• Este debate tiene 28 respuestas, 6 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 17 años por Alexmax.
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  • #280913
    drivas
    Miembro

    Hola mi padre nacio en España y se vino muy chico con mis dos abuelos, todos españoles, creo que cuando el se naturalizo aqui perdio la nacionalidad española pero ya la recupero, ahora, cuando yo me saque la nacionalidad sere español de origen o como se llama mi estatus? Gracias por la ayuda

    #280914
    Invitado MQI
    Miembro

    ¿Quiénes son los españoles de Origen?

    Los nacidos de padre o madre españoles.
    Los nacidos en España de padres extranjeros si, al menos, uno de ellos hubiera nacido también en España.
    Los nacidos en España de padres extranjeros, si por ninguno de ellos se atribuye al hijo una nacionalidad.
    Los nacidos en España cuya filiación no resulte determinada.
    El extranjero menor de edad adoptado por un español adquiere, desde la adopción, la nacionalidad española de origen.

    En tu caso serás español de Origen.

    Saludos

    JM

    #280915
    Invitado MQI
    Miembro

    Al parecer eres Español de origen, sin embargo no se si el hecho que tu seas mayor de edad en el momento en el que tu padre vuelve a obtener la nacionalidad puede afectar en algo.

    Si tu padre recuperó la nacionalidad aun siendo tu menor de edad, puede que facilite los tramites, siempre y cuando lo tengas todo debidamente documentado. (partidas de nacimiento tanto tuya como de tu padre etc.)

    #280916
    R.alberto
    Miembro

    si tu padre te da la nacionalidad española eso se llama por OPCION, y no podrias considerarte español de origen sino español por OPCION.
    Suerte.

    #280917
    Invitado MQI
    Miembro

    Alberto: un matiz…podrá OPTAR a la nacionalidad española de ORIGEN

    #280918
    Invitado MQI
    Miembro

    Hola, Daniel, serías español por opción (artículo 20.1. b) del Código Civil), lo que implica que con la legislación actual, podrás transmitirle la ciudadanía a tus hijos MENORES de edad. Los españoles de origen otorgan nacionalidad a sus descendientes sin límite de edad, esa es la diferencia entre unos y otros por el momento.

    Saludos cordiales

    #280919
    R.alberto
    Miembro

    exacto como dice Maria Arocha, solo puedes tomar la nacionalidad por opción, porque cuando tu naciste tu padre habia perdido la nacionalidad española, se nacionalizó antes de diciembre de 1978, cuando entró en vigor la vigente Constitución Española.La ley te permite tenerla por opción pero se la debes dar a tus hijos antes de que cumplan los 18 años, despues ya no pueden adquirirla por este procedimiento.
    Suerte.

    #280920
    Invitado MQI
    Miembro

    Daniel, para mi eres español de origen, pero lejos de darmela de sabihondo y enterao como muchos de los que te han contestado aqui (tipica habladera del venezolano que habla de todo sin tener idea de nada), creo que lo mejor es que visites el Consulado de España allí en Venezuela que serán los que tedarán la información oficial…suerte…

    #280921
    R.alberto
    Miembro

    Afortunadamente este foro es totalmente libre para entrar y salir, y todas las opiniones son recibidas y leidas por quiere leerlas. La persona que plantea sus dudas en base a la información que a titulo gratuito 100% le aportan los foristas participantes, debe tomar sus propias decisiones.
    Quien pregunta es el único que puede decidir por si mismo, si la información es veraz y si despues coincide que efectivamente era como algun forista le comentó, pues mucho mejor. Lo sabrá agradecer.
    Un saludo

    #280922
    Invitado MQI
    Miembro

    ¿Y tú sí tienes idea de lo que estás hablando? ¿En qué te basas para decir "para mí eres español de origen", eres experto en extranjería y derecho civil, qué información manejas al respecto, sabes al menos qué significa ese término ? Si vas a escribir para hacer bulto y molestar mejor quédate callado, es mucho mejor; le haces un flaquísimo favor a tu sobrenombre, debería ser más bien "desubicadísimo" e "impertinentísimo".

    "Autor: MV
    Fecha: 20/10/06 15:10

    No estoy del todo de acuerdo con Pilar. Ciertamente son españoles de origen los nacidos en el extranjero de padres españoles, y pierden la nacionalidad en el momento en que se inscriben en el RC extranjero, pudiendo recuperarla en momento posterior. Si, a su vez, tienen hijos, habrá que estudiar la fecha de nacimiento de éstos para saber si pueden beneficiarse de la posibilidad de optar del artículo 20 del Código Civil (sí, si nacieron después de la recuperación de la nacionalidad, o antes, pero no han llegado a la mayoría de edad). En esto corroboro punto por punto lo dicho por Pilar.

    En lo que no estoy de acuerdo es en afirmar que tu madre nació española de origen, a menos que hubiera nacido después de la entrada en vigor de la Constitución española de 1978, que me imagino no será el caso…

    ¿Por qué digo esto? Porque hoy en día se transmite la nacionalidad española de origen con independencia del sexo del progenitor, pero como tú afirmas antes no era así, pues de la redacción del Código Civil (anterior a la nueva redacción que le dio la Ley 51/1982), según la interpretación que le dio la Dirección General de Registros y del Notariado, se entendía que la transmisión de la nacionalidad sólo se producía de padre –varón- a hijos, la madre española sólo transmitía la nacionalidad cuando los hijos no seguían la nacionalidad del progenitor extranjero (no nos has dicho la nacionalidad de tu abuelo materno, pero si el consulado os ha dicho que tu madre no es española de origen es porque con toda seguridad siguió la nacionalidad de su padre ¿no?)

    ¿Es esto discriminación? Desde luego que sí, por eso se modificó tras la entrada en vigor de la Constitución española, cuyo artículo 14 prohíbe la discriminación por razón de sexo, y por eso mismo la DGRN está haciendo una interpretación favorable respecto de aquéllos que nacieron después de la entrada en vigor de la Constitución, pero antes de la reforma legal de 1982. Cosa distinta es hacer valer el principio de no discriminación a los nacidos antes de la entrada en vigor de la Constitución que consagra ese principio, pues la DGRN considera que no cabe hacer aplicación retroactiva, aunque esto ha sido criticado.
    Espero haber aclarado algo tus dudas.

    Un saludo."

    Fuente: [url]http://www.lexjuridica.com/foro/read.php?f=7&i=32085&t=32048[/url]

    #280923
    Invitado MQI
    Miembro

    Uy muchacha, adios caracha…. usted como que está en esos dias donde se pone mas tensa e irritable?

    #280924
    Invitado MQI
    Miembro

    Por cierto muchacha gafa…¿acaso tu eres abogada o experta en leyes? Si no lo eres es que simplemente eres la tipica sifrinita venezolana que le gusta hablar por hablar sin tener la mas minima idea de nada….

    #280925
    Invitado MQI
    Miembro

    Por cierto muchachita gafa, yo baso mi opinión en lo que dice el Código Civil en su artículo 17:

    -Serán españoles de origen (entre otros casos) las siguientes personas:
    Los nacidos de padre o madre españoles (que es lo que le corresponderia a Daniel)

    No existen "Españoles por Opción" como fatalmente le dices tu….no se de donde te lo has inventado….lo que existe es la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia

    Tienen derecho a optar por la nacionalidad española:
    Las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español.
    Aquellas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España.

    Pero le digo a Daniel que mejor que creerme a mi o a charlatanes abogadas frustradas como tu, mejor que pregunte en el consulado…son tus hormonas descontroladas capaces de entenderlo…? No pienso volver a perder mi tiempo contigo, abogada frustrada de la república bananera de venezuela…

    #280926
    Invitado MQI
    Miembro

    fuera de opinar acerca del tema te digo algo ubicadisimo, Maria Arocha es TODERA, porque si te fijas es "tan inteligente" que opina en todos los temas que aqui plantean, si de cocina sale ella y dice algo, si es de administracion, tambien, si es derecho pues mas rapido…. total que esta en todos los temas y ademas dando opiniones como toda una sabionda jajajajajajajajajaja

    #280927
    Invitado MQI
    Miembro

    Cierto, como que busca aquí un protagonismo que no debe tener en su vida personal….

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