Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? Nueva norma de reagrupacion

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  • #267432
    Invitado MQI
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    Estoy proximo a traerme a mi pareja a España, en donde ya yo resido desde hace 4 meses por ser español y tengo un buen trabajo, estabamos viendo que haciamos despues de casarnos, si ella se iba a Venezuela (de donde somos originalmente) para pedirla en reagrupacion familiar o ella se quedaba conmigo esperando el año para la excesion de visado. Alguien puede darme una explicacion que cambia con la nueva ley ya que he oido que ya no se necesita el año para la excesion y que me recomendarian.
    Muchisimas gracias de antemano

    Gabriel

    #267433
    tintinma
    Miembro

    yo te recomiendo que presentes los papeles con exención de visado. lo que cambia la nueva norma es que el supuesto que antes establecía que se concedía la exención de visado al año de matrimonio, ahora es al año de convivencia. si acreditas un año de concivencia tienes derecho a exención de visado. ni que decir tiene que te exigirán los mayores medios de prueba para que te la concedan, vamos que ve preparando certificados de empadronamiento, cuantas de ahorro, certificados de pareja de hecho, arrendamientos, actas notariales, etc… todo aquello que os vincule a los dos a un mismo domicilio desde hace más de un año.

    vicente marín. abogado.

    #267434
    Pedro88
    Miembro

    muchas gracias por la respuesta, nosotros no estamos casados pero somos pareja desde hace mas de dos años, pero viviamos en Miami, esta convivencia puede servir de algo?

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