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  • #202877
    Invitado MQI
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    Hola a todos
    Al hacer la demanda de RP, después de haber obtenido el CSQ, la Embajada hace entrega de una carta con el file number y que además dice que cualquier cambio les debe ser notificado, ejemplo el cambio de dirección, pero… Que pasa si cambio de trabajo? tambien debo notificarlo? o me equivoco y se trata solo de notificar asuntos mas comprometedores como que uno se casó o le nació un nuevo hijo etc… en fin, que clase de «novedades», hay que notificar en términos legales ? …Gracias por responder.

    #202878
    Invitado MQI
    Miembro

    Puede que mi respuesta no te ayude exactamente, ya que apliqué directo al sistema federal, no por Quebec, pero mi esposa cambio de trabajo recientemente y le envié un correo a la embajada Canadiense en Caracas preguntando si tenía que notificar el cambio de trabajo. Ellos me indicaron que se debe notificar el cambio de trabajo si ocurre para el aplicante principal, en mi caso, como mi esposa no es el aplicante principal, no debía notificar nada.
    Pero como te dije, esto es para el caso federal, para Quebec no se.
    Saludos.

    #202879
    Invitado MQI
    Miembro

    Tu evaluacion de trabajo y educacion ya fue efectuada por la parte de quebec, por la parte federal lo que te falta es el estudio de seguridad, es decir que no tengas antecedentes penales pendientes, por lo tanto si cambias de trabajo no importa mucho, obviamente si te cambias de domicilio si o si pasa algo que afecte tu nucleo familiar (Nacimiento, Divorcio, Deceso etc.) tienes que notificarlo cuanto antes a la embajada.

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