Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
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  • #280495
    Invitado MQI
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    Hola a todos, quisiera preguntarles lo siguiente:

    Tengo entendido que por ser conyuge de ciudadana española puedo solicitar la ciudadania un año despues de habar recibido mi residencia comunitaria. Ese año ya lo cumplí, alguien me podría decir cual es el procedimiento ahora para solicitar la ciudadania, y en realidad cuanto tarda.

    Igual quisiera saber, si alguien sabe, si despues de haber cumplido ese requisito de residir un año es España, para obtener la ciudadania debo seguir residiendo en el país en tanto sale, pues me ha salido una oferta en USA y no se si al irme pierda la posibilidad de solicitar la ciudadania, o quizas por haber residido el año que exige la ley, ya sea un derecho adquirido.

    Muchas Gracias y les agradezco mucho su colaboración

    Mao

    #280496
    Invitado MQI
    Miembro

    no estoi muy segura, pero tengo entedido que si permaneces mas de seis meses fuera de españa puedes perderla.

    #280497
    Invitado MQI
    Miembro

    Todo sobre la TR lo tienes aquí:

    [url]http://www.mir.es/SGACAVT/extranje/exttarjeta/[/url]

    Saludos

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