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- Este debate tiene 5 respuestas, 3 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 19 años, 5 meses por gjfermin.
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noviembre 19, 2004 a las 10:02 pm #272985pirilinaMiembro
Hola Mi pareja es comunitario Italiano, se encuentra en estos momentos en España y deseamos casarnos para adquirir los beneficios que me corresponden, viajare dentro de dos meses y quiero llevarme todos los requisitos que necesito, mi situacion es que soy divorciada y tengo un hino menor de edad de mi primer matrimonio, como he averiguado aqui para casarme necesito el acta de divorcio o disolucion de mi matrimonio y el documento de asignacion de curador del niño, necesito saber que documentos necesito tener alla para poder realizar mi matrimonio si al igual que aqui necesito el acta de divorcio y si tambien debo pasarlo por el ministerio de relaciones exteriores etc.. si tambein necesito el documento de curador de mi hijo, gracias por la informacion que me puedan suministrar.
noviembre 20, 2004 a las 6:51 pm #272986gjferminMiembroHola Patricia, me haces justo la pregunta de un articulo doctrinal que realice hace un tiempo… Es increible pero considero que la legislación española hace si se quiere una discriminación de sus nacionales en lo que respecta a la materia matrimonial, te explico.
El regimen aplicable a los matrimonios de extranjeros en España (tu caso= novio italiano, novia venezolana) es muy diferente al que se aplica a los matrimonios entre español y extranjero. De hecho los expedientes tienen muchisima menos fiscalización, aunado a que el abanico de legislación por la cual puede realizarse el matrimonio, es muchisimo más amplio en el primer caso, que en el segundo.
Dicho en argot maracucho!!! y traducido, para ti que es lo que te interesa, puedes tu y tu novio casarse o bien por la legislación española -lugar de celebración-, la italiana o la venezolana -legislación de los conyuges-…
Sobre tu sentencia de divorcio es la prueba de tu "capacidad matrimonial", por lo que debes traerla debidamente apostillada, tanto la sentencia como su auto de ejecución (luego de la sentencia, esta la solicitud que entre en estado de ejecución y seguidamente el Juzgado dicta un auto señalando que tiene efectos de cosa juzgada, a éste auto me refiero).
Debes legalizar igualmente tu partida de nacimiento y una constancia de residencia, rellenar las instancias que te soliciten en el Registro Civil donde decidas casarte (o es por la Iglesia el asunto?)
Sobre tu menor hijo, para poder empadronarlo y solicitarle su tarjeta de residencia, no pongas tanto incapie a la figura del curador!!! PERO si a una autorización notarial del padre señalando que permite no solo los viajes a España, sino su residencia en el país… eso por supuesto partiendo de la base que tu detentas la guarda y custodia del menor. Esta autorización no te la pediran te repito para tu matrimonio… esta autorización te la pediran a la hora de tramitar la residencia del menor.
Tu, una vez casada con italiano residente en España, solo debes solicitar la Tarjeta de Familiar comunitario … y tu hijo entra en este regimen igualmente… pero para ello autorización del otro progenitor en mano…
Muchisima suerte,
noviembre 20, 2004 a las 9:17 pm #272987Invitado MQIMiembroGlenda.. dime algo …
Un caso para unos amigos que se quieren ir a vivir a españa…
Si ella venezolana-italiana soltera , decide casarse en España con un mexicano divorciado.
El divorciado debe llevar la sentencia de divorcio mexicana y hacer el execuator en España??
Donde seria preferible que se casaran para que les salieran los papeles mas rapido.. ? Mexico, venezuela, España o italia ?
Si ellos se casan en españa el podría tener la residencia mas o menos rapido por ser conyuge de comunitario ??
noviembre 21, 2004 a las 12:04 pm #272988gjferminMiembroLaura, es exactamente el mismo caso que le explique a la chica anterior. Leela la respuesta anterior.
noviembre 22, 2004 a las 6:33 pm #272989Invitado MQIMiembrogracias glenda por tu respuesta
noviembre 25, 2004 a las 4:32 pm #272990gjferminMiembroSiempre que se pueda Patricia,
Cualquier cosa estamos a la orden, proximamente tendre una pagina personal, ya les mantendre informados.
Felicidades en tu boda…
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