Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en países de la Unión Europea? Pequeña duda con respecto a nacionalidad.

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    iPelirrojo
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    Buenas noches, usuarios de esta prestigiosa página, he tenido la oportunidad de participar dos veces en estos foros, con la frustración de la no-respuesta debido a la falta de actividad del mismo.

    Esta ves, el mensaje va para quienes tienen más experiencia con respecto a la nacionalidad Europea, mas específicamente, la Portuguesa.

    Ya es prácticamente un hecho y una decisión la de irme de este país. Estoy movilizándome con todos los trámites LEGALES posibles, como lo son la legalización y traducción de documentos, actualización de mi pasaporte, apertura de cuentas bancarias… Estoy tratando de hacer y adelantar todo lo posible, para que cuando llegue el día, no haga falta nada en mano.

    Entrar y residir en Portugal es difícil para un extranjero, y lo es mucho más cuando tu nivel universitario es CERO. Sin embargo, tengo conocimientos mínimos en gastronomía, idioma, computación y administración. Mínimos, los cuales quiero reforzar con el tiempo. Tengo pautado este viaje para menos de un año; posiblemente febrero del que viene. Y entre tanto buscar, y tanto darme con ese «necesitas una oferta de trabajo», o el «necesitas una constancia de inscripción en un curso», por fin encontré una piedrita entre tanta ley y tanto palabreo.

    Tal como lo dice en el foro «Nacionalidade-Portuguesa», en la sección «Nacionalidad Portuguesa por Adquisición, en el efecto de la Asociación», un extranjero tiene derecho a solicitar la nacionalidad portuguesa, cuando este pasa un mínimo de tres años residiendo en condiciones de matrimonio SIN CELEBRAR EL ACTO. Tan sólo haría falta que, ambas partes confirmaran el concubinato mediante un pequeño contrato escrito en el Registro Civil de la entidad.

    Les dejo el link: http://www.nacionalidade-portuguesa.com/ES/aquisicao3.asp

    Mi observación: Casi todo el mundo que conoce y sabe como es la entrada y la estadía en el país, tendrá claro que, a menos que NO TENGAS un CONTRATO DE TRABAJO, o una CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN ALGÚN CURSO ACADÉMICO, no podrás residir LEGALMENTE durante un lapso de 90 días por un periodo de 180.
    Entonces, Darling, ¿Existe alguna otra ley, o manera, de poder permanecer en la entidad por más de noventa días, sin necesidad de solicitar o presentar alguna Visa de Trabajo, o de Estudio?

    Según mi observación, y mi hipótesis, tiene que haberla. Mi actual pareja, que hoy esta en Portugal, y es de nacionalidad Portuguesa, me confirmó que la «esposa»(Venezolana) de su tío(Portugués), que también es una especie de Concubinato, llegó a Portugal hace años sin ningún tipo de Visa, y hoy en día puede transitar libremente por el país sin el temor a ser deportada y a no tener un derecho más para entrar en algún país de la UE.

    ¿Quien puede aportar algo? Aparezcan, por favor, que los necesito):

    Sin más que decir, me despido cordialmente.

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