguir una oferta sin estar en el país es muy dificil.

    #281503
    R.alberto
    Miembro

    Si quieres venir a residir y trabajar, lo primero que debes hacer es conseguir un empresario que quiera contratarte y el procedimiento es el siguiente:

    1.- La empresa o empleador que quiera contratarte debe solicitar la autorización de residencia y trabajo para ti, ante la oficina de extranjeros de su localidad. Para ello deberá acreditar no tener deudas con la seguridad social y hacienda, tener solvencia económica (por ejemplo con el último impuesto que pagó) y aportar su D.N.I. y en caso de personas jurídicas, los estatutos de la empresa o el poder que permita al particular contratar en nombre de la empresa.
    Además, deberá acreditar que la oferta que se hace, está dentro de los puestos que se denominan "de difícil cobertura" del INEM, esto significa que son puestos de trabajo que no se cubren con mano de obra española (situación nacional de empleo), o, en caso contrario (que no sean puestos de difícil cobertura) acreditar mediante certificado del INEM que no hay españoles/as que cubran ese puesto en concreto que se demanda. Esos trabajos del catálogo de difícil cobertura, se publican trimestralmente y los puedes encontrar en la página del INEM.

    2.- Antes de que pida la autorización debes tú mandarle una fotocopia completa (todas las páginas) de tu pasaporte y, en caso de que fuera necesario por el contrato de trabajo que se ofrece, la titulación homologada de la persona que va a venir (si fuera por ejemplo un médico, deberá homologar primero su título para poder ser contratado como médico en España). Si te encuentras dentro de alguno de los supuesto del art. 40 de la actual Ley de extranjería(la puedes consultar en esta misma página), aportar la documentación que lo acredite.

    3.- Una vez que el empleador personalmente hace esa solicitud la oficina de extranjeros le contestará. Cuando llega la resolución de la administración, el empleador te la debe enviar urgentemente para que antes de que transcurra un mes desde que el empleador reciba la carta, tú la lleves al consulado español que por tu residencia te corresponda para solicitar el visado.

    4.-Debes entregar allí a la hora de solicitar el visado:
    1.- pasaporte con una vigencia mínima de 4 meses.
    2.- Certificado de antecedentes penales.
    3.- Certificado médico.
    4.- Copia de la resolución que te ha debido enviar.

    Una vez que llegues a España, también tienes el plazo de un mes para tramitar tu tarjeta de residencia y trabajo, una vez que te hayan dado de alta en la seguridad social.

    Espero haberte ayudado, suerte y un saludo.

    #281504
    R.alberto
    Miembro

    Si quieres venir a residir y trabajar, lo primero que debes hacer es conseguir un empresario que quiera contratarte y el procedimiento es el siguiente:

    1.- La empresa o empleador que quiera contratarte debe solicitar la autorización de residencia y trabajo para ti, ante la oficina de extranjeros de su localidad. Para ello deberá acreditar no tener deudas con la seguridad social y hacienda, tener solvencia económica (por ejemplo con el último impuesto que pagó) y aportar su D.N.I. y en caso de personas jurídicas, los estatutos de la empresa o el poder que permita al particular contratar en nombre de la empresa.
    Además, deberá acreditar que la oferta que se hace, está dentro de los puestos que se denominan "de difícil cobertura" del INEM, esto significa que son puestos de trabajo que no se cubren con mano de obra española (situación nacional de empleo), o, en caso contrario (que no sean puestos de difícil cobertura) acreditar mediante certificado del INEM que no hay españoles/as que cubran ese puesto en concreto que se demanda. Esos trabajos del catálogo de difícil cobertura, se publican trimestralmente y los puedes encontrar en la página del INEM.

    2.- Antes de que pida la autorización debes tú mandarle una fotocopia completa (todas las páginas) de tu pasaporte y, en caso de que fuera necesario por el contrato de trabajo que se ofrece, la titulación homologada de la persona que va a venir (si fuera por ejemplo un médico, deberá homologar primero su título para poder ser contratado como médico en España). Si te encuentras dentro de alguno de los supuesto del art. 40 de la actual Ley de extranjería(la puedes consultar en esta misma página), aportar la documentación que lo acredite.

    3.- Una vez que el empleador personalmente hace esa solicitud la oficina de extranjeros le contestará. Cuando llega la resolución de la administración, el empleador te la debe enviar urgentemente para que antes de que transcurra un mes desde que el empleador reciba la carta, tú la lleves al consulado español que por tu residencia te corresponda para solicitar el visado.

    4.-Debes entregar allí a la hora de solicitar el visado:
    1.- pasaporte con una vigencia mínima de 4 meses.
    2.- Certificado de antecedentes penales.
    3.- Certificado médico.
    4.- Copia de la resolución que te ha debido enviar.

    Una vez que llegues a España, también tienes el plazo de un mes para tramitar tu tarjeta de residencia y trabajo, una vez que te hayan dado de alta en la seguridad social.

    Espero haberte ayudado, suerte y un saludo.

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