Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en países de la Unión Europea? La libre circulación se basa en el Acuerdo de Schengen y no en la Directiva 2004

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  • #332792
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    Es muy común cofundir los conceptos ‘libre circulación’ y ‘libre circulación y residencia’, no se aplican igual ni son la misma cosa. El Acuerdo de Schengen y Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen, que se firmó el 14 de junio de 1985 en esa pequeña localidad luxemburguesa, fue lo que abrio la puerta de acceso a la libre circulación en Europa.

    Alemania, Bélgica, Francia, Luxemburgo y los Países Bajos acordaron la supresción gradual de controles en las fronteras communes (fronteras interiores) y la creación de una zona de LIBRE CIRCULACIÓN para los nacionales de otros Estados miembros firmantes , otros Estados miembros y países terceros. El Convenio de Schengen complementa el Acuerdo de Schengen y define las condiciones y las garantias de aplicación de esta libre circulación. Las normas para el cruce de personas por las fronteras (fronteras exteriores) se establecen en el Reglamento (CE) 562/2006 del Código de Fronteras Schengen. Hay Estados miembros de la UE que no son parte del Espacio Schengen (Bulgaria, Chipre, Irlanda, Reino Unido y Rumania) y otros Estados que no son miembros de la UE, (si del EEE) pero si son parte del Convenio Schengen (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza).

    Por lo tanto debemos saber en primer lugar que el Espacio Schengen comprende las fronteras interiores y las fronteras exteriores, lo cual se tiene en cuenta para los diferentes procedimientos a utilizar por las autoridades, y estos procedimientos pueden ser diferentes según la nacionalidad de las personas, sin que esto sea una violación del derecho a la libre circulación. Los ciudadanos extranjeros que residen en el espacio Schengen gozan de ese derecho, sin necesidad de visado alguno, siempre que dispongan de un permiso de residencia válido. Los ciudadanos extranjeros que viajen dentro del espacio Schengen pueden hacerlo “libremente” durante periódos no superiores a 90 días por semestres.

    Pero, saben los extranjeros residentes legales las obligaciones que deben de cumplir al llegar al país de destino?. La mayoría ni tiene idea de lo que debe hacer, pero ellos deben cumplir con estas dos requerimientos para poder después invocar sus derechos basados en la libre circulación:

    Extranjeros residentes

    Los extranjeros residentes en alguno de los países de Schengen y que viajen a otro país de Schengen, necesitan un pasaporte válido y la autorización de residencia en un país de Schengen. Los titulares de una autorización de residencia expedida por cualquiera de los Estados citados podrán circular por un período máximo de ‘TRES MESES’ (90 días). Esto quiere decir que pasado ese tiempo, la persona se encuentra en situación ‘IRREGULAR’ en el pais donde se encuentra y puede ser expulsado y rebicir también una prohibición de entrada.

    Requisitos de declaración para extranjeros

    Los extranjeros que entren regularmente en el territorio de un Estado parte procedente de cualquiera de los restantes Estados, están ‘OBLIGADOS’ a ‘DECLARARLO’ a las autoridades competentes del Estado en que entren. Esta declaración podrá efectuarse en el momento de la entrada o en el plazo de ‘TRES DÍAS’ hábiles, a partir de la misma. En el caso de España esta declaración se realizará en cualquier Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía o en las Oficinas de Extranjeros en el plazo mencionado, si no se hubiese efectuado en el momento de la entrada: http://es.wikipedia.org/wiki/Acuerdo_de_Schengen

    Sobre esto ultimo en Holanda han decidido también abolir la obligación de presentarse a la Policia de Extranjería desde el pasado 01-01-2014, pero esto sigue vigente en otros países y por lo tanto sigue siendo una obligación para los extranjeros en esos Estados miembros.

    Como se podrá ver de mi comentario, la libre circulación la regula el Acuerdo de Schengen, no tiene nada que ver con libre circulación y residencia esta regulada por la Directiva 2004/38/CE y para que quede claro. los extranjeros que ejerzan la libre circulación (si eres familiar de comunitario pero viajas solo, se te aplica también) tienen que cumplir con ciertos requisitos, los cuales obviamente no se les puede aplicar a un ciudadano europeo,.

    Entonces espero que no haya ninguna duda sobre los derechos que pueden ejercer unos y otros, aunque todos se beneficien de la libre circulación. La libre circulación es aplicables a todos los ciudadanos sean comunitarios o extranjeros, pero solo los ciudadanos comunitarios (y/o sus familiares) pueden beneficiarse de la Directiva 2004/38/CE.

    Si embargo sí existe un estatuto en la UE, que puede permitir a un extranjero desplazarse a otro Estado miembro y buscar trabajo, y sí lo encuentra (cumpliendo los requisitos nacionales, por ejemplo haber obtenido su empleador un permiso de trabajo), entonces el podrá solicitar la residencia. Los extranjeros que pueden aplicar son los que tengan el: ‘ DE RESIDENTES DE LARGA DURACIÓN UE’ , basado en la Directiva 2003/109/CE (la Directiva 2011/51/UE la modificó con el fin de extender su ámbito de aplicación a los beneficiarios de protección internacional, es decir a personas con residencia de larga duración con derecho de asilo).

    #332793
    correo64
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    Es muy común confundir los conceptos ‘libre circulación’ y ‘libre circulación y residencia’, no se aplican igual ni son la misma cosa. El Acuerdo de Schengen y Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen, que se firmó el 14 de junio de 1985 en esa pequeña localidad luxemburguesa, fue lo que abrio la puerta de acceso a la libre circulación en Europa.

    Alemania, Bélgica, Francia, Luxemburgo y los Países Bajos acordaron la supresción gradual de controles en las fronteras communes (fronteras interiores) y la creación de una zona de LIBRE CIRCULACIÓN para los nacionales de otros Estados miembros firmantes , otros Estados miembros y países terceros. El Convenio de Schengen complementa el Acuerdo de Schengen y define las condiciones y las garantias de aplicación de esta libre circulación. Las normas para el cruce de personas por las fronteras (fronteras exteriores) se establecen en el Reglamento (CE) 562/2006 del Código de Fronteras Schengen. Hay Estados miembros de la UE que no son parte del Espacio Schengen (Bulgaria, Chipre, Irlanda, Reino Unido y Rumania) y otros Estados que no son miembros de la UE, (si del EEE) pero si son parte del Convenio Schengen (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza).

    Por lo tanto debemos saber en primer lugar que el Espacio Schengen comprende las fronteras interiores y las fronteras exteriores, lo cual se tiene en cuenta para los diferentes procedimientos a utilizar por las autoridades, y estos procedimientos pueden ser diferentes según la nacionalidad de las personas, sin que esto sea una violación del derecho a la libre circulación. Los ciudadanos extranjeros que residen en el espacio Schengen gozan de ese derecho, sin necesidad de visado alguno, siempre que dispongan de un permiso de residencia válido. Los ciudadanos extranjeros que viajen dentro del espacio Schengen pueden hacerlo “libremente” durante periódos no superiores a 90 días por semestres.

    Pero, saben los extranjeros residentes legales las obligaciones que deben de cumplir al llegar al país de destino?. La mayoría ni tiene idea de lo que debe hacer, pero ellos deben cumplir con estas dos requerimientos para poder después invocar sus derechos basados en la libre circulación:

    . Extranjeros residentes

    Los extranjeros residentes en alguno de los países de Schengen y que viajen a otro país de Schengen, necesitan un pasaporte válido y la autorización de residencia en un país de Schengen. Los titulares de una autorización de residencia expedida por cualquiera de los Estados citados podrán circular por un período máximo de ‘TRES MESES’ (90 días). Esto quiere decir que pasado ese tiempo, la persona se encuentra en situación ‘IRREGULAR’ en el pais donde se encuentra y puede ser expulsado y rebicir también una prohibición de entrada.

    . Requisitos de declaración para extranjeros

    Los extranjeros que entren regularmente en el territorio de un Estado parte procedente de cualquiera de los restantes Estados, están ‘OBLIGADOS’ a ‘DECLARARLO’ a las autoridades competentes del Estado en que entren. Esta declaración podrá efectuarse en el momento de la entrada o en el plazo de ‘TRES DÍAS’ hábiles, a partir de la misma. En el caso de España esta declaración se realizará en cualquier Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía o en las Oficinas de Extranjeros en el plazo mencionado, si no se hubiese efectuado en el momento de la entrada: http://es.wikipedia.org/wiki/Acuerdo_de_Schengen

    Sobre esto ultimo en Holanda han decidido también abolir la obligación de presentarse a la Policia de Extranjería desde el pasado 01-01-2014, pero esto sigue vigente en otros países y por lo tanto sigue siendo una obligación para los extranjeros en esos Estados miembros.

    Como se podrá ver de mi comentario, la libre circulación la regula el Acuerdo de Schengen, no tiene nada que ver con libre circulación y residencia esta regulada por la Directiva 2004/38/CE y para que quede claro. los extranjeros que ejerzan la libre circulación (si eres familiar de comunitario pero viajas solo, se te aplica también) tienen que cumplir con ciertos requisitos, los cuales obviamente no se les puede aplicar a un ciudadano europeo,.

    Entonces espero que no haya ninguna duda sobre los derechos que pueden ejercer unos y otros, aunque todos se beneficien de la libre circulación. La libre circulación es aplicables a todos los ciudadanos sean comunitarios o extranjeros, pero solo los ciudadanos comunitarios (y/o sus familiares) pueden beneficiarse de la Directiva 2004/38/CE.

    Sin embargo, sí existe un estatuto en la UE, que puede permitir a un extranjero desplazarse a otro Estado miembro y buscar trabajo, y sí lo encuentra (cumpliendo los requisitos nacionales, por ejemplo haber obtenido su empleador un permiso de trabajo), entonces el podrá solicitar la residencia. Los extranjeros que pueden aplicar son los que tengan el: ‘ DE RESIDENTES DE LARGA DURACIÓN UE’ , basado en la Directiva 2003/109/CE (la Directiva 2011/51/UE la modificó con el fin de extender su ámbito de aplicación a los beneficiarios de protección internacional, es decir a personas con residencia de larga duración con derecho de asilo).

    #332794
    correo64
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    Es muy común confundir los conceptos ‘libre circulación’ y ‘libre circulación y residencia’, no se aplican igual ni son la misma cosa. El Acuerdo de Schengen y Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen, que se firmó el 14 de junio de 1985 en esa pequeña localidad luxemburguesa, fue lo que abrio la puerta de acceso a la libre circulación en Europa.

    Alemania, Bélgica, Francia, Luxemburgo y los Países Bajos acordaron la supresción gradual de controles en las fronteras communes (fronteras interiores) y la creación de una zona de LIBRE CIRCULACIÓN para los nacionales de otros Estados miembros firmantes , otros Estados miembros y países terceros. El Convenio de Schengen complementa el Acuerdo de Schengen y define las condiciones y las garantias de aplicación de esta libre circulación. Las normas para el cruce de personas por las fronteras (fronteras exteriores) se establecen en el Reglamento (CE) 562/2006 del Código de Fronteras Schengen. Hay Estados miembros de la UE que no son parte del Espacio Schengen (Bulgaria, Chipre, Irlanda, Reino Unido y Rumania) y otros Estados que no son miembros de la UE, (si del EEE) pero si son parte del Convenio Schengen (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza).

    Por lo tanto debemos saber en primer lugar que el Espacio Schengen comprende las fronteras interiores y las fronteras exteriores, lo cual se tiene en cuenta para los diferentes procedimientos a utilizar por las autoridades, y estos procedimientos pueden ser diferentes según la nacionalidad de las personas, sin que esto sea una violación del derecho a la libre circulación. Los ciudadanos extranjeros que residen en el espacio Schengen gozan de ese derecho, sin necesidad de visado alguno, siempre que dispongan de un permiso de residencia válido. Los ciudadanos extranjeros que viajen dentro del espacio Schengen pueden hacerlo “libremente” durante periódos no superiores a 90 días por semestres.

    Pero, saben los extranjeros residentes legales las obligaciones que deben de cumplir al llegar al país de destino?. La mayoría ni tiene idea de lo que debe hacer, pero ellos deben cumplir con estas dos requerimientos para poder después invocar sus derechos basados en la libre circulación:

    . Extranjeros residentes

    Los extranjeros residentes en alguno de los países de Schengen y que viajen a otro país de Schengen, necesitan un pasaporte válido y la autorización de residencia en un país de Schengen. Los titulares de una autorización de residencia expedida por cualquiera de los Estados citados podrán circular por un período máximo de ‘TRES MESES’ (90 días). Esto quiere decir que pasado ese tiempo, la persona se encuentra en situación ‘IRREGULAR’ en el pais donde se encuentra y puede ser expulsado y rebicir también una prohibición de entrada.

    . Requisitos de declaración para extranjeros

    Los extranjeros que entren regularmente en el territorio de un Estado parte procedente de cualquiera de los restantes Estados, están ‘OBLIGADOS’ a ‘DECLARARLO’ a las autoridades competentes del Estado en que entren. Esta declaración podrá efectuarse en el momento de la entrada o en el plazo de ‘TRES DÍAS’ hábiles, a partir de la misma. En el caso de España esta declaración se realizará en cualquier Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía o en las Oficinas de Extranjeros en el plazo mencionado, si no se hubiese efectuado en el momento de la entrada: http://es.wikipedia.org/wiki/Acuerdo_de_Schengen

    Sobre esto ultimo en Holanda han decidido también abolir la obligación de presentarse a la Policia de Extranjería desde el pasado 01-01-2014, pero esto sigue vigente en otros países y por lo tanto sigue siendo una obligación para los extranjeros en esos Estados miembros.

    Como se podrá ver de mi comentario, la libre circulación la regula el Acuerdo de Schengen, no tiene nada que ver con libre circulación y residencia esta regulada por la Directiva 2004/38/CE y para que quede claro. los extranjeros que ejerzan la libre circulación (si eres familiar de comunitario pero viajas solo, se te aplica también) tienen que cumplir con ciertos requisitos, los cuales obviamente no se les puede aplicar a un ciudadano europeo,.

    Entonces espero que no haya ninguna duda sobre los derechos que pueden ejercer unos y otros, aunque todos se beneficien de la libre circulación. La libre circulación es aplicables a todos los ciudadanos sean comunitarios o extranjeros, pero solo los ciudadanos comunitarios (y/o sus familiares) pueden beneficiarse de la Directiva 2004/38/CE.

    Sin embargo, sí existe un estatuto en la UE, que puede permitir a un extranjero desplazarse a otro Estado miembro y buscar trabajo, y sí lo encuentra (cumpliendo los requisitos nacionales, por ejemplo haber obtenido su empleador un permiso de trabajo), entonces el podrá solicitar la residencia. Los extranjeros que pueden aplicar son los que tengan el: ‘ESTATUTO DE RESIDENTES DE LARGA DURACIÓN UE’ , basado en la Directiva 2003/109/CE (la Directiva 2011/51/UE la modificó con el fin de extender su ámbito de aplicación a los beneficiarios de protección internacional, es decir a personas con residencia de larga duración con derecho de asilo).

    #332798
    correo64
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    Sobre el estatuto de residentes de larga duración UE, les puedo decir que por ejemplo Dinamarca no reconoce dicho estatuto y por tanto tampoco lo concede (allí no tienen que buscar nada). En cuanto a Suecia, les puedo decir (porque así me lo informaron por
    e-mail), que es el único país de toda la UE, que les da a los residentes de larga duración UE, el mismo trato que a un ciudadano comunitario, porque NO NECESITAN UN PERMISO DE TRABAJO, aunque existe e su legislación y es obligatorio para los otros extranjeros.

    #332799
    correo64
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    Sobre el estatuto de residentes de larga duración UE, les puedo decir que por ejemplo Dinamarca no reconoce dicho estatuto y por tanto tampoco lo concede (allí no tienen que buscar nada). En cuanto a Suecia, les puedo decir (porque así me lo informaron por
    e-mail), que es el único país de toda la UE, que les da a los residentes de larga duración UE, el mismo trato que a un ciudadano comunitario, porque NO NECESITAN UN PERMISO DE TRABAJO, aunque existe en su legislación y es obligatorio para los otros extranjeros.

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